ARTICULO 1°.- INCORPÓRASE al texto del
ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 1494, los Artículos Nros. 334°, 335°, 336° y 337°, los que quedarán redactados de la si- guíente manera: "
ARTICULO 334°.- DENOMÍNASE "IKUAKAYEN", a la calle delimitada al Noreste por el Macizo 4 de la Sección "J", y al Sudoeste por el Macizo 5 de la Sección "J".-" "
ARTICULO 335°.- DENOMÍNASE "QUINQUELA MARTIN", a la calle delimitada al Noreste por el Macizo 6 de la Sección "J" y al Sudoeste por los Macizos 7 y 8 de la Sección "J".-" "
ARTICULO 336°.- DENOMÍNASE "SALVADOR DALÍ", a la calle delimitada al Noreste por los Macizos 9 y 10 de la Sección "J" y al Sudoeste por el Macizo 11 de la Sección "
ARTICULO 337°.- DENOMÍNASE "DE LAS ARTES", a la calle delimitada al Noroeste por los Macizos 7 y 9 de la Sección "J", y al Sudeste por los Macizos 8 y 10 de la Sección "J".-
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° /97.- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 22/05/97.-