Texto del debate
CONCEJO DELIBERANTE DE USHUAIA
REGISTRACIÓN DE DEBATE
XXXIX PERÍODO LEGISLATIVO
1° SESIÓN EXTRAORDINARIA
REUNIÓN N° 12 - 9 de febrero de 2023
Presidente: PINO, Juan Carlos
Secretaria: IRIARTE, Sebastián
Concejales presentes:
ÁVILA, Laura
BRANCA, Javier
DE LA VEGA, Gabriel
GARRAMUÑO, Ricardo
ROMANO, Juan Manuel
1 - D.E.
-En la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los nueve días del
mes de febrero del ano 2023, en la sala de comisiones del Concejo Deliberante y siendo las 16 y 50 horas:
- Manifestaciones desde el público.
-I-
APERTURA DE SESIÓN
SR. PRESIDENTE (Pino).- Siendo las dieciséis, cincuenta minutos, le damos la bienvenida a
todos los presentes, con la presencia del concejal De la Vega, la concejala Laura Avila, el
concejal Javier Branca, el concejal Ricardo Garramuño, el concejal Juan Manuel Romano y esta
presidencia, habiendo quórum legal, damos inicio a la Primer Sesión Extraordinaria prevista para
el día de la fecha.
- II -
Justificación de la ausencia de la concejala Oviedo
SR. PRESIDENTE (Pino).- Corresponde decir que por motivos personales la concejal Mariana
Oviedo, no se encuentra presente.
- III -
IZAMIENTO DEL PABELLÓN NACIONAL Y DEL PABELLÓN PROVINCIAL
SR. PRESIDENTE (Pino).- Invito a la concejala Laura Avila y al concejal Romano a izar el
Pabellón Nacional y Provincial, y al público a ponerse de pie.
-Así se hace.
- Manifestaciones desde el público.
-Aplausos.
- IV -
CONVOCATORIA
SR. PRESIDENTE (Pino).- Por Secretaría vamos a dar lectura al decreto de convocatoria de esta
Sesión Extraordinaria.
SR. SECRETARIO (Iriarte).- La Comisión Legislativa de Receso del Concejo Deliberante de la
ciudad de Ushuaia decreta:
"Artículo 1°.- Convocar a Sesión Extraordinaría a llevarse a cabo el día 9 de febrero de
2023, a las 16 horas, en la Sala de Comisiones del Concejo Deliberante, síta en Gobernador Paz
y Piedrabuena, a efectos de dar tratamiento a:
• Asunto 19/2023,proyecto de ordenanza referente a la modifícaciónde la Ordenanza
Munícipal N.° 2578.
Artículo 2°.- Proceder a notificar del presente a la totalídad de los ediles que integran este
Cuerpo deliberativo.
Artículo 3°.- De forma".
Decreto CLR 5/2023.
-V-
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N.° 2578
(Asunto 19/2023, expediente 244/2002)
SR. PRESIDENTE (Pino).- Muy bien.
Por Secretaría se va a dar lectura al asunto N.° 20, con las modificaciones realizadas.
- Hablan fuera del micrófono.
SR. SECRETARIO (Iriarte).- Asunto N.° 20/2023.
2
"EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Modificar el artículo 4° de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
Calidad del sufragio
Artículo 4°.- Son electoras y electores las ciudadanas argentinas y los ciudadanos
argentinos desde los dieciséis (16) años de edad, cumplidos hasta el día de los comicios
inclusive, que no tengan ninguna de las inhabilidades previstas en la presente ordenanza, que se
encuentren domiciliadas y domiciliados en el municipio y estén incluidas e incluidos en el Padrón
Cívico Municipal.
Asimismo son electoras y electores las y los residentes extranjeros con domicilio en el
municipio, que se encuentren inscriptos en el Padrón Especial Municipal en los términos de los
artículos 215 y 216 de la Carta Orgánica Municipal y que cuenten con el Documento Nacional de
Identidad expedido para ciudadanas y ciudadanos extranjeros'.
Artículo 2°.- Incorporar el artículo 4° BIS a la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4° BIS.- Las vecinas y los vecinos de dieciséis (16) y diecisiete (17) años ejercerán
su derecho al voto de manera voluntaria'.
Artículo 3°.- Modificar el artículo 5° de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
'Prueba de esa condición
Artículo 5°.- La calidad de electora o elector de las ciudadanas argentinas y los ciudadanos
argentinos se manifiesta exclusivamente a través de su inclusión en el Padrón Cívico Municipal y
el de las ciudadanas extranjeras y los ciudadanos extranjeros en el Padrón Especial Municipal.
Las ciudadanas extranjeras y los ciudadanos extranjeros que reúnan las condiciones del
artículo 215 de la Carta Orgánica Municipal y requieran ser incluidos en el Padrón Especial
Municipal en calidad de electores, deberán acreditar un mínimo de dos (2) años de residencia
efectiva en la ciudad de Ushuaía previos al día de la elección otorgada por el Registro Civil y
Capacidad de las Personas de la ciudad de Ushuaia y consignada en su Documento Nacional de
Identidad.
Las certificaciones deberán ser presentadas con una anticipación no inferior a los cuarenta
y cinco (45) días de cada acto eleccionario -ante el Juzgado Electoral Provincial- para poder ser
incluidos en el padrón respectivo'.
Artículo 4°.- Modificar el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
'Inhabilidades
Artículo 6°.- Están inhabilitadas e inhabilitados para su inclusión, tanto en el Padrón Cívico
Municipal como en el Padrón Especial Municipal:
a) las y los incapaces e inhabilitados declarados en juicio en los términos del LIBRO
PRIMERO. PARTE GENERAL. TÍTULO I. Persona humana. CAPÍTULO 2.
Capacidad, del Código Civil y Comercial de la Nación;
b) las condenadas y los condenados por delitos dolosos a pena privativa de libertad
y por sentencia ejecutoría por el término de la condena;
c) las sancionadas y los sancionados por infracción de deserción calificada, por el
término de duración de la sanción;
d) las condenadas y los condenados por faltas previstas en las leyes nacíonales y
provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres (3) años. En el caso de
reincidencia por seis (6) años;
e) las y los que en virtud de prescripciones legales quedaren inhabilitadas e
inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos;
3
las y los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía u opere
la prescripción.
2 — D.P.
Artículo 50 .- Modificar el artículo 20 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
Distribución preliminar.
Artículo 20.- El Juzgado de Primera Instancia Electoral y/o la Junta Electoral Municipal,
según corresponda, procederá a la distribución y publicación digital de los ejemplares que alude
el artículo precedente, fijando mediante instrumento legal los organismos públicos y sitios web
donde se exhibirán los mismos.
Artículo 6°.- Modificar el Título IV de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
'TÍTULO IV
SISTEMAS ELECTORALES
CAPÍTULO 1
DE LA ELECCIÓN DE LA INTENDENCIA Y VICEINTENDENCIA'
Artículo 7°.- Modificar el artículo 31 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
Elección de la Intendencia y Viceintendencia.
Artículo 31.- De conformidad con los Artículos 147 al 150 inclusive de la Carta
OrgánicaMunicipal la intendenta o el intendente y la viceintendenta o el viceintendenteserán
electos por el voto directo del pueblo de la ciudad y por simple pluralidad de sufragios. La fórmula
deberá respetar la paridad de género'.
Artículo 8°.- Modificar el artículo 32 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
'Artículo 32.- Son requisitos de elegibilidad para ser electa o electo como Intendenta o
intendente y viceintendenta o viceintendente:
1) ser argentina nativa o argentino nativo, por opción o naturalizada o naturalizado;
2) tener veinticinco (25) años de edad como mínimo a la fecha de la elección;
3) tener como mínimo cinco (5) años de residencia continua e inmediata a la fecha de la
elección de la ciudad de Ushuaia, no causando interrupción la ausencia transitoria
motivada por razones de estudio, capacitación, de salud o representación electiva en
organismo públicos nacionales, provinciales o municipales en otras jurisdicciones
acreditadas fehacientemente;
4) poseer nivel de enseñanza obligatoria, entendiendo como tal la Educación General
Básica obligatoria de acuerdo a la ley vigente al momento de cursado del trayecto
educativo de la candidata o candidato.
Artículo 9°.- Modificar el título del Capítulo II del Título IV de la Ordenanza Municipal N.°
2578/03, el que quedará redactado de la siguiente manera:
'CAPÍTULO
DE LA ELECCIÓN DE LAS CONCEJALAS Y CONCEJALES'
Artículo 10.- Modificar el artículo 33 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
'Integración del Concejo Deliberante:
Artículo 33.- El Concejo Deliberante está compuesto por siete (7) integrantes con una
población de hasta cincuenta mil (50.000) vecinas y vecinos. El Cuerpo se podrá
incrementar en una o un integrante por cada vez que se contabilicen diez mil (10.000)
vecinas y vecinos más en la ciudad, no pudiendo exceder el límite total de once (11)
concejalas y concejales. Son electas y electos por el voto directo de las vecinas y los
vecinos de la ciudad, de conformidad con la composición y mandato instituidos por los
artículos 117 al 121 inclusive de la Carta Orgánica Municipal'.
