Ordenanza N° 1961 NO

Datos de la ordenanza
Número
1961
Fecha de sanción
02/12/1998
Vigencia
NO
Decreto
1589
Tema
Presupuesto 1998
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- INCORPORAR al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del ejercicio 1998, un adelanto del Tesoro Nacional de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000,00), en concepto de aportes no reintegrables, de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se detallan en el Anexo 1de la presente.-

ARTICULO 2°.- El inicio de obras, estará sujeto a lo normado en la Ley Territorial 236 — Artículos 69° y 70°, una vez que se hayan dado respuesta a los informes que sobre él particular elevara este Cuerpo.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° 1 9 6 1 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 02/12/98.-

ANEXO I DE LA ORDENANZA MUNICIIDAL N° RECURSOS 04-01-09 4.000.000,00 Desarrollo y Recuperación del Frente Costero de la Bahía de Ushuaia.- EROGACIONES 0-06-01-1-90-2-5210-18 4.000.000,00 Desarrollo y Recuperación del Frente Costero de la Bahía de Ushuaia.- DANIEL E. MARCO SecretzrY) ConcejoDelii:f::rante ANCIMIICA SUZMAN Presidente Conocio Dellberante ES COPI FIE1 nI• n (141 •nn •••• e ssrCfl Concejo Dc:ibe Jra. ndra de la Preoida Dirctora Legal y Tócnica y de Despacho General Acesoría Letrada Mumcipal "LAS ISLAS MALVINA GrORGIAS Y SANDWICH DEL SUR. SON Y SERAN ARGENTINAS" Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =Republica Argentina- Municipalidad de Ushuala USHUAIA, 7 O C 1998 VISTO: El Expediente Administratívo N° 8033/98, del Registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza dada en Sesión Ordinaria del día 02 de Diciembre de 1998 mediante la cual se incorporan al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del Ejercicio 1998 un adelanto del Tesoro Nacional de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000) en concepto de aportes no reintegrables, de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se g etallan en el Anexo I de la norma en cuestión. Que por el artículo 2° de dicha norma se establece que el inicio de obras estará sujeto a lo normado en la Ley Territorial N° 236, Artículos 69° y 70°, una vez que se haya dado respuesta a los informes que sobre el particular elevara el Concejo Deliberante. Que la Secretaría de Economía y Einanzas se ha expedido por el veto del mencionado artículo por las razones y fundamentos que explicita en su Informe de fecha 07 de Diciembre de 1998. Que la Asesoría Letrada Municipal ha emitido Dictamen - A.L.M. N° 265/98 recomendado, igualmente, el veto del artículo citado por los motivos que enuncia en el mismo. Que el suscrito comparte las opiniones emitidas por la .) Dra. SJ..nc;ra de la Preci Directora Legal y Técnicii ‘,. n=7-sp)3a(71Gerlel.,-11 Provincla de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur = República Argentina= MunIcipalidad de Ushuaia Secretaria de Economía y la Asesoría Letrada Municipal y se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo de conformidad a la atribución conferida por el artículo 101° inciso 1°) de la Ley Territorial N° 236. Por ello, EL 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICUIO Vetar en forma parcial la Ordenanza sancicriada oor Pl Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria del día 02 de Diciembre de 1998, mediante la cual se incorporan al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del Ejercicio 1998 un adelanto del Tesoro Nacional de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000) en concepto de aportes no reinuegrables, de acuerdo a las partidas presupuestarias y d eq- ti no específico que se detallan en el Anexo I de la cuestión, en su artículo 2 °. E l lo en virtud de lo expresado en el exordio. 1961

ARTICULO 2°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° /98 citada en su artículo 1°. ART ICULO 3'.- Comuníquese. Dése al Boletín Oficial de la lda, d de Ushua i a. Cumplido, archívese. - C1PAI N° 1 R A- J/98 A. GARRAMUÑO li.rtndente Municipatidad de Ushuala -A C Z..,MELZU .ecr.. y Finanns ti da Ushuaia "Las Islas Málvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

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