Texto del debate
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión - 3ª Sesión Ordinaria – 25 de marzo de 2009
XXVI Período legislativo
Versión Taquigrá fica
PRESIDENCIA:
de su titular, señor Verdile José Luis (Afirmación para una República Igualitaria).
SECRETARÍA:
De su titular, señor Ganci Mario Humberto (Frente para la Victoria).
PROSECRETARÍA:
de su titular, señor Ayala Norberto Gastón (Movimiento Popular Fueguino).
CONCEJALES PRESENTES:
Cárdenas, Luis Alberto (Partido Federal Fueguino),
Chapperón, Adriana Cristina (Unión Cívica Radical),
Coria, Héctor Omar (Unión Cívica Radical),
De Marco, Damián Alejandro (Movimiento Popular Fueguino),
Luna, Juan Ramón (Frente para la Victoria),
Pino, Juan Carlos (Frente para la Victoria).
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
ÍNDICE:
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA: ......................................................................................................................................................9
1.- APERTURA DE LA SESIÓN ..................................................................................................................................................9
2.- IZAMIENTO DEL PABELLÓN NACIONAL Y DEL PROVINCIAL............................................................................9
3.- HOMENAJES .............................................................................................................................................................................9
I.- Al Día de la Memoria por la Verdad y por la Justicia...........................................................................................................9
II.- A los 33 años de la irrupción al poder de dictaduras militares .........................................................................................10
III.- A los 33 años del golpe de Estado ......................................................................................................................................10
IV.- Adhesión a expresiones sobre la justicia y la memoria .....................................................................................................11
4.- APROBACIÓN DE VERSIONES TAQUIGRÁFICAS ....................................................................................................11
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................12
Cuarto Intermedio .......................................................................................................................................................................12
5.- BOLETÍN ASUNTOS ENTRADOS .....................................................................................................................................12
I.- Mensajes del Departamento Ejecutivo Municipal................................................................................................................12
II.- Asuntos Particulares .............................................................................................................................................................12
III.- Dictámenes Finales de Comisión........................................................................................................................................14
De Legislación e Interpretación:................................................................................................................................................14
De Hacienda, Presupuesto y Cuentas:.......................................................................................................................................14
De Planeamiento y Obras Públicas: ..........................................................................................................................................14
De Policía Municipal: .................................................................................................................................................................14
De Calidad de Vida y Turismo: ..................................................................................................................................................15
Moción de Reconsideración........................................................................................................................................................15
Del asunto 140/2008, expediente 144/1994 ...............................................................................................................................15
IV.- Asuntos con Fecha Fija de Tratamiento .............................................................................................................................16
De Legislación e Interpretación:................................................................................................................................................16
V.- Asuntos para considerar en Segunda Lectura .....................................................................................................................16
VI.- Proyectos Presentados .........................................................................................................................................................16
Del bloque de la Unión Cívica Radical: ....................................................................................................................................16
Del bloque del Frente para la Victoria:.....................................................................................................................................17
Del bloque del Movimiento Popular Fueguino: ........................................................................................................................17
Del bloque del Partido Federal Fueguino:................................................................................................................................18
6.- APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.............................................................................................................................19
Moción..........................................................................................................................................................................................19
7.- Incorporación de asuntos al Orden del Día.........................................................................................................................19
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................19
Cuarto Intermedio .......................................................................................................................................................................19
Moción de Sobre Tablas..............................................................................................................................................................20
8.- Incorporación de asuntos al Orden del Día por el artículo 106 del Reglamento Interno ................................................20
9.- Manifestación del concejal Cárdenas sobre las gacetillas de Prensa ...............................................................................20
10.- Ratificación de convenio celebrado con la Facultad de Ciencias Económicas y la Municipalidad sobre
asesoramiento de mayores costos presentado por la empresa Agrotécnica Fueguina ..........................................................21
Moción de Sobre Tablas..............................................................................................................................................................21
11.- Incorporación al Orden del Día del asunto 578/2008, expediente 84/1993....................................................................21
12.- Incorporación al Anexo I de la Ordenanza municipal 1494, de los artículos 448 al 450, inclusive –nombre de calles-
.......................................................................................................................................................................................................22
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(578/2008, expediente 84/1993) .................................................................................................................................................22
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................22
13.- Cuarto Intermedio................................................................................................................................................................22
14.- BANCA DEL VECINO .........................................................................................................................................................22
I.- La señora María Rosa Chinquini expone sobre el control de poblaciones de perros y gatos ..........................................22
Moción de Preferencia ................................................................................................................................................................28
15.- Adelantamiento del tratamiento del asunto 156/2009, expediente 469/2005 ..................................................................28
Moción..........................................................................................................................................................................................29
16.- Cuarto Intermedio................................................................................................................................................................29
17.- Aprobación de Convenio de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia y la Asociación Tradicionalista
de Doma y Folklore – En Primera Lectura ...............................................................................................................................29
(156/2009, expediente 469/2005) ...............................................................................................................................................29
Moción de Preferencia ................................................................................................................................................................30
18.- Adelantamiento del tratamiento del asunto 200/2009, expediente 555/1995 ..................................................................30
19.- Otorgamiento de la Banca del Vecino al señor Mariano Leguizamón, director de la Escuela Experimental Los
Alakalufes .....................................................................................................................................................................................30
(200/2009, expediente 555/1995) ...............................................................................................................................................30
20.- BANCA DEL VECINO .........................................................................................................................................................30
II.- Del señor Mariano Leguizamón, director de la Escuela Experimental Los Alakalufes...................................................30
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................36
21.- Cuarto Intermedio................................................................................................................................................................36
22.- Autorización de mecanismo para el tratamiento de asuntos ............................................................................................36
23.- Aprobación de contrato de comodato entre la Municipalidad de Ushuaia y la Asociación Centro Tradicionalista de
Ushuaia “Virginia Choquintel” – Primera Lectura .................................................................................................................36
(131/2009, expediente 592/2000) ...............................................................................................................................................36
24.- Respuesta a la Agrupación Mapuche “Yerpum”...............................................................................................................37
(133/2009, expediente 23/2009) .................................................................................................................................................37
25.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal sobre cerramiento del playón deportivo del barrio San Salvador....37
(137/2009, expediente 24/2009) .................................................................................................................................................37
26.- Declaración de interés municipal del Vía Crucis Viviente organizado por la Pastoral de la Juventud en conjunto con
las comunidades parroquiales ....................................................................................................................................................37
(151/2009, expediente 31/2008) .................................................................................................................................................37
27.- Ratificación de convenio entre la Municipalidad y la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior
de la Nación .................................................................................................................................................................................38
(1387/2008, expediente 265/2008) .............................................................................................................................................38
28.- Ratificación de convenio celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia y el CENT Nº 11............................................38
(1405/2008, expediente 274/2008) .............................................................................................................................................38
29.- Modificación del artículo 19 Anexo I de la Ordenanza municipal 1508 –Se remite a Archivo- ....................................38
(1129/2008, expediente 21/1995) ...............................................................................................................................................38
30.- Modificación del artículo 136 de la Ordenanza municipal 1507 y del inciso 5) del artículo 21 de la Ordenanza
municipal 1508 –Se remite a Archivo- .......................................................................................................................................39
(1076/2008, expediente 21/1995) ...............................................................................................................................................39
31.- Modificación del artículo 2º de la Ordenanza municipal 3148 (Programa de Incentivos al Contribuyente Cumplidor)
– Se remite a Archivo ..................................................................................................................................................................39
(1334/2008, expediente 21/1995) ...............................................................................................................................................39
32.- Aprobación de los Anexos I al XV de la Ordenanza Fiscal ..............................................................................................39
(599/2007, expediente 193/1998) ...............................................................................................................................................39
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................41
33.- Cuarto Intermedio................................................................................................................................................................41
34.- Excepción de presentación de estudio de impacto ambiental a la Asociación Pro Karting Ushuaia – Se remite a
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Archivo- ........................................................................................................................................................................................41
(122/2009, expediente 559/2003) ...............................................................................................................................................41
35.- Excepción al artículo IV.1.2.; IV.1.2.1. y IV.1.4. del Código de Planeamiento Urbano ................................................41
(1173/2008, expediente 792/2004) .............................................................................................................................................41
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................42
36.- Obligatoriedad de instalar máquinas expendedoras de preservativos –Vuelve a la comisión de Policía Municipal- .42
(508/2008, expediente 277/1997) ...............................................................................................................................................42
37.- Creación del programa de prevención de riesgos - Se remite a Archivo .......................................................................42
(1341/2006, expediente 672/2006) .............................................................................................................................................42
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................42
38.- Respuesta a la Dirección de Atención Primaria de la Salud referente a su pedido de estacionamiento exclusivo
DAPSU – Vuelve a la comisión de Policía Municipal-.............................................................................................................42
(75/2009, expediente 10/2009)....................................................................................................................................................42
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................43
39.- Aplazamiento del tratamiento de asunto referido a implementación de la señal vial “ordenador de cruce vehicular”
.......................................................................................................................................................................................................43
(140/2008, expediente 144/1994) ...............................................................................................................................................43
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................45
40 .- Aplazamiento de tratamiento del asunto referido a solicitud de excepción a la normativa vigente para la colocación
de canastos de residuos sobre la vereda ....................................................................................................................................45
(968/2008, expediente 117/2007) ...............................................................................................................................................45
41.- Creación del Consejo Municipal de Capacidades Diferentes – Se remite a Archivo-....................................................45
(97/2009, expediente 313/1991) .................................................................................................................................................45
42.- Programa de Gestión del Paisaje Urbano y Natural – Se remite a Archivo-..................................................................46
(1645/2006, expediente 52/1993) ...............................................................................................................................................46
43.- Servicio permanente de atención médica gratuita en instalaciones deportivas y culturales dependientes de la
Municipalidad de Ushuaia ..........................................................................................................................................................46
(1276/2008, expediente 250/2008) .............................................................................................................................................46
44.- Solicitud de aplicación de ordenanza para el control, limitación y sanción de la contaminación visual -Se remite a
Archivo- ........................................................................................................................................................................................47
(561/2007, expediente 1262/1998) .............................................................................................................................................47
45.- Asígnase con el nombre “Profesor Alberto Beban” e "Intendente don Vicente Padín Moreira" a canchas Complejo
Polideportivo Municipal "Comodoro Augusto Lasserre".........................................................................................................47
(450/2008, expediente 504/1996 y 451/2008, expediente 504/1996) .......................................................................................48
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................49
Cuarto Intermedio .......................................................................................................................................................................49
46.- Excepción a favor de la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia del artículo 5º de la Ordenanza municipal
2025, modificada por la Ordenanza municipal 2697- En Segunda Lectura-..........................................................................49
(670/2008, expediente 118/2008) ...............................................................................................................................................49
47.- Aprobación de convenio entre la Municipalidad y el Club Atlético El Porvenir –En Segunda Lectura-......................50
(729/2008, expediente 556/2007) ...............................................................................................................................................50
48.- Autorización para uso de predio a la firma Casino Club S.A. –En Segunda Lectura- ...................................................50
(1372/2008, expediente 137/2008) .............................................................................................................................................50
Moción..........................................................................................................................................................................................50
49.- Incorporación de asuntos al Orden del Día.......................................................................................................................50
50.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal de colocación de semáforo o reductor de velocidad en Pontón Río
Negro y Gobernador Paz ............................................................................................................................................................51
(259/2009, expediente 115/1997) ...............................................................................................................................................51
51.- Prohibición de estacionamiento vehicular sobre la margen norte del Pasaje del Indio ................................................51
(160/2009, expediente 144/1994) ...............................................................................................................................................51
52.- Modificación de la Cláusula 34 del Anexo I de la Ordenanza municipal 2192 ..............................................................52
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(185/2009, expediente 21/1988) .................................................................................................................................................52
53.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para ejecutar obras de señalización según lo establece la Ordenanza
municipal 668 en el pasaje Los Cauquenes y la calle Florentino Ameghino..........................................................................52
(188/2009, expediente 43/1990) .................................................................................................................................................52
54.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal remita al Concejo Deliberante el listado completo de inscriptos en el
Registro Único de Demanda Habitacional ................................................................................................................................53
(189/2009, expediente 1118/1999) .............................................................................................................................................53
55.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre alquiler del local donde funciona la oficina de la
Dirección de Mediación Municipal............................................................................................................................................53
(190/2009, expediente 221/2008) ...............................................................................................................................................54
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................58
56.- Suspensión por noventa días de la remisión de los fondos previstos en la Ordenanza municipal 2553 – Se gira a la
comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas-........................................................................................................................58
(191/2009, expediente 41/2003) .................................................................................................................................................58
57.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque cartel vial de Ceda el Paso....................................60
(176/2009, expediente 115/1997) ...............................................................................................................................................60
58.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque semáforos -Se remite a Archivo- ...........................60
(177/2009, expediente 115/1997) ...............................................................................................................................................60
59.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque cartel de Ceda el Paso ...........................................61
(178/2009, expediente 33/2009) .................................................................................................................................................61
60.- Sustitución de los artículos 1º y 4º de la Ordenanza municipal 3470 ..............................................................................61
(179/2009, expediente 613/1998) ...............................................................................................................................................61
61.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque semáforos y demarque sendas peatonales............61
(180/2009, expediente 115/1997) ...............................................................................................................................................61
62.- Prohibición de denominar calles, edificios, lugares públicos, eventos culturales, artísticos y deportivos con nombres
de personas que estuvieran procesados o condenados por crímenes de lasa humanidad .....................................................62
(184/2009, expediente 128/1984) ...............................................................................................................................................62
63.- Designación de representantes del Concejo Deliberante en el Consejo Técnico del Presupuesto Participativo.........62
(149/2009, expediente 115/2002) ...............................................................................................................................................62
64.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras Públicas la colocación de un
cartel en la intersección de avenida Magallanes y Veinticinco de Mayo ................................................................................62
(165/2009, expediente 108/2008) ...............................................................................................................................................62
65.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras Públicas el relevamiento,
reparación y construcción de garitas.........................................................................................................................................63
(166/2009, expediente 237/1990) ...............................................................................................................................................63
66.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras Públicas mejoras en la plaza
ubicada en la calle Rivadavia perteneciente al barrio Juan Domingo Perón ........................................................................63
(167/2009, expediente 519/2004) ...............................................................................................................................................63
67.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras Públicas obras
correspondientes en el barrio La Cantera .................................................................................................................................64
(168/2009, expediente 456/2005) ...............................................................................................................................................64
68.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre la empresa TAILEM – Se remite a Archivo...........64
(169/2009, expediente 237/1990) ...............................................................................................................................................64
69.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para incluir en el Plan de Obras Públicas, la realización de mejoras
en la plaza del barrio Kaupén ....................................................................................................................................................64
70.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para incluir en el Plan de Obras Públicas, la realización de mejoras
en la calle Jorge Cafrune ............................................................................................................................................................65
(171/2009, expediente 145/1997) ...............................................................................................................................................65
71.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para incluir en el Plan de Obras Públicas, la colocación de un
reductor de velocidad en calle Tolhuin ......................................................................................................................................65
(172/2009, expediente 32/2009) .................................................................................................................................................65
72.- Solicitud a la Dirección Provincial de Energía para que proceda a la reubicación de postes de luz...........................65
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
(173/2009, expediente 34/2009) .................................................................................................................................................65
73.- Manifestación del concejal Cárdenas sobre los proyectos de su autoría ........................................................................66
Moción de Orden .........................................................................................................................................................................67
74.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal sobre antecedentes de convenio entre ese Departamento y el Club
Las Águilas – Se remite a la comisión de Planeamiento y Obras Públicas- ...........................................................................67
(283/2009, expediente 479/2002) ...............................................................................................................................................67
75 .- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre servicios tercerizados en el municipio..................68
(192/2009, expediente 36/2009) .................................................................................................................................................68
76.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que reclame a la Provincia pago de deudas de Coparticipación
Federal .........................................................................................................................................................................................68
(196/2009, expediente 155/2007) ...............................................................................................................................................68
77.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre si las unidades de colectivos de la empresa
TAILEM poseen velocímetros .....................................................................................................................................................68
(201/2009, expediente 237/1990) ...............................................................................................................................................68
78.- Autorización de espacio reservado para estacionamiento entre discos a favor del señor Héctor Carlos Mendoza ....69
(203/2009, expediente 437/2007) ...............................................................................................................................................69
79.- Declaración de interés educativo y cultural municipal del proyecto de Radio del Colegio Provincial “Dr. José María
Sobral” .........................................................................................................................................................................................69
(202/2009, expediente 37/2009) .................................................................................................................................................69
80.- Solicitud de autorización al Departamento Ejecutivo municipal a dar de baja y entregar a la Escuela Especial Kayú
Chénen elementos del Patrimonio Municipal............................................................................................................................70
(206/2009, expediente 39/2009) .................................................................................................................................................70
81.- Solicitud a Telefónica de Argentina sobre reubicación de un poste implantado en Gobernador Paz 1345 .................70
(204/2009, expediente 38/2009) .................................................................................................................................................70
82.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre antecedentes y/o trabajos realizados en los
denominados asentamientos ubicados en nuestra ciudad ........................................................................................................70
(207/2009, expediente 154/2004) ...............................................................................................................................................70
83.- Implementación de la señal vial “ordenador de cruce vehicular” ..................................................................................72
(140/2009, expediente 144/1994) ...............................................................................................................................................72
Moción..........................................................................................................................................................................................72
84.- Incorporación al Orden del Día de asunto 213/2009, expediente 117/2007...................................................................72
85.- Aceptación de veto del Departamento Ejecutivo municipal a la excepción al artículo 4º Ordenanza municipal 484 a
la empresa Ushuaia Shopping ....................................................................................................................................................72
(213/2009, expediente 117/2007) ...............................................................................................................................................72
86.- Solicitud de excepción a la normativa vigente para la colocación de canastos de residuos sobre la vereda efectuada
por la firma Ushuaia Shopping S.R.L. – Se remite a Archivo- .................................................................................................73
(968/2008, expediente 117/2007) ...............................................................................................................................................73
87.- Fijación de fecha para la próxima sesión ordinaria .........................................................................................................73
88.- ARRÍO DEL PABELLÓN PROVINCIAL Y DEL NACIONAL ..................................................................................73
89.- INSERCIÓN............................................................................................................................................................................74
I.- ORDENANZAS SANCIONADAS ...........................................................................................................................................74
1.- Asunto 578/2008, expediente 84/1993 ..................................................................................................................................74
Ordenanza municipal 3511 .........................................................................................................................................................74
2.- Asunto 156/2009, expediente 469/2005 ................................................................................................................................74
En Primera Lectura .....................................................................................................................................................................74
3.- Asunto 131/2009, expediente 592/2000 ................................................................................................................................74
En Primera Lectura .....................................................................................................................................................................74
4.- Asunto 599/2007, expediente 193/1998 ................................................................................................................................75
Ordenanza municipal 3500 .........................................................................................................................................................75
ANEXO I.......................................................................................................................................................................................75
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ORDENANZA FISCAL................................................................................................................................................................75
5.- Asunto 1173/2008, expediente 792/2004 ............................................................................................................................101
Ordenanza municipal 3515 .......................................................................................................................................................101
6.- Asunto 140/2008, expediente 144/1994 ..............................................................................................................................102
Ordenanza municipal... .............................................................................................................................................................102
7.- Asunto 1276/2008, expediente 250/2008 ............................................................................................................................103
Ordenanza municipal ................................................................................................................................................................103
Promulgada................................................................................................................................................................................103
8.- Asunto 450/2008 y 451/2008, expediente 504/1996 ..........................................................................................................103
Ordenanza municipal 3512 .......................................................................................................................................................103
Promulgada Decreto municipal 490 ........................................................................................................................................103
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................103
9.- Asunto 670/2008, expediente 118/2008 ..............................................................................................................................103
En Segunda Lectura...................................................................................................................................................................103
Sancionada en Primera Lectura...............................................................................................................................................103
Ordenanza municipal 3513 .......................................................................................................................................................103
Promulgada Decreto municipal 491/2009...............................................................................................................................103
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................103
10.- Asunto 729/2008, expediente 556/2007 ............................................................................................................................104
En Segunda Lectura...................................................................................................................................................................104
Sancionada en Primera Lectura...............................................................................................................................................104
Ordenanza municipal 3506 .......................................................................................................................................................104
Promulgada Decreto municipal 484/2009...............................................................................................................................104
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................104
11.- Asunto 1372/2008, expediente 137/2008..........................................................................................................................104
En Segunda Lectura...................................................................................................................................................................104
Sancionada en Primera Lectura...............................................................................................................................................104
Ordenanza municipal 3507 .......................................................................................................................................................104
Promulgada Decreto municipal 485/2009...............................................................................................................................104
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................104
12.- Asunto 160/2009, expediente 144/1994 ............................................................................................................................105
Ordenanza municipal 3514 .......................................................................................................................................................105
Promulgada Decreto municipal 492/2009...............................................................................................................................105
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................105
13.- Asunto 185/2009, expediente 21/1988 ..............................................................................................................................105
Ordenanza municipal 3509 .......................................................................................................................................................105
14.- Asunto 179/2009, expediente 613/1998 ............................................................................................................................105
Ordenanza municipal 3508 .......................................................................................................................................................105
Promulgada Decreto municipal 487/2009...............................................................................................................................105
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................105
15.- Asunto 184/2009, expediente 128/1984 ............................................................................................................................106
Ordenanza municipal 3510 .......................................................................................................................................................106
Promulgada Decreto municipal 488/2009...............................................................................................................................106
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................106
16.- Asunto 203/2009, expediente 437/2007 ............................................................................................................................106
Ordenanza municipal 3504 .......................................................................................................................................................106
Promulgada Decreto municipal 482/2009...............................................................................................................................106
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................106
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17.- Asunto 206/2009, expediente 39/2009 ..............................................................................................................................106
Ordenanza municipal 3505 .......................................................................................................................................................106
Promulgada Decreto municipal 483/2009...............................................................................................................................106
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................106
18.- Asunto 213/2009, expediente 117/2007 ............................................................................................................................107
Ordenanza municipal 3503 .......................................................................................................................................................107
Promulgada Decreto municipal Nº 481/2009..........................................................................................................................107
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009 .....................................................................................................107
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VERSIÓN TAQUIGRÁFICA:
-En la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur,
a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil nueve, en el Recinto de Sesiones "Jorge Omar
Retamar", siendo la hora 11 y 35:
1.- APERTURA DE LA SESIÓN
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Con la presencia de los concejales: Pino, Luna, Coria, Chapperón, Cárdenas, De
Marco y esta Presidencia, habiendo quórum legal doy por iniciada la sesión ordinaria prevista para el día de la
fecha.