4
Artículo 11.- Modificar el artículo 34 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 34.- Son requisitos de elegibilidad para ser electa o electo como concejala y concejal:
1) ser argentina o argentino nativo, por opción o naturalizado;
2) tener veintiún (21) años de edad como mínimo a la fecha de la elección;
3) tener como mínimo cinco (5) años de residencia en la ciudad de Ushuaia continua e
inmediata anterior a la fecha de la elección, no causando interrupción la ausencia
transitoria motivada por razones de estudio, capacitación, de salud o de representación
electiva en organismos públicos nacionales, provinciales o municipales acreditada
fehacientemente;
4) poseer nivel de enseñanza obligatoria, entendiendo como tal la Educación General
Básica obligatoria de acuerdo a la ley vigente al momento de cursado del trayecto
educativo de la candidata o candidato.
3 - D.E.
Artículo 12.- Modificar el artículo 35 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Asignación de bancas
Artículo 35.- La distribución de las bancas en el Concejo Deliberante debe contemplar el
criterio de Democracia Paritaria y se efectúa de la siguiente manera:
a) participan las listas que logren como mínimo un cinco por ciento (5%) de los votos
válidos emitidos;
b) con laslistas que hayan alcanzado el mínimo establecido en el inciso anterior se
sigue e/ siguiente procedimiento:
1) el total de los votos obtenidos por cada lista se divide por uno (1), por dos (2),
por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al número total de cargos a cubrir;
2) los cocientes resultantes, con independencia de la lista de la que provengan,
son ordenados de mayor a menor en número igual a los cargos a cubrir;
3) si hay dos (2) o más cocientes iguales se los ordena en relación directa con
e/
total de los votos obtenidos por las respectivas listas. Si éstas han logrado
igual número de votos, el ordenamiento resulta de un sorteo público que debe
practicar la Junta Electoral Municipal;
4) a cada lista le corresponden tantos cargos como veces sus cocientes figuren
en el ordenamiento indicado en el punto 2) de este inciso'.
Artículo 13.- Modificar el artículo 36 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguíente manera:
Definición del orden de lista- Sistema de preferencia
Artículo 36.- Las concejalas y los concejales serán electas y electos de acuerdo con el
orden de lista y número de votos válidos emitidos para cada una y cada uno, según el Sístema de
Preferencias.
A tal fin y de acuerdo a /o preceptuado por el artículo 217 de la Carta Orgánica Municipal,
las electoras y los electores podrán ejercer su opción por la boleta correspondiente a las
candidatas y los candidatos de un partido político, indicando de entre estos su preferencia, según
el procedimiento asignado en el artículo 37 de la presente.
Las preferencias contenidas en las boletas utllizadas para sufragar, establecerán el orden
de asignación de las candidatas y los candidatos a elegir, modificando el orden impreso en ellas
de acuerdo al género de cada uno. Es decir que una mujer podrá modificar el orden en que se
encuentra en la lista so/o respecto a una mujer y un hombre podrá hacerlo solo con respecto a un
hombre.
No se considerarán las preferencias efectuadas a cada candidato que no superen el quince
por ciento (15%) del total de los votos válidos emitidos a favor de la lista que lo propuso'.
5
Artículo 14.- Modfficar el artículo 44 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Vencímiento de plazos de convocatoria - Prímer instancía
Artículo 44.- En caso de darse el supuesto establecído en el inciso 9) del artículo 125 de la
Carta Orgánica Municipal, el Concejo Delíberante convocará a elecciones con el voto de la
mayoría simple de los miembros presentes'.
Artículo 15.- Modificar el artículo 47 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
'Acefalía del Departamento Ejecutivo
Artículo 47.- En caso de muerte, íncapacidad, renuncia o destítución de la intendenta o
intendente, el Departamento Ejecutivo Municipal será ejercido por quien ocupe el cargo de
viceintendenta o viceintendente hasta la fínalización del mandato. Sí la intendenta electa o el
intendente electo no llegare a ocupar el cargo, se procederá de ínmediato y dentro de un plazo de
treinta (30) días a una nueva elección para el mismo período. Si en la fecha en que debiera cesar
la intendenta o el íntendente saliente no estuvieran proclamadas las autoridades reemplazantes,
hasta que ello ocurra, ocupará el cargo quien deba sustituirlos en caso de acefalía.
En caso de ausencía temporal, acefalía, inhabilídad o impedimento temporario de la
intendenta o intendente y de la víceintendenta o viceintendente conjuntamente, el Departamento
Ejecutivo Municipal es desempeñado, por su orden, por las Vicepresídencías primera y segunda
del Concejo Deliberante hasta que cese la inhabílidad o impedimento de uno de ellos.
En caso de muerte, incapacídad, renuncía o destítución tanto de la intendenta o intendente
y de la víceintendenta o víceintendente se procederá en igual forma a su reemplazo si faltare
menos de un año hasta fínalizar el mandato. Si el plazo fuere mayor debe convocarse a
elecciones de intendenta o intendente y viceintendenta o viceintendente para que completen el
período, las que deberán realizarse dentro de los treinta (30) días corrídos de producída la
acefalía. La concejala o el concejal que esté a cargo de la intendencía no puede ejercer
símultáneamente funciones legíslatívas.
Sí no existiere posíbilidad de reemplazo en las formas prevístas, el Concejo Delíberante
designará de entre sus integrantes a la intendenta provisoría o el intendente provisorío por
mayoría agravada de sus votos. Si no se alcanza la mayoría requerída en la primera votación, se
realizará una nueva para la cual se requiere mayoría absoluta de los votos emitídos'.
4 — D.P.
"Artículo 16.- Modificar el Artículo 50 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
`Máxima Proporción por Género
Artículo 50.- Las listas de candidatas y candidatos titulares y suplentes a concejalas y
concejales y convencionales constituyentes munícipales, deben incluir el cíncuenta por ciento
(50%) de cada sexo. A los efectos de lo prescrípto precedentemente deben alternarse de a uno
por sexo. Cuando el número resulte impar, la última candidatura puede ser cubierta
indístintamente. No será ofícializada ninguna lísta que no cumpla con éste requisito.
Artículo 17.- Modificar el artículo 51 de la Ordenanza Munícipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
`Suplentes
Artículo 51.- Los partidos políticos y las alianzas electorales que participen en una elección
municipal deben ofícializar de manera conjunta con la lísta de candidaturas títulares a concejalas
y concejales, una lísta equívalente en número de candidaturas suplentes. Para convencionales
constituyentes deben presentar suplentes en un número equívalente a la mitad de las y los
titulares".
Artículo 18.- Modificar el artículo 53 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Plazos de Presentación — Requisitos
6
Artículo 53.- Aprobadas las listas de candidatas y candidatos, los partidos políticos
presentarán ante la Junta Electoral Municipal, por lo menos treinta (30) días antes del Acto
Electoral, modelos exactos de las boletas de sufragios destinadas a ser utilizadas en el Acto
Electoral, los que deberán contener los siguientes requisitos:
a) las boletas deberán ser de papel. Serán de doce (12) por diecinueve (19) centímetros
para cada categoría de candidatos. Habrá una boleta por cada categoría de cargos a
elegír, las que de acuerdo a lo preceptuado en el punto 4, del artículo 217 de la Carta
Orgánica Municipal, serán separadas físicamente una de otras, además tendrán
distinto color de fondo, si estas son impresas sobre papel blanco. Será facultad del
Juzgado de Primera Instancia Electoral determinar mediante instrumento legal
pertinente, los colores de fondo para cada categoría de cargos;
b) en las boletas se incluirán, la nómina de cada candidata y candidato y la designación
del Parlido Político. La categoría de cargos se imprímirá en letras destacadas y de
cinco (5) milímetros como mínimo. Se admitirá también y pudiendo ser con tinta a
color, la sigla, monograma, isotipo, escudo, símbolo, emblema y número de
identificación del Partido. En la categoría a Intendencia y Viceintendencia, podrá
contener una foto de la candidata o el candidato y/o fórmula la que se ubicará en el
tercio central de la boleta;
c) los ejemplares de boletas a oficializar se entregarán en el Juzgado de Primera
Instancia Electoral, adheridos a una hoja de papel de tamaño oficio, quien los remitirá a
la Junta Electoral Municipal. La falta de presentación de las boletas dentro del plazo
establecido inhabilitará al Partido de participar en el Acto Electoral.
