ARTICULO 1°.- DESAFECTASE la calle y ochavas existentes entre los Macizos 70
y 71de la Sección B, según
ANEXO I que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2°.- AFECTASE como Pasaje Peatonal de un ancho de 6,30 m al Sector
comprendido entre el turbal del Macizo 84 de la Sección B y la calle Tte. General
Juan Domingo Perón Sur, según
ANEXO I.
ARTICULO 3°.- DESAFECTASE el espacio verde ubicado en la Parcela 1a, del
Macizo 71 de la Sección B, según
ANEXO I.
ARTICULO 4°.- AFECTASE la superficie del espacio verde sito en la Parcela 1a, del
Macizo 71 de la Sección B, y de la calle a desafectar a la creación de una Parcela
de uso residencial, anexada al Macizo 71 de la Sección B, según
ANEXO I.
ARTICULO 5°.- AFECTASE la superficie de la calle a desafectar, definida en el
Artículo 1°, a la creación de una Parcela de uso Residencial, anexada al Macizo 70
de la Sección B, según el
ANEXO I.
ARTICULO 6°.- EXCEPTUASE de lo establecido en la Ordenanza Municipal N°
1496, a las Parcelas a crear en lo que respecta al ancho mínimo de Lote según
ANEXO I.
ARTICULO 7º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1861 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 25/02/1998.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 292 / 98.-