Artículo 1012, Inciso 7) y la Constitu- ción Provincial, para proyectar Ordenanza y proponer su sanción al Concejo Deliberante; Que de acuerdo a la Ley Territorial NP 236 éste Cuerpo e OrdenaWnzaancNeujom9eerUo:e12a3n5t2e 2/3 de ¡a Wiudad 9,h4rzia cuenta con atribu lones parar ordenar sobre el particular; Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE O RDENAN , ; A
ARTICULO 12.- DEROGASE la Ordenanza Munícipal N2 817191, solícitud de la empresa Sanatorio San Jorge S.R.L., mediante la cual se concedía un espacio reservado en ia calle Onachaga N2 184, de conformidad con la Ordenanza Tar taría, Título VIIQ, Artículo 92, Inciso 18).-
ARTICULO 22.- AUTORIZASE un espacío reservado destinado al ascenso y descenso de pasaleros, en calle Onachaga N2 184.-
ARTICULO 32.- Por eI Departamento Eiecutivo Municipal, Direc- ción General de Rentas, procédase a tomar conocimiento.-
ARTICULO 40.- El Departamento Eiecutivo Munic pal, Dirección de Servicios Públicos, procédase al levantar las seNales viales implantadas oportunamente y reemplazarlas por las correspon- dientes.-
ARTICULO 52.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promuldación. Cumplido. ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N2 b52 /94.- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA