Ordenanza N° 1851 NO

Datos de la ordenanza
Número
1851
Fecha de sanción
11/12/1997
Vigencia
NO
Decreto
1272
Tema
Ordenanza Tarifaria / Ordenamiento Urbano
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- ESTABLECER los beneficios de excención tributaria (Impuesto

Inmobiliario y Tasa por Servicios Generales), para todo propietario de inmueble urbano,

que habiéndose acogido con anterioridad, al artículo 4° de la Ordenanza Municipal N°

964, inicie la ejecución de proyectos edilicios, cuyos valores de mejoras a incorporar

supere el 50% del valor Fiscal de la tierra.-

ARTICULO 2°.- A los efectos de poder acogerse a los beneficios establecidos en el

Artículo 1° de la presente, deberán los interesados, presentar junto con la solicitud,

carpeta de planos aprobados por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano de la

Municipalidad de Ushuaia.-

ARTICULO 3°.- El plazo establecido para la excención tributaria a que se refiere el

artículo 1° será como máximo de un año y medio, a partir de la aprobación de la

solicitud.-

ARTICULO 4°.- En un plazo no mayor de SESENTA (60) días, el Ejecutivo Municipal

reglamentará la presente.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1851 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 11/12/1997.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1272 / 97.-

Observaciones
NULL
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Esta ordenanza fue modificada por:
N° 1863 ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1
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