Datos de la ordenanza
Número
1871
Fecha de sanción
18/03/1998
Vigencia
NO
Decreto
380
Tema
Justicia de Faltas
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción
ARTICULO 1°.- INCORPORESE en el Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1492, el
Artículo 145° BIS, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“
ARTICULO 145° BIS.- Entorpecer las tareas de limpieza invernal o estival,
previamente anunciadas; con multa de 60 U.F.A. a 240 U.F.A.-“
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1871 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 18/03/1998.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 380 / 98.-
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 1492
ARTICULO lo.- APRUEDASE el Régimen de P
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