Ordenanza N° 2035 NO

Datos de la ordenanza
Número
2035
Fecha de sanción
14/07/1999
Vigencia
NO
Decreto
1049
Tema
Planeamiento Urbano
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR a la Subsecretaría de Planeamiento y Gestión del Espacío urbano a visar los planos de mensura de subdivisión de las parcelas que se hayan adjudicado en condominio hasta el año 1999.

ARTICULO 2°.- Las nuevas parcelas que como consecuencia de la subdivisión queden con superficies o anchos de lotes inferiores a las establecidas para la zonificación vigente, se ajustarán para cada caso en particular a los indicadores urbanísticos establecidos por reglamentación específica. En lo que respecta a las demás normas, se ajustarán a lo establecido en los respectivos códigos en vigencia.

ARTICULO 3°.- Toda obra de adecuación que requerían las parcelas, tales como corrimiento de los servicios básicos domiciliarios, cercos, construcción•de muros cortafuego y movimiento de suelos, correrá por cuenta de los adjudicatarios y deberán realizarse de acuerdo a las normas vigentes.

ARTICULO 4°.- El anteproyecto de subdivisión de las parcelas será efectuado por el Ejecutivo Municipal, quien podrá ejecutar las mensuras o coordinar su realización por parte de profesionales contratados por los vecinos involucrados.

ARTICULO 5 0•- Comuniquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 14/07/99.-

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