ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fija el Código de Planeamiento
Urbano, en lo que respecta al uso, autorizándose su habilitación como depósito, al
local comercial ubicado en Sección “B”, Macizo 104, Parcela 07, propiedad del
señor Miguel Angel SIDORKEVICH, D.N.I. Nº 5.536.137, hasta el día 31 de mayo
del año 1997, fecha en que opera el vencimiento del contrato de locación con la
firma CAINTER S.A., representada por el señor Norberto Rubén ROTONDO, D.N.I.
Nº 8.424.196.
ARTICULO 2º.- La empresa locataria estará obligada a realizar las operaciones de
carga y descarga de mercaderías en el interior del local.
ARTICULO 3º.- El incumplimiento a lo normado en el artículo 2º, dará lugar a
sanciones previstas en el Régimen de Penalidades en vigencia.
ARTICULO 4º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1426 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 21/09/1994.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1308 / 94.-