Artículo 19.- Modificar el artículo 104 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Procedimiento del escrutinio
Artículo 104.- Vencido el plazo indicado en el artículo 102 de la presente, la Junta Electoral
Municipal realizará el escrutinio respecto del sistema de preferencias y el definitivo en forma
simultánea. A tal efecto, se habilitarán días y horas necesarios para que la tarea no tenga
interrupción. El escrutinio definitivo se ajustará al siguiente procedimiento:
1) en la consideración de cada Mesa, se examinará el acta respectiva para verificar:
a) si hay indicios de que haya sido adulterada;
b) si no tiene defectos graves de forma;
c) si viene acompañada de las demás actas y documentos que el presidente debe
confeccionar con motivo del Acto Electoral y del escrutinio;
d) si admite o rechaza las protestas;
e) si el número de ciudadanas y ciudadanos que sufragaron según el acta coincide
con el número de sobres remitidos por el presidente de la mesa, verificación que
só/o se Ilevará a cabo en el caso de que medie denuncia de un partido político
actuante en la elección;
f) si existen votos recurridos los considerará para determinar su validez o nulidad
computándolos en conjunto por Sección Electoral.
2) realizadas las constataciones precedentes, la Junta Electoral Municipal se abocará a
la determinación de la asignación de las bancas en los cuerpos colegiados por parte
de las Listas participantes, de acuerdo al Artículo 35 de la presente;
3) acto seguido y de conformidad con /o dispuesto en el Título IV, Capítulo II de la
presente ordenanza, procederá al escrutinio referente al sistema de preferencias de
acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la presente Ordenanza.
A tales efectos se escrutarán las boletas de cada mesa a fin de computar la cantidad
de preferencías obtenidas por cada candídata y candidato. El orden de mérito
definitivo será el que surja del ordenamiento del número de preferencías, de mayor a
menor, entre aquellas candidatas y aquellos candidatos que hubieran obtenido una
cantidad de preferencias que superen el quince por ciento (15%) de los votos válidos
7
emitidos a favor de la lista en cuestión, lo que se hará constar en la planilla que se
confeccionará al efecto y que será firmada por las autoridades judiciales y los fiscales;
4) cuando coincidieren las cantidades de preferencias obtenidas por candidatas y
candidatos de una misma lista, prevalecerá el orden subsistente de la lista original;
5) en caso de alterarse el orden de las candidatas y los candidatos de una lista por
aplicación del inciso 3), las candidatas sustituidas o los candidatos sustituidos
quedarán ubicadas y ubicados en el orden de mérito subsiguiente de acuerdo al
género, produciéndose el desplazamiento por género del resto de la lista hasta el
último lugar.
Si no se efectiviza la participación de las mujeres en al menos el cincuenta por ciento
(50%) de las bancas de acuerdo a lo establecido en los incisos precedentes, deberá modificarse a
tales efectos la asignación de las mismas, comenzando por la última y continuar en orden
ascendente hacia la primera, hasta completar las correspondientes de las mujeres, a los efectos
de alcanzar la conformación según lo establecido en el artículo 219 de la Carta Orgánica
Municipal.
Durante el desarrollo del escrutinio definitivo, los fiscales de mesa y/o generales de los
Partidos Políticos podrán estar presentes y formular las observaciones que estimen pertinentes,
cuidando de no entorpecer la tarea de escrutinio. '
5 - D.E.
Artículo 20.- Modificar el artículo 112 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
'Proclamación de electos
Artículo 112.- Una vez realizado el escrutinio definitivo y juzgada la validez de las
elecciones por sentencia firme, la Junta Electoral Municipal proclamará a los que resultaren
electos, haciéndoles entrega de los documentos que acrediten su carácter.
Para la proclamación de las concejalas o concejales y/o convencionales constituyentes
municipales se seguirá el orden que resulte en función a lo establecido en los puntos 2, 3, 4 y 5
del artículo 104, primer párrafo, de la presente ordenanza. En el mismo acto serán proclamadas y
proclamados las y los suplentes en la misma cantidad y respetando el género de los cargos
titulares que haya obtenido cada partido político. En caso de vacancia definitiva reemplazarán a
las y los titulares siguiendo también el orden de lista y respetando el género de la titular o el titular
a reemplazar.'
Artículo 21.- Modificar el artículo 116 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03 el que
quedará redactado de la siguiente manera:
'Atribuciones y deberes
Artículo 116.- El Juzgado de Primera Instancia Electoral tiene las siguientes atribuciones y
deberes:
a) reconocera los partidos políticos municipales que participen de las elecciones locales;
b) controlar la autenticidad de las firmas de quienes ejercen los derechos de participación
electoral reconocidos por la Carta Orgánica Municipal;
c) fiscalizar y controlar que los partidos políticos registrados cumplan con las disposiciones
previstas en la Constitución Provincial, la Carta Orgánica Municipal, la Ley de los
Partidos Políticos, la presente ordenanza y sus reglamentos;
d) entender y resolver las cuestiones que suscite la aplicación de la presente ordenanza y
sus disposiciones complementarias;
e) formar, confeccionar y depurar los padrones electorales cívico municipal y especial
municipal conforme lo establece el artículo 216 de la Carta Orgánica Municipal;
f) organizar,dirigir y fiscalizar el fichero de enrolados de la jurisdicción municipal, de
acuerdo a las divisiones y sistemas de clasificación que determina la presente
ordenanza;
8
g) disponer se deje constancia en la ficha electoral de los registros respectivos de las
modificaciones y anotaciones que correspondan;
h) formar, corregir y hacer imprimir las listas provisionales y padrones electorales definitivo
de acuerdo con esta ordenanza;
i) recibir y atender las reclamaciones interpuestas por cualquier ciudadano y por los
apoderados de los parliclos políticos, sobre los datos consignados en los aludidos
registros;
j) designar suplentes ad-hoc, para la realización de tareas electorales, a funcionarios
municipales. Las designaciones se considerarán carga pública;
k) convocar a elecciones cuando se produjera el supuesto referido en el artículo 45 de la
presente ordenanza;
I) realizar los sorteos referidos en el artículo 118;
m) justificar la omisión del deber de votar;
n) cumplimentar las demás disposiciones que la presente ordenanza y la Carta Orgánica
le encomienden específicamente'.
Artículo 22.- Modificar el artículo 117 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
'Integración
Artículo 117.- La Junta Electoral Municipal debe constituirse dentro del plazo que fije el
presente Código Electoral Municipal. Está compuesta por:
1. la jueza o el juez de primera instancia con competencia electoral de la provincia de
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Se desempeña en carácter ad
honorem;
2. la fiscal o el tiscal mayor del Poder Judicial de la provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico SurSe desempeña en carácter ad honorem;
3. la jueza o el juez del Juzgado Administrativo de Faltas.Sedesempeña en carácter
ad honorem;
4. dos (2) vecinas o vecinos que se determinan por sorteo del padrón electoral
correspondiente, los mismos percibirán una suma mensual equivalente a un salario
mínimo convencional del Departamento Ejecutivo Municipal'.
Artículo 23.- Modificar el inciso a) del artículo 118 de la Ordenanza Municipal N.° 2578/03,
el que quedará redactado de la siguiente manera:
`a) habilitar un registro de vecinas y vecinos que integrando el Padrón Electoral
Municipal sean personas hábiles, no sean candidatas o candidatos a cargos
municipales electivos, ni sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y
segundo de afinidad, y quienes por cualquier otra circunstancia tengan
comprometida su imparcialidad'.
Artículo 24.- De forma.
6 — D.P.
CLÁUSULAS TRANSITORIAS
PRIMERA: La presente ordenanza será de aplicación a partir de los comicios del año 2023
en la jurisdicción.
SEGUNDA: El Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante deberán
instrumentar, con vistas a las próximas elecciones municipales y en atención a las innovaciones
que esta norma introduce en materia electoral, campañas de difusión y concientízación pública
respecto a sus alcances y características.
TERCERA: A efectos de compatibilizar la aplicación de la presente con el cronograma
electoral de los distintos comicios a Ilevarse a cabo en la jurisdicción durante el año 2023 y
articular su normal desarrollo con los recursos técnicos, logísticos y humanos del Juzgado de
Primera Instancia Electoral de la Provincia, facúltese a dicho tribunal a establecer por resolución,
con carácter excepcional y para los próximos comicios municipales, los plazos para la elaboración
9
del Padrón Electoral, el llamado a ínscripción y cierre del Padrón Especial Munícipal y la
conformación de la Junta Electoral Municipal y toda otra actívidad propia del desarrollo del
cronograma electoral, dando la más amplia dífusión pública posíble al respecto.
CUARTA: Habiéndose publicado los resultados provisorios del Censo 2022 y en vírtud a
haberse contabílizado 82.200 vecínas y vecínos, resulta pertinente que se convoque a cubrir cínco
(5) bancas a concejalas y cínco (5) bancas a concejales y sus respectivos suplentes".
SR. PRESIDENTE (Pino).- Muy bien, habiéndose dado lectura al proyecto de ordenanza, si algún
concejal quiere hacer uso de la palabra.
Bueno, en principio, si me permiten antes de... como hemos presentado el proyecto, para
fundamentar un poquito.
Tiene la palabra la concejal Avila a los efectos de fundamentar.
SRA. AVILA.- Bueno, Muchas gracias.
Antes que nada muy contenta por la participación de todas las mujeres en esta sesión.