2.- IZAMIENTO DEL PABELLÓN
NACIONAL Y DEL PROVINCIAL
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Invito al
concejal Damián De Marco a izar el
Pabellón Nacional y el Provincial, a
concejales y público presente a ponerse
de pie.
- Así se hace.
- Aplausos.
3.- HOMENAJES
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Si algún concejal desea hacer uso de la palabra para rendir homenaje que lo
haga saber a esta Presidencia.
- Aplausos.
I.- Al Día de la Memoria por la Verdad y por la Justicia
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Señor presidente, quiero expresar unas palabras alusivas.
En el día de ayer se recordó, una vez más, lo que se dio en llamar el Día de la Memoria por la Verdad y
por la Justicia.
Como es de público conocimiento, a partir del 24 de marzo de 1976, con la toma del poder por las
Fuerzas Armadas, se instrumentó un plan sistemático de imposición del terror y de la eliminación física de miles
de ciudadanos sometidos a secuestros, torturas y detenciones clandestinas, eliminando a quienes proclamaban
toda suerte de disenso u oposición, o fueran sospechados, tuvieran o no militancia política o social.
Por eso, señor presidente, hoy más que nunca resalto la importancia de mantener activa la memoria de
todos argentinos, que nos exigen a las nuevas generaciones el compromiso de fortalecer con fuerte
responsabilidad ciudadana el hecho de vivir en democracia.
Recordar que estos principios irrenunciables del estado de derecho fueron sustituidos por crímenes de
Estado, que son delitos de lesa humanidad, constituyendo la etapa más cruel y aberrante de nuestra Patria,
cuyas dolorosas y trágicas secuelas aún persisten.
Por ese motivo, es válido incorporar como patrimonio histórico de un pueblo la memoria de su opresión
y sus sufrimientos como así también los esfuerzos por recuperar la vigencia de los derechos humanos, el orden
constitucional y la vida democrática.
Como la memoria es recuerdo, adhiero también al rechazo del olvido de violaciones masivas a los
derechos humanos siendo este un aspecto esencial en la lucha contra la impunidad, ya que puede advertirse
que algunos elementos del aparato represor siguen impunes y funcionando, tal como lo demuestra la
desaparición de testigos y las demoras en atender las causas, propiciando la participación de todos los
miembros de una comunidad en la reconstrucción y sostenimiento de la memoria, y la búsqueda de la verdad y
la justicia.
Recordar aquellos años y métodos son necesarios y deben ir a fondo, pero no simplemente como un
ejercicio nostálgico.
Rememorar la historia sin relacionarla con los hechos del presente es un imperdonable error.
Hoy en nuestro país 15.000.000 de personas, aproximadamente, están en situación de pobreza y casi
7.000.000 en situación de indigencia.
Los derechos sociales por los que lucharon y murieron miles de argentinos y argentinas aún deben ser
defendidos.
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La soberanía sobre la tierra, sobre el agua, los recursos naturales, los alimentos, el control de los
medios de producción y las tecnologías, deben ser resguardadas a partir de la creatividad y el protagonismo
social.
En homenaje a todos los luchadores que perdieron su vida, no perdamos la memoria y no dejemos de
ser protagonistas de la historia que estamos escribiendo.
Por último, señor presidente, por los motivos expuestos, quiero manifestar y hacerme eco seguramente
del pensar de mis pares y expresar el repudio histórico al golpe de estado del 24 de marzo de 1976; expedirme
a favor de las medidas tendientes a acelerar los procesos judiciales contra quienes fueron parte del terrorismo
de Estado y; adherir a los pedidos de esclarecimiento de la desaparición del testigo Julio López, así como al
reclamo de un sistema de protección para los testigos de estas causas, y; ratificar la decisión de los argentinos
de vivir en democracia. Por el nunca más, a un gobierno de facto. Y que esa parte de la historia, ¡por favor, no
se repita jamás! Muchas gracias, señor presidente.
-Aplausos.
II.- A los 33 años de la irrupción al poder de dictaduras militares
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- En el día de ayer se cumplieron 33 años de la irrupción al poder de una de las dictaduras
más cruentas que tuvo la historia argentina.
El 24 de marzo de 1976, las fuerzas armadas argentinas encabezadas por sus comandantes en jefe,
derrocaron al Gobierno Constitucional de María Estela Martínez de Perón. De ahí en más, y a lo largo de seis
años, la arbitrariedad, la tortura, la persecución ideológica, el terrorismo de Estado y en general, el desprecio
por los derechos humanos, fue moneda corriente en todo el ámbito de la República.
Las instituciones republicanas desaparecieron, la Constitución Nacional perdió su supremacía y fue
reemplazada por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional, que pretendía dar legalidad a un
gobierno de facto y represivo.
En esos trágicos años, el secuestro y la desaparición forzada de personas se convirtieron en acciones
cotidianas, ante la incredulidad de muchos y la complicidad de otros, que acuñaron la tristemente célebre frase
“algo habrán hecho”.
Fueron víctimas de este accionar violento estudiantes, obreros, dirigentes barriales, periodistas, actores
y en general, cualquier persona que no pensara como el régimen, era tildada de subversiva, y por tanto un
enemigo potencial que había que eliminar.
Hoy, tres décadas después, debemos asumir el compromiso indeclinable de defender los valores
democráticos y las instituciones de la República, para ello es necesario el diálogo y la tolerancia y no creer más
en líderes mesiánicos o en los salvadores de la Patria o aquellos que otrora se consideraban la reserva moral
de los argentinos.
Seguramente será muy difícil restañar las heridas provocadas por la dictadura, la grieta que se ha
producido será difícil de cerrar. Se necesitará un accionar rápido de la justicia que castigue a los culpables y
tener memoria para no repetir los errores del pasado. Gracias.
-Aplausos.
III.- A los 33 años del golpe de Estado
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Escuchaba atentamente lo que decían los concejales De Marco y Cárdenas, y la verdad
es que ayer, durante el acto que se realizó en el espacio donde se emplazará la Plaza de la Memoria, me
planteaba justamente, que buen momento, a 33 años del golpe de Estado, para pensar y reflexionar sobre
estos tres pilares que mencionaba el concejal De Marco, con los que coincido plenamente, la defensa del orden
institucional, la vida democrática y el respeto a los derechos humanos.
Hoy más que nunca, en un momento donde después de la globalización nos toca vivir esta crisis
internacional que creo, en lo personal, tiene que ver con un cambio de modelo que desde hace tiempo se viene
perfilando y que ahora, ha tocado a los países más importantes del mundo.
Que buen momento para reflexionar sobre la vida democrática, y justamente sobre esto que tenemos
que plantearnos todos los días, que es nuestro deber y nuestra obligación, la tolerancia, la búsqueda del
consenso, el diálogo necesario para construir en momentos difíciles, esta imaginación que debemos tener.
¡Qué terrible responsabilidad cuando uno mira la ciudad! Ayer, desde el sector donde se realizó el acto,
desde la plaza, que es un lugar estratégico, pensaba sobre la responsabilidad que tenemos como concejales;
que responsabilidad que tiene el intendente, la gobernadora cuando uno mira la dimensión de lo que uno puede
modificar con sus decisiones. Realmente, me parece que tenemos que tener un acto de grandeza y poder
todos, nos cuesta, tenemos idas y vueltas, todos defendemos nuestras posturas con mucha vehemencia pero,
me parece que el mejor homenaje que podemos hacer ante la conmemoración de los 33 años y a este nunca
más que todos repetimos es, justamente, utilizar todos los mecanismos que nos permitan consolidar la
democracia, que permitan que no haya más desaparecidos, no solo físicamente; que no haya más
desaparecidos porque hayan quedado fuera del sistema, más marginados, más indigentes.
Me parece que tenemos que trabajar todos y este es el momento, con todas nuestras diferencias,
trabajar por construir el sistema democrático todos los días porque, aún perfectible, es lo mejor que hasta ahora
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conocemos. Muchas gracias.
- Aplausos.
IV.- Adhesión a expresiones sobre la justicia y la memoria
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Todos los bloques se expresaron, queremos adherir, más allá de las palabras coincidimos con todos
y cada uno de los conceptos vertidos, tanto por el concejal De Marco, el concejal Cárdenas y la concejal
Chapperón. Por supuesto estar siempre atento a esta situación más allá que todos conocemos la historia de lo
sucedido en la Argentina, también tener el valor del presente que, de alguna forma, refleja algunos pedidos de
justicia, en estos últimos tiempos.
Simplemente quiero adherir a todo lo expresado por mis pares y, por supuesto, acompaño a todas las
instituciones y entidades que trabajan en función de la justicia y de la memoria.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Gracias, concejal.
- Aplausos.
4.- APROBACIÓN DE VERSIONES TAQUIGRÁFICAS
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la Versión Taquigráfica de la sesión ordinaria del
día 26 de noviembre de 2008.
Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Simplemente para expresar que consulté a la responsable del sector taquigráfico y, nos
costó un poco tomar conocimiento sobre las últimas Versiones Taquigráficas.
Está faltando, a la fecha, la sesión del 11 de diciembre del año pasado que, me parece, no es un tema
menor que no se ponga a consideración este instrumento; mi pregunta es bajo qué instrumento se aprobará
esta sesión.
De todas maneras, me gustaría contar con un poco más de tiempo para poder analizar justamente, el
contenido de las versiones taquigráficas de cada sesión dado que el lunes a las 16:30, todavía no contábamos
con ésta.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Concejal, usted hace referencia a la Versión Taquigráfica del 11 de diciembre, y
la que está para considerar es la del 26 de noviembre.
Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Simplemente, solicito más tiempo para analizar las versiones taquigráficas.
En la que usted hace referencia, la del 26 de noviembre, no hubo situaciones para observar pero, me
preocupa la de la sesión del 11 de diciembre.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- En coincidencia con el concejal Cárdenas, solicito se ponga a consideración del Cuerpo, el Acta de
la sesión anterior, y el resto dejarlas hasta que podamos reverlas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- No entiendo qué se plantea ni qué vamos a votar.
La primera cuestión que debemos desmitificar, porque si no hablamos de algo que no existe, es que
nunca vamos a aprobar la Versión Taquigráfica del 11 de diciembre porque no hubo taquígrafas, por lo cual es
imposible aprobar lo que no existió. ¡No se va a poder aprobar una Versión Taquigráfica que no existe!
Hay que aprobar -y no entiendo qué es lo que falta, pero hay que aprobar, coincido plenamente con el
concejal Cárdenas- el acta que hizo el escribano y el audio que se tomó en la sesión. ¡No sé qué falta para que
la aprobemos! Debería estar, están las dos cosas: el acta del escribano y el audio. Deberíamos tenerla para que
todos los concejales puedan escuchar el audio, leer lo que tomó nota el escribano municipal y, a partir de ahí,
aprobar, así terminamos con esa sesión.
Ahora, no me queda claro qué deberíamos aprobar hoy y qué están pidiendo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Quiero aclarar, lo que se está pidiendo es sobre la del 26 de noviembre, es un
mes anterior a la que se está planteando. La de diciembre es conflictiva y, a lo mejor, hay que discutirla más.
- Hablan varios concejales a la vez.
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Moción de Orden
Cuarto Intermedio
SR. DE MARCO.- Señor presidente, pido la palabra.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Solicito un cuarto intermedio, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el cuarto intermedio solicitado.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
- Es la hora 11 y 51.
-A la hora 11 y 53:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se reanuda la sesión.
Se puede acordar no tratar la aprobación de la Versión Taquigráfica del 26 de noviembre de 2008
ahora, ya que es conflictiva, para darle tiempo a los concejales a leerla antes de la sesión, por lo que se dejará
sin efecto el tratamiento de su aprobación.
Se va a votar la moción.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
5.- BOLETÍN ASUNTOS ENTRADOS
SR. PRESIDENTE (Verdile).- A continuación, por Secretaría se dará lectura al Boletín Asuntos Entrados.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
I.- Mensajes del Departamento Ejecutivo Municipal
Asunto 131/2009, expediente 592/2000. Remite Decreto municipal 194/2009, dictado ad referéndum del
Cuerpo, a través del cual se aprueba el Contrato de Comodato Nº 4637, celebrado con la Asociación Centro
Tradicionalista de Ushuaia “Virginia Choquintel”.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 138/2009, expediente 828/1998. Remite Decreto municipal 224/2009, dictado ad referéndum del
Cuerpo, por el cual se aprueba el pliego de bases y condiciones para el llamado a licitación pública de
concesión del Camping municipal Río Pipo.
- A la comisión de Legislación e Interpretación.
Asunto 145/2009, expediente 16/1998. Eleva respuesta a lo solicitado por el Cuerpo mediante
Resoluciones 80/2008, 81/2008, 138/2008 y 210/2008, respecto de la realización de diferentes obras en la
ciudad.
-Para conocimiento de los bloques.
Asunto 146/2009, expediente 27/2009. Elevada nota recepcionada en el Municipio presentada por la
señora Lidia Raquel Monsalve, respecto de la selección de personas para cubrir vacantes en el Juzgado
Administrativo Municipal de Faltas, a través del llamado a concurso.
-Para conocimiento de los bloques.
Asunto 150/2009, expediente 435/1997. Remite copia certificada de las fojas 80 a 99 del Libro de
Registro de Convenios Nº 6 de la Municipalidad.
-Para conocimiento de los bloques.
Asunto 156/2009, expediente 469/2005. Remite Decreto municipal 297/2009, dictado ad referéndum del
Cuerpo a través del cual se aprueba el Convenio Nº 4615, celebrado con la Asociación Tradicionalista de Doma
y Folclore.
-Se reserva sobre tablas.
II.- Asuntos Particulares
Asunto 49/2009, expediente 52/1993. De los señores Ángel Bernabé Cruz y Sergio Barreiro. Elevan
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propuestas para ser incorporadas al tratamiento del nuevo Código de Planeamiento Urbano, en lo que respecta
a saneamiento.
- A la comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
Asunto 114/2009. Del Cuerpo de Taquígrafos del Concejo Deliberante. Solicita se declare de interés
municipal el seminario dictado por miembros del Unión de Taquígrafos y Estenotipistas Profesionales de la
Argentina (UTEPA).
-Se gira a Archivo.
Asunto 116/2009, expediente 52/1993. De los señores Ángel Bernabé Cruz y Sergio Barreiro. Elevan
propuestas para ser incorporadas al tratamiento del nuevo Código de Planeamiento Urbano, en lo que respecta
al Plan Urbano.
- A la comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
Asunto 117/2009, expediente 52/1993. De los señores Ángel Bernabé Cruz y Sergio Barreiro. Con
relación a las propuestas efectuadas para ser incorporadas al tratamiento del nuevo Código de Planeamiento
Urbano, solicitan la posibilidad de ser invitados a las discusiones para la ampliación de las mismas.
- Para conocimiento de los bloques.
Asunto 133/2009, expediente 23/2009. De la Agrupación Mapuche “Yerpum”. Eleva copia del proyecto
de Ley de revisión de la historia y recuperación de la memoria denominado “Llamemos a los lugares por su
nombre”.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 135/2009, expediente 22/2009. De la señora Mónica Rodríguez. Solicita excepción al Código de
Planeamiento Urbano, para la habilitación definitiva del local ubicado en la parcela 8, macizo 59B, de la sección
D.
- A la comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
Asunto 137/2009, expediente 24/2009. De la señora Mercedes Esther Arce. Efectúa denuncia por ruidos
molestos en el predio lindero a su propiedad, ubicada en el barrio San Salvador Casa Nº 88.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 141/2009, expediente 242/2000. Del señor Daniel Sardinas Oropeza. Solicita al Cuerpo la
debida intervención tendiente a la adjudicación del lote 6, fracción 120, cedida oportunamente a su favor por la
Asociación Civil barrio Soberanía Nacional.
- Para conocimiento de los bloques.
Asunto 151/2009, expediente 31/2008. De la Parroquia María Auxiliadora. Solicita se declare de interés
municipal el desarrollo de la XIX edición del Vía Viviente Ushuaia.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 152/2009, expediente 28/2009. Del señor Juan Carlos Urquiza. Solicita excepción a la normativa
vigente para la colocación de carteles publicitarios en el local comercial “El Cardenal” Apart Hotel.
- A la comisión de Policía Municipal.
Asunto 153/2009, expediente 555/1993. De padres y amigos de la comunidad educativa de escuelas
experimentales. Solicitan se declare de interés municipal el predio denominado parcelas 16 y 30, macizo 18 de
la sección E, como parte pedagógica de la Escuela Experimental “Los Alakalufes”, por su uso como primer patio
de recreo diario y actividades educativas al aire libre.
- A la comisión de Legislación e Interpretación.
Asunto 157/2009, expediente 29/2009. Del Jardín Maternal “Rayito de Luz”. Solicita se autorice la
franquicia de estacionamiento reservado a favor de la institución en la calle Ameghino 541.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 161/2009, expediente 30/2009. Del señor Darío Orlando Tonutti. Solicita excepción a la
normativa vigente para la obtención del carnet de conducir profesional.
- Para conocimiento de los bloques.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- El asunto anterior el 157/2009, Jardín Maternal “Rayito de Luz”, pasaba para
conocimiento de bloques, según lo que tengo en mis registros, no se trata, porque se incorpora un proyecto de
ordenanza nuestro. No sé si así lo tiene el resto de los concejales.
- Hablan varios concejales a la vez.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Volvemos a leer por Secretaría.
SR. SECRETARIO (Ganci). Asunto 157/2009, expediente 29/2009. Del Jardín Maternal “Rayito de Luz”.
Solicita se autorice la franquicia de estacionamiento reservado a favor de la institución en la calle Ameghino
541.
- Para conocimiento de los bloques
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Asunto 162/2009, expediente 156/1989. De la señora María Rosa Cinquini. Eleva proyecto de
ordenanza relacionado con las propuestas que hacen al control canino en la ciudad de Ushuaia.
- A la comisión de Policía Municipal.
Asunto 163/2009, expediente 31/2009. Del señor José Mansilla. Efectúa reclamo por la normativa en
vigencia relacionado con el plan de empadronamiento edilicio, debido a que en su predio se encuentran dos
viviendas que usufructúan familias diferentes.
- A la comisión de Legislación e Interpretación.
III.- Dictámenes Finales de Comisión
De Legislación e Interpretación:
Asunto 1387/2008, expediente 265/2008. Aconseja aprobar proyecto de resolución por el cual se
ratifican los términos del Decreto municipal 1718/2008, dictado ad referéndum del Cuerpo, por el cual se
aprueba el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia 4503.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 1405/2008, expediente 274/2008. Aconseja aprobar proyecto de resolución por el cual se
ratifican los términos del Decreto municipal 1746/2008, dictado ad referéndum del Cuerpo, por el cual se
aprueba el Convenio Marco de Cooperación 4492.
