ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Código de Planeamiento
Urbano vigente, a la Obra Nueva sita en la Sección “D”, Macizo 21, Parcela 5,
propiedad de Agrotécnica Fueguina SACIF, de acuerdo al anteproyecto presentado
y que obra a fojas 15 del Expediente Nº 533/92, Letra: C.D., autorizándose:
a) Ocupar el Retiro Contrafrontal;
b) el uso de “Estacionamiento de Vehículos Pesados”;
c) el uso de “Taller”. La superficie dentro del edificio afectada a este uso, quedará
limitada a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 163/85, para la
zonificación R1.
ARTICULO 2º.- El edificio que contiene la función “Taller” y “Estacionamiento de
Vehículos Pesados”, deberá garantizar una adecuada aislación acústica en sus
paredes perimetrales y techos, a los efectos de impedir que los ruidos molestos
afecten a las fincas linderas.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1066 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 11/11/1992.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1212 / 92.-