Artículo 1° de la presente, aicanzará sólo s emprendiMientos que cuenten con un mínimo de diez (10) lotes de medidas delécorde a la legislación vigente, según la zonificación en que se emplacen . écto de urbanización se encuadre en lo establecido en la Ordenanza Muni- La exención en el punto 1° comenzará a regir para el beneficiario eCha de aprobación de la mensura de subdivisión hasta el cambio de dominiO arcela emergente de dicha subdivisión.- ,49.- Las ventas de lotes producida durante el período de exención, deberán as' ,01 ,Ejecutivo Municipal en un plazo máximo de treinta (30) días, a uettót y Tasas exentas -por lá presente, les sean liquidadas con" ocó0,m, prador.- •.1` de 'exención deberán ser presentadas al Ejecutivd • r acOMPanando Certfficado de Libre Deuda y Proyecto de Urbanización o pot la Secretaría de Obras y Serviclos Públicos.- • ' 09.- Comuníquese. Pase al Departámento Ejecutivo para su promulgación,, e, tírí OfiCiat MüniCipal para tu publiCación :y ARCHIVESE.- MUNIC(pAL N° DE FECHA: 25/09/96 ifiGUEI MONICA (N2A IE1A MENDOZA Vice.¡ Pre idente 19 Chg:q1170i111 Conéejo•Deliberante 0n43, Uenerante A CAitGO VE LÁ PráSIDENCIA blirbtr; Jofa Dpto. ministrativo Despach General unpelide de Ushualr Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA USHUAIA, N VISTO1 La Ordenanza Municipal sancionada por •l Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia el día 25 de Septiembre de 1996, y; CONSIDERANDO: oue mediante la misma se exime del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales a los inmuobles ubicados dentro del ejido urbano de la Ciudad, sobre los cuales se desarrollen y construyan proyectos de loteos con Urbanización, con el objeto de venta a terceros destinatarios para la construcción de viviendas y equipamiento comunitario, en relación a lns inmuebles que resulten de esa actividad. Oue el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuordo a lo dispuesto en el (-)rt:;_cuic 101, Inciso 1) de la Ley NO236. Por elloc EL 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA fir:. Ul . U V» -ummULGMR la nrdonana Munlcipal Me . JY' ( /WO sancionada por el Concejo Deliberante d• la Ciudad de Ushuaia, mPdlante la cual se exime del pago del Impuesto Inmobiliario y Tesa. General por Servicios . Municipales a los inmuebles ubicado5 dentro d• ejido urbano de la Ciudad, sobre los cuales se des- arrollen y construyan proyectos de loteos con Urbanización, con el objeto de venta a terceros des natarios para la construcción \ , r /// .2. /, r. COPIA Fvvy nP°1 nnu;INTAY. 1! \''..r- ‹\ 1I 1 3 i1 buz,~ uwieZ „Ida Doto. Ad inistrativc Despacho General •- Munlclpalldrd de Ushurw -, • . - .. ::;. .:.' 1 . •!1»1 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ///.2. los inmue- de y iviendas y equipamiento comunitario, en reiacián bies que resulten de ésa actividad.
ARTICULO 22.-COMUNIQUESE. Dese al Boletmn Oficial de la Municipa- lidad d• Ushuaia y Archívese. I IS (1) DECRETO -MUNICIPAL_N1.»Yt mcc. Ing. JORGE A. GARRAMUÑO Intendente ES OPIA FIEL rTL OPIGNAL MunIcipandad do Ushuala Jefa Dpto . P. ministrative e. JUAN MANUEL ROMANC Despach Genoral Secretario de Gobierno Mutucipe' MuhlaMandel Ushuall Municipalidad de Ushuain ORLA TOLEDO ZUMELZU Secretaria da Escnomi a y rinanzas Municips;:dsd dd Ushuaia