Ojalá la próxima participación sea -de tantas mujeres también, ¿no?- para poder comenzar de
una manera más equitativa y más igualitaria a poder discutir sobre el rumbo de nuestra ciudad.
Un poco lo que quisimos hacer desde nuestro espacio es poder readecuar esta ordenanza
con estas modificaciones a la Carta Orgánica redactada en el 2022. Un poco readecuamos el
texto. Lo que hicimos fue, entre otras cosas, también la incorporación de la publicación digital,
adecuamos un artículo también que hace referencia al nuevo Código Civil y Comercial. Y por
supuesto, que nos parece de lo más importe, sobre todo para las mujeres de nuestra ciudad y
desde nuestro espacio, poder incorporar el principio de democracia paritaria en esta ordenanza.
A nosotras, las mujeres que venimos combatiendo y trabajando hace muchísimo tiempo en
poder ocupar estos espacios, realmente es algo que por un lado nos da muchísimo fuerza seguir
estando en estos lugares, sobre todo porque tenemos que dar también de alguna manera una
respuesta a aquellas mujeres que pelearon hace más de siglos, hace muchísimos siglos, vienen
peleando y batallando para que hoy nosotras estemos acá y nosotras se lo vamos a responder
siguiendo esta batalla para las futuras generaciones. No solamente por el bien de nuestras niñas
sino también por el bien de nuestros niños, porque hablar de democracia paritaria para nosotras
es hablar de equilibrar la balanza de la igualdad de nuestra ciudad.
Y la verdad que hoy es un momento histórico -como siempre decimos- para nosotras las
mujeres, desde nuestro espacio siempre tomamos las problemática de nuestra sociedad, de
nuestras ciudades, de nuestros pueblos y las resolvemos, resolvemos estos reclamos históricos
de cara a la gente, de cara a las sociedad y sobre todo lo hacemos porque ya lo hicieron Perón, lo
hicieron Eva, lo hizo Néstor y hoy todavía lo sigue haciendo Cristina.
Agradecerles, principalmente, por poder tener este momento en lo personal de poder
7 - D.E.
Discutir -de una vez por todas- esta ordenanza en este lugar y que en las próximas elecciones, en
la próxima conformación de nuestro Concejo Deliberante realmente esté compuesto por la mitad
de mujeres.
Somos hoy las mujeres mayoría en nuestra sociedad, en nuestra ciudad, en nuestra
Provincia, somos mayoría en el país, y realmente creemos que tenemos el derecho de ocupar
estos lugares, democráticamente, por supuesto; aggiornando muchasnormativas.Y sabemos que
nosotras con esto vamos a ser parte de nuestras decisiones de la ciudad.
Y también, con todo elrespetodel mundo, decirles a mis pares, a aquellos que toman
decisiones, a muchos de los que toman decisiones, que a partir de este momento las decisiones
no se van a tomar en un asado un viernes a la noche, sino se van a tomar las decisiones acá, en
la casa del pueblo, con nosotras la mujeres y se van a tomar decara a la sociedad.
- Aplausos.
SRA. AVILA.- Así que, a esperar que sea el acompañamiento de nuestros pares y realmente
esperar que puedan aportar, ¿no?, aquellos que están en desacuerdo que puedan aportar a
poder construir un mejor proyecto si es que no están de acuerdo.
10
Bueno, muchas gracias y ojalá que sea ordenanza.
- Aplausos.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Tiene la palabra el concejal Branca.
SR. BRANCA.- El ajuste económico que sufre el pueblo argentino, en el marco de lo que el
Fondo Monetario Internacional le ha prescripto y obligado, hace que los asados sean cada vez
más difíciles. Así que difícilmente en un asado se tomen decisiones salvo algunos privilegiados
que pueden hacerlo. Y entre los privilegiados.., digo, en el gobierno de Alberto, Cristina y Massa o
la Embajada de Estados Unidos, es difícil hacer asados.
Entre los privilegiados lógicamente estála clase política, que-estafando al pueblo de
Ushuaia- el oficialismo de la Intendencia, el Oficialismo del Concejo Deliberante han presentado
un proyecto de presupuesto que busca aumentar la cantidad de concejales; en un contexto en el
que la falta de trabajo o que los sueldos alcancen... en un contexto en el que los sueldos no
alcanzan para cubrir lo mínimo y elemental para vivir con una cuota de dignidad, pensar que
aumentar la cantidad de concejales va a mejorar la calidad de vida de los vecinos y vecinas de
Ushuaia es una estafa, una estafa que se hace de espaldas al pueblo en la medida que se Ilena
el recinto de funcionarias y funcionarios y no se convocó a la comunidad a una discusión abierta
en comisión, como correspondería, sino se quisiera hacer de espalda al pueblo en una comisión
de receso.
Pero bueno, no voy a pretender de parte de la Cámpora que se haga algo de manera
democrática, de cara a nuestra comunidad.
Aumentar la cantidad de concejalas y concejales es aumentar el gasto político, en
consecuencia, va a haber aumento de impuestos. En la reforma de la Carta Orgánica quisieron
crear hasta impuesto a la persona, que cuando le preguntamos un ejemplo de qué implicaba un
impuesto a la persona, hubo una pausa de silencio hasta que pidieron un cuarto intermedio y
después se dieron cuenta que era imposible.
Luego aquí, en el recinto, quisieron poner un impuesto de "Derecho a regularización de la
tierra". Querían cobrarles después de entregar el terreno,vendiéndoselo al cien por ciento del
precio, sin servicios, renunciando como gestión a poder brindar servicios, es decir, capitulando
ante la inutilidad de una gestión de ocho años que iba a entregartres mil (3.000) lotes con
servicios y entregó quinientos (500) sin nada, capitulando ante ello van a vender los lotes al cien
por ciento sin siquiera agua potable, en el siglo XXI, en la era del COVID, que el agua potable es
lo elemental para separarnos entre la vida y la muerte, sin agua potable, y lo legitima. Y además
querían cobrar un derecho de regularización.
Bueno, la estafa que ustedes están planteando en la ciudad de Ushuaia, digo, después
delaño pasado quince mil cuatrocientos millones de pesos ($15.400) de Presupuesto, doce mil
cuatrocientos (12.400) originalmente.., doce mil y pico originalmente, y después por la inflación la
recaudación fue aumentandoy Ilegó a quince mil cuatrocientos millones de pesos
($15.400.000.000), y tan solo mil cuatrocientos millones de pesos se ejecutaron en obra pública,
tan solo mil cuatrocientos millones de pesos ($1.400.000.000) quedan en la ciudad.
8 - D.P.
La Cámpora nos deja de quince mil cuatrocientos millones de pesos ($15.400.000) solamente mil
cuatrocientos millones (1.400.000.000).
La estafa continua, agregan lo de la Viceintendencia. Lógicamente, en consonancia con lo
que la reforma de la Carta Orgánica gestó, pero contradictoriamente con la Carta Orgánica
plantean que para ser candidato o candidata basta con tener el título obligatorio, de educación
básica obligatoria al momento de haber transitado su trayecto pedagógico. Es decir, a diferencia
de la Carta Orgánica que en la Versión Taquigráfica queda bien explicito que la educación
obligatoria necesaria para ejercer un cargo de funcionario o funcionaria o para ser candidato o
candidata a concejal o concejala requería la educación obligatoria al momento; es decir: hoy,
desde la reforma, perdón que lo diga, de Néstor Kirchner en el año 2006, la educación obligatoria
es el secundario completo. En contra, digo porque hace poquito lo nombraron a Néstor, mi
predecesora en el uso de la palabra, desde el gobierno de Néstor Kirchner en el año 2006 la
educación obligatoria es secundario completo.
11
Acá están planteando que la educación obligatoria es lo que hayan transitado al momento
de ir a la escuela. Por ejemplo, quienes hicieron la escuela antes de la Reforma Federal del
peronista Juan... Juan, no, Carlos Saúl Menem, la educación obligatoria era hasta séptimo grado.
Desde entonces EGB 3, que sería segundo año o noveno de acuerdo al caso. Eso es lo que
están pidiendo ahora, se puede ser candidato a concejal o concejala con séptimo grado según
este proyecto de ordenanza. Para ingresar a trabajar a un supermercado exigen secundario
completo. Es decir: "mamá, no quiero estudiar". "No importa, mijo, candidatéate para concejal o
concejala, que la Cámpora te permite ser candidato sin haber estudiado".
- Manifestaciones desde el público.
SR. BRANCA.- La educación obligatoria es gratuita en la Argentina y hay muchas modalidades
para poder terminar el secundario. Cada vez más modalidades, no solamente los colegios
vespertinos. Modalidades sobran. Esto es simplemente incentivar la falta de estudio. Con la falta
de estudio se puede o se intenta de alguna manera, cosa que no están logrando evidentemente,
manejar al pueblo. No lo están logrando porque, evidentemente, en las urnas no la van a pasar
muy bien este año ni en Ushuaia ni en el país. De todos modos esta ordenanza va a durar un
año. Gracias, presidente.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Muy bien, voy a...
