Datos de la ordenanza
Número
21
Fecha de sanción
06/03/1974
Vigencia
SI
Decreto
10
Tema
Ordenamiento Urbano
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción
ARTICULO 1°.- Queda prohibida la realización de construcciones de edificios en el Sector comprendido entre la Ruta Nacional n° 3 y la línea de ribera del litoral marítimo del Arroyo Grande hasta el pasaje Luis Pedro Fique y la línea de ribera del lago desde el pasaje Fique hasta la iniciación del camino a la Estación Aeronaval Ushuaia, entre los caminos que bordean el lago y la línea de ribera del mismo hasta el pasaje Fique l Sector denominado "4" en el plano anexo al Decreto Territorial n° 310/72.-
ARTIOULO 2 .- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos, cumplido ARCHIVESE.-
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 1022
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 1
Documento