Ordenanza N° 1868 NO

Datos de la ordenanza
Número
1868
Fecha de sanción
18/03/1998
Vigencia
NO
Decreto
377
Tema
Planeamiento Urbano
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 30° de la Ordenanza Municipal N° 1406, el

cual quedará redactado de la siguiente manera:

“

ARTICULO 30°.- Los adjudicatarios deberán en un plazo no mayor a noventa (90)

días, cercar el predio y presentar el plano de obra de la vivienda a construir, el cual

deberá contar con la intervención del Departamento Técnico respectivo. El plazo

mencionado deberá contemplar la imposibilidad de realizar tareas en el predio durante

la veda invernal.”

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1868 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 18/03/1997.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 377 / 97.-

Observaciones
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