Tiene la palabra el concejal Garramuño. Y después si me permite quiero hacer algunas
consideraciones.
SR. GARRAMUÑO.- Bueno, estuve siguiendo la lectura, sobre la marcha nos dimos cuenta que
fue modificado el borrador que teníamos. No nos Ilama la atención, porque estamos
acostumbrados, incluso cuando empezó todo esto en la modificación de la Carta Orgánica no
pudimos leer ni siquiera cuáles eran los artículos que se querían modificar, así que vaya y pase
otra desprolijidad más.
Que mal ejemplo le estamos dando a la sociedad donde las necesidades y las
problemáticas están pasando por otro lado totalmente distinto que modificar el sistema electoral
municipal de la ciudad de Ushuaia que funcionaba tan bien. Donde lo único que se buscaba
nuevamente fue la estrategia electoral. Se llevó a cabo en la Convención. Se termina de plasmar
hoy después de un año y un poquito más de aquella votación de diciembre.
Qué raro que en la Convención se puso en el piso de cincuenta mil (50.000) habitantes,
cuando creo que todos ya sabíamos que la cantidad de habitantes de Ushuaia iba a ser más.
¿Por qué no arrancaron con un piso de ochenta mil (80.000) con siete (7) concejales y pensando
en el futuro ir agregando concejales? ¿Por qué arrancaron con cincuenta mil (50.000)? Si eso es
mentira; todos sabíamos que era ochenta mil (80.000) ¿Por qué no pusieron en la Carta Orgánica
ochenta mil (80.000) y no tendríamos este gasto innecesario que son más concejales? Que como
leímos van a ser cinco varones y cinco mujeres ampliando la cantidad de tres.
Cuando dicen que los candidatos tienen que ser por género ya estaba establecido, porque
los partidos políticos establecen el cincuenta por ciento de los candidatos varones y el cincuenta
por ciento de los candidatos mujeres. En esa boleta donde está el cincuenta por ciento mujeres y
cincuenta por ciento varones se le da la opción al electorado para que en ese cincuenta y
cincuenta por ciento elijas lo que quiera y elija personas, no elige géneros.
¿Qué pasa si ahora viene una persona no binaria? Que se están dando documentos a
nivel nacional. Ahora que va a decir: "Yo soy no binario".
- Manifestaciones desde el público.
SR. GARRAMUÑO.- ¡No falten el respeto porque estoy teniendo uso de la palabra!
Entonces, si hay una persona que es no binaria o un
9 - D.E.
persona que se auto percibe otra cosa, va a haber causas judiciales por el mamarracho que están
metiendo acá.
Boletas de papel, ¡Dios mío! Estamos en el siglo XXI y estamos pensando en boletas de
papel, isologos de colores, solamente para ganar a las grandes estructuras.
12
- Manifestaciones desde el público.
SR. GARRAMUÑO.- Acá no se readecuó el texto, acá lo único que se está haciendo: se está
vulnerando voluntad popular, ¿Por qué? Lo voy a explicar de una manera que se entienda: el
sistema D'hondt...
- Manifestaciones desde el público.
SR. GARRAMUÑO.- Ah, bueno. Si quieren escuchar bienvenido, si no se pueden retirar, señor
presidente, por favor.
- Manifestaciones desde el público.
SR. PRESIDENTE (Pino).- A ver, por favor, silencio... A ver, por favor, al público, silencio en la
sala, por favor.
Y le pido, concejal, que no dialogue, ¿sí?
SR. GARRAMUÑO.- El fanatismo mata.
- Manifestaciones desde el público.
SR. GARRAMUÑO.- Ahora, el sistema D'hondt, vamos a poner un ejemplo, un partido político
tiene dos bancas, otro partido político tienedos bancas y otro partido político "X" tiene una banca;
entonces el primer partido político con sistema D'hondt ingresa una mujer y un varón, el
segundopartido político va a ingresar una mujer y un varón, el partido político al que le queda una
sola banca "Varón, mujer, varón, mujer..." entra un varón, pero qué pasa, si en esa lista, en esa
boleta, en las preferencias ganó una mujer con dos mil preferencias, y el varón sacó ciento
cincuenta preferencias va a ingresar el varón, y esto lo van a definir en una mesa en la justicia
electoral municipal, van a decir: "¿Saben qué, sociedad?Usted se equivocó, usted no quiso elegir
esta mujer, usted quiso elegir estevarón que tiene menos preferencias. Entonces se empieza a
vulnerar la voluntad popular de los votos.
- Manifestaciones desde el público.
SR. GARRAMUÑO.- No hay sistema más transparente que la preferencia. Y con esto voy a
terminar, cuando dice: "Se toman decisiones en asados de noche en la política", yo no sé a qué
grupo político está acostumbradala concejal, si su experiencia dice que las decisiones políticas se
toman en un asado, lamento muchísimo por la concejala; pero nosotros, las decisiones que
tomamos y las votaciones que generamos en esta mesa las hacemos en cara a los vecinos y
fundamentando. Y no a través de los fanatismos berretas -que lo único que está haciendo es
atrasar- y la involución de un sistema electoral brillante que tenía la Municipalidad de Ushuaia.
Lamentablemente este Concejo va a escribir una pésima historia, y un atraso de la historia
de Ushuaia que en el futuro lo vamos a lamentar muchísimo.
Muchas gracias, señor presidente.
- Manifestaciones desde el público.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Bueno, a ver...
Voy a hacer un poco referencia a algunos puntos de esta ordenanza.
En principio, el artículo 4 0 se adecúa para ejercer el derecho a voto, esto estaba
establecido anteriormente a los 18 años y se adecúa a los 16 años, ¿sí? Y esto también fue
reformado en la Carta Orgánica, por la cual la justificación de este artículo en particular tiene que
ver coneso. Es decir, se incorporan a los jóvenes de 16 años en adelante para el voto voluntario.
En el artículo 5° se adecuan las condiciones para ser elector extranjero.En ia Carta
Orgánica, en la Convención Constituyente, se modificó justamente este artículo, por la cual se
bajaron muchos de los requisitos que habían, se facilitó para que pudieran votar los extranjeros
con el DNI y con 2 años de residencia; por la cual nos estamos ajustando a la redacción de la
Carta Orgánica, la ordenanza electoral.
El artículo 6° se adecúa a referencia de lo que es el Código Civil y Comercial, y al Código
Electoral Nacional. Significa que... Ustedes saben que se modificó el Código Civil, y esta
ordenanza es del año 2003, y en el año 2016 -si no me equivoco- se modificó el CódigoCivil...
- Le hablan fuera del micrófono.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Se modificó el Código Civil, por la cual esta ordenanza se está
ajustando a la Carta Orgánica y al Código Civil y Comercial, y al Código Electoral, ¿sí?
Estas modificaciones las fundamento porque sino pareciera que estamos hablando
únicamente de algunos hechos, que está bien que se comenten, que se digan, se apelen a
13
determinados fundamentos,pero yo tengo que fundamentar por qué modificamos cada uno de los
artículos de la Carta Orgánica, ¿sí?
1 0 — D.P.
El artículo 20 se incorpora la publicación digital. Ustedes saben que los padrones se
publicaban mediante papel, ustedes tenían que ir a algún lugar de la comisaría, al Gobierno, a
algún lugar público a ver si estaban empadronados o no. En este caso se adecua la norma a la
publicación digital. Esto también fue incorporado en la Reforma de la Carta Orgánica. Es decir,
este artículo también está ajustado a la nueva Carta Orgánica, ¿sí?
El artículo 31 incorpora la Viceintendencia que no estaba anteriormente en la Carta
Orgánica anterior. Entonces como está incorporada la norma madre que es la Carta Orgánica por
ende esta ordenanza que es electoral tiene que incorporar la figura de la Viceintendencia y está
ajustado a lo que tiene que ver con la nueva Carta Orgánica.
En el caso del artículo 32 no solamente se incorpora la Viceintendencia, digamos se
adecua los requisitos en el último inciso que tienen que ver con la Educación. Entonces, está
ajustado también a la Carta Orgánica.
El artículo 33 adecua la redacción de la Carta Orgánica, la cantidad de concejales y
concejalas y se aclara que es un edil más por cada diez mil (10.000) vecinas y vecinos. Esto,
hago un paréntesis acá, porque seguramente esto trae un debate, una discusión y estamos
dispuestos a darla. La Constitución Provincial allá por el año 91, 90, estableció que cada diez mil
habitantes se incorporara un legislador más. Cuando tuvimos las discusiones de ia Carta
Orgánica tomamos los párrafos de la Constitución Provincial como ejemplo para incorporarlo
dentro de la Carta Orgánica Municipal y efectivamente la ciudad al momento de la Reforma tenía
cincuenta mil (50.000) habitantes y hace escasos días nos enteramos de la cantidad que daba el
Censo Nacional, ¿sí? Y en esto no hay prurito para discutirlo, eh. Nosotros no escondemos nada.
