Datos de la ordenanza
Número
142
Fecha de sanción
18/03/1982
Vigencia
NO
Decreto
1982
Tema
Ordenanza Tarifaria y Fiscal
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción
ARTICULO 1°.- DEROGUESE el artículo N° 108 de la Ordenanza Fiscal N° 114-81 y
cualquier otro precepto que establezca exenciones de las tasas o derechos
a que se refiere dicho artículo 108 (derechos de construcción). —
ARTICULO 2°.- REFRENDARAN la presente Ordenanza los señores secretarios de
Economía y Finanzas como tal y a cargo de la Secretaria de Gobierno Municipal y el de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 3°.- Publíquese, dése copia al Boletín Oficial de la Gobernación
del Territorio y ARCHIVESE.
Observaciones
Decreto-Ordenanza
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 114
Artículo 10 .- Las obligaciones fiscale
N° 114
ARTICULO 2 2 . - Desde la promulgación
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Documento