- Se reserva sobre tablas.
De Hacienda, Presupuesto y Cuentas:
Asunto 1129/2008, expediente 21/1995. Aconseja remitir al Archivo las actuaciones relacionadas con el
proyecto de ordenanza por el cual se propone la modificación del artículo 19 del Anexo I Capítulo III, Título V-
Derechos de Cementerio- de la Ordenanza municipal 1508.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 1076/2008, expediente 21/1995. Aconseja remitir a Archivo las actuaciones relacionadas con el
proyecto de ordenanza por el cual se propone la modificación del artículo 136 de la Ordenanza municipal 1507
y del inciso 5) del artículo 21 de la Ordenanza municipal 1508.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 1334/2008, expediente 21/1995. Aconseja sancionar proyecto de ordenanza por el cual se
propone la modificación del artículo 2º de la Ordenanza municipal 3148 (Programa de incentivos al
contribuyente cumplidor).
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 599/2007, expediente 193/1988. Aconseja sancionar proyecto de ordenanza Fiscal para la
Municipalidad de Ushuaia y propone la derogación de la Ordenanza municipal 1507 y sus modificatorias.
- Se reserva sobre tablas.
De Planeamiento y Obras Públicas:
Asunto 122/2009, expediente 559/2003. Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza por el cual
se exceptúa a la Asociación Pro Karting Ushuaia 2000, de la presentación del estudio de impacto ambiental
para la parcela 1, macizo 1, de la sección Q.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 1173/2008, expediente 792/2004. Aconseja sancionar proyecto de ordenanza por el cual se
derogan los términos del artículo 2º de la Ordenanza municipal 3150.
- Se reserva sobre tablas.
De Policía Municipal:
Asunto 508/2008, expediente 277/1997. Aconseja sancionar proyecto de ordenanza por el cual se
establece la obligatoriedad de instalación de máquinas expendedoras de preservativos en los baños de
hombres y mujeres en bares, confiterías, restaurantes, discotecas, clubes nocturnos y salas de juego.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 1341/2006, expediente 672/2006. Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza mediante
el cual se propone la creación del programa de prevención de riesgo vinculados con la diversión nocturna de los
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jóvenes.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 75/2009, expediente 10/2009. Aconseja aprobar proyecto de minuta de comunicación a la
Dirección de Atención Primaria de Salud, respecto de la solicitud de un estacionamiento reservado en la calle
Lugones, frente a la casa Nº 7.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 140/2008, expediente 144/1994. Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza por el cual
se implementa en el ejido urbano de la ciudad, la señal vial de Ordenador de Cruce Vehicular.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 968/2008, expediente 117/2007. Aconseja remitir a Archivo la solicitud de excepción a la
normativa vigente para la colocación de canastos de residuos sobre la vereda, efectuada por la firma Ushuaia
Shopping S.R.L.
- Se reserva sobre tablas.
De Calidad de Vida y Turismo:
Asunto 97/2008, expediente 313/1991. Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza por el cual
se propone la creación del Consejo Municipal de Capacidades Diferentes de la ciudad de Ushuaia.
- Se reserva sobre tablas.
Moción de Reconsideración
Del asunto 140/2008, expediente 144/1994
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- El asunto 140/2008, es un proyecto de ordenanza del bloque del Frente para la Victoria, en
comisión salió con dictamen final y ahora lo remiten a Archivo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- Se equivocaron porque en los papeles que tengo aparece como dictamen final de Policía
Municipal para remitir a Archivo, pero acá figura como para darle tratamiento.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Yo tengo registrado que se trata.
- Hablan varios concejales a la vez.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Solicito la reconsideración del asunto.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción del concejal Luna para que este asunto
se trate.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Concejal Luna, en el momento en que se trate usted va a proponer que no se remita a Archivo.
SR. LUNA.- Exactamente. Que se dé cumplimiento a lo que se trató.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Quería aclarar ese punto.
SR. LUNA.- Si tengo voluntad de hacerlo al momento de tratarlo, lo voy a hacer.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Continúa la lectura.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
Asunto 1645/2008, expediente 52/1993. Del Valle Andorra. Aconseja remitir a Archivo el proyecto de
ordenanza por el cual se instituye el Programa de Gestión del Paisaje Urbano y Natural (PGP).
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 1276/2008, expediente 250/2008. En mayoría: concejales Cárdenas, Luna y De Marco.
Aconseja sancionar el proyecto de ordenanza por el que se establece un servicio de atención médica gratuita
para brindar asistencia de emergencia y/o traslado de personas en todas las instalaciones deportivas y
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culturales dependientes de la Municipalidad de Ushuaia.
En minoría: concejal Coria. Aconseja mantener las actuaciones enunciadas en el seno de la comisión.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 561/2007, expediente 1262/1998. Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza por el
cual se instituye el marco para el control limitación y sanción de la contaminación visual provocada por el uso y
ocupación del suelo y espacio aéreo de la vía pública.
- Se reserva sobre tablas.
IV.- Asuntos con Fecha Fija de Tratamiento
De Legislación e Interpretación:
Asunto 450/2008, expediente 504/1996. Aconseja aprobar proyecto de minuta de comunicación al
Ejecutivo municipal relacionado con el reconocimiento solicitado por ex alumnos del Colegio José Martí, al
profesor Alberto Beban.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 451/2008, expediente 504/1996. Aconseja aprobar proyecto de minuta de comunicación al
Ejecutivo municipal relacionado con el reconocimiento solicitado por ex alumnos del Colegio José Martí, al ex
intendente de la ciudad de Ushuaia, don Vicente Padín Moreira.
-Se reserva sobre tablas.
V.- Asuntos para considerar en Segunda Lectura
Asunto 670/2008, expediente 118/2008. Ordenanza municipal sancionada en Primera Lectura en sesión
ordinaria de fecha 11 de diciembre de 2008, a través de la cual se exceptúa a la Asociación de Propietarios de
Taxi del artículo 20 de la Ordenanza municipal 2025 y se autoriza al Ejecutivo municipal adjudicar la parcela 5,
macizo 9, de la sección G.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 729/2008, expediente 556/2007. Ordenanza municipal sancionada en Primera Lectura en sesión
ordinaria de fecha 11 de diciembre de 2008, a través de la cual se aprueba el Convenio Nº 4057 celebrado
entre la Municipalidad y el Club Atlético El Porvenir, cediendo en uso, custodia, mantenimiento y administración
del playón ubicado en la parcela 2, macizo 30B, de la sección F.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 1372/2008, expediente 137/2008. Ordenanza municipal sancionada en Primera Lectura en
sesión ordinaria de fecha 11 de diciembre de 2008, a través de la cual se autoriza a la firma Casino Club S.A.,
el uso del predio contiguo a la obra que se realiza en la sección A, macizo 65, parcelas 2A y 3A, por el término
de un año.
-Se reserva sobre tablas.
VI.- Proyectos Presentados
Del bloque de la Unión Cívica Radical:
Asunto 159/2009, expediente 115/1997. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la posibilidad de instalar un reductor de velocidad en la intersección de las calles Pontón Río Negro y
Gobernador Paz.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 160/2009, expediente 144/1994. Proyecto de ordenanza por el cual se establece el
estacionamiento en el Pasaje del Indio y el sentido de circulación para la calle Bombero Soto.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 185/2009, expediente 21/1988. Proyecto de ordenanza por el cual se propone la modificación de
la Cláusula 34 del Anexo I de la Ordenanza municipal 2192 (Reglamentación cementerios).
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 186/2009, expediente 322/2004. Proyecto de ordenanza por el cual se instituye el Sistema de
Promoción de Inversiones por Iniciativa Privada.
- A la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Asunto 187/2009, expediente 126/1988. Proyecto de ordenanza por el cual se propone la modificación
del artículo 237 del Anexo I de la Ordenanza municipal 1492 (Régimen de Penalidades).
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- A la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Asunto 188/2009, expediente 43/1990. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal efectúe las tareas de señalización en la calle Los Cauquenes 1088, en virtud a lo establecido en la
Ordenanza municipal 668.
-Se reserva sobre tablas.
Del bloque del Frente para la Victoria:
Asunto 189/2009, expediente 1118/1999. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal remita el listado completo de los inscriptos en el Registro Único de Demanda Habitacional.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 190/2009, expediente 221/2008. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal informe sobre el alquiler del local donde funcionan las oficinas de la Dirección de Mediación
Municipal.
-Se reserva sobre tablas.
Asunto 191/2009, expediente 41/2003. Proyecto de ordenanza por el cual se suspende por 90 días la
remisión de los fondos que prevé la Ordenanza municipal 2553.
-Se reserva sobre tablas.
Del bloque del Movimiento Popular Fueguino:
Asunto 175/2009, expediente 71/2003. Proyecto de ordenanza por el cual se establece el servicio de
intérpretes de lenguaje de señas, en las oficinas de atención al público del municipio.
-Se reserva sobre tablas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- En Labor Parlamentaria se decidió que se gire a la comisión de Calidad de Vida y Turismo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se gira a la comisión de Calidad de Vida y Turismo.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Asunto 176/2009, expediente 115/1997. Proyecto de resolución por el cual se
solicita al Ejecutivo municipal la colocación de un cartel de Ceda el Paso, en la intersección de las calles
Provincia Grande y Doce de Octubre.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 177/2009, expediente 115/1997. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la colocación de un semáforo en la intersección de las calles Pontón Río Negro y Gobernador Paz.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 178/2009, expediente 33/2009. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la colocación de un cartel Ceda el Paso, en la intersección de las calles Lapataia y Yámanas.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 179/2009, expediente 613/1998. Proyecto de ordenanza por el cual se propone la sustitución de
los artículos 1º y 4º de la Ordenanza municipal 3470 (colocación de cámaras de seguridad en confiterías
bailables).
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 180/2009, expediente 115/1997. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la colocación de un semáforo en la intersección de las calles Juan Domingo Perón y Fuegia Basket.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 181/2009, expediente 35/2009. Proyecto de ordenanza por el cual se adhiere a los términos del
Código Ético Mundial para el turismo.
- A la comisión de Calidad de Vida y Turismo.
Asunto 182/2009, expediente 313/1991. Proyecto de ordenanza por el cual se crea el Consejo Municipal
de Discapacidad.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Este asunto se gira a la comisión de Calidad de Vida y Turismo. Quiero aclarar que en la
comisión de Calidad de Vida y Turismo hay un proyecto presentado por este bloque sobre el Consejo Municipal
de Capacidades Diferentes, tiene que ver con el mismo tema pero está un poco más completo, fue trabajado
con diferentes organizaciones.
Además, cuando se trataron los temas de Calidad de Vida y Turismo debí expresar que hay un proyecto
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de ordenanza que se envió a Archivo por el cual se instituía el Programa de Gestión de Paisaje Urbano Natural;
aclaro que este bloque está trabajando en un proyecto alternativo para presentar en la próxima sesión y
seguramente será girado también a la comisión de Calidad de Vida y Turismo.
Nada más, señor presidente. Esto es a efectos de que conste en Versión Taquigráfica la posición de
este bloque.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Gracias, concejal.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Asunto 184/2009, expediente 128/1984. Proyecto de ordenanza por el cual se
establece la prohibición de imponer nombres a calles, barrios, plazas etcétera, de personas que hayan estado o
estuvieren procesados y/o condenados por crímenes de lesa humanidad y/o genocidio.
- Se reserva sobre tablas.
Del bloque del Partido Federal Fueguino:
Asunto 149/2009, expediente 115/2002. En virtud a lo dispuesto en la Cláusula Transitoria Primera de la
Ordenanza municipal 3352, designa al profesor Aníbal Lobasso, como uno de los representantes del Concejo
Deliberante en el Consejo Técnico del Presupuesto Participativo.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 165/2009, expediente 103/2008. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la inclusión en el Plan de Obras Públicas, la colocación de un cartel de Ceda el Paso, en la
intersección de la calle Veinticinco de Mayo y la avenida Hernando de Magallanes.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 166/2009, expediente 237/1990. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal efectúa un relevamiento de las garitas de la línea urbana y la situación en que se encuentran las
mismas.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 167/2009, expediente 519/2004. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la incorporación en al Plan de Obras Públicas, diferentes trabajos en la calle Rivadavia sobre el sector
del barrio Juan Domingo Perón.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 168/2009, expediente 456/2005. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la incorporación en el Plan de Obras Públicas, diferentes trabajos en el barrio La Cantera.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 169/2009, expediente 237/1990. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal informe sobre aspectos que hacen a la retribución de la empresa TAILEM S.R.L., por la prestación del
servicio de transporte público colectivo de pasajeros.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 170/2009, expediente 152/2008. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la incorporación en el Plan de Obras Públicas, la realización de tareas de mejora en la plaza ubicada
en la intersección de las calles Yowen y Cilawaia del barrio Kaupén.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 171/2009, expediente 145/1997. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la incorporación en el Plan de Obras Públicas, la construcción de cordón cuneta y pavimento en la
calle Jorge Cafrune.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 172/2009, expediente 32/2009. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal la incorporación en el Plan de Obras Públicas, la colocación de un reductor de velocidad en la calle
Tolhuin entre las calles Kuanip y Puerto Español.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 173/2009, expediente 34/2009. Proyecto de minuta de comunicación dirigido a la Dirección de
Energía respecto de la obstrucción que producen postes de alumbrado en la calle Las Prímulas Oeste al 200.
- Se reserva sobre tablas.
Asunto 174/2009, expediente 152/2008. Proyecto de ordenanza por el cual se designa con el nombre
Don Espinoza a la plaza ubicada entre las calles Cilawaia y Yowen del barrio Kaupén.
- A la comisión de Policía Municipal.
Asunto 183/2009, expediente 479/2002. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal remita los antecedentes relacionados con la posible suscripción de un convenio suscripto con el Club
Las Águilas.
- Se reserva sobre tablas.
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Asunto 192/2009, expediente 36/2009. Proyecto de resolución por el cual se solicita al Ejecutivo
municipal informe sobre los servicios que se encuentran tercerizados en todo el ámbito municipal.
- Se reserva sobre tablas.
6.- APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la conformación del Orden del Día.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Moción
7.- Incorporación de asuntos al Orden del Día
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Si los concejales están de acuerdo, procedemos a invitar a las personas que
tienen prevista la Banca del Vecino, la señora Cinquini.
- Habla una vecina que se encuentra entre el público presente.
- Hablan varios concejales a la vez.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Los concejales proponen que continuemos mientras se prepara la proyección del
video que está previsto.
Continuamos con el Orden del Día.
Por Secretaría se dará lectura a los asuntos a incorporar al Orden del Día.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Asuntos para incorporar al Orden del Día.
Del bloque del Partido Federal Fueguino, asunto 196/2009, expediente 155/2007, proyecto de minuta de
comunicación dirigido al Ejecutivo municipal que solicita el reclamo al Gobierno de la Provincia, la cancelación
de la deuda que mantiene con el municipio; para su tratamiento sobre tablas.
Del bloque del Frente Para la Victoria; asunto 201/2009, expediente 237/1990, proyecto de resolución
que solicita al Ejecutivo municipal informe si las unidades afectadas al transporte colectivo de pasajeros, poseen
velocímetros en funcionamiento; para su tratamiento sobre tablas.
Asunto 203/2009, expediente 437/2007, proyecto de ordenanza que autoriza un espacio reservado a
favor del señor Héctor Mendoza, frente a la tira 1B, departamento 1 de las Trescientas Viviendas,
correspondiente al barrio Bahía Golondrina; para su tratamiento sobre tablas.
Del bloque Afirmación por una República Igualitaria, asunto 202/2009, expediente 37/2009, proyecto de
resolución que declara de interés educativo y cultural municipal el proyecto de radio del Colegio Provincial
Doctor José María Sobral; para su tratamiento sobre tablas.
Asuntos Particulares; asunto 200/2009, expediente 55/1995, del señor Mariano Leguizamón, de la
Escuela Los Alakalufes, solicita hacer uso de la Banca del Vecino a efectos de ampliar la presentación de
declaración de interés municipal sobre el uso de las parcelas 16 y 30, macizo 18, sección E; para su tratamiento
sobre tablas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- ¿Habrá posibilidad de tener los asuntos? Solo tenemos dos asuntos en las bancas.
-Hablan varios concejales a la vez.
Moción de Orden
Cuarto Intermedio
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Solicito un cuarto intermedio de cinco minutos.
Se va a votar.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
-Es la hora 12 y 26.
- A la hora 12 y 30:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se reanuda la sesión.
En consideración del Cuerpo los asuntos enunciados para ingresar al Orden del Día, con sus
respectivos tratamientos.
-Se vota y resulta afirmativa.
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SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Por Secretaría se dará lectura al primer asunto correspondiente al Orden del Día.
Moción de Sobre Tablas
8.- Incorporación de asuntos al Orden del Día por el artículo 106 del Reglamento Interno
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Solicito autorización e incorporar por el artículo 106 del Reglamento Interno el asunto
1356/2008, expediente 182/2002, es la ratificación del Decreto municipal 1691/2008, referente al pago a la
Universidad por el estudio que han realizado para la aprobación de mayores costos para Agrotécnica Fueguina.
En la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas se decidió traerlo hoy al recinto y, por un error de
tipeo no quedó incorporado al Orden del Día, por eso solicito que se incorpore por el artículo 106 y ratificarlo en
este momento. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo lo mocionado por la concejal Chapperón.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
- Hablan varios concejales a la vez.
9.- Manifestación del concejal Cárdenas sobre las gacetillas de Prensa
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Solicito autorización para apartarme del Reglamento porque necesito hacer una observación.
Las gacetillas de Prensa municipales contienen todo lo que acontece en este Concejo, lo que observo
es que no se hacen a través de la Dirección de Prensa. Me gustaría que la Dirección de Prensa comience a
tomar contacto respecto a lo que ocurre dentro de la Casa, y que, justamente, sea el mismo Concejo
Deliberante el que emita su propia gacetilla de Prensa.
Nada más, señor presidente, y perdóneme por la intromisión en este asunto pero necesitaba expresarlo
porque justamente me saludó un periodista del Ejecutivo municipal. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Creo que es una cuestión interna del Concejo Deliberante; los integrantes de la comisión de Prensa
tendrían que tomar medidas y bajar los lineamientos que sean necesarios para cada sesión y acordar los temas
más importantes que se deban informar a la comunidad.
No dudo de la palabra del concejal pero creo que es una cuestión interna, como integrante de la
comisión tendríamos que decirle a los integrantes de Prensa que hagan la gacetilla.
SRA. CHAPPERÓN.- Pido la palabra, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Primero, la pidió el concejal Pino y después…
SR. PINO.- Se la cedo porque recién habló un miembro del bloque.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Señor presidente, me di vuelta porque la gente de la Dirección de Prensa está acá, y me
dicen que nuestra gacetilla de prensa la hace la Prensa del Concejo Deliberante. No entiendo cómo se puede
hacer de otra manera, siempre se hizo desde Prensa, probablemente, lo que el concejal expresa es que
nosotros debamos entregar a la Dirección de Prensa el material de cada uno de los bloques. Hago un mea
culpa, nosotros, desde nuestro bloque, no lo hacemos, deberemos empezar a hacerlo si queremos ver
reflejadas algunas cosas que probablemente solo se publican por inquietud de ellos o por lo que escuchan acá.
Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Se presta a confusión porque la Dirección de Prensa saca las gacetillas oficiales del Concejo
Deliberante, lo que pasa que el periodismo oficialista se encuentra en la sala lo que quizá prestó a confusión.
Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- El comentario que hice fue porque en una sesión -no recuerdo en qué fecha fue- la gente de
Prensa de acá estaba en conflicto laboral y la gente del Ejecutivo municipal realizó la gacetilla sobre lo que
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ocurrió en esta casa y lo que se trató.
Necesitaba hacer esta observación porque no corresponde que la gente de Prensa, en este caso el
señor Guzmán, se informe a través del intendente, que debe hacer la gacetilla desde el Ejecutivo municipal,
cuando correspondería que la haga el Concejo Deliberante, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- La Dirección de Prensa del Concejo Deliberante tomó nota de la opinión de los
concejales y, mediante la buena voluntad, los concejales tendremos mejor diálogo con la gente que se encarga
de sacar esta gacetilla.
De acuerdo a lo que expresan los concejales, a veces, nosotros mismos no nos molestamos en
acercarle lo que nos interesa que se publique en la gacetilla del Concejo Deliberante.
Continuamos con el tratamiento de los asuntos pendientes.