Lo discutimos de cara a la comunidad. Lo discutimos, no tenemos problemas, ¿sí? Pero lo
ajustamos; si quedó establecido en la Carta Orgánica por ende la ordenanza electoral lo tiene que
establecer, ¿sí?
En el caso del artículo 34, adecuan los requisitos, el último inciso que es el tema de la
educación, esto ya lo había comentado, pero tiene que ver con esto, separado de ediles, de lo
que es intendente y viceintendente.
Artículo 35: incorpora el principio de democracia paritaria para distribución de las bancas.
El artículo 219 que hay algunas presentes que hemos tenido infinidad de discusiones es este
Concejo Deliberante allá por el 2016, 17, 18, donde han habido distintos proyectos y hemos
tenido distintas confrontaciones, distintas miradas circunstanciales o no; donde se ha apelado a la
justicia, donde hay una... la resolución López-Entable. Bueno, toda una discusión donde nosotros
llevamos durante el años 2015... 2016, 2019, ¿sí? Sin duda que hemos tenido discusiones y yo
he sido responsable de esa discusión en varias ocasiones donde entendía que la Carta Orgánica
tenía que ordenar esto y de alguna forma se interpretaba y seguramente vamos a tener mucha
diferencia con algunos concejales respecto a esto.
Pero quiero hacer mención a algo, la resolución López-Entable establece varón-varón,
mujer-mujer esa discusión, ¿sí?, la sucesión de los cargos. A partir de ahí hay una nueva
adecuación jurídica con respecto a esto, pero acá si me voy a detener porque yo comparto el
sistema de preferencias. Acá no se lo vulnera el tema de la preferencia.
11 - D.E.
Yo he sido electo concejal 4 mandatos por el sistema de preferencias.
Y sí tengo que decir que desde que se hizo la Carta Orgánica allá por el 2002 -puesto en
vigencia en el año 2003-, el mandato del Concejo Deliberante entre el año 2003 y 2007, una sola
mujer estuvo sentada en la banca, que fue Adriana Chapperón, ¿sí? De siete concejales, una
14
sola mujer.Entre el 2007 y el 2011... 2008, 2011 una sola mujer en el Concejo Deliberante, de
siete bancas, también, en esa oportunidad, Adriana Chapperón fue concejala entre el 2000... la
única concejala en ese mandato.Entre el 2011 y el 2015 una sola concejala electa entre siete
concejales, que fue Viviana Gugliemi; y entre el 2015 y el 2019, siete varones concejales, no hubo
mujer, ¿sí? Y en esta gestión, de siete concejales, únicamente dos mujeres integran este Concejo
Deliberante.
Ahora, sin duda que esta discusión, quienes la han llevado adelante y quienes han
discutido eso, tengo que hacer un reconocimiento porque quizás en tantos años creo que esta es
la oportunidad donde la Ordenanza Electoral, la Carta Orgánica pudo modificar y puede modificar
para futuro la integración de la mujer en este Cuerpo colegiado. Ese es el motivo... Lo aclaro
porque sino es como que nos vamos en los discursos, y los discursos muchas veces tienen una
intencionalidad y yo quiero reflejar exclusivamente lo que tiene que ver con la modificación de la
ordenanza
Por ese motivo es que cuando hablo que la ordenanza, y en este caso, en este artículo la
preferencia se pedía en el rango femenino tal cual lo dice la ordenanza: varón-varón, mujer-mujer,
se pelean las preferencias en ese sentido, ¿sí?; y también se respeta la voluntad popular en
función de los partidos, ¿sí?, tanto los partidos chicos como los partidos más grandes. Digo
porque no es una ordenanza que va en detrimento, es una ordenanza que respeta lavoluntad
popular y va en favor de mejorar lo que había del año 2003 a la fecha.
En el caso del artículo 36, que es lo que acabo de decir, incorporan las preferencias de
acuerdo al género, ¿sí? En el artículo 36, es lo que acabo de decir.
Artículo 44, se adecua a la preferencia al inciso, ya que al modificarse la Carta Orgánica la
referencia ahora debe ser el inciso 9. ¿Qué quiere decir esto? Se modificaron un arlículo, el
artículoocho pasa a ser.., es una modificación de forma más que nada, en este caso.
El artículo 47 incorpora la viceintendencia y adecúa el remplazo de la intendencia. Creo
que esto está claro, como es la sucesión en el caso de la ausencia del intendente o
viceintendencia y sucesivamente.
En el artículo 50 se adecúa la redacción y se suprime la palabra "cupo", ¿sí? En el artículo,
al final, decía "cupo" y se suprime en este caso.
El artículo 53 adecúa el texto de conformidad a la ordenanza modificatoria, se incorporan
las boletas, que se pueden imprimir en papel blanco con fondo de color, se incorpora la
viceintendencia.
El artículo 104 modifica el inciso 5), se elimina el inciso 6) y se incorpora el factor de
corrección por género para alcanzar el cincuenta por ciento de la banca para cada género. Si es
impar, se incorpora el concepto de "género subrepresentado".
Recién el concejal... discúlpeme, concejal, que lo mencione, pero recién se hablaba del
tema "binario", es una discusión que viene surgiendo ya hace un tiempo pero es algo...
SR. GARRAMUÑO.-Sí, o gay o lesbiana, cualquiera.
- Risas desde el público.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Es algo nuevo que
12 — D.P.
se viene...
Silencio, silencio.
Le pido respeto, concejal.
Es algo que se viene incorporando, digo esto por qué, porque en nuestra sociedad hemos
tenido distintas discusiones. Sin duda que esta ordenanza que puede ser modificada, este
proyecto puede ser modificado,puede ser en el futuro dado. Yo creo que así como estamos
discutiendo hoy el artículo 219 de la Carta Orgánica que se incorpora en esta ordenanza. Digo,
que hay varias cosas que sin duda se van a discutir a futuro.
- Hablan varias personas a la vez
15
SR. PRESIDENTE (Pino).- En este proceso que hemos tenido en estos últimos años, hemos
tenido distintas discusiones en la sociedad argentina y no tengo dudas que si esto no es lo mejor,
sin duda que los que nos precedan en el futuro la pueden adecuar. Yo creo que hoy es una
discusión donde realmente tenemos esta necesidad de modificar la Carta Orgánica teniendo en
cuenta que hay una elección de por medio, hay una convocatoria sin duda para este año donde
se va a elegir gobernador, vicegobernador, se va a elegir legisladores, intendentes, concejales. Y
la norma tiene que estar adecuada en función de la redacción de la nueva Carta Orgánica.
En el artículo 112 simplemente lo que tiene que ver con el tema de los suplentes, lo
vivimos en la Convención con el caso de Viviana Remy, ¿se acuerdan? Entonces para no volver
a tener los mismos... digo, corregir esos problemas que tuvimos. Creo que queda en esta
redacción incorporado.
En el caso del artículo 116 se incorpora la facultad de justificar la omisión del deber de
votar. Cosa que antes no lo tenía, ¿sí? Entonces en este caso se incorpora esto.
En el artículo 117, normalmente la junta electoral la integran dos vecinos, ¿sí?, de nuestra
ciudad. Lo único que se incorpora es la remuneración para esos dos vecinos por esos meses que
van a estar abocados a lo que tiene que ver con toda la junta electoral.
Artículo 118 tiene que ver con la incompatibilidad, digamos, se adecúa la incompatibilidad a
la Carta Orgánica. Esto tiene que ver con el tema de los parientes y todos estos en la Junta
Electoral, ¿sí?
Y por último, las cláusulas transitorias. Yo digo, más allá de fundamentar artículo por
artículo de esta modificación de la Ordenanza Electoral quiero sobre todo fundamentar algo, ¿sí?
Sería lamentable que no tengamos una ordenanza electoral adecuada a la Carta Orgánica
sabiendo que pocos días más o menos se van a convocar elecciones en la Provincia y en la
Municipalidad. Si no adecuamos esto sin duda que todo lo que se trabajó en la Carta Orgánica va
a quedar desechado. Y sin duda que el trabajo que ha hecho el movimiento feminista y todos los
movimientos y todos los que han trabajado todos estos años sin duda que también es algo que...
En la discusión de la convención constituyente tuvimos varias discusiones que tenían que
ver con los extranjeros incluso, para adecuarlo y tenerlo previsto para esto.
Y también quiero decir algo, el único proyecto presentado f
13 - D.E.
en este Concejo Deliberante, tengo que reconocer, ha sido el del movimiento feminista en el mes
de noviembre...
- Aplausos.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Pero nosotros habíamos dicho que íbamos a presentar desde nuestro
bloque un proyecto, hemos tomado parte de ese proyecto, ¿sí?, esto lo tenemos que decir con
todas las letras, hemos tomado... pero lo que en este Concejo Deliberante, con esta propuesta y
la anterior, únicamente dos propuestas hubieron, no hubo otra propuesta, y cada concejal podría
haber presentado a partir de octubre en adelante cualquier proyecto que considerara mejor que
cualquiera de estos dos proyectos.
