Ordenanza N° 1516 NO

Datos de la ordenanza
Número
1516
Fecha de sanción
15/03/1995
Vigencia
NO
Decreto
490
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 2P.- Los locales destinados a ios rubros Salón de Delle- za y Peluquería, deberán ser previamente habilitados por el Municipio para lo cual se ajustarán a lo establecido en la Orde- nanza Municipal N g 565/89, su reólamentación y é g ta Ordenanza.- REqUISITOS TEcNIcop_pqrp,. IT_Ip.-ny2EJL -

ARTICULO 32.- A los efectos de determinar las 'condiciones de áreas altura, lado mínimo, iluminación, ventilación y superficie mínima, éstos loCales serán considerados como de tercera clase; de i,cuerdo a lo estipulado en el Código de Edificación vigente. En caso de prestar servicios de Depilación, MaSRjes y/o Pedicu- ría, deberán contar además con un espacio auxiliar destinado a tales.fines.-' FlÉgUT5IIPP_HJD IENIco - SANITARIOS Métodos de desirufecci6ru autord5111.

ARTICULO 412.- Los elementos p unzantes ylo cortantes que se utill- cen en la prestación de los serviciós establecidos en la presente Ordenanza, deberán ser desinfectados después de:cada uso valién- dose de cualquiera de los métodos indicados seguidamente: ESTERILIZACtON POR ESTUFA A CALOR SECO: Debe mantenerse por dos (2) horas a partir del momento en aue el ES COPIA FIEL DEL • 1.4 011 .';11S'‘AIS' GOMEZ • JORG /44 dminIstracIón lefa A/C División pacho Gr ,Ly Registro DIr etc> D Dellberante :.1rimpaildtrAd de Ushuaia Wncfb -9d.- dac- cz Cee,a/c Wczcze material ha llegado a los 1702 C. ESTERILIZACION POR VAPOR: Autoclave Es el método de elección para el instrumental reutilizable, se debe Mantener por lo menos veinte (20) minutos luego que se alcanzado los 1212 C, a una presión de . dos (2) atmósferas. Cuanda el uso del calor no sea posible se utilizara: GLUTARALDEHIDO AL 2%: La inmersión durante treinta (30) minutos destruye las formas vegetativas de bacterias, hongos y virus. Son necesarias doce (12) horas para destruir esporos y llegar a la esterilización. La solución ya activada no debe conservarse por más de dos (2) semanas, y en caso de turbidéz debe ser reemplaza- da inmediatamente. tJrue vez desinfectado, el material puede ser lavado con agua estéril p ara eliminar los residuos del producto. (Se sugiere utilizar éste método en materiales cromadoS, dado que el Hipoclo- rito de Sodio los corroe). AGUA OXIGENADA: La inmersión del material en una solución de .agua- cwigenada al 6% durante treinta (30) minutos, asegura la desinfecci'ón. Luego debe lavarse el material con agua estéril. La solución al 6% se prepara a partir de una solución estabiliza- da al 30% (un volumen de solucián al 30% por cada cuatro (4) voll:tmenes de agua hervida). HIPOCLORITO DE SODIO: Es bacterícida y viricida, pero tiene el inconveniente que es corrosivo. (E1 material de acero incwidable no debe permanecer ES COPIA FIEL. DEL ORIGINAL Á IEL dit11111 SUSA1i1t• 1'/O1MEZ OR G E IS LARREA lers A C DIreet r AdmInIstracIón Despacho Gr, I.y Registro M unicip alidac de Ushuaia c ./ c,fo Dellberante CariCe,‘ g-Cide20/7111,0 CZ‘ á CgaCi Waaccb más -de treinta (30) minutos en la solución). Se -degrada rápidamente por lo que las soluciones deben prepararse diariamente y dejarse al re p aro de la luz y el calor. Prep,g.ración del Hipaclorito de Sadio: Solución de hipociorito de sodio al S . (concentración de la lavandina usada en el pais): 125 cm3 c/ 1000 cm3 de agua 6 250 cm3 c/ 2000 cm3 de aqua ó 500 rm3 c/ 4000 cm3 de aqua Para. , una mejor protección tanto del operador como del cliente, se preconiza el uso del quantes o manoolas«-

ARTICULO 52.- El personal que ejerza ésto5 oficios y/o servícias, deberá contar en todo momento, con la Libreta Sanitaría actuall- zada.-

ARTICULO 62.- En ningún caso podrán utílizarse instrumentos y de trabajo sin que estén previamente desinfectados, salvo aduellos que sean descartables. .Los peos, toallas, servilletas y delantales, solo se emplearan en cada caso, debidamente lavados y planchados.-

ARTICULO 72.- Prohlbase el uso colectivo de todo objeto q ue no pueda ser esterilizado, e excepción de los artículos de usa persona* de cada cliente.- ARTIwup 82.- Los locales comprendidos dentro de la presente Ordenanza, deberán realizar el lavado antiséptico de los pisas y mobiliaríos de manera tal de garantízar en forma permanente una ES COPIA FIEL DEL. OR NAL J G LUIS LARREA

Observaciones
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