Ordenanza N° 1388 NO

Datos de la ordenanza
Número
1388
Fecha de sanción
13/07/1994
Vigencia
NO
Decreto
1021
Tema
Justicia de Faltas
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

artículo 32 se establecia que la transgresión y/o íncumplimiento a lo normado por la Ordenanza que nos ocupa :seria penalizado con multas, de aruerdo a lo establecido en el Régimen de Penalidades vigente; Que éste Cuerpo Deliberativo entiende que a efectos de clarificar las sanciones aplicar en virtud a lo normado en los Artículos 19 y 22 de la Ordenanza Municipal NQ 1318/94, se hace necesario introducir en el Régimen de Penalidades los valores de las multas a aplicar, en virtud a la particularidad de la Orde- nanza sancionada y promulgada; Que de acuerdo . con la Ley Territorial N D 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particular: Por ello: EL CONCEJO DELIDERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE :NANZA

ARTICULO 19.- INCORPORASE en el Capítulo VI de la Ordenanza Municipal N2 235/87 - Régimen de Penalidades por Faltas Ordenanza Numero: 1388 -\ 2/3 FOLIO Cem cyo 2-eaeit,a/n4 11 Weadezde Weacua Municipales - como Artículo 1542 Bis el que a continuación se transcribe:

ARTICULO 1542 Bís.- El no uso del Cinturón de Seguridad y el trasiado de menores de doce (12) aPlos en la parte delantera del automóvil, con multas de 30 U.F.A. a U.F.A y de 60 U.F.A. a 240 U.F.A. respectivamente.-"

ARTICULO 22.- Regístrese. Pase al Departamento E j ecutivo para su promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.- pIRDENANZA MUNICIPAL NO A use) /91, 11(:).ppl_119 , 13513ION ORDINARJ- DE NARE s,clurkRio , -mwa .. • c• la(1:14kilei-rá dei Fiego a?,;111‘iás del Stir IWICOhLIDAD DE USHUAiA usHunin, . 1 SEP 1.(44 VISTO: La Ordenanza Municipal NQ l'311 /94, sancionada por l'ConcejO D eliberante de la Ciudad de Ushuaial y CONSIDERANDO: Oue mediante la misma se •ncorpora en el Capítulo VI de la Ordenanza Municipal MQ: 235/07 - Régimen de P enalidades por Faltas Mu nicipales . - como Art“mlo 154P Dis el que a co ntinuación se trons ..... cribe: "AFUICUI n 154Ç2 Bis. • El no uso del Cinturón de Seguridad y el trasiado de menores de doce (12) aP;os en la parte delantera del con multas de 30 U.F.A. a 120 y de 60 u.r.n. a 240 U.F.A. respectivamente". Por ello: EL I qTENDENTE MUNICIPAL DE usHunin ,.• DECRETA

ARTICULO 19. -PROMULGAR la Ordenanza Municipal N12 1-522 /94, sancionada por el Concejo Deliberante de lo ciudad de Usfluaia, mediante la cClal se incorpora en el Capítulo VI de la Ordenanza Municipa1 NP 235/97 - Régimen de P enalidades por Faltas M unicipales - como Artículo 1549 Dis el que o co ntinuación se tronscribel . nRTIcuLo 154P Dis.- El no uso del Cinturán de Seguridad y el traslado de menores de doce (12) ar-los en la parte delantera del vehículo g 'con multas de 30 LLF.n. a 120 U.F.A. y de'160 u.F.n. a 240 U.F.A. respectivamente".

ARTICULO 2.9.-REGISTRESE. Co muníquese a : quienes c orresponda. Cumplido. ARCHIVESE.- r--DECRETO MUNICIPAL NQ 011 /94. imuc. ES COPIA f1EL DEL Ot NAL JORGEA.SANCHEZ PCGLEislAN ,. • ' i MARIO D.D/ANIELE SecretariodeGobierno •,' / :NTENCYENTE ( 1.1,NICIPAL I AD USHUAIA MUNICIPALIDADDEUSHUAIA iriF' lON BENITEZ Jefp :h/C Departamento Den3pncho Geng—al Nu n iiierpolivaddel.1

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