Ordenanza N° 2008 NO

Datos de la ordenanza
Número
2008
Fecha de sanción
05/05/1999
Vigencia
NO
Decreto
743
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- Los locales en los que funcionen y/o prestan servicios con camas solares o equipos similares, se regirán por lo establecido en la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2°.- Los locales habilitados, deberán poseer un letrero de 15cm por 30cm con el texto que se describe en el Anexo I, por cada cama solar o similar; ubicado en lugar visible, en el cual se advertirá al usuario sobre las posibles consecuencias de riesgo para la salud, que pueda traer aparejado el uso de este tipo de equipamiento.-

ARTICULO 3°.- Será obligatorio para los responsables de los locales y/o titulares de la habilitación comercial, a que hace referencia la presente, la entrega previa a los usuarios o potenciales usuarios, del listado de medicamentos que se detallan en el Anexo II de la presente, cuya ingesta pueda dar lugar a reacciones de fotosensibilidad, cuando se utilice este tipo de aparatología.-

ARTICULO 4°.- Será obligatorio el uso de protección ocular, al efectuarse las apli- caciones, siendo responsabilidad de su cumplimiento el responsable del local y/o titulares de la habilitación comercial.-

ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo, por medio de los órganos correspondientes, procederá a realizar inspecciones periódicas a efectos de verificar el cumplimiento de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 6°.- El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente, dará lugar a multas de 100 U.F.A. a 1.000 U.F.A.-

ARTICULO 7°.- Deróguese la Ordenanza Municipal N° 1643.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese, Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 05/05/99.-

ANEXO I ORDENANZA MUNICIPAL N° LAS CAMAS SOLARES IRRADIAN RAYOS ULTRAVIOLETAS "A" DE INTENSIDAD VARIABLE Y CON UN COMPONENTE MINIMO DE ULTRA- VIOLETAS "B". AMBAS RADIC1ONES, INTENSIVA E INCONTROLADA- MENTE APL1CADAS, PUEDEN LLEGAR A CAUSAR QUEMADURAS Y ENVEJECIMIENTO DE LA PIEL.- LA SOBREEXPOSICIÓN A LAS RADIACIONES ULTRAVIOLETAS PUE- DE SER PERJUDIC1AL PARA LA SALUD.- ANTE CUALQUIER DUDA CONSULTE CON SU MÉDICO DERMATÓLO- GO.- • eie -- ANGEL I CA GUZMAN ecrotario concejo Deliberante P —Vdente ES COPIA FIEL Conctju Dellberante Despac n o Drettbera e = 'LAS ISLAS MALVTNAS. GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGINTINAS" . 0-9W0/0- C61a09W41/ cle la -6(- ;acicui de 9idwaia,

ANEXO II ORDENANZA MUNICIPAL N° SUSTANCIAS COMUNES PRODUCTORAS DE SESIBILIDAD AGENTE QUIMICO EMPLEO ESPECTRO REACCION PRODUCTOR PRODUCIDA Sulfas: Quimioterapia Sulfametoxazol UVA, UVB Fototoxicidad Sulfanilamida Fotoalergia Sulfadiazina Sulfatiazol Sulfisoxazol Salicilanilidas y otros rela- Antibacterianos UVA Fototóxica Cionados (jabones, champú, cos- UVB a veces Fotoalérgica Tetraclorosalicilanilida méticos) Tri y díbromosalicilanilida Il II — Bitionol " " Jadit Antifúngico II ll Multifungin Il II Fenticlor ,. II Triclosan tI Clorhexidina ., Esteres de PABA Filtro solar UVA Fototoxicidad . Fotoalérgia (ácido paraminobenzoico Fotoalérgia Benzofenonas Fototoxicidad y Trioleato de digalloil Filtro Solar UVA Alergia Filtro solar ?? Urticaria – pig Mentación Fenotiazinas Tranquilizantes Clorpromazina Prometazina UVA Haloperidol Antihistamínico ?? Trifluoperazina Musk ambrette Perfume UVA Fotoalergia 6-metilcoumarin Loción afeitar Fotoalergia Furocumarinas Fototoxicidad (psoralenos Perfume en antisolares UVA Tto. Vitiglio y psoriasis UVA Estilbenos Blanqueadores y brilla- ? Fotoalérgia ("blancóforos") Dores ópticos en deter- Gentes Concqo ueliberante • LAS ISLAS A1ALVINAS. GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SEPAN ARGFNTINAS" anceío 1- 64.49W41/¿'-e de -6;wiacicie 9,édwat,*(b

ANEXO 11-1 ORDENANZA MUNIC1PAL N° AGENTE QUIMICO EMPLEO ESPECTRO REACCIÓN Hipoglicemiantes PRODUCTOR PRODUCIDA Sulfonilureas Orales Acetohexamida ?? Fototoxicidad Clorpropamida Antibióticos Tolbutamida Fotoalergia Tolazamida UVA Fototóxicas Tetraciclinas ? Pigmentación Doxiciclina UVA Fototóxicas Demetil clortetraciclina Pigmentación UVB — UVA Tiazidas Diuréi, ticos ? Erupciones Florosemidas Papulosas. Que- UVB Madura áolar Difenhidrarnina Antihistamínico UVA Griseofulvina Ahtibiótico Fotoalérgica Antifúngico ? Fototóxico y Sacarina Fotoalergico Ciclamatos Edulcorante artificial Fotoalergia Tretinoía Antiacné Alquitrán de hulla Antopsoriástico UVA Fototó.,xico Eczematoso ? promueve pig- mentación Benozaprofeno Antiinflam„ atorio UVA Piroxicam Antiarrítmico ? Fototóxico Amiodarona UVA luz visible Fototóxico Plantas de la familia de las Crisantemos-Dalias UVA Fotoalérgico Compositae Fotoalergia Fluorouracilo Anticáncer ? Fototóxico Metotrexate —„ — Amitriptilina Antidepresivos (no bien docu- Fototóxico lmipramina mentados Doxepin ANG UZMAN Pro,:fri,r'ete Deap Cont;q0 Uelineraríte Do Iberante "LAS ISLAS MALVINAS. GEORGIAS Y SA ND W1 Cli DEL SUR, SON Y SERANAR GEA. TINA S " Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, VISTO: El expediente N° 3073/99 del Registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal dada en sesión del día 05/05/99, por la cual se establecen los parámetros de funcionamiento de los locales en los que funcionen y/o presten servicios con camas solares o equipos similares. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen L. y.T.- A.LM. N° 073/99. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a prescripciones del Artículo 101, Inciso 1) de la Ley N°236. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° , sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, en sesión del día 05/05/99, mediante la cual se establecen los parámetros de funcionamiento de los locales en los que funcionen y/o presten servicios con camas solares o equipos similares; ello en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, arch ívese. DECRETO MUNICIPAL N° /99. ».e. JUAN Aelur Gebteurio ' de Ushu e -

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