10.- Ratificación de convenio celebrado con la Facultad de Ciencias Económicas y la
Municipalidad sobre asesoramiento de mayores costos presentado por la empresa
Agrotécnica Fueguina
(1356/2008, expediente 182/2002)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar, ad referéndum del Concejo Deliberante, el Convenio registrado bajo el N° 4471,
cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente celebrado el día 19 de septiembre de 2008, entre
la Facultad de Ciencias Económicas, dependiente de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan
Bosco”, representada por el señor delegado académico, contador público, Alfonso Daniel Agüero, DNI
10.839.539, y la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor secretario de Hacienda y Finanzas,
contador público, Gustavo Oscar Zamora, DNI 18.112.912. Ello, en virtud a lo expuesto en el exordio.
Artículo 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
Artículo 3”.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la unidad de
gestión de Crédito 72, Partida 13.
Artículo 4°.- De forma.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Ratificar los términos del Decreto municipal 1691/2008, dictado ad referéndum del Cuerpo,
por el cual se aprueba el Convenio Nº 4471, celebrado con la Facultad de Ciencias Económicas de la
Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”, para el asesoramiento en materia de “mayores costos”
presentado por la empresa Agrotécnica Fueguina Sociedad Anónima Comercial, Industrial y Financiera.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Moción de Sobre Tablas
11.- Incorporación al Orden del Día del asunto 578/2008, expediente 84/1993
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Solicito autorización para incorporar al Orden del Día, por el artículo 106 del Reglamento
Interno, el asunto 578/2008, expediente 84/1993, es un proyecto de ordenanza que incorpora al Anexo I, de la
Ordenanza municipal 1494 -designación de nombre de calles- los artículos 448, 449 y 450 correspondientes a
arterias de los macizos 34 y 16 de la sección J.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción presentada por el concejal Cárdenas.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
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12.- Incorporación al Anexo I de la Ordenanza municipal 1494, de los artículos 448 al 450,
inclusive –nombre de calles-
(578/2008, expediente 84/1993)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Incorpórase al Anexo I de la Ordenanza municipal 1494, los artículos 448 al 450, inclusive,
los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Artículo 448: Denomínase Costa de los Pájaros a la calle que corre de oeste a este y adyacente al sur
de los macizos 34 y 16 de la sección J, y adyacente al norte del macizo 35 de la sección J y la línea de máxima
marea de la Bahía Golondrina”.
“Artículo 449: Denomínase Las Garzas a la calle interior del macizo 34 de la sección J adyacente a las
parcelas 6, 9, 10 y 5 del macizo 34 de la sección J”.
“Artículo 450: Denomínase Las Bandurrias a la calle que corre adyacente al macizo 34 de la sección J
al oeste y a la calle que corre adyacente al macizo 16 de la sección J al este”.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de ordenanza.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
Moción de Orden
13.- Cuarto Intermedio
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Solicito un cuarto intermedio para preparar el recinto para la presentación de la
vecina en la Banca del Vecino.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
-Es la hora 12 y 42.
- A la hora 12 y 53:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se levanta el cuarto intermedio. Continuamos con la sesión.
14.- BANCA DEL VECINO
I.- La señora María Rosa Chinquini expone sobre el control de poblaciones de perros y gatos
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Invitamos a la señora María Rosa Chinquini.
- La vecina ocupa la banca.
SRA. CHINQUINI.- Quiero agradecerles soy María Rosa Chinquini, ustedes me conocen...
- Hablan varios concejales a la vez.
SRA. CHINQUINI.- Soy proteccionista independiente, y antes que nada quiero agradecerles que me permitan
hoy, ocupar la Banca del Vecino. Lo hago para repasar lo que se hizo, lo que se hace y lo que todavía falta
concretar en materia del control de poblaciones de perros y gatos que, necesariamente estará ligado a una
nueva normativa.
- Se proyectan imágenes.
SRA. CHINQUINI.- Durante muchos años el control poblacional fue la recolección y el sacrificio masivo de
perros.
En 1997 el intendente municipal, llegó inclusive a presentar un proyecto de exterminio, que consistía en
diseminar alimento adulterado con veneno en la vía pública. Este plan, descabellado, pasó directo a Archivo,
gracias a la protesta de los vecinos.
Más tarde vendría la ordenanza vigente.
Antes de continuar, los invito a escuchar unas palabras del concejal que fue uno de los mentores del
proyecto, en una nota que le hizo la suscripta por Radio Nacional, en septiembre de 2000.
- Se reproduce audio.
“...Y, que en definitiva podamos, ya sea a corto, mediano o largo plazo, si tiene realmente éxito,
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avanzar. Una cosa que quiero manifestar también, que seguramente será de muy buen grado, que es lo
primero que resaltó la gente de la Universidad de La Plata, que son los derechos de los animales. En este
sentido, los derechos internacionales y nacionales que existen con respecto a esto. Todo trabajo que se realice
será en función de esto. Ojalá que, como te dije, en el corto, mediano o largo plazo podamos discutir en forma
mucho más adulta a partir de una situación lógica, darles nuevamente el lugar y el espacio que los animales se
merecen”.
SRA. CHINQUINI.- Significa que después de todo lo que viniera, recién entonces, los animales tendrían el
espacio que se merecían.
- Se continúan proyectando imágenes.
SRA. CHINQUINI.- Desde mediados de 2001, la Ordenanza 2338, supuestamente monitoreada por expertos,
ponía en marcha un Plan de Control Canino con vencimiento en 180 días y prorrogable a voluntad del Ejecutivo.
Uno de los pilares del plan era un programa de castraciones que empezó a aplicarse recién dos años más tarde
y a cuentagotas. Mientras tanto, se utilizaba otro plan de control: la eliminación sistemática de animales. Sin
castraciones y con matanza el problema se agravó.
Los concejales, incluido el impulsor de la
ordenanza, sancionaron una modificatoria que redujo el
periodo de internación para acelerar el trámite del
sacrificio de perros. Y como si fuera poco, penalizaba la
adopción con pago de multas y otros gastos.
Se complementa el método convencional de
captura con las jaulas trampas en jardines y veredas, de
nuestra ciudad, a la vista de niños y adultos, y sigue la
muerte. Estos errores y horrores se reflejaron hasta en los
medios nacionales, y los funcionarios fueron escrachados
de todas las formas posibles. El intendente Garramuño
debió dar explicaciones, hasta al ministro del Interior,
quien le exigió terminar con los métodos cruentos de
control canino.
Se suceden las modificaciones a la ordenanza
madre, por falta de resultados derivados de la escasez de castraciones y por falencias en los mensajes
contradictorios transmitidos a la comunidad. No se puede educar al dueño matando al perro.
- Se muestran imágenes.
SRA. CHINQUINI.- También se promovió la entrega de animales para su sacrificio, inclusive con un servicio
tercerizado que ofrecía retirar los perros de los domicilios a pedido de los dueños que habían decidido
desprenderse de animales, sanos, viejos, enfermos, o simplemente porque les molestaban. Al mismo tiempo
ese compendio de hipocresía encerrado en la Ordenanza 2338, que en la letra proclamaba el respeto hacia los
animales inspirado en la Declaración de la WSPA, sufrió otro remiendo, siempre convalidado por el Cuerpo de
concejales. El cruel vecino que maltrataba o mataba a un animal sería sancionado con todo el rigor y la multa se
duplicaba como para completar el escarmiento. Pero en su lugar podía utilizar gratis el servicio de muerte
puerta a puerta que ofrecía el municipio, y encima le ahorraba el mal trago de la ejecución por mano propia.
Incoherencias como ésta, fomentaron en la comunidad el desapego y la falta de respeto por un animal.
Nunca como entonces, se registraron tantos casos de maltrato hacia los perros. La ecuación es obvia: si desde
el Estado se promueve la muerte, todo lo que esté por debajo es normal.
Hay una anomalía dentro de la ordenanza vigente, es que anualmente el municipio debe prorrogar el
plan de control para servicios que deben ser constantes: castración, empadronamiento, y demás políticas
sanitarias sobre todo en una ciudad tan dinámica que crece día a día.
Me voy a referir a la ordenanza de perros considerados de razas peligrosas que pretende crear otro
registro aparte. Y aquí digo que las normativas deben ser prácticas, realistas y aplicables. Si bien el fin que
persiguen los concejales es el bien común, a veces terminan logrando ordenanzas disparatadas. Proporciona
una lista de animales peligrosos, sean puros o mestizos, y agrega: “la calificación comprende además a todas
las razas sin discriminación, sean puras o mestizas y sus cruzas, en tanto y en cuanto el responsable no cumpla
con lo dispuesto en la Ordenanza municipal 2338”. Todo esto termina disolviendo el contenido de cualquier
definición. En un revoltijo de palabras cualquier animal de cualquier porte, raza o mestizo puede ingresar a ese
registro. En la práctica, y con sentido común, se lleva un solo registro con la totalidad de los animales
empadronados, donde constan los datos del perro, con indicación de raza y porte y los datos del propietario.
Vale aclarar que las agresiones e incidentes por mordeduras están asociados con las condiciones de crianza y
mantenimiento de los animales, más que con razas específicas. No se trata de perros peligrosos, sino de
tenedores irresponsables. Por esta razón, esta ordenanza se debería derogar.
Hay estadísticas internacionales que afirman que en el 40% de los casos, las mordeduras caninas se
producen cuando los niños molestan al animal, y que generalmente se dan puertas adentro. Estudios, como el
del Hospital “Castro de Rendón”, de Neuquén, y el de Niños “Ricardo Gutiérrez”, de Capital Federal, confirman
estos dichos. Éste último dice que: “En más de la mitad de los casos atendidos en el hospital, el perro que
muerde a un chico pertenece a la familia” y que no existe predominio de razas. Los estudios destierran algunos
mitos: sólo en el 8% se trató de perros callejeros. Aclaran que la mayor frecuencia de ataques se da en varones
en edad escolar y se vincula a las conductas más atrevidas y a la menos supervisión paterna. En todos los
casos es por falta de información en el comportamiento de los animales.
En nuestra Provincia, desde el área del Ministerio de Salud, también se procesa este tipo de
información pero sin mayores detalles sobre las circunstancias. Sin embargo, es elocuente el reporte: en 2008
se dieron 11 casos de mordeduras en niños de un año; 30 casos en niños de 2 a 4; 59 casos en niños de 5 a 9
años, 78 en niños de 10 a 14 años.
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Hay que aclarar que, gracias a Dios, en muchos casos, las mordeduras graves son muy pocas y
contadas, a veces se trata de rasguños pero, de todas maneras, tienen que ir al hospital a hacerse atender por
el tema de la vacuna antitetánica.
El hecho de que algunos ataques sean producidos por dogos, rotteweiler o pitbull, que son los que
tienen mayor prensa, se debe a que son las razas que, actualmente, se adquieren por cuestiones culturales,
moda o defensa del hogar, y sus propietarios no están capacitados para su manejo. Cuando muerden, por su
contextura y fuerza en las mandíbulas, producen heridas más importantes. Por esta razón, con respecto a los
criaderos y venta de animales, sobre lo que el concejal Coria estuvo recabando información para su regulación,
personalmente creo que no resulta producente auspiciar la instalación de más fábricas de perros y se deben
redoblar los controles a los existentes, para evitar la venta clandestina.
Quiero referirme, ahora, a un lugar que muchos no quieren ver, pero no deja de existir porque no lo
miremos, en un espacio destinado a 40 animales se amontonan habitualmente más de 80. Aunque sean 40,
que es la cantidad de caniles existentes, se hace imposible un control sanitario de los animales que están y los
que ingresan: muchos pueden llegar enfermos y otros sanos se contagian en el lugar. Las razones son
diversas, hacinamiento, estrés ambiental, la competencia por la comida, muchos terminan desnutridos,
dispuestos a cualquier infección. No hay patio para esparcimiento, o para ubicarlos en ese lugar mientras se
realiza la higiene. Muchos perros terminan mojados, con el pelaje apelmazado, contaminados de piojos o con
eczemas. Durante enero y febrero, murieron muchos perros contagiados probablemente por coccidiosis, que se
asocia con hacinamiento y estrés elevado. Complica más este panorama la falta de mantenimiento en las
instalaciones (rejas y azulejos de caniles rotos), fallas estructurales (canaletas internas bajas) que hacen que
vómitos y heces, y otros fluidos, se vuelquen de los caniles superiores a los inferiores, obstrucción de cloacas,
colapso de las cámaras, lo que provoca riesgos de contagios. Todo esto está sucediendo a medio paso de
donde van los perros a chipearse y a hacerse las esterilizaciones quirúrgicas. Y eso está prácticamente en la
puerta del lugar adonde van chicos a acompañar a sus padres a ver a los perritos.
Volvemos a la imagen de un perro maltratado salvajemente y la completamos con otra imagen
elocuente. Era cerca de la medianoche y la doctora Garber decide llevar al perro al quirófano de Zoonosis. Allí
está, junto al doctor Scarpatti, tratando de salvarle la vida. Es por lo menos contradictorio que en el mismo lugar
se maten a perros sanos.
El trato que tengamos hacia los animales, está hablando de nosotros mismos como personas. Hay que
apostar siempre a valores positivos. Darwin (ya que este año lo estamos recordando a doscientos años de su
nacimiento), acuñó la famosa idea del círculo en expansión de la compasión. No es ningún descubrimiento que
el círculo virtuoso da resultados positivos y se replica como aprendizaje.
En la ciudad de Ushuaia es posible llevar a cabo el control de las poblaciones canina y felina en el
marco de un municipio que lleve adelante acciones éticas, sin matanza.
La parte positiva de la Ordenanza 2338 comenzó a desarrollarse con más énfasis cuando se hizo cargo
de Zoonosis la doctora Marcela Garber, con una perspectiva humanitaria, que le dio prestigio y confianza a un
espacio que, por mucho tiempo, fue considerado como emblema de la crueldad. No es tarea fácil revertir tantos
años de violencia y muerte, tanto hacia adentro como hacia fuera del área pero, de a poco, se está logrando.
Facilitaría mucho esa labor, si fuera acompañada por una normativa acorde a estos tiempos.
A la ordenanza vigente desde hace ocho años, le falta el pragmatismo necesario para abordar el fondo
del problema. Fíjense ustedes que el artículo 2º se inspiró supuestamente, en los postulados de la WSPA. Sin
embargo, este organismo mundial que trabajaba desde hace décadas en el tema, en el año 1990, y junto con la
Organización Mundial para la Salud, desarrolló los conceptos sobre el manejo de control de poblaciones que
involucra como programa primordial, la esterilización de animales callejeros y con dueño.
Se basaron en errores cometidos, y la necesidad de redirigir el rumbo hacia la verdadera causa de la
sobrepoblación canina: los perros en situación de calle y los propietarios que con o sin conocimiento, son los
que al final están favoreciendo la prevalencia del problema. Por eso, en 2003, la WSPA y la Organización
Panamericana de la Salud, realizaron una reunión de expertos y llegaron a estas conclusiones: la captura y
eliminación de animales no es método de control de poblaciones eficiente desde el punto de vista ético, técnico
ni económico. Además, estas acciones son antagónicas con la tenencia responsable de mascotas; se generan
traumas psíquicos, emocionales y de salud general para quien practica la eutanasia; existe la necesidad de
valorar la vida de todos los seres y no promover valores antiéticos ni de violencia; realizar la esterilización
temprana como parte del programa sanitario para los animales domésticos con y sin dueño; y es aceptable
recurrir a la eutanasia sólo en las siguientes situaciones extremas: cuando el animal no pueda ser tratado por
tener una enfermedad terminal e incurable y padece sufrimiento; y cuando sea la única alternativa para un
animal que suponga un riesgo epidemiológico real y confirmado técnicamente de enfermedad zoonótica grave.
De acuerdo con la reglamentación de la Ley provincial 270, la enfermedad zoonótica grave que pueden
transmitir los perros y gatos es la rabia y, en el peor de los casos, interviene la autoridad de aplicación
provincial.
De hecho, para fines de ese mismo año 2003, se hizo presente en Ushuaia uno de los expertos que
participó de ese congreso, el doctor Gerardo Huertas, del Ministerio de Salud de Costa Rica y director regional
para Latinoamérica de WSPA, y no fue por casualidad que eligió esta parte del mundo para aconsejar los
métodos de manejo de poblaciones callejeras, eficaces y sin crueldad que traten la raíz del problema. En esa
oportunidad, observando las técnicas de control canino en Ushuaia, dijo literalmente: “se pueden poner azules
matando que no van a conseguir resolver el problema”.
La muerte de los perros recogidos de las calles solo reduce la competencia por la alimentación y
aumenta la fecundidad en los que sobreviven. Tan simple como eso porque es una ley ecológica.
Tampoco es casualidad que en Costa Rica, apoyado por el Ministerio de Salud, se lleve adelante,
desde hace años, el programa “Sin matanza ni refugios”, que gracias a sus óptimos resultados, se fue
extendiendo a otros países de Latinoamérica, con problemáticas aún más graves que la nuestra.
En Costa Rica, hay un millón doscientos mil perros; no tiene ningún refugio animal, se han cerrado los
que tuvieron alguna vez, y dicen que no los desean ni necesitan más. Sostienen que las perreras o refugios
consumen gran cantidad de dinero para su funcionamiento que, a la corta o a la larga terminan convirtiéndose
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en mataderos y que jamás se podrán construir los albergues necesarios para alojar a todos los perros y gatos
sin hogar, mientras estos animales sigan reproduciéndose libremente.
En nuestro país existen muchos distritos no eutanásicos, no los voy a nombrar a todos, a lo largo y
ancho del país son muchísimos; el primero fue en Rosario. La Provincia de Buenos Aires asumió ese status,
gracias a Scioli, el año pasado, a pesar de que casi todos sus municipios ya lo eran; como Almirante Brown que
sirvió como modelo para tantos otros, porque expandieron su experiencia con esterilizaciones a ritmo de
campaña; inclusive la coordinadora de ese Centro de Zoonosis, Laura Antoniazzi, visitó Ushuaia hace algunos
años para hablar con las autoridades de entonces; allí no hay capturas y en los caniles hay un promedio de 50
animales que fueron quedando de la “vieja perrera”, o aquellos animales que mordieron y quedan para
observación antirrábica transitoriamente, o algún atropellado que dejan en la puerta. Para una población canina
cercana a los 180.000 animales, en ese distrito, no es mucho. En proporción, en los caniles de Ushuaia, no
tendría que haber más de cinco animales.
Tierra del Fuego estuvo a la vanguardia convirtiéndose en la primera provincia no eutanásica con la
promulgación de la Ley 680, en el año 2005. La segunda en declararse no eutanásica fue Mendoza cuando
estaba don Julio Cleto Cobos.
Un distrito no eutanásico, les quiero aclarar que no es que van a morder o no los perros, porque no
tiene nada que ver los mismos, dado que las mordeduras existirán siempre, como también existen accidentes
de tránsito por más leyes que haya.
Un distrito no eutanásico es ni más ni menos que aquel que asume los principios éticos para el control
canino.
Los invito a escuchar unas palabras de la doctora Garber, y verán que su visión es coincidente con lo
que estuve expresando
- La señora reproduce audio.
“Todo animal que está en esa familia, en ese barrio, en ese lugar, ahí debe quedar castrado,
desparasitado, identificado para tener un responsable para que pueda intervenir, y con esto, el día de mañana
vamos a ver los resultados. El sacrificio de animales no ha dado resultado en ninguna parte del mundo. Todas
las políticas tienen que tender a la castración y reubicación de los animales, porque, insisto, ellos son la
consecuencia de este problema, no son la causa. Entonces, toda vez que lo que hagamos sea desprendernos
de ellos o tener que matarlos para solucionar el problema de la convivencia y armonía en la ciudad nunca
tendremos buenos resultados. La violencia genera más violencia.”
SRA. CHINQUINI.- Esto fue difundido en el programa “Somos” en Canal Once el año pasado.
En el Departamento Zoonosis de Ushuaia se lleva adelante un programa de castraciones regulares,
complementado cada tanto con campañas de esterilización masiva. Lo cierto es que hace falta otro equipo de
castración; ya sea para el quirófano móvil o para castrar los fines de semana porque el horario acotado de 7:00
a 13:00, impide a muchos vecinos acceder a los servicios. Había una propuesta, era extender el horario hasta
las 18:00 horas. Como sea, hace falta más personal en ese sector, pero también es necesario poner más
énfasis en la cantidad de intervenciones quirúrgicas y sabemos que el equipo está preparado para hacerlo.
Habíamos hablado de Almirante Brown, y allí cada veterinario castra 7.500 animales por año, o sea más de 30
por día cada uno, en un lapso de tres horas.
Aquí habitualmente se intervienen 8 ó 9 animales diarios, pero podría doblarse esa cifra. Si se castraran
16 animales por día, por año serían 3.840, cantidad que se duplicaría con otro equipo de esterilización.
También sabemos que los vecinos no van a acudir en masa a castrar a sus mascotas, y es aquí donde
se debe trabajar en el foco del problema, que son los animales que están callejeando, con o sin dueño,
utilizando la técnica norteamericana con neutralización compulsiva del animal, intervención quirúrgica y
devolución al lugar donde estaba en el más breve plazo que permita su recuperación. Eso en el peor de los
casos, pero hay algunas consideraciones, agregadas en un artículo de un proyecto que adjunté, que inclusive
les di a ustedes en una carpetita.
Esto significa una modalidad dinámica de trabajo que va a requerir del esfuerzo conjunto de todo el
personal que compone el Departamento Zoonosis y, por esta razón, es contraproducente y dificultaría toda la
labor mantener la atención de los perros recolectados, con todo lo que implica, en trabajo administrativo,
ubicación de propietarios, etcétera, con los agravantes que vimos anteriormente.
Además, los animales que se encuentran internados allí no son casos de mordedores. De acuerdo con
el proyecto, el sector de internación se reduciría a la mitad, con una capacidad máxima de 20 animales. Como
vimos, en atender la perrera se va tiempo, dinero, recursos humanos que se pueden invertir en acciones
directas para reducir las poblaciones.
La labor diaria con los animales que están sueltos se puede llevar a cabo desde distintos lineamientos,
muchos de los cuales se están llevando a cabo, actualmente, por denuncias de vecinos, o cronogramas de
controles de barrios; inspeccionando domicilios, especialmente el de los perros de gran porte, intimando a
cumplir lo normado, labrando multas o llevando a los animales a castrar.
Para permitir una mejor atención al público que, actualmente, se ubica en una zona de paso, se puede
disponer de una sala de espera más adecuada, que se lograría suprimiendo una tira de caniles y utilizando el
patio interno (ese donde ustedes vieron la cámara que desbordaba de todo)
El 28 de marzo de 1979, plena época de la dictadura, por Ley 126, Tierra del Fuego disponía el
sacrificio de los perros hallados en la vía pública, y a tres décadas, la muerte sigue vigente en la ordenanza
municipal con el nombre de “eutanasia”. Aquella ley fue derogada en el año 2005, cuando entró en vigencia la
Ley 680, por entender que se deben desarrollar programas integrales que permitan trabajar en las líneas de
acción ya descriptas aquí.
Pone de relieve que se debe incluir en los currículos educativos de la Provincia la formación dirigida a
una convivencia armónica con los animales inspirada en la concepción del respeto por la vida. Está
comprobado que existen vínculos entre el abuso animal y humano y la educación humanitaria puede romper
ese ciclo. Si los municipios hubieran apoyado abiertamente esa ley, habrían impulsado estos conceptos para la
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educación curricular, y también las técnicas de prevención para evitar incidentes con los animales, además de
ser, los chicos, los multiplicadores de los mensajes. Cuántas mordeduras podrían evitarse, si los chicos
estuvieran precavidos. A veces resulta inexplicable que funcionarios que tienen en sus manos la posibilidad de
proveerles esta información a los niños, por ignorancia o terquedad, terminan logrando que no se puedan
implementar.
Ustedes saben que tanto Río Grande como Ushuaia decidieron no acompañar la ley no eutanásica, la
680, por lo tanto, no hubo, por parte de la Legislatura, reglamentación, no se hizo, entonces tampoco se aplica.
Prácticamente, no tiene fuerza.
Inclusive hay material muy ilustrativo que tiene el Departamento de Zoonosis, que dispone de
elementos educativos para capacitar a los docentes.
Con el tema de la basura, sabemos que hay proyectos superadores en el seno de este Concejo
Deliberante para mejorar en este aspecto. La disponibilidad de alimento invita a los animales al vagabundeo y
determina el tamaño de las poblaciones; además que es un riesgo agregado para la salud pública. Pero así
como están las cosas, corresponde que el Ejecutivo municipal exija más eficacia en el costoso servicio de
recolección que termina amontonando las bolsas en las esquinas, donde quedan a veces durante 15, 20
minutos o más a disposición de los animales. Y en el caso de contenedores, aunque sean de espacios del IPV
o privados, tendría que intervenir de algún modo para que los mismos no rebosen de basura y que los animales
no puedan tener acceso al interior.
Para finalizar, debo decir que el trabajo en el área de Zoonosis es arduo y complejo, donde se tienen
que resolver desde temas internos hasta casos que tienen que ver con casi todo el vecindario. Muchas veces,
se dificultan las tareas por trabas burocráticas, falta de personal idóneo, y el esfuerzo recae en quien ahora
dirige el Departamento, que realiza labores de un simple administrativo o concurriendo los fines de semana
porque no termina de solucionarse el tema de horas extras o guardias, o quedándose después de hora para
terminar tareas que, de lo contrario, se acumularían para el día siguiente. Eso termina minando la resistencia
física de cualquier persona. Habría que transformar el departamento en dirección, que dependa directamente
de la Subsecretaría de Gobierno; para una comunicación interna más fluida y tener mayor capacidad de acción.
El quirófano móvil está parado por falta de calefactores; y aunque estuviera en condiciones no hay otro
equipo para realizar las intervenciones quirúrgicas. Hasta los reclamos de proteccionistas son desoídos.
Encima, el subsecretario se da el lujo de desdeñar el aporte que puedan realizar los voluntarios.
A principios de año, telefónicamente me informaron que no fuera más, que termine con el voluntariado.
Ahora, por nota 25, la Dirección de Seguridad e Higiene Laboral le hace saber al Departamento Zoonosis que
no deberá ingresar personal que no pertenezca al municipio o que no tenga contrato, a realizar ningún tipo de
funciones, por cuestiones de seguridad. También me han dicho que ni siquiera podemos ir para las jornadas de
adopción.
La Ordenanza 3350 regula el voluntariado; sin embargo desde la Secretaría de Promoción, que es la
autoridad de aplicación, informan que desconocen su existencia y no saben cómo implementarla. Desde la
Subsecretaría de Gobierno se convoca y usa al voluntariado cuando le conviene.
Ustedes saben que, como uno es voluntario, por ahí es voluntario para todo, inclusive, muchos
voluntarios hemos aceptado ir a Playa Larga, a las 640, al barrio Felipe Varela a limpiar, había que juntar de
todo, hasta botellas rotas, latas y otros elementos cortantes y nos han provisto de estos guantes para nuestra
seguridad.
-La señora muestra unos guantes.
SRA. CHIQUINI.- Si es por cuestiones de seguridad, la Dirección de Medicina Ocupacional hace rato tendría
que haber clausurado Zoonosis por el peligro existente para cualquiera que esté desempeñándose en el lugar.
Tienen, en sus manos, un proyecto de ordenanza ingresado a esta casa el 18 de marzo, bajo Nº 162
realizado sobre la base de la anterior, para no desestructurar demasiado la labor que se viene realizando desde
este Departamento Zoonosis, incorporando los nuevos lineamientos técnicos y prácticos, respaldados por
organismos como la OPS y OMS. Para que lo que hayamos avanzado en experiencia, no nos haga repetir los
viejos errores. Con el fin de la vieja perrera y la abolición de la eutanasia, para permitir que en función de costo-
beneficio, un grupo de personas trabajen en un ambiente donde no se respire la muerte; en el desarrollo de
políticas integrales de control, castraciones sistemáticas y prevención de enfermedades zoonóticas; aspectos
que tienen que ver con la salud pública pero también con los afectos.
Eso es todo. Nada más y muchísimas gracias.
SR. PINO.- Quiero consultarle si mantuvo reuniones con el Ejecutivo municipal por lo... (no se escucha la
manifestado por el concejal).
SRA. CHIQUINI.- ¿Me está preguntando a mí si tuve alguna reunión?
-Asentimiento.
SRA. CHINQUINI.- Bueno, yo hablé con el señor Ghiglione, quien me dijo que muchos de los problemas no
existirían si se mataran los perros a medida que van llegando. Esa es la solución que dio.
Sé que mantuvieron reuniones con distintas asociaciones, inclusive con la Sociedad Protectora de
Animales (ARAF), pero es mucho lo que se promete y luego, las cosas vuelven atrás.
Es posible que muchas de las cosas que se consiguieron, por ejemplo el tema de las inspecciones
domiciliarias que se realizan afuera a través de un servicio terciarizado, como es la Cooperativa TEMIS que,
durante muchos meses estuvo prácticamente sin hacer nada porque no están facultados, no cuentan con
credenciales de identificación lo que imposibilita realizar multas, inspecciones y demás. Les entregaban papeles
solamente, fíjense ustedes que hasta eso es irregular: van con unos formularios firmados de antemano por la
gente de Bromatología e, inclusive algunos en blanco, pero ellos no pueden firmar nada.
Aparte otra cosa, con el poco tiempo de que dispone la gente de Zoonosis, se lo capacita al personal
para que trabaje en la ordenanza, que tiene un articulado enorme, con lo que hay que cumplir para hacer este
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control afuera. El tema es que esto prácticamente, no se puede hacer porque cuando el personal está
capacitado, la Cooperativa, como no es personal estable, decide cambiarlo, viene otro, y hay que volver a
explicar todo de nuevo. Entonces, es una cosa de no terminar, y como esto, hay tantas cosas como digo, que
son marchas y contramarchas; inclusive se han hecho reclamos desde hace tiempo y no pasa nada.
Ahora, ¿como puede ser que Medicina Ocupacional se ocupe en decir que no haya voluntarios y no se
hayan acercado a comprobar, con sus propios ojos, cómo se encuentra el edificio?
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Primero, felicitarla, señora Cinquini, por la pasión que le pone a esto. Sé que trabaja desde
hace mucho tiempo en el tema.
Creo que debemos empezar a buscar soluciones, más allá de la reseña histórica a la que usted hizo
referencia, con respecto a los sucesos que vivimos en la ciudad.
Usted mencionó que se avanzó en el área donde se desempeña la doctora Garber, es importante
rescatarlo.
De mi parte, propongo a los señores concejales fijar una reunión específica dentro de una comisión,
para invitar al subsecretario Ghiglione, me preocupa si se ha expresado de esta forma, no es una respuesta que
debe brindar un funcionario público.
En tal sentido, voy a citar a una reunión de urgencia a las áreas del municipio, con el Concejo
Deliberante, usted está invitada, ARAF que es otra organización que trabaja en el tema.
Entiendo que este Concejo Deliberante tiene que hacer alguna modificación al respecto. Trabajaremos
en conjunto con el municipio y con las organizaciones, como refirió usted con la esterilización masiva y todas
estas cuestiones que hacen falta para esta práctica. Muchas gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Para agregar además de esta reunión, independientemente de la contestación que dio el
subsecretario de Gobierno, sería interesante saber quién tiene la aplicación de la ordenanza del Voluntariado
dado que ha mencionado que desconocen la ordenanza y su implementación, según lo que expresa acá la
vecina.
Sería interesante, por lo menos, que esta reunión que propone el concejal se mantenga en el transcurso
de la semana a efectos de reunir a todas las partes, además conocer cuál es el trabajo que llevan adelante.
Todos conocemos la situación de Zoonosis, la perrera, todos hemos visitado el lugar, la verdad que
quienes trabajan en el sector reclaman mayor cantidad de jaulas, y por otro lado, todo este planteamiento que
realiza la vecina.
SRA. CHINQUINI.- ¡Perdón! ¿Quién pide más cantidad de jaulas?
SR. PINO.- Hay personas, dentro de la Dirección, que está en el lugar, que hicieron el pedido de mayor
cantidad de jaulas.
SRA. CHINQUINI.- ¡No!, ¡ese también es un plan bastante descabellado! Y digo el porqué: porque es una
bomba de tiempo.
Escuché que existe, incluso, de parte de la Subsecretaría, se dijo, que están trabajando en la
construcción de 200 caniles. ¿Se imaginan lo que sería todo esto cuatriplicado? ¿Quién se hace cargo? ¡Cómo
vas a trabajar en el resto de las cosas! Te quita esfuerzo, dinero, y todo los demás, para trabajar en lo que es
realmente importante. No van a alcanzar ni cuatro manzanas para poner los perros de la calle si no trabajás,
justamente, en el tema de los perros de la calle. Yendo con inspecciones domiciliarias. ¡Por favor!, no hay nadie
de allí que haya pedido eso, salvo el subsecretario de Gobierno, con toda seguridad, o alguien que ignore cómo
es el tema. Porque los refugios, con todo lo humanitario que sean, siempre terminan colapsando, y siempre, a la
corta o a la larga, terminan en morireros.
Respecto a la nota que le mandaron a la doctora para que no pueda ingresar ningún personal, quiero
agregar que hoy fui a la Dirección de Medicina Ocupacional para ver si me podían dar copia de la nota, me
atendió la señora Mónica Chacón, y me dijo que nadie que no sea empleado municipal puede ingresar a los
caniles. Le dije: “si yo soy dueña de un perro y voy a buscarlo”. “¡Tampoco!” Le dije: “pero si hay ochenta y
tengo que buscar el mío, y no está chipeado”. Me respondió: ¡Ah! Pero usted conoce cuál es el perro. ¡Sí! Le
digo. ¿Pero cómo le digo? ¡Es un perro medianito, pelo corto y marroncito! Hay como cuarenta de esos, tengo
que ingresar. ¡Cómo puede ser que una persona diga eso, a esta altura del partido, que una persona de afuera
no pueda ingresar para ver cuál es su perro? Le dije que quería la nota para ver cómo la puedo relacionar con
el pedido del voluntariado que, la vez pasada, justamente, cuando el señor Ghiglione me dijo que no fuera más,
estuve hablando con la doctora Chapperón, inclusive sabía que ella había hecho un proyecto donde impulsaba
esa ordenanza, que finalmente salió, gracias a Dios, pero los que tienen que saber no saben que existe, ni la
autoridad de aplicación sabe que existe esa ordenanza. Inclusive la gente de Medicina Ocupacional tampoco,
porque me dicen: “usted tiene que tener un servicio privado”. Les dije: “pero hay una ordenanza de voluntariado
que dice tal cosa...”. ¡La desconozco! Entonces, ¡las áreas del municipio desconocen qué hay!
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Estuve hablando con María Rosa, en la puerta de la Intendencia, cuando–casualmente-
se suscitó esta controversia y la verdad es que el señor subsecretario no desconoce que hay una ordenanza
vigente, el punto es que la misma plantea “seguros” para la gente que trabaja en el municipio, porque es cierto
que no pueden dejar entrar ni a ella ni a ninguna otra persona sin el seguro correspondiente porque es
responsabilidad del municipio, la gente que está en los lugares de trabajo del municipio sin seguro. El personal
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municipal tiene seguro. El personal que ingresa tiene que tener los seguros pertinentes. Subsanado el tema de
los seguros. La ordenanza es muy nueva, la pudimos sacar hace poco tiempo, se está reglamentando y,
lamentablemente, en este momento, hay una crisis que nos lleva mucho de lo que María Rosa nos acaba de
comentar. Zoonosis no es la única área que necesita personal municipal, hay otras áreas, de hecho este
Concejo Deliberante hizo, a través del concejal Luna, un requerimiento de Servicios Públicos. ¡Servicios
Públicos está devastado, hace falta personal municipal!
También es cierto que el municipio no puede, en este momento, derogar más dinero en salarios y tener
nuevos ingresos, por eso se suspendieron las 36 plantas que estaban aprobadas en este presupuesto.
Analizando situaciones que creo que nadie discute y que si tenemos que hablar de lo que nos produce
la muerte, no solo de un animal, de cualquier ser vivo, todos vamos a coincidir que hay una parte nuestra, de
sensibilidad que nos hace reaccionar ante estas situaciones.
No es menos cierto que hay una realidad que atender, y en la realidad, desde el Concejo también nos
tocan otras situaciones que son los canes sueltos en la vía pública, la gente que los abandona, las mordeduras
sistemáticas a todos los agentes que brindan servicios en la vía pública, la mordedura gravísima en niños,
hemos ido a internación del hospital a ver niños con mutilaciones producidas por animales. Y, la verdad es que
cuando uno ve esto, María Rosa, más allá de si el chico metió la mano adentro del cerco, o el perro estaba
afuera del cerco, acá hay situaciones que tenemos que resolver entre todos, con la responsabilidad que nos
corresponde, evidentemente a ninguno de nosotros ni al intendente de la ciudad le gusta matar animales. Por
eso en esas declaraciones que usted nos hizo escuchar, lo que decía en ese momento el concejal Sciurano, es
lo que decimos en la actualidad todos nosotros. Ojalá podamos seguir trabajando para que estas cosas no
ocurran, para que los caniles no estén. Pero, María Rosa, comprometernos hoy a decir que no habrán más
caniles ¡es una barbaridad! ¡Porque tenemos que responder a la comunidad de Ushuaia! Lo intentamos,
tratamos de modificar; si se hubiese puesto en vigencia toda esta ordenanza y se hubiese hecho el convenio
con la Universidad de La Plata para avanzar en la esterilización, probablemente hubiésemos logrado hoy,
bastantes años después, ir controlando la situación.
¿Tenemos que trabajar para mejorarla?, ¡sin ninguna duda! ¿Hay que mejorar las instalaciones?, ¡sin
ninguna duda!, ¿No queremos caniles?, ¡sin ninguna duda!; todo esto lleva un tiempo y una realidad a la que
también vamos a tener que hacerle frente.
Me parece muy bien lo que dice el concejal De Marco, que nos reunamos en comisión con la gente del
área para hablarlo, también con la doctora Garber que es una persona que trabaja muchísimo por el sector,
con quien salimos a todos los barrios a llevar información, a explicarle a la gente qué es la tenencia
responsable, también es cierto que hay una realidad que no quiero dejar pasar, cada uno muestra lo que ve
desde su subjetividad.
Hace no más de cuarenta y ocho horas se presentó una vecina de la ciudad, en nuestro bloque, a
decirnos que fue a adoptar un animal y que venía a felicitar al municipio por la situación en que encontró a los
animales: bañados, que, obviamente aspiraba a que no hubieran dos o tres por jaula, pero la condición en que
estaban, cómo la doctora Garber le ofrecía cada uno, identificándole qué condiciones tenía cada perro, dónde
vivía, qué cuestiones podía tener. Entonces, no todo es negativo, hay que manejarlas, hay que modificarlas,
todo es perfectible, contado desde esta perspectiva parece que tenemos un señor con una guadaña esperando
que entre algún animal. La verdad es que se trabaja en el tema, hay que mejorarlo sin dudas. Lo próximo será
ver la posibilidad de tener más caniles para que los animales no estén hacinados, más allá de que María Rosa
va por la postura de máxima, que es que no haya caniles. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Señora María Rosa, ya llevamos más de 50 minutos con este tema, como hay
una reunión prevista con los concejales y la gente involucrada, allí podremos seguir trabajando lo pendiente.
SRA. CHINQUINI.- Sí, seguramente. Quiero aclarar que justamente dónde hay que ejercer controles, porque no
es cuestión de juntar perros, después ¿qué se hace con esos perros?, hay que devolverlos, hay que
acondicionarlos, hay que tomarse el trabajo..., tal vez el perrito del que le hablaron a usted lo debo haber
bañado yo.
Entonces, el tema es el siguiente, hay que trabajar afuera, no es cuestión de juntar perros, hay que
hacer las inspecciones y las multas sin llevar el perro, ¡hay que penalizar al dueño! Yo creo que al perro ya se lo
penalizó hace treinta años, ¡hace treinta años que viene pagando con su vida!, ¡y no es la forma! Ni siquiera es
la forma juntar perros porque ya vimos todos los problemas que pueden traer, pero seguramente es para que
dialoguemos todos en una próxima charla. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Solicito que por Presidencia se genere la reunión y se invite a todas las partes involucradas,
ojalá lleguemos a buen término y podamos mejorar la calidad. Gracias.
Moción de Preferencia
15.- Adelantamiento del tratamiento del asunto 156/2009, expediente 469/2005
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Señor presidente, propongo que adelantemos un asunto porque hay más vecinos
esperando en la Sala. Como hay una Banca del Vecino que no estaba prevista -no tengo ningún inconveniente
en que la utilicemos- pero por el asunto 156 relacionado con la Asociación de Doma y Folklore, la gente está
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esperando desde hoy a la mañana. Si a ustedes les parece, mientras se realizan los preparativos del lugar, se
adelante el asunto 156/2009, expediente 469/2005. Gracias
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo lo mocionado por la concejal Chapperón.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado. Por Secretaría se dará lectura.
-Una vecina interrumpe pidiendo la palabra.
- Hablan varios concejales a la vez.
Moción
16.- Cuarto Intermedio
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Señor presidente, con la finalidad de no dialogar, porque estamos en sesión, solicito un
cuarto intermedio a efectos de que la vecina pueda expresarse.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo lo solicitado por la concejal Chapperón.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado. Estamos en cuarto intermedio.
- Es la hora 13 y 40.
-A la hora 13 y 45:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se reanuda la sesión.
17.- Aprobación de Convenio de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia y la
Asociación Tradicionalista de Doma y Folklore – En Primera Lectura
(156/2009, expediente 469/2005)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
Artículo 1º.- Aprobar, ad referéndum del Concejo Deliberante, el convenio registrado bajo el Nº 4615,
cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha 27 de enero de 2009, entre
esta Municipalidad representada por el suscripto, y la Asociación Tradicionalista de Doma y Folklore,
representada por su presidente, señor Pedro Orlando Barría Muñoz, D.N.I. Nº 18.789.079. Ello por los motivos
expuesto en el exordio.
Artículo 2º.- Notificar a la Asociación Tradicionalista de Doma y Folklore con copia autenticada de la
presente.
Artículo 3º.- De forma.
Decreto municipal Nº 297/2009.
PROYECTO DE ORDENANZA EN PRIMERA LECTURA
Artículo 1º.- Apruébanse los términos del Convenio de Comodato registrado bajo el Nº 4615, celebrado
el día 27 de enero de 2009, y aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante a través del dictado del Decreto
municipal Nº 297/2009, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor intendente
municipal, don Federico Sciurano, y la Asociación Tradicionalista de Doma y Folklore, representada por su
presidente, señor Pedro Orlando Barría Muñoz, D.N.I. 18.789.079, por el cual se cede en uso por el término de
cinco (5) años, la fracción fiscal ubicada en la sección Q, en el paraje denominado Valle del Río Pipo, de una
2
superficie aproximada de dos mil ochocientos metros cuadrados (2.800 m ), con el objeto de realizar en el
mismo actividades al aire libre y afines con los propósitos de la Asociación.
Artículo 2º.- Convocar a Audiencia Pública conforme lo establecido en el artículo 143 de la Carta
Orgánica Municipal y el Decreto C.D. 09/2002.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de ordenanza.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza en Primera Lectura.
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Moción de Preferencia
18.- Adelantamiento del tratamiento del asunto 200/2009, expediente 555/1995
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Solicito que se adelante el tratamiento del asunto 200/2009.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad, con la ausencia de la concejal Chapperón.
19.- Otorgamiento de la Banca del Vecino al señor Mariano Leguizamón, director de la Escuela
Experimental Los Alakalufes
(200/2009, expediente 555/1995)
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Solicito el tratamiento del asunto 200, sobre tablas para el día de la fecha y que inmediatamente el
vecino haga uso de la banca.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad, con ausencia de la concejal Chapperón.
20.- BANCA DEL VECINO
II.- Del señor Mariano Leguizamón, director de la Escuela Experimental Los Alakalufes
SR. PRESIDENTE (Verdile).- El señor director de la Escuela Experimental Los Alakalufes hará uso de la Banca
del Vecino.
-El señor Mariano Leguizamón ocupa la banca.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Señor presidente, el día viernes estuvimos reunidos con algunos concejales en forma inmediata tras
algunas declaraciones que realizó la secretaria de Obras Públicas, Viviana Guglielmi; supuestamente las
distintas entidades tanto la educativa, como la deportiva, habían llegado a un acuerdo. Ante esta situación, y
haciéndose presentes directivos de la Escuela Los Alakalufes desmintieron en ese momento, que haya habido
alguna reunión de estas características.
Seguramente la escuela realizará su exposición en función a lo que a ellos les compete pero, no hay
que dejar de mencionar que este predio que está en este sector, por el que se firmó un convenio con una
entidad deportiva, como es la Federación de Fútbol de Salón que agrupa alrededor de 15 ó 18 entidades y,
además contiene a más de 1.500 chicos en la parte deportiva, realmente conociendo la historia de esta entidad
deportiva, sabemos perfectamente, que hace más de 10 años que están en la búsqueda de la adjudicación de
algún terreno.
Por otro lado, señor presidente, todos conocemos la trayectoria educativa de la Escuela Experimental
Los Alakalufes; seguramente la explicarán mejor quienes integran esta entidad educativa.
Lo que nos preocupó y nos llamó mucho la atención es que sobre el mismo predio se hayan firmado
dos convenios, lo que pone al Concejo Deliberante en una situación, donde no solamente la entidad educativa
desde su óptica observa qué es lo que se firmó con ellos, sino también la entidad deportiva. Esta situación de
alguna forma juega un poco con los sentimientos, los anhelos que tiene una entidad deportiva como es la
Federación, que contienen a muchos chicos y anhela construir su propio edificio para seguir con esa tarea. Por
otro lado, el proyecto que tiene la Escuela Experimental, y el Estado quien pone en esta situación a estas dos
entidades que nombré.
Quiero hacer esta introducción porque no es casual que accediéramos a que la Escuela Experimental
pueda utilizar la Banca del Vecino para expresarse y, seguramente, luego tendremos a la Federación de Fútbol
porque no es una situación normal.
Aspiramos a que el municipio arribe a una solución que comprenda a las dos entidades, nosotros
vemos una situación desprolija donde hasta se llega a jugar con los anhelos, las ilusiones, las esperanzas, que
tienen estas instituciones.
Accedimos a la utilización de la Banca del Vecino entendiendo que era necesario que expresaran en
este Concejo Deliberante, y a la comunidad lo que les pasa.
Quiero aclarar que el proyecto de declaración de interés municipal que fue enviado a este Concejo
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Deliberante lo enviamos a comisión porque aspiramos a que el municipio pueda arreglar esta situación y este
Concejo Deliberante va a tratar este proyecto que enviaron las entidades educativas. Gracias, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Damos paso al uso de la Banca del Vecino.
SR. LEGUIZAMÓN.- Quiero agradecer, en nombre de los padres aquí presentes y maestros, esta oportunidad
que nos dan para expresar nuestra problemática.
El año pasado ya estuvimos presentes con otro malentendido con el municipio y en aquel entonces se
explicó y se puso de manifiesto cómo llegó la escuela a este lugar, cuánto tiempo hace que este proyecto está
en vigencia. En lo que compete a Tierra del Fuego, hace quince años, con la primera escuela Las Lengas y
después La Bahía, comenzó a desarrollarse en este proyecto con gente sensible a esta propuesta.
Desde sus comienzos la escuela plantea que su jardín, su patio, es un lugar más, tiene su importancia
pedagógica, los chicos desarrollan no solo actividades recreativas sino también pedagógicas en contacto con la
naturaleza, el reconocimiento de plantas autóctonas, de insectos.
Cuando venía para acá recordaba que con los más chicos vemos la llegada de la primavera con los
teros que llegan a este lugar, recorremos y, de esa manera,
reconocemos lo que nos rodea.
Hace también, largos años, estuvimos presentes en este
lugar, con un padre que ya no nos acompaña: Jorge Del Valle,
quien en su momento pidió esta banca para expresar la necesidad
de un predio. La escuela Los Alakalufes se creó en el año ´96,
funcionó en un predio que le prestó la Armada, por un convenio;
inmediatamente, la cooperadora y los maestros, junto con los
padres, iniciaron todos los trámites para poder desarrollar este
proyecto. Va de suyo que cuando uno crea una escuela tiene que
crear el ámbito donde la misma pueda desarrollar todo su potencial
pedagógico. Así fue que después de varios años de intentarlo,
porque desde aquella época Ushuaia tenía problemas con sus
tierras, esa historia ya la conocemos todos, conseguimos este
lugar donde hoy está implantada la escuela y desde ese momento
se informó a las autoridades que estaban dando el lugar que el
predio era insuficiente para la actividad que realizaba. Eso está
aquí en las diferentes carpetas que se integraron a este proyecto,
que denotan ese pedido.
Desde 2005, la escuela funciona en ese predio del barrio
Ecológico; la escuela jugó y realizó tareas en el jardín del predio que hoy nos convoca por este convenio. Así
fue que como su dominio catastral no estaba Municipalidad claro, los padres y maestros durante el año pasado
y los anteriores, buscamos la forma de que se plasmara de alguna manera más clara el uso de ese predio. Así
tuvimos reuniones con el Ejecutivo el año pasado, y se encontró que se podía encuadrar el compromiso del uso
de este predio como padrinazgo.
Voy a leer la nota por la que se generó este padrinazgo. Dice: “Este espacio es de vital importancia en
el desarrollo de las actividades educativas que se llevan adelante en esta escuela, saber que el contacto diario
con la naturaleza del lugar propiciará en los niños el cuidado del medio ambiente y la revalorización del espacio
verde como un lugar de esparcimiento y recreación necesarios para el desarrollo de personas íntegramente
concientes de su entorno. Durante mucho tiempo las autoridades y los responsables de las distintas áreas han
buscado diferentes herramientas para comprometer a nuestra sociedad en el cuidado del medio ambiente y, en
tal sentido se lanzan programas y proyectos con este fin. Desde esta propuesta creemos que la mejor manera
de tomar conciencia de la preocupante realidad ecológica por la cual atraviesa nuestro planeta, es estando en
contacto con el medio ambiente. Así, las clases de ecología se desarrollan diariamente en un ámbito de juego y
cuidado simultáneo de aquellas especies vegetales que nos rodean. Por otro lado, se podría generar un
espacio donde padres y alumnos se comprometen en el cuidado y la forestación de un lugar común a todos”.
Esto es parte del texto de la nota que generó este padrinazgo.
El objetivo de la escuela siempre estuvo claro en el planteo del uso del predio.
Me gustaría también hacer alguna aclaración respecto a Futsal. Nosotros recibimos ayer, por los
medios, las declaraciones de la secretaria de Desarrollo, y dolió mucho el titular “El conflicto entre la escuela y
Futsal tiene ya su solución”, realmente los padres y maestros no creemos que el conflicto exista con Futsal,
aquí hay un responsable que es el Ejecutivo municipal, que firmó un acuerdo –y todos sabemos que los
acuerdos son para cumplir-.
Dentro de la normativa de padrinazgo, y en el escrito del convenio en ninguno de sus párrafos dice que
este convenio puede anularse de la noche a la mañana, sin aviso previo, y que solo podría hacerse por
incumplimiento de una de las partes o porque ambas partes estuvieran de acuerdo en ello. Ninguna de estas
situaciones ocurrió en toda esta historia.
En la Carta Orgánica Municipal, muchos de ustedes participaron, y los padres de toda la comunidad
educativa estuvimos presentes, porque creíamos en ese momento la necesidad de que figurara allí la presencia
de las escuelas; así, en el artículo 70 de la Carta Orgánica, es claro y contundente que se debe reconocer la
existencia de los establecimientos en la órbita municipal a la fecha de la sanción, y además promover su
desenvolvimiento y su crecimiento.
Humildemente creemos que esta decisión atenta contra este natural crecimiento y desenvolvimiento de
la escuela.
La Municipalidad dice que en el espacio no se puede construir más del 10%, se entregan a la
2
Asociación Futsal 8.900 m ; todos los que conocen Ushuaia saben que en esta zona no se puede hablar de
metros cuadrados en un terreno sin conocerlo porque estaríamos evaluando cosas erróneas. Este terreno
cuenta, en su mayoría, con un espacio lindero o un espacio verde donde confluyen todos los chorrillos que
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fueron encausados en el barrio Ecológico, así que, gran parte de su suelo está abnegado donde, como les
conté arriban los patos, los teros, las bandurrias, y se junta con el espacio verde de un bosque. O sea que el
único lugar apto para la construcción de un salón, es el lugar que la escuela hoy y, desde 2005, utiliza como
primer patio de recreo.
Como mencioné anteriormente, no es un dato menor que haya un convenio que está vigente, que fue
publicado en el Boletín Oficial y, es el único convenio que hoy tiene validez legal. Creo que sería un error
humildemente, pensar que en ese predio podría firmarse otro convenio sin tener en cuenta el anterior que tiene
una validez de dos años corridos.
Realmente sentimos que este es el principio de un largo camino que tenemos que transitar todos los
padres y los maestros porque, de alguna manera esto nos permite ver a todos que acá hay una necesidad de
regularizar el predio que la escuela utiliza diariamente. Por eso la propuesta de declarar de interés municipal
este uso y, en el futuro, generar alguna ordenanza que regule de forma más firme el uso de este predio.
Lamentamos tener que enterarnos de las decisiones que toma el intendente a través de los medios,
como manifestaba el concejal Pino. En el día de la fecha, muchos padres se acercaron diciéndonos: “no nos
contaron, estamos enterándonos por la radio que el conflicto se solucionó”. Creo que para que un conflicto se
solucione las partes mínimamente, tienen que estar enteradas de las propuestas. Hasta el día de la fecha la
única reunión que tuvimos con el Ejecutivo fue la semana pasada, también con ustedes, donde planteamos la
necesidad de este lugar y lo irregular del actuar en cuanto a firmar dos convenios sobre un mismo predio.
Por eso, no estoy de acuerdo en que el conflicto sea entre la Escuela y Fubsal. Hay un responsable,
que en este caso es quien está firmando dos convenios. El interés de la escuela no es tener conflicto con una
entidad como la de Fútbol de Salón, la cual sirve de apoyo y de contención a numerosos chicos.
El problema aquí es que el predio que la escuela tiene y utiliza, para lo cual se generó un convenio de
padrinazgo, en tres meses fue adjudicado a otra asociación.
Muchas gracias por este espacio, espero que trabajemos juntos en la solución.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Le pregunto si en estos últimos días mantuvieron alguna reunión con el secretario de Desarrollo que
está a cargo de las escuelas municipales, o con alguien con quien firmaron el convenio, luego de la reunión que
se generó en comisión, aquí, en el Concejo.
SR. LEGUIZAMÓN.- ¡No! No tuvimos ningún contacto, aunque en la reunión habíamos quedado con el
Ejecutivo en que íbamos a juntarnos a trabajar en esto. Como les dije hace un rato, la única noticia que
tenemos es a través de los medios. Nuestro convencimiento es que el convenio firmado con nosotros es el que,
hasta el día de hoy, tiene una validez jurídica.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Más allá que estuvimos reunidos con la gente de la escuela; con el concejal Cárdenas -
presidente de la comisión de Obras Públicas- la semana pasada estuvimos reunidos con los vecinos del barrio,
ellos vinieron con esta inquietud, preocupados por esta situación, con fundamentos similares a los que
expresan ustedes, pero también agregaron otros que tienen que ver con el barrio.
Desde el bloque nosotros analizamos esta situación por los medios, si bien nos enteramos por la gente
de Fútsal, que vinieron a vernos, hoy al Concejo, todavía no llegó la ratificación del convenio que debe enviar el
Ejecutivo municipal.
Aprovechando que está el bloque oficialista, entiendo que el municipio está trabajando en buscar alguna
alternativa para solucionar y conformar a las partes, y respetar lo acordado. Esto va a ser así.
Como dije recién, este bloque no recibió ninguna ratificación por el convenio de Fútsal, nosotros nos
guiamos por la documentación que tenemos hasta el día de la fecha, que estaría en vigencia lo firmado con la
escuela, entiendo que todos los concejales coincidimos en esto. Nada más, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- La verdad es que cuando los chicos se acercaron a nuestro bloque, nosotros no teníamos
conocimiento, fue antes de la reunión con el Concejo Deliberante, lo que acordamos con ellos fue que
inmediatamente íbamos a tener una reunión con el Ejecutivo municipal para que, ahí sí, pudieran tener la visión
del Ejecutivo sobre qué había ocurrido y puedan empezar este camino de diálogo.
Reunión que tuvieron -si no mal entiendo- con el señor intendente de la ciudad, con la secretaria de
Gestión Urbana, con la secretaría de Desarrollo Social, y un grupo de docentes y padres –si no estoy mal
informada-, donde empezaron a hablar. Lamentablemente, lo que demoró volver a reunirse con ellos fue la
ausencia del señor intendente de la ciudad. El intendente recibió al colegio en el momento en que viajaba.
Estuve bastante en tema, inclusive, en algún momento, se generó una reunión que había pedido el colegio a la
que no teníamos ninguna dificultad en acompañar, desde el bloque oficialista, a los representantes del
Ejecutivo, dado que no estaba el señor intendente. En esa reunión lo que surgía era la dificultad que tenía el
colegio con respecto a este predio.
Vuelvo a aclarar lo que hicimos público y lo que el Ejecutivo le hizo saber a la escuela, este predio que,
2
como bien decía el docente, tiene 7.900 m y el Código plantea que solo se puede ocupar el 40% del suelo. El
2
Fútsal solicitó la construcción de aproximadamente 3.000 m y se convino que iba a haber una superficie libre
2
de terreno bastante importante, la decisión era que no se podía otorgar a una entidad deportiva 8.000 m
porque la ciudad no tiene predios para hacer frente a todas estas situaciones. Se acordó que la parte libre, el
FOS, este 60% quede libre y la escuela pudiera seguir con su padrinazgo.
El planteo que hizo la secretaria de Gestión Urbana era que los docentes y los padres decían que esto
era un convenio con el Ejecutivo municipal no con el Fútsal, lo cual es así, el convenio del padrinazgo es con el
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Ejecutivo municipal y no con el Fútsal. Lo que se explicaba es que hay una cláusula del convenio con el Fútsal
que prevé que el municipio haga uso de la parte libre, que no es la parte constructiva de ellos. Esto seguía con
un convenio para que la escuela pudiera mantenerlo, tal cual como lo plantea el padrinazgo: que puedan utilizar
ese espacio la escuela y los vecinos; los espacios de padrinazgo los puede utilizar todo el mundo, más allá de
que el colegio lo utiliza para una finalidad específica.
Yo le decía a Mariano (Leguizamón), y a los chicos cuando vinieron a vernos, que me parece que más
allá que en el hacer uno puede cometer errores, creo que el señor intendente ya habló con ellos de esta
dificultad por no haberlo hablado antes, que se enteraron por los medios del convenio con el Futsal, hay que
apostar al diálogo para ir resolviendo estas cuestiones.
La verdad es que ninguno de nosotros desconocemos el lugar, en varias oportunidades, luego de recibir
la visita de los docentes fuimos con el intendente a recorrerlo porque hay varios espacios que se superponen,
adyacentes uno al otro, entonces una cosa es el plano y otra la que se ve allí. La laguna es otro espacio, no
forma parte del mismo predio. Entonces, se recorrió el predio con los técnicos para saber dónde podría construir
el Futsal, cuál sería la superficie a ocupar.
Me parece -insisto, el intendente vuelve el viernes- hay que seguir haciendo reuniones para resolver y
que los chicos puedan seguir usando el patio del colegio, es intención de todos; y que el Futsal pueda tener el
predio que viene solicitando desde hace mucho tiempo.
Me parece que no es correcto que se diga que se utilizan los sentimientos de la gente para confrontar;
acá no hay decisión de confrontar o utilizar malintencionadamente los sentimientos de nadie para la
confrontación. Lo que se intentó es dar respuesta con lo poco que tiene hoy la ciudad, a las situaciones que
están planteadas.
Insisto, hay que seguir en este camino, hay que seguir dialogando; más allá que, como bloque
oficialista, lo podemos hacer en conjunto con el municipio, el Concejo también puede intervenir e ir definiendo
entre todos. Lo que no contribuye es que se hable de mala intención y de utilizar los sentimientos de nadie...
Repito, apuesto a seguir dialogando, a encontrar el camino con la escuela y el Futsal para que todos
queden contenidos y conformes en la medida de las posibilidades que tiene la ciudad –no el municipio- respecto
a la escasez de lugares.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el señor Leguizamón.
SR. LEGUIZAMÓN.- En la reunión que mantuvimos con el Ejecutivo municipal, él manifestó, de palabra, dar un
apoyo a las escuelas, que su equipo apoya la propuesta pedagógica.
Los maestros y los padres siempre tienen la voluntad de volver a creer en la palabra de la gente; lo
cierto es que cada día nos cuesta más. En ese momento, se le pidió al intendente que su manifiesto de
acompañamiento tenía que ser concordante con las normativas. Resuelto este problema, el intendente pidió
disculpas en ese momento porque nos enteramos por los medios de comunicación.
Este diario, Sur 54, del día lunes, vuelve a hablar de lo mismo: que la escuela se vuelve a enterar de los
conflictos a través de los medios. Volvemos a decir lo mismo, las palabras y los actos tienen que ser
concordantes. Aquí, en este mismo texto habla del conflicto entre la Escuela Experimental y Futsal, a eso me
parece que se refiere el concejal Pino cuando se enfrentan dos cosas que no son realidad. Aquí el conflicto no
existe con Futsal.
La escuela, en el momento en que se reunió con el intendente, le ofreció que esos metros que
otorgarían a Futsal, se adjudicaran directamente a la escuela y que esta dejaría jugar a Futsal en el lugar, como
deja jugar hoy a todo el barrio.
Usted mencionó que no se puede entregar todo el predio. El convenio refiere a la entrega de todo el
predio, no de una parte. Dentro de esa entrega del predio, nos permitirán, por medio de un convenio, utilizar las
2
instalaciones que se le entregan a Futsal. Repito, la propuesta de la escuela..., nosotros no usamos 8.900 m
2
que tiene el espacio, con 2.500 m , o sea, un 30%, si el 60% queda libre, creemos que sería mucho más claro y
demostraría una voluntad de acompañamiento hacia el proyecto que ese 30% se entregue directamente a la
escuela, y no a través de la Asociación de Futsal.
Usted mencionó que la escuela trata de solucionar un conflicto sobre un terreno que no tiene Futsal ni
tiene la escuela. A mi humilde apreciación eso es erróneo, la escuela tiene ese predio, lo utiliza desde el año
2005 y el año pasado fue avalado el uso por un instrumento legal que es el padrinazgo, que se asimiló de esa
forma porque los letrados del municipio entendieron que era la mejor manera de dar una solución rápida,
supongo que para evitar trámites más largos porque habría que cambiar la nomenclatura del lugar y demás.
Repito, queremos creer en las acciones de este municipio pero volvemos hacer público, puedo decirlo
dado que se lo manifestamos al intendente personalmente, que los actos sean concordantes con un
acompañamiento porque sino queda solo en palabras acompañar una propuesta, y cuando hay que hacer actos
administrativos eso no se refleja. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Quiero leer parte del convenio para clarificar.
Dice así: “Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor intendente municipal, don
Federico Sciurano, DNI Nº 18.258.173, en adelante, y la entidad que es la Federación Ushuaiense de Fútbol de
Salón, representada por el señor Raúl Víctor Urán, DNI Nº 13.791.308, e Irma Nelly Figueroa, DNI Nº
14.241.975... Cláusula Primera: La Municipalidad en su carácter de titular de los espacios públicos urbanos de
la ciudad, cede a la Federación, el uso mantenimiento y administración de los predios identificados
catastralmente como parcela 16, y parcela 30, ambas del macizo 18, de la sección E de la ciudad de Ushuaia,
que suman una superficie de ocho mil novecientos setenta y un metros cuadrados con treinta y siete decímetros
2
cuadrados (8.971,37m ), determinados en el Anexo I que se adjunta y forma parte del presente...”. Esta es una
parte de la Cláusula Primera firmada con la Federación. Esto está firmado en Ushuaia a los 5 días del mes de
marzo de 2000.
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Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
Por otro lado tengo el Convenio de Colaboración, firmado por el señor intendente municipal, don
Federico Sciurano, DNI Nº 18.258.173, con domicilio en calle San Martín 660 de la ciudad de Ushuaia, en
adelante la Municipalidad, por una parte; y por la otra la Asociación Cooperadora de la Escuela Los Alakalufes
representada por su presidente, el señor Marcelo Oscar Pravaz, DNI 17.834.525, y su secretario el señor Héctor
Fabián Gallardo, DNI 17.478.870, con domicilio legal en Los Senecios 150, en adelante “El Padrino”, convienen
en celebrar el siguiente Convenio de Colaboración, sujeto a las siguientes cláusulas: Primera: El Padrino se
compromete a ejecutar los trabajos de mantenimiento, conservación y limpieza de la Reserva para
Equipamiento Comunitario y la Reserva Municipal, asimilados a espacios verdes, identificados catastralmente
como parcelas 16 y 30, del macizo 18, sección E, delimitadas por las calles Las Aljabas...”, se habla de la
misma parcela. Quiero dejar en claro que esto fue firmado a los 6 días del mes de noviembre de 2008.
Con esto no quiero causar, ni mucho menos más allá de la apreciación que tengo particularmente
cuando manifiesto que por ahí pareciera un poco entender dos convenios que tengo sobre la mesa firmado
sobre la misma parcela o es una desprolijidad o se juega con los sentimientos; cuando me refiero a esto no digo
que el intendente tenga más aprecio por una u otra. Acá, de antemano, cuando veo las fechas y las cláusulas
que se firmaron con la asociación cooperadora, es decir en noviembre de 2008, y por otro lado veo firmado el
mismo convenio con la federación, hace pocos días, el 5 de marzo del año 2009. ¡Si esto no es una
desprolijidad! Entiendo que el municipio esté ansioso por solucionar los problemas, pero si analizamos en el
corto plazo de tiempo en que se firmaron los dos convenios, hablamos de la misma parcela, la misma cantidad
de metros cuadrados y el mismo lugar. En esto –y no defiendo ni a una entidad ni a la otra- como dije antes, la
entidad deportiva contiene alrededor de 18 clubes y a más de 1.500 chicos que practican deportes, pero por
otro lado tenemos la entidad educativa que también está en la misma situación. Ahora, si no es una
desprolijidad del municipio, está confrontando a estas entidades. Lo digo porque algunos ya tuvimos reuniones
con algunos de la federación y, probablemente, los tengamos en el Concejo Deliberante. Por otro lado, los
vecinos del barrio estuvieron reunidos con algunos concejales también por el mismo problema.
Por eso cuando la Municipalidad menciona que solucionó los conflictos, es lamentable, quisiera
entender que a lo mejor el municipio quiera solucionar los problemas, quiera adjudicar rápidamente, quiera
tratar de buscar una solución, pero en el medio de esto hay una desprolijidad. Hay que buscar la alternativa.
Una institución como la escuela, que está en ese lugar, amerita que el municipio, que es quien firma estos
convenios y cede estas tierras, debería interpretar que el colegio tiene que tener alguna prioridad.
En algún momento nosotros planteamos que hay una zona recreativa, deportiva, turística, en un sector
de la comunidad. Casualmente, en el sector de Andorra, al ingreso, todo lo que está sobre la mano derecha, de
la calle principal de Andorra y el Arroyo Grande, esa zonificación se denomina “zona recreativa – deportiva –
turística”, si recuperamos tierra, como se dijo en los medios, por qué no llegar a una solución inmediata y
entregar las tierras de este sector a esta entidad deportiva, que es, justamente, la zonificación que tiene: “zona
recreativa – deportiva - turística”. ¡Comprende a la parte deportiva! Tranquilamente, el municipio podría llegar a
una determinación en este sentido.
Por eso, señor presidente, más allá de la exposición, hasta tanto el municipio trate de buscar la
solución, postergamos la declaración de interés, pedimos disculpas, pero amerita que el municipio, quien firmó
estos convenios busque la solución de este conflicto y el Concejo, una vez resuelto, lo declare de interés para
no generar expectativas que después no tengamos la solución, o quizá, dentro del mismo convenio estén
buscando algún otro tipo de alternativa.
Señor presidente, solicito que a la mayor brevedad posible tengamos algún tipo de reunión. Me llamó
mucho la atención cuando escuché por los medios que el tema estaba solucionado; este conflicto lo genera el
propio Estado municipal y es quien debe solucionarlo, por encima del reclamo que hace la entidad educativa y
la deportiva. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Simplemente con la finalidad de hacer una aclaración a la gente que está acá, no fue
necesario que el concejal Pino leyera esto porque es exactamente lo que estoy diciendo, sino no estaríamos
2
discutiendo. El Futsal tiene los 8.000 m porque sino no puede construir, no se podría darle una parte porque
2
implicaría una excepción al Código, porque no pude construir 4.000 m ; o sea que es cierto que es predio. Es
cierto también que el padrinazgo de la escuela, que se hizo sobre todo el predio, que es una reserva. También
2
es cierto que el Futsal puede construir 4.000 m y que la escuela está pidiendo un patio, acá lo ha dicho el
2
propio docente, de aproximadamente 2.000 m que no son pocos.
Entonces, ¿estamos hablando de un mismo predio?, ¡sí!, lo que digo es que debemos ponernos de
acuerdo en la superficie libre de construcción para que se pueda cuidar, manejar y utilizar.
Cuando yo decía que la escuela venía bregando por este predio y venía por este espacio que también
lo hacía el Futsal, me estaba refiriendo a que la escuela, que se mudó a un predio que le entregó el municipio
en el año 2005, más allá que utilizaran el espacio, recién en noviembre de 2008 se firmó este padrinazgo,
porque no había cómo concretarlo.
Sin duda que Futsal también podría haber encontrado en algún momento un convenio, la verdad es que
no encontró y surge ahora.
Cuando digo esto es porque a ninguno de nosotros se nos escapa que la ciudad está falta de espacios
lo que lleva a optimizar el uso de algunos espacios.
Respecto a los vecinos del barrio, también el Ejecutivo municipal mantuvo dos reuniones con ellos, uno
explicaba la secretaria de Desarrollo, esto es zona de reserva donde está prevista la construcción de
equipamiento comunitario. Los vecinos del barrio expresaron que quieren que esto quede libre de cualquier tipo
de construcción, también en esto debe involucrarse el Concejo Deliberante para definir cómo vamos
construyendo ciudad porque los espacios se necesitan, las reservas están planteadas para edificarse; entonces
se sigue avanzando en este tipo de situaciones que hay que ir delimitando para saber cómo avanzamos.
Respecto a la entrada de Andorra, allí el propio municipio está desarrollando el área, allí se construirá la
pileta de natación, más allá de lo que después implica este sector, en ese lugar justamente es donde el propio
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municipio desarrolla su nuevo emprendimiento deportivo y recreativo para la ciudad.
Reitero, me parece que hay que seguir el diálogo, no hay ninguna puerta cerrada ni mucho menos una
imposición, hay errores que no traté de ocultar, es más, dije los que el propio intendente les ha hecho saber al
colegio. Todos tenemos que sentarnos a resolver este tema y ver cuál es la mejor solución para que termine
conteniendo a los chicos de la escuela, y a los chicos del Futsal. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Quiero recordar que ya llevamos casi una hora, ya tuvimos una reunión para
informarnos sobre el tema, no podemos discutirlo a fondo.
Le doy la palabra al vecino y les pido que piensen si van a agregar algo nuevo o vamos a seguir
hablando sobre lo mismo.
SR. LEGUIZAMÓN.- Simplemente les agradezco este espacio. Quiero hacer una pequeña reflexión, la escuela
hoy no tiene otra alternativa de patio de juego, ya tiene su edificio ahí, no podríamos pensar en otro lugar.
Cuando nos dicen tienen allá un espacio... sería como imposible.
Quiero reflexionar sobre el Estado municipal, que desde este Cuerpo con los representantes que hoy
tiene, avaló la creación de una escuela, por medio de una ordenanza, y creo que tiene la obligación de prever y,
si no fue previsto, de aceptar los espacios que esta propuesta pedagógica necesita para su desarrollo. No
2
podemos pensar en crear una escuela y darle, como hoy tiene un edificio, 1.900 m cuando enfrente se
2
entregan a una asociación 8900 m .
Creo que es el Estado el que debe dar respuestas. En la Carta Orgánica y en todos los instrumentos
legales, constituciones, hay una prelación de importancias constitucionales. Si ustedes toman la Carta Orgánica
Municipal verán que la educación se encuentra antes que el deporte; no por una cuestión de que una sea mejor
que la otra sino que el Estado mismo, con ese dictamen toma una responsabilidad en poner en un lugar a la
educación y después al deporte. Gracias, por su tiempo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- La verdad que tal como lo expresara el concejal De Marco este asunto no está oficializado
en este Concejo Deliberante. Por lo menos no tuvo un análisis con elementos más contundentes para empezar
a generar una propuesta, rechazar o aprobar lo que firmó el intendente.
También quiero decir que este sector, y acá no solamente trato de involucrar a la escuela, y el barrio
son muy particulares, se creó como barrio Ecológico, hoy está zonificado como R4 (Residencial 4). Para
aquellos que no saben un R4 es lo que mayor eficiencia en dominio tiene en cuanto a superficie que se puede
construir, y justamente su uso principal es el de vivienda unifamiliar, de determinadas características que tal vez
hubiese sido necesario reglamentarlo con cuestiones más técnicas o más estrictas pero se apuntaba, en los
objetivos generales que están escritos, a preservar parte del paisaje de cada parcela, preservar las áreas de
bosque y reforzar el carácter de la zona barrio parque.
Creo que todos los que conocen el sector saben que es muy rico. Acá hago un paréntesis, aclaro que
coincido totalmente con la necesidad de otorgarle a Futsal un sector, un terreno para que desarrolle su
actividad. Considero que una asociación como la mencionada contiene e involucra a una cantidad de clubes
muy importantes. Asumí con ellos el compromiso de analizar otro sector de la ciudad.
Lo que me parece preocupante es que perdamos un lugar como pocos que hoy tiene la ciudad; invitaría
a todos los que aún no han recorrido este sector a que puedan apreciar la flora y la fauna, como describía el
señor Leguizamón. Creo que es un lugar que si lo perdemos, urbanísticamente vamos a cometer un error muy
grande.
Coincido con lo expresado por el concejal Pino, en designar otro sector para la asociación de Futsal.
Esto lo digo con mucha precaución, repito, no tengo los elementos contundentes para analizarlo. Hasta hoy el
Ejecutivo no remitió nada a este Concejo Deliberante.
Coincido en que hay una cuestión que por lo menos roza la desprolijidad en cuanto a estos dos
instrumentos que están coaccionando entre estas dos asociaciones. Espero que de alguna manera el
intendente analice y revea algunas circunstancias que puedan afectar a las asociaciones, a los padres, o
incluso a algunos vecinos del sector. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Junto al concejal Cárdenas estuvimos reunidos varias veces con la escuela, y los vecinos del
barrio.
Coincido con lo manifestado por la concejal Chapperón, generemos todas las herramientas de diálogo
para solucionar este problema. Creo que es conveniente que rápidamente se genere una reunión donde
participe el Concejo Deliberante, más allá que los espacios los designa el intendente; luego los ratifica el
Concejo Deliberante. Creo que debemos convocar a una reunión, señor presidente, para invitar a la gente de
Obras Públicas, al intendente, a la escuela, a la gente del barrio, al propio Concejo Deliberante, a la gente de
Futsal, hacerlos participar de esta reunión y buscar, rápidamente, una solución y empezar a preocuparnos por
la realidad de las escuelas en otro ámbito. Sería lo ideal en este Concejo Deliberante discutir cómo mejorar la
calidad educativa en las escuelas en lugar de discutir esta cuestión, nos debemos a esto.
Señor presidente, vuelvo a repetir, por Presidencia, convocar a una reunión, con carácter de urgente, al
municipio y a todos los actores a los que me referí anteriormente. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Señor presidente, si es un error el municipio está a tiempo de reconocerlo, enmendarlo, no es mala
intención. La decisión más coherente que se puede tomar, más allá que se suma el reclamo de los vecinos del
barrio también, por el trabajo que viene llevando adelante la escuela, el municipio está a tiempo de enmendar
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este error y, quizás, otorgarle otro lugar a la Federación de Fútbol.
Ojalá, esta Banca del Vecino, estas reuniones que se puedan llevar adelante, sirvan para enmendar
estos errores, se está a tiempo y quizá podamos proteger este lugar y que lo pueda usufructuar la propia
escuela. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra, señor Leguizamón.
SR. LEGUIZAMÓN.- Muchas gracias.
- El señor Leguizamón se retira del recinto.
Moción de Orden
21.- Cuarto Intermedio
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Solicito un cuarto intermedio de cinco minutos.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el cuarto intermedio solicitado.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
- Es la hora 14 y 41.
-A las 14 y 55:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se reanuda la sesión con la ausencia de la concejal Chapperón.
22.- Autorización de mecanismo para el tratamiento de asuntos
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Solicito que se dé lectura al número de asunto y expediente, y a la parte resolutiva al momento de
tratar cada tema.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad, con la ausencia de la concejal Chapperón.
23.- Aprobación de contrato de comodato entre la Municipalidad de Ushuaia y la Asociación
Centro Tradicionalista de Ushuaia “Virginia Choquintel” – Primera Lectura
(131/2009, expediente 592/2000)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Mensajes del Departamento Ejecutivo Municipal.
Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA EN PRIMERA LECTURA
Artículo 1º.- Apruébanse los términos del Contrato de Comodato registrado bajo el Nº 4637, celebrado
el día veinticinco (25) de febrero de 2009, y aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante a través del
dictado del Decreto municipal Nº 194/2009, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el
señor intendente municipal, don Federico Sciurano, y la Asociación Centro Tradicionalista de Ushuaia “Virginia
Choquintel”, representada por su presidente, señora Ramona Norma Lescano, Libreta Cívica 2.794.375, por el
cual se cede en uso por el término de tres (3) años, un galpón que forma parte integrante del inmueble ubicado
en la sección N, macizo 1000, parcela 59 R (Remanente), con el objeto de realizar en el mismo actividades
culturales propias de la Asociación.
Artículo 2º.- Convocar a Audiencia Pública conforme lo establecido en el artículo 143 de la Carta
Orgánica Municipal y el Decreto C.D. 09/2002.
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de ordenanza.
-Se vota y resulta afirmativa.
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SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia de la concejal Chapperón. Queda
sancionada la ordenanza, en Primera Lectura.
24.- Respuesta a la Agrupación Mapuche “Yerpum”
(133/2009, expediente 23/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Asuntos Particulares.
Dice así:
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN
En mi carácter de presidente del Concejo Deliberante, y por mandato del Cuerpo de concejales, tengo
el agrado de dirigirme a la Asociación Agrupación Mapuche “Yerpum”, en relación a su nota de fecha 5 de
marzo del corriente, individualizada como asunto 133/2009 del registro de este Concejo Deliberante. En cuanto
a la misma, ponemos en su conocimiento que si bien este Cuerpo comparte la importancia del proyecto
presentado, el ámbito adecuado para la discusión del mismo es la Legislatura de la Provincia de Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por tratarse de sitios de jurisdicción provincial.
Sin otro particular, saludo atentamente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de minuta de comunicación.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
25.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal sobre cerramiento del playón deportivo del
barrio San Salvador
(137/2009, expediente 24/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN
En mi carácter de presidente del Concejo Deliberante y por mandato del Cuerpo de concejales, tengo el
agrado de dirigirme al señor intendente municipal de la ciudad de Ushuaia, don Federico Sciurano, con relación
a la presentación efectuada por la señora Mercedes Esther Arce, identificada como asunto 137/2009, a través
de la cual efectúa quejas por ruidos molestos y disturbios que se producen en el playón deportivo lindero a su
vivienda particular individualizada como casa Nº 88 del barrio San Salvador; a los efectos de una mayor
ilustración se remite copia del asunto que nos ocupa.
Este Cuerpo entiende, en observancia de los preceptos generales y particulares que nuestra Carta
Orgánica Municipal expresa sobre la protección de los derechos individuales y sociales, y la vigencia de las
normas en materia de resguardo de los playones deportivos (Ordenanza municipal 3416), que se deben
priorizar situaciones como la que expone la señora Arce, teniendo en cuenta la situación social y familiar
particular, para lo cual se requiere efectuar las debidas inspecciones y en consecuencia de estas, se lleven
adelante las acciones pertinentes, tendientes al cerramiento del sector aludido en forma prioritaria y su posible
custodia, ello a los efectos de minimizar el impacto que ocasiona el debido uso del mismo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de minuta de comunicación
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
26.- Declaración de interés municipal del Vía Crucis Viviente organizado por la Pastoral de la
Juventud en conjunto con las comunidades parroquiales
(151/2009, expediente 31/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Declarar de interés cultural, religioso y turístico municipal la presentación del XIX “Vía
Crucis Viviente de Ushuaia”, organizado por la Pastoral de la Juventud en conjunto con las comunidades
parroquiales de nuestra ciudad, que se realizará el próximo 10 de abril por distintas calles y predios del casco
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céntrico de la ciudad de Ushuaia.
Artículo 2º.- La declaración enunciada en el artículo precedente, no necesariamente ocasionará gastos
al erario municipal.