0 sea, acá ninguno está exento de decir esto es bueno, esto es malo, sino que tenían la...
tienen la facultad, tienen la posibilidad, tuvieron la posibilidad de presentar proyectos para
adecuar cada artículo de la Carta Orgánica.
Y la verdad que, hasta ahora, no hay un solo proyecto presentado más que los dos que
mencioné. Esa es la realidad. Por eso estamos discutiendo hoy.
Y también quiero aclarar que esta necesidad tiene que ver por lo que es de público
conocimiento: que en pocos días más se convoca a elecciones. Y no hay -como dije
anteriormente- un prurito de decir que va a haber elecciones, todos sabemos que este año hay
elecciones en nuestra Provincia, en nuestra ciudad.
Y bajo estos fundamentos que hemos planteado, tanto la concejala Avila como quien les
habla, tienen que ver justamente con fundamentar cada uno de los artículos.
16
Por eso, nosotros, vamos a pedir a cada uno de los concejales el acompañamiento de la
modificación de la Ordenanza Electoral para que en las próximas elecciones estén incorporadas
estas modificaciones.
Muchas gracias.
- Los concejales Garramuño y Branca solicitan uso de la palabra.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Tiene la palabra el concejal Garramuño.
SR. GARRAMUÑO.- Sí, solamente para responder algunas cosas que usted dijo, señor
presidente.
Una de las cosas que más llama la atención es que dijo que este proyecto puede ser
modificado a futuro. ¿Por qué no lo hacemos bien de una? ¿Por qué se llama a extraordinaria en
verano, sin comisión?
Una de las cosas que también llama mucho la atención, y lo dijo textualmente "sin duda,
esto no es lo mejor, siempre está abierta a modificaciones". Qué vergüenza si ya arrancamos con
una ordenanza de esta manera.
La verdad que otro de los pasajes que dijo "sería lamentable no aprobar esta ordenanza
electoral", para mí es lamentable que se apruebe esta ordenanza.
Y después, una de las cosas que por suerte usted lo dijo, presidente, y desnuda todo lo
que uno viene diciendo tanto en los medios o trata de explicarle a la gente de qué se trató la
Convención Constituyente, de qué se trata esta ordenanza; usted dijo muy bien, en muy poco
tiempo se va a convocar a elecciones, en muy poquito tiempo, porque hay una estrategia
electoral, porque hay una estrategia de adelantar las elecciones. Hay una estrategia que,
seguramente o probablemente la semana que viene tengamos el cronograma electoral, entonces
esta ordenanza tienen que salir en extraordinaria, modificada, sin discutirse, sin haber tenido una
comisión. Entonces, obviamente, con esta ordenanza que se va a aprobar el día de hoy, se
consuma la estrategia electoral que empezó en diciembre con el llamado a convocatoria a la
convencional.
"Los proyectos presentados" dijo usted, de los proyectos feministas. Nos tomamos el
trabajo de leer el proyecto presentado, que tenía cuatro alternativas. Es un mamarracho, lo
resaltamos, son párrafos copiados y pegados de distintas maneras.Después lo puedo compartir
porque lo tengo acá para que lo leamos todos, y es una vergüenza el proyecto que se presentó
acá con párrafos pegados y copiados en las distintas alternativas, diciendo exactamente lo
mismo, inviable también como está redactado de esta manera. Así que si hay que celebrar o si
hay que felicitar ese proyecto, qué nivel de debate y pobre que estamos dando.
- Manifestaciones desde el público, cánticos.
SR. GARRAMUÑO.- Lamento, nuevamente, profundamente, más allá del fanatismo que corre,
que no se puede usar la razón o la lógica... ni siquiera la razón, la lógica, obviamente,
nuevamente retrocedemos con la aprobación de este mamarracho
14 — D.P.
de ordenanza. Nada más, señor presidente.
- Manifestaciones desde el público.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Tiene la palabra el concejal Branca.
SR. BRANCA.- Gracias, señor presidente.
- Manifestaciones desde el público.
SR. BRANCA.- Bueno.
Tomando su palabra, presidente, que hizo mención a que se va a elegir en breve
gobernador, legisladores, intendentes y concejales, también acá lo que se van a elegir
legisladoras, concejalas y quizás una intendenta, señor presidente, y podemos sacar a estos que
nos cuentan qué hacen con el dinero público. Esto de cara al pueblo es tan mentiroso que ni
siquiera esta sesión se transmite en vivo, presidente. Lo hacen tan de espaldas al pueblo que no
se transmite en vivo esta sesión. Una sesión en la que se está tratando nada más y nada menos
que la modalidad en que el pueblo de Ushuaia a través de algo que debiera ser sagrado que es la
democracia elige a sus representantes. La manera en que se eligen los representantes y las
17
representantes de la ciudad de Ushuaia lo hacen de espalda al pueblo ni siquiera con el coraje,
con la valentía, de transmitirlo en vivo; ni siquiera con el coraje, con la valentía de convocar a la
ciudadanía, sino solamente a personas rentadas por la gestión que esperemos se esté yendo.
- Manifestaciones desde el público.
SR. BRANCA.- Dijo en un momento, señor presidente, "el censo dice...". Comparto con usted,
presidente, no nos podemos hacer cargo de los resultados del censo porque ni siquiera un censo
puede hacer bien este Gobierno de ajuste de Alberto, Cristina y el embajador de Estados Unidos,
Sergio Massa. Ni siquiera un censo pueden hacer bien, porque sabemos que la ciudad de
Ushuaia no tiene ochenta y dos mil (82.000) habitantes.
Ahora, señor presidente, dejando el gobierno de ajuste, el gobierno antipopular, antiobrero,
la Carta Orgánica no obliga de ninguna manera a aumentar la cantidad de concejales. Digo esto a
cuenta de que usted mencionó que nos estamos ajustando a los dictámenes de la Carta
Orgánica. La Carta Orgánica establece la posibilidad, dice: "podrán aumentarse", de ninguna
manera obliga a hacerlo.
Insisto, señor presidente, manteniendo el piso de integración del cinco por ciento (5%) de
ninguna manera ayuda a pluralizar el aumento de concejales. Va a hacer que las mismas fuerzas
hoy representadas tengan más representantes. Simplemente eso.
- Hablan varias personas a la vez.
SR. BRANCA.- No, no.No hace falta aumentar la cantidad de concejales y de concejalas para
que haya más mujeres. Una cosa es lo de la paridad y otra cosa es llevarlo a diez. Llevarlo a diez,
de siete a diez es simplemente seguir contribuyendo con quitarle a la ciudadanía de Ushuaia lo
que debiera ser suyo.
Que no hay obra pública...
- Manifestaciones desde el público.
SR. BRANCA.- El peor gobierno municipal en términos de obra pública, pintan de rojo y se
destiñe con la lluvia. Ni para pintar sirven.
- Manifestaciones desde el público.
SR. BRANCA.- ¡No sirven ni para pintar! Mate bingo... que tampoco dijeron cuánto valen los mate
bingo.
- Manifestaciones desde el público.
SR. BRANCA.- Mate bingo y no sirven ni para pintar. Les pagan para pintar, les pagan para hacer
obra pública y no sirven ni para pintar.
Y ya que hizo referencia, presidente la...
- Manifestaciones desde el público.
SR. PRESIDENTE (Pino).- A ver, concejal, un segundo, por favor. Lo voy a interrumpir un
segundo, concejal.
- Hablan varias personas a lavez.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Concejal, tiene la palabra, pero yo le voy a corregir algo. Usted se
tiene que dirigir a la Presidencia no al público.
SR. BRANCA.- Me dirigí a la Presidencia, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Usted diríjase a la Presidencia, porque sino está incitando a la gente
presente.
SR. BRANCA.- Interrumpo mi discurso y digo: señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Tiene la palabra el concejal Branca.
SR. BRANCA.- Por más que me corten el audio voy a seguir hablando.
En todo momento digo, señor presidente. En todo momento me he dirigido a usted y
solamente usted, señor presidente. Si miro para otro lado es por una desviación que tengo en el
ojo izquierdo desde que nací, pero nada más que eso. Señor presidente, yo me dirijo a usted.
Y usted habla de la intencionalidad del discurso. Sí, mi discurso tiene intencionalidad,
señor presidente. Tiene la intencionalidad de que el dinero de la ciudad de Ushuaia quede en la
ciudad de Ushuaia. Y si su discurso no tiene intencionalidad, señor presidente, bueno vaya por
usted, señor presidente. Muchas gracias.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Muy bien.
Tiene la palabra la concejala Avila.
18
SRA. ÁVILA.- Sí, por ahí para poner palabra respecto a tanta agresión, ¿no?, de parte de un
electo, a tanta resistencia patriarcal que es como le Ilamamos nosotros, a tanta resistencia a
quedarse en la banca y al miedo por perder el poder sobre... no solo sobre el pueblo y el diseño
de esta ciudad
15 - D.E.
sino por sobre nosotras las mujeres.
