Ordenanza N° 1806 NO

Datos de la ordenanza
Número
1806
Fecha de sanción
29/10/1997
Vigencia
NO
Decreto
1094
Tema
Ordenanza Fiscal
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- INCORPORÁSE como Artículo 118° Bis de la Ordenanza Municipal N°

1507 (Ordenanza Fiscal), el texto que a continuación se detalla:

“

ARTICULO 118° Bis.- En los casos de servicios prestados por el Municipio para la

práctica de deportes en los Complejos Municipales, a los fines de su arancelamiento,

se tendrán en consideración las siguientes pautas:

a) En los horarios reservados para Clubes, Instituciones o Asociaciones sin fines

de lucro debidamente reconocidas, el acceso y la práctica de deportes, será permitida a

sus miembros asociados con la sola presentación del carnet o documento que acredite

su condición de tal y la debida constancia de revisación médica actualizada y expedida

por el área competente del Municipio.-“

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1806 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 29/10/1997.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1094/ 97.-

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas