Artículos 54 0, 550, 56° y 57°; y
CONSIDERANDO:
Que por Convenio suscripto el 31 de Mayo de 1995 entre el Gobierno de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, las Municipalidades de las ciudades de Río
Grande y Ushuaia y ratificado por este Concejo Deliberante, los firmantes acuerdan solicitar un
préstamo en dinero ante la Banca Nacional o Extranjera de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CUARENTA Y CINCO MILLONES ( U$S 45.0.00.000.-);
Que se ha estipulado que la Municipalidad de Ushuaia recibirá la suma de DOLARES
ESTADOUNIDENSES SIETE M1LLONES QUINIENTOS MIL (U$S 7.500.000.-);
Que asimismo la legislatura de la Provincia, ha autorizOo tomar el préstamo
acordado por las Leyes Nros. 228 y 248 de fecha 15 de Junio de 1995;
Que se deberá dar cumplimiento a lo previsto en los Artículo 54°, 55° 56° y 57 0 de la
Ley Orgánica N° 236/84;
Que la Resolución donde se ratifica el Convenio prevé en su Artículo 2° dar cumpli-
miento al Artículo 55° de la Ley Orgánica N° 236/84, sancionando Ordenanza Preparatoria;
Que de acuerdo con la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta cón atribuciones
para ordenar sobre el particular;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBEIANTE DE LA
CIUDAD DE USHUAIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar un préstamo entre
la Municipalidad de la 'ciudad de Ushuaia y el Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, como
agente financiero en representación de ésta, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES
SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 7.500.000.-).-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplido.
ARCRIVESE.- IsGN
ORDENANZA MUNICIPAL N°
DADA EN S EXTRAORDINARIA DE FECHA: 04-01-96.-
ANGEL fCA GUZMAI4
Prelidente
Concejo Dellberente
WOU ARION B N1TEZ CAHLO1 nuanAthlik
Dir Directora LIC SeeltIttlilflét
Concajo UFRHfA
:-.7-oho General
cle Ushuala
Ordenanza Numero: 1576 17 ENE 1996
2/2
usmAIA,
1.;
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
VISTO: La Ordenanza Municipal N g IS'4G. /96, sancionada
por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia: y
CONSIDERANDO:
Oue -mediante la misma s• autoriza . al Departamento
Ejecutivo Municipal a gestionar un préstamo entre la Municipali-
. dad de la ciudad de Ushuaia y el Banco de la Provincia de Tierra
del Fuego, Como agente financiero en representación de ésta, por
1
un:monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONESJOUINIENTOS MIL
(U$S 7.500.000).
Oue el suscripto se encuentra facultado • para el dictado
presente•acto administrativo, de acuerdo a lo • dispueSto en la
Ley W236.
Por ello: •
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA,
• DECRETA-
ARTICULO . m g .-PROMULGAR la Ordenanza Municipal N g 15‘4G /CY'
C.;]. oi
sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia,
mediante la cual se autoriza al DePartamento EjeCutivo Municipal
a gestionar un préstamo entre la Municipalidad de la ciudad de
Ushuaia y el Banco de 'la Provincia de Tierra del Fueg.o,• como
agente financiero en representación de ésta, por un monto de
DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES PUIN 1 ENTOS MIL (U$S
7.500.000).
ARTICULO 22.-REGISTRESE. Comunlquese a qu. corresponda.
Publiduese. Cumplido. ARCHIVESE.-
DECRETO MUNICIPAL N g 0521 /96.
- ELZU \.„RRAMUÑO
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tr19-
M OrN BENITEZ
Directora A/C dente
Déspacho General '
Munrclpah2rd de Ushuala