Datos de la ordenanza
Número
117
Fecha de sanción
05/06/1981
Vigencia
NO
Decreto
1981
Tema
Ordenanza Tarifaria
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción
ARTICULO 2°.- La presente modificación tendrá vieencia a partir del
20 de abril de 1981.-
ARTICUI0 3 0 .- Refrendarán la presente Ordenanza el Secretario de Go-
bierno Municipal, el Secretario de Economia y Finanzas y el Secreta-
rió de Obras y Servicios Pdblicos.-
ARTICUIO 4 0 .- COMUNIQUESE,.d4se al Boletin Oficial de la Gobernación
.del Territorio y ARCHIVESE9-
ORDENANZA MUNICIPAI U° j /810-
MAI tu,,J
Directora
Ds.ach0 General
clett0.1uala
Observaciones
Decreto-Ordenanza
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 114
Artículo 10 .- Las obligaciones fiscale
N° 114
ARTICULO 2 2 . - Desde la promulgación
Documento