ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fija el actual Código de
Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección “A”, Macizo 41, Parcela 6k,
propiedad del señor Omar Rubén BLANCO, de acuerdo al anteproyecto presentado
y que obra a fojas 5 del Expediente Nº 045/93, Letra: C.D., autorizándose a:
a) Ocupación del Retiro Contrafrontal;
b) altura sobre eje medianero Sur de 8,60 mts;
c) F.O.S. = 1,00;
d) F.O.T. = 1,20.
ARTICULO 2º.- La excepción otorgada mediante el artículo 1º de la presente y la
posterior habilitación comercial, quedarán condicionadas a que el propietario
garantice la carga y descarga de la mercadería dentro del lote, tanto para el normal
abastecimiento del rubro como así también para la venta del comercio minorista, a
los efectos de evitar inconvenientes que pueda generar la actividad.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1122 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 26/05/1993.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 498 / 93.-