Repetir lo que usted dijo, porque quizás no queda claro, quizás no se escucha y quizás ya
está el discurso armado -por eso no queda claro-, pero repetir: en el 2001, cuando se asignaron
los siete concejales y concejalas en la ciudad teníamos una población de cuarenta y cinco mil
habitantes, hoy somos el doble en población, un poquito menos que el doble; entonces cuando
pensamos y discutimos dentro de la Convención Constituyente de qué manera nosotros
podíamos acompañar la población con los representantes del pueblo en esta casa del pueblo,
hablamos que la base... nos pusimos de acuerdo entre todos los sectores de la sociedad, donde
inclusive estaba el Movimiento Popular Fueguino -que se puso de acuerdo también- y en donde
dijimos que teníamos una base de cincuenta mil en la población y a partir de ahí cada diez mil un
representante más en este pueblo.
Y después aclarar que este aumento de tres bancas, que tiene que ver con la fórmula que
les acabo decir, que les acabo de comentar, son tres bancas que les corresponden a las mujeres,
a nosotras las mujeres. Entonces no se enojen, no sean agresivos, no discutan de una manera
tan agresiva. No se enojen. Porque ahora, lo que nosotros proponemos, es que de cada uno de
los espacios de ustedes, porque no es la representación femenina solamente en este espacio,
sino que en cada uno de los espacios de ustedes, también ustedes puedan incorporar mujeres
para que estén acá discutiendo al lado de ustedes, o quizás sean las mujeres que los presentan a
cada uno en las bancas de sus espacios políticos.
Pedirle que pasemos a la votación, porque la verdad que de una manera tan agresiva
hacia el público, hacia las mujeres que están acá acompañando y que vienen luchando,y que ya
bastante tuvieron que recibir agresiones de hace tantos años, y ni hablar de las últimas
agresiones que se recibió en el período en que no habla niuna mujer en este Concejo
Deliberante, pero que vino a acompañar la Secretaría de la Mujer, ya en el 2015, este faltante,
esta problemática y nosotros nos comprometimos como espacio en ese momento, también, a
poder ingresar las mujeres nuevamente en el Concejo Deliberante.
Por supuesto, no lo hicimos solas desde la Secretaría de la Mujer, lo hacemos no
solamente con el movimiento completo de mujeres, con los distintos espacios inclusive de
muchas mujeres que ustedes representan acá, sino que también lo hacemos con el
acompañamiento de nuestros pares varones también, en este Concejo Deliberante. Porque los
que toman las decisiones hoy, claramente, son ustedes, los varones. Entonces, sin el
acompañamiento de ustedes los varones,hoy yo, como minoría, no puedo Ilevar adelante este
proyecto.
Así que agradecerles a ustedes también y reiterar¿De qué lado de la historia quieren estar
cada uno? Todavía me acuerdo cuando un concejal de este espacio, que hoy seguramente va a
votar encontra de este proyecto, personalmente me dijo que iba a acompañar la paridad y la
representación de las mujeres en este Concejo Deliberante. Pero claro, ¿qué puedo esperar yo?,
si no es leal a sus convicciones, qué me va a ser leal a mí, a lo que viene a comprometerse
conmigo.
Muchas gracias, presidente.
- Aplausos.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Tiene la palabra el concejal Garramuño.
SR. GARRAMUÑO.- La verdad que no sé de qué agresión patriarcal habla, para mí agresión fue
cuando...
- Manifestaciones desde el público.
19
SR. GARRAMUÑO.- ...agresión fue cuando el oficialismo mandó a apretar a las mujeres
fueguinas cuando proponían un nombre distinto, donde a una asesora mía la golpeó un
sindicalista afuera, eso no es agresión. Eso no es agresión porqué, porque no es de las filas del
color político del oficialismo.
Entonces,si agreden a una mujer que no es del mismo color político no es agresión, ahí se
termina la agresión contra las mujeres.Vale la agresión solamente cuandoel color político es de
ellas.
"Miedo a perder el poder" dijo. ¿Están hablando del actual intendente? Si todo este
maneje, esta estrategia es para no perder el poder justamente de esteintendente. Ustedes le
tienen miedo a las opiniones distintas o tienen miedo de contarle a la gente la verdad de lo que
está pasando en esta sesión, por eso no se está transmitiendo en vivo.
Me encanta escuchar la justificación de los cincuenta mil habitantes, el rulo que acaba de
inventar para decir que ahora sí está bien que tengamos tres concejales más en el contexto
inflacionario, de problemas económicos que tenemos, donde las necesidades pasan por otra cosa
pero se justifica, vamos a tener tres concejales más, pero bueno, que esperen las cloacas, que
esperen las nuevas urbanizaciones, que el puente que ya va cinco años, que no es puente, es un
alcantarillado, ni siquiera se puede llamar puente, y
16 — D.P.
justifican los tres nuevos concejales. Es una vergüenza que incluso intenten justificarlo. La verdad
háganse cargo de la barbaridad que van a votar ahora y háganse cargo el día de mañana cuando
la historia los juzgue. Nada más, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Muy bien, creo que está agotado el debate. Sin duda que como
tratamos una ordenanza electoral esto le da la posibilidad a todos los partidos políticos, les da la
posibilidad a todos los que hoy están presentes, a todos los electos, que si no comparten un
proyecto están libres de presentarse como candidatos a intendente para modificar lo que creen
que está mal.
- Aplausos y manifestaciones.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Sin duda que la democracia permite esto, podemos estar de acuerdo
o en desacuerdo, ¿sí? Sin duda que hay temas que se pueden aprovechar como discurso
político. La realidad es que los vecinos hoy tienen una necesidad, donde se trabaja en el tema de
tierras, se trabaja en el tema habitacional. Y dentro de todo esto, digo, se puede utilizar de
campaña en contra de la incrementación de concejales, en contra de la paridad de género, en
contra de todo esto. Pero la realidad es que este proyecto viene ajustado y vuelvo a reiterar... y
esto quiero mencionar; de paso, destacar la presencia del exconvencional Tavarone que hoy está
presente en la sala; de la ex gobernadora Fabiana Ríos también, que se encuentra presente.
Pero digo que las críticas muchas veces también hay que resolverlo electoralmente. Y creo
que este año es un año oportuno para aquellos que por ahí no comparten este proyecto, que se
presenten a la intendencia y puedan competir en las elecciones para el cargo de intendente. Creo
que eso resolverla muchos de los temas de estas críticas que se hacen permanentemente.
Voy a poner a consideración en general y en particular el proyecto de ordenanza leído por
Secretaría con las modificaciones introducidas, los que estén por la afirmativa a mano alzada.
- Se vota.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Vamos a hacer votación nominal.
- Votan por la afirmativa las y los concejales: De la Vega, Avila, Romano y Pino.
- Vota por la negativa las y los concejales: Branca y Garramuño.
- Volan siete señoras y señores concejales.
- Aplausos.
SR. PRESIDENTE (Pino).- Cuatro votos por la afirmativa, dos por la negativa, queda sancionado
el proyecto de ordenanza, perdón, queda sancionada la ordenanza en general y en particular.
- Manifestaciones y canticos desde el público.
SR. PRESIDENTE (Romano).- Siendo las dieciocho, quince minutos...
20
Primero quiero saludar a la concejala Avila, destacar que la presencia de la concejala Avila
en este Concejo Deliberante, uno de los temas que trajo fue justamente el tema de la paridad.
- Aplausos.
SR. PRESIDENTE (Pino).- En nombre de ella y de todas las presentes y de aquellas que han
luchado, quiero saludarlo. Y realmente... y reconocer el trabajo de cada una de ustedes.
- VI -
ARRÍO DEL PABELLÓN NACIONAL Y DEL PABELLÓN PROVINCIAL
SR. PRESIDENTE (Pino).- Siendo las dieciocho y quince horas doy por finalizada esta sesión
extraordinaria.
Invito a la concejala Avila y al concejal Romano a arriar el Pabellón Nacional y el Provincial.
- Así se hace.
- Es la hora 18 y 15.
- I - APERTURA DE SESIÓN 2
- II - Justificación de la ausencia de la concejala Oviedo 2
- III - IZAMIENTO DEL PABELLÓN NACIONAL Y DEL PABELLÓN PROVINCIAL 2
- IV - CONVOCATORIA 2
- V - MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N.° 2578 (Asunto 19/2023, expediente
244/2002) 2
- VI - ARRIO DEL PABELLÓN NACIONAL Y DEL PABELLÓN PROVINCIAL 21
IRIARTE S IAN
Concejo Delibera te Ushuaia
Deneejo Deliberante de Ushuaia
Sergio lan el Pirruccio David Ezequiel Espinosa
ORTE Cynthia Elizabeth Le 3749 Leg. 3757
Legislación
Concejo Deliberante Ushuaia
21
Datos
N° Archivo
1
Año
2023
Observaciones
1° Sesión Extraordinaria 09-02-2023
Auditoría
Cargado por: Cynthia Ortega
29/07/2026 15:28