ARTICULO 1° - INCORPORA R a la Ordenanza Municipal N° 1755, modificatoria del Código de Edificación, el Artículo 1° el cual quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el texto del Artículo II .1. 9. 1 del Código de Edificación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 11.1.9 1.- El propietario podrá ejercer el derecho de cambiar al Director de Obra y/o Constructor. El cambio aludido se hará bajo la responsabilidad del propietario, quien deberá notificar al profesional y poner en conocimiento al Municipio mediante copia fehaciente de la Notificación efectuada ante el profesional. El propietario deberá presentar un profesional y/o empresa reemplazante que se encuentre debidamente habilitado. En caso que en la obra existiera algún tipo de situación antirreglamentar ia , el reemplazan te asume las obligaciones de efectuar las modificaciones y/o arreglos necesarios para regularizar la construcción. El profesiona l reemplazado no quedará eximido de la responsabilidad que pese sobre su actuación en la obra hasta la fecha de su desvinculación La obra deberá mantenerse paralizada hasta tanto no se cuente con un nuevo responsable - Comuníquese Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
ARTICULO 2 0 dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SLSION ORDINARIA DE FECHA: 06/08/97.- jamt CAHLon RIY—,AGLIA alt-Tr91—CIUMA/4 Srcrr,!:,ri Prc nle Concelo Concejo Dullberanie EG Cs d \ EDUARDO D 1141EL BLEUrn DIrector de A InletrecIón bonceld Provincía de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Repáblica Argentina • MUNICIPALIDAD DE USHUAIA El N25574S77 del rnMngP¿--,NIT-117I Due mediant el miame ee tramita la p nomuicaeión de la .-1A/n5.,1 97 7 nnr eue g o inerpfora a nrenalna Munifr inNr31755, del el Articuld 7:ue v=,neítn El CeTvieid Junie±qe Esta Mur,ieipalidad elTiitiendE cl ArL.M=N2357/97, Entendiende que no dbieeienee cuE impídan SU. eEmperte estande faeultadd el dietdee del plr eeente af-ITnistrative, en a las prPocripeidnes del Artieule 101, ineise I) dE Ley N227¿= Por ellpl EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA ARTICULD 12. -PRDMULGAR la Ordenan2 sanzienacla per al Coneeje DenbErante de la Ciudad de Ushuaia, en del día 0,,=,10F1/97, 1:7 Grdenanza Municipal N c.1 17, medifieateria del Código El Artleui p 12, En vintud del Dietamen L=. y T,-A,.L.M.N27557/77,- ARTICI5L0 Dese al Beletin Ofieial dE Munieica- lidad de Ushuaia y Ar.ehiveSe, Irig.JORCEA.GARRAMUÑO Irdenderde Ti '(2:110/ Munlritillf0119€419MANL Secretario de (fobierno Municiv Arq. uupicipaidadn.deMtAisRhuQaUlPE Z de Gbras y S:r. c.as