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la declaración de interés municipal.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
27.- Ratificación de convenio entre la Municipalidad y la Secretaría de Asuntos Municipales del
Ministerio del Interior de la Nación
(1387/2008, expediente 265/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Ratificar los términos del Decreto municipal 1718/2008, dictado ad referéndum del Cuerpo
de concejales, a través del cual se aprueba el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica registrado
bajo el Nº 4503 celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor intendente, don
Federico Sciurano, y la secretaria de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior de la Nación, representada
por su titular, licenciada Raquel Kismer de Olmos, con el objeto de desarrollar acciones que resulten de interés
común para el fortalecimiento institucional del gobierno local.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el dictamen final de comisión.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
28.- Ratificación de convenio celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia y el CENT Nº 11
(1405/2008, expediente 274/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Ratificar los términos del Decreto municipal 1746/2008, dictado ad referéndum del Cuerpo
de concejales, a través del cual se aprueba el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración registrado bajo
el Nº 4492, celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora secretaria de
Promoción y Desarrollo Social y Derechos Humanos, doña Norma Beatriz Mansilla, y el Instituto de Educación
Superior CENT Nº 11 “Ciudad de Ushuaia” , representado por su vicerrector, señor Juan Carlos Bocchero, con
el objeto de cooperar institucionalmente en temas interés común, que involucren intercambios de experiencias,
formación de recursos humanos, asistencia técnica, pasantías, y toda otra iniciativa referente a sus finalidades e
intereses a fin de brindar un servicio a la comunidad que a ambas entidades les competen.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
29.- Modificación del artículo 19 Anexo I de la Ordenanza municipal 1508 –Se remite a Archivo-
(1129/2008, expediente 21/1995)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Aconseja remitir a Archivo las actuaciones relacionadas con el proyecto de ordenanza por el que se
propone la modificación del artículo 19 del Anexo I Capítulo III, Título V - Derechos de Cementerio - de la
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Ordenanza municipal 1508.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el dictamen final de comisión.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
30.- Modificación del artículo 136 de la Ordenanza municipal 1507 y del inciso 5) del artículo 21
de la Ordenanza municipal 1508 –Se remite a Archivo-
(1076/2008, expediente 21/1995)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Aconseja remitir a Archivo las actuaciones relacionadas con el proyecto de ordenanza por el que se
propone la modificación del artículo 136 de la Ordenanza municipal 1507 y del inciso 5) del artículo 21 de la
Ordenanza municipal 1508.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el dictamen final de comisión.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
31.- Modificación del artículo 2º de la Ordenanza municipal 3148 (Programa de Incentivos al
Contribuyente Cumplidor) – Se remite a Archivo
(1334/2008, expediente 21/1995)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
Aconseja sancionar proyecto de ordenanza por el que se propone la modificación del artículo 2º de la
Ordenanza municipal 3148 (Programa de Incentivos al Contribuyente Cumplidor).
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Este tema, al igual que los dos anteriores, correspondería que lo enviemos a Archivo
porque en el momento de aprobar la Ordenanza Tarifaria, que acaba de ir a Debate Ciudadano, vamos a
aprobar el texto con la modificación que consensuamos, que es la que estaríamos aprobando por esta
ordenanza. Al igual que hicimos con los otros dos asuntos, solicito que se envíe a Archivo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción presentada por la concejal Chapperón.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
32.- Aprobación de los Anexos I al XV de la Ordenanza Fiscal
(599/2007, expediente 193/1998)
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Solicito que el asunto 599/2007 se trate como último tema dado lo extenso de la ordenanza.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la propuesta del concejal Pino de tratar el asunto
como último tema.
Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Los concejales acordamos que no se iba a proceder a la lectura de los 14 anexos, acabo
de hacer entrega a las taquígrafas para que se incorpore a la Versión Taquigráfica.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la propuesta del concejal Pino de tratar como último
tema el asunto que se acaba de leer.
Votación nominal...
Tiene la palabra el concejal Pino.
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SR. PINO.- Retiro la moción, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se trata el asunto.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébanse los Anexos I a XV de la presente Ordenanza Fiscal mediante los cuales se
establecen las cargas públicas municipales a abonar en concepto de Tasas, Impuestos, Contribuciones,
Derechos, Plusvalías, Retribuciones de Servicios, que perciba la Municipalidad de los contribuyentes durante el
año fiscal de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Artículo 2º.- Establecer un beneficio del diez por ciento (10%) de descuento sobre la liquidación de los
Impuestos Inmobiliario, Automotor, Tasas Generales y Tasa a la actividad Comercial e Industrial, a aquellos
contribuyentes que en el año inmediato anterior hubiesen cumplido con todas sus obligaciones en tiempo y
forma y no registren deudas tributarias. Asimismo, podrán obtener el beneficio los contribuyentes que posean
planes de pago acordados con la Municipalidad como forma de cancelación de contribuciones por mejoras o
venta de tierras fiscales, siempre que los mismos se encuentren en situación fiscal regular.
Dicho descuento se aplicará sobre los importes establecidos para cada cuota de acuerdo a la
Ordenanza Tarifaria vigente y no será acumulable a otros beneficios, salvo los establecidos en la presente.
Artículo 3º.- Para aquellos contribuyentes que, además de haber cumplido con lo establecido en el
artículo 2º de la presente, deseen abonar la totalidad del importe correspondiente al año entrante se aplicará un
descuento total del quince por ciento (15%).
Artículo 4º.- Los beneficios establecidos en la presente cesarán, sin mediar necesidad de notificación al
contribuyente, ante la primera mora que se registre en cualquiera de los tributos descriptos.
Artículo 5º.- El presente régimen entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Artículo 6º.- Abrógase la Ordenanza municipal 1507; artículos 1º, 2º y 3º de la Ordenanza municipal
1511; las Ordenanzas municipales 1518, 1594, 1641, 1648, 1697, 1706, 1736, 1748, 1793, 1806, 1823, 1836,
1856, 1955, 1965, 1966, 2023, 2036, 2083, 2110, 2120, 2219, 2238; los artículos 1º y 2º de la Ordenanza
municipal 2276; las Ordenanzas municipales 2300, 2370, 2371, 2433, 2445, 2459, 2505; los artículos 1º y 2º de
la Ordenanza municipal 2537; 2591, 2971, 3034, 3062, 3077, 3148, 3170, 3179, 3188, 3191, 3219, 3256, 3316,
3348, 3377 y 3422.
CLÁUSULA TRANSITORIA
La presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigencia a partir de la vigencia plena del nuevo texto de la
Ordenanza Tarifaria para el año 2009.
Artículo 7º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- En primer lugar voy a pedir una modificación de forma en el artículo 5º, que es el artículo
de forma, una cláusula transitoria que dice a partir de cuándo se pone en vigencia la ordenanza tributaria que
es, específicamente, a partir del momento en que esté sancionado el texto, ordenado y modificado, de la
Ordenanza Tarifaria que se mandó a Debate Ciudadano.
Creo que todos acordarán que no se sabe cuál ha sido la situación por la cual una de las dos fue a esa
comisión y la otra no, debieron haber ido juntas a Debate Ciudadano. El Cuerpo tuvo la intención de sancionar
las dos ordenanzas juntas, faltaba un paso legislativo en una de ellas, y es por eso que la estaremos
sancionado a la brevedad posible porque tenemos prorrogada la actual hasta el 31 de marzo.
Quiero mencionar que esta ordenanza llevó tres años de trabajo, no es sencillo ordenar un texto que se
modifica permanentemente, porque tanto la Ordenanza Fiscal como la Tarifaria sufren modificaciones
frecuentes; ordenar todo este texto, derogar todas las ordenanzas anteriores y estar sancionando esta nueva
Ordenanza Fiscal evidentemente, ha sido un trabajo muy engorroso que empezó nuestro bloque en 2006, en su
momento también se había remitido en 2007 al Ejecutivo municipal para que pudiera hacer las correcciones. Es
una ordenanza que aplica fundamentalmente la gente de Rentas. Es imposible hacer este trabajo sin que la
gente que la aplica pueda corregirla. En su momento tuvo correcciones de la contadora Silvina Vedel que
trabajó muchísimo en este tema, para que realmente pudiera llegar a sancionarse esta ordenanza.
La verdad, repito, me parece que es muy importante que el municipio cuente con esta herramienta. La
Ordenanza 1507 y la 1508 son ordenanzas muy antiguas que tuvieron muchísimas modificaciones y
muchísimos espacios vacíos que el municipio hoy lleva adelante; servicios que no puede cobrar porque no
están incorporados; si bien se incorporaron algunas situaciones particulares a lo largo de este período y del
anterior, me parece muy importante que pudiéramos consensuar esta ordenanza. Nuestro bloque entregó a
todos ustedes, en el mes de diciembre para que pudieran corroborar estos 14 ó 15 Anexos que tiene la
ordenanza. Así que, celebro que estemos aprobándola. Muchas gracias, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza.
- Se vota y resulta afirmativa.
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
Moción de Orden
33.- Cuarto Intermedio
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Es para solicitar un cuarto intermedio sobre bancas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo lo solicitado por el concejal De Marco.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
- Es la hora 15 y 14.
- A la hora 15 y 20:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se reanuda la sesión.
Por Secretaría se dará lectura al dictamen final de la comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
34.- Excepción de presentación de estudio de impacto ambiental a la Asociación Pro Karting
Ushuaia – Se remite a Archivo-
(122/2009, expediente 559/2003)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza por el que se exceptúa a la Asociación Pro Karting
Ushuaia 2000, de la presentación del estudio de impacto ambiental para la parcela 1, macizo 1 de la sección Q.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el dictamen final de la comisión de Planeamiento y
Obras Públicas.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
35.- Excepción al artículo IV.1.2.; IV.1.2.1. y IV.1.4. del Código de Planeamiento Urbano
(1173/2008, expediente 792/2004)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Derógase el artículo 2º de la Ordenanza municipal 3150.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Quiero introducir algunas modificaciones, como hice referencia en la sesión anterior,
agradezco al señor Ordóñez que colaboró, si bien es lo mismo, tiene especificidades técnicas, sería: “Artículo
1º.- Exceptuar del Código de Planeamiento Urbano, artículos IV.1.2.; IV.1.2.1. y IV.1.4. Artículo 2º.- Autorizar al
Ejecutivo municipal a realizar el proyecto y cesión de la calle para generar el frente a las parcelas subdivididas
originadas en el lote identificado catastralmente como quinta 3, macizo 1000, sección O. Artículo 3º.- Autorizar
al Ejecutivo municipal a realizar la visación del plano de mensura con la subdivisión propuesta. Artículo 4º.- De
forma.”
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Quiero que proceda a tomar votación nominal, nuestro bloque no va a acompañar que
ningún ciudadano se quede con trescientos metros cuadrados que le corresponden a la ciudad. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Por Secretaría se procederá a tomar votación nominal.
- Votan por la afirmativa los concejales: Pino, Luna, Cárdenas, De Marco y Verdile.
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- Votan por la negativa los concejales: Coria y Chapperón.
- Votan siete señores concejales.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Por cinco votos a dos, queda sancionada la ordenanza.
Moción de Orden
36.- Obligatoriedad de instalar máquinas expendedoras de preservativos –Vuelve a la comisión
de Policía Municipal-
(508/2008, expediente 277/1997)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Policía Municipal.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Solicito que el asunto 508/2008 vuelva a la comisión de Policía Municipal. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo lo mocionado por la concejal Chapperón.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
37.- Creación del programa de prevención de riesgos - Se remite a Archivo
(1341/2006, expediente 672/2006)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Policía Municipal.
Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza mediante el que se proponía la creación del
Programa de Prevención de Riesgo vinculado con la diversión nocturna de los jóvenes.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el dictamen final de comisión.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Moción de Orden
38.- Respuesta a la Dirección de Atención Primaria de la Salud referente a su pedido de
estacionamiento exclusivo DAPSU – Vuelve a la comisión de Policía Municipal-
(75/2009, expediente 10/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen de comisión de Policía Municipal.
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN
Señora Directora de
Atención Primaria de la Salud
Dra. Liliana Martínez.
Calle Lugones Casa Nº 7
Me dirijo a usted, en mi carácter de presidente del Concejo Deliberante, en relación al asunto 75/2009,
girado al expediente, Letra: CD 10/2009, referente a su pedido de estacionamiento exclusivo DAPSU en la calle
Lugones frente a casa Nº 7.
En tal sentido, cumplo en informarle que el Cuerpo de concejales en sesión ordinaria de fecha 25 de
marzo del año en curso, ha resuelto no hacer lugar al mismo, atento a que en dicha cuadra se encuentran las
entradas de distintas dependencias del Hospital Regional Ushuaia y ya poseen lugares asignados las
ambulancias, por lo que una decisión contraria sería perjudicial para el tránsito de la zona.
Sin otro particular, saludo atentamente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de minuta de comunicación...
Tiene la palabra el concejal Pino.
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SR. PRESIDENTE (Pino).- Días atrás se acercó personal de Atención Primaria, voy a solicitar que este asunto
vuelva a comisión para que nos podamos reunir todos, como es un lugar próximo al hospital ver si en algún otro
lugar cercano se puede acceder.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
Moción de Orden
39.- Aplazamiento del tratamiento de asunto referido a implementación de la señal vial
“ordenador de cruce vehicular”
(140/2008, expediente 144/1994)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Despacho final de comisión de Policía Municipal.
Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza que implementa en el ejido urbano de la ciudad, la
señal vial de “ordenador de cruce vehicular”.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- Tal como manifesté al principio, hubo un error, la intención no es mandarlo a Archivo sino que
tenga tratamiento sobre tablas. Le pregunto cómo podemos hacer...
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Por Secretaría se dará lectura al proyecto de ordenanza.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Impleméntase dentro de ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, la señal vial de “ordenador
de cruce vehicular”, la cual será de obligatoria señalización horizontal en calles pavimentadas donde ocurra la
intersección de dos (2) calles de doble mano de circulación; y/o una (1) calle de doble mano con otra de mano
única.
Artículo 2º.- DEFINICIÓN: la señal de “ordenador de cruce vehicular” define la señalización que en un
cruce de calles donde una, como mínimo, sea de doble mano de circulación indica el radio de giro que el
conductor de un vehículo debe seguir para retomar en la otra calle el carril que le corresponde circular.
Artículo 3º.- OBJETIVO: la señal indicada, presenta el objetivo de lograr que los conductores
vehiculares al doblar en un cruce de calles con al menos una de doble mano, lo hagan por el carril de
circulación que corresponde.
Artículo 4º.- DE LA SEÑAL: la señal consiste en un círculo que tendrá como centro en la intersección de
la línea imaginaria que indica el centro de cada calzada y que en las calles de doble mano son la divisoria de
los carriles de uno y otro sentido de circulación. La dimensión mínima del diámetro de la señal se fija en un (1)
metro; por vía de reglamentación correspondiente a la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá
resolver diámetros mayores en arterias que por sus dimensiones así lo permitan.
Artículo 5º.- DE LA SEÑALIZACIÓN: la demarcación en la vía pública que corresponda de la señal
definida en el artículo anterior, lo será en la calzada horizontalmente y, como mínimo, pintada en color amarillo
con una línea de no menos de diez (10) centímetros de ancho. Por vía de reglamentación de la presente, el
Departamento Ejecutivo Municipal podrá resolver otras formas de señalización, como ser la utilización de
cordones u otros que se definirán en función de los anchos de las calzadas que se intercepten.
Artículo 6º.- DIFUSIÓN: el Departamento Ejecutivo Municipal deberá instrumentar una campaña de difusión
masiva de carácter preventivo, destinada a la concientización de los conductores de vehículos sobre el
adecuado uso de la señal determinada por el artículo 4º de la presente ordenanza.
Artículo 7º.- REGLAMENTACIÓN: el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar la
presente ordenanza, dentro de los treinta (30) días de su promulgación.
Artículo 8º.- SEÑALIZACIÓN VERTICAL: el Departamento Ejecutivo Municipal podrá implementar
señalización adicional al tipo vertical, mediante la cual se oriente al conductor sobre el sentido de circulación
durante el giro.
Artículo 9º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: será autoridad de aplicación de la presente ordenanza, la
Dirección de Tránsito y Transporte del Municipio, o la dependencia municipal que en el futuro la reemplace.
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Artículo 10.- INSTRUMENTACIÓN: establézcase un tiempo de concientización en la aplicación de la
presente ordenanza, cuya duración será establecida en la reglamentación que al efecto realice el Departamento
Ejecutivo Municipal; durante ese lapso de tiempo los inspectores municipales de Tránsito sólo labrarán actas de
constatación de la falta cometida.
Artículo 11.- PENALIDADES: una vez finalizado el período señalado en el artículo anterior, las
penalidades por infringir la presente ordenanza será el equivalente a cincuenta (50) UFA, con las modalidades,
agravantes y atenuantes que se establecen en el Código Municipal de Penalidades y Normas Complementarias
aplicadas por el Juzgado Administrativo Municipal de Faltas.
Artículo 12.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- Para solicitar al autor del proyecto la incorporación de un artículo más, donde mencione que por
determinado tiempo se aprueba esta ordenanza a efectos de dar cumplimiento a dicha norma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Concejal, me parece que si una ordenanza no se cumple, se derogará pero, por
ahí, anticipar un artículo diciendo que si no funciona, ¡no sé...!
Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Lo que plantea el concejal Coria y el concejal Luna, no es que si no funciona se derogue.
Obviamente, si no funciona se deroga.
Lo que quiere decir es que primero se haga una prueba piloto en una rotonda de la ciudad; en un lugar
para ver si es de utilidad. Por lo que explica el concejal Luna, es un dibujo sobre la calzada indicando cuál es el
ángulo de giro que debe seguir el transporte. La verdad es que no sé, me cuesta pensar si será útil o no,
probablemente sea útil que se implemente en un sector específicamente que podría quedar aclarado, durante
un período corto y se sepa a partir de aquí si se hace en otros sectores.
Lo que tenemos que tener en cuenta es que hay muchas esquinas donde se juntan calles de doble
mano, o una de doble mano con otra de mano simple. Esto tendrá que estar a lo largo de la ciudad en varias
zonas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- El proyecto contempla únicamente aquellas esquinas que no tienen el espacio suficiente para
construir una rotonda reglamentaria. Hay lugares que lo permiten, que son amplios pero no poseen las
dimensiones que establece la normativa de Tránsito para la construcción de una rotonda reglamentaria.
En este caso sería una rotonda de menor dimensión, que puede ser con un cordón de 10 ó de 20
centímetros, con una lomada de tierra o marcado por la línea amarilla que señale la circulación que debe tener
el tránsito.
Esa es la intención del proyecto. En realidad, ni grandes ni chicas las rotondas todavía no están.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Si el concejal Luna, autor del proyecto, así lo entiende, podríamos dejar este asunto
como último tema para redactar en qué período se pone a prueba en un lugar de la ciudad; posteriormente se
procederá a implementar toda la ordenanza. Esta sería la única cuestión que quedaría como cláusula transitoria
dentro de la propia ordenanza. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- No me queda claro si fue una moción del concejal Coria, o un pedido del concejal Luna.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Podemos acordar un tiempo prudencial para que el municipio, en ese lapso, pueda construir
algunas rotondas con estas dimensiones que no las fijaremos pero, que son menores a las establecidas por ley.
Porque si le ponemos tres meses y en ese tiempo la Municipalidad no construye ninguna, se cae la ordenanza.
Tiene que quedar claro que en ese lapso de prueba la Municipalidad pueda construir alguna para saber
si funcionan o no. Realmente, no queremos que dentro de tres meses todavía nos encontremos sin ninguna
rotonda.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- Señor presidente, lo que le estaba pidiendo no era una moción sino un pedido al autor del
proyecto, el concejal Luna, igual esto ya lo discutimos en la comisión.
Nos produce incertidumbre qué sucederá cuando venga el invierno porque por ahí tape la rotonda y, en
ese momento, no sabríamos cómo será, si está pintada o, como dice el concejal, va a tener un murito de 10
centímetros. Pedí un tiempo prudencial para dar cumplimiento a esta ordenanza para ver si da resultado esta
implementación que, como alguien dijo, se hace en España, sobre todo para concientizar a la gente para ver si
se puede hacer ese tipo de rotonda y si da resultado.
Es un simple pedido al concejal, para ponerle un artículo más donde se dé un tiempo para llegar a
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lograr la concientización de los conductores.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- No lo discutimos porque se había decidido mandar a Archivo y acá dijimos que se iba a
aprobar.
Yo planteo una cláusula transitoria, determinada cantidad de tiempo, que podemos acordar de redactar,
para que en uno o dos lugares de la ciudad se lleve adelante lo establecido en la presente ordenanza, con un
período de tiempo y, posteriormente hay que hacerlo en toda la ciudad. Esto es lo que planteaba. No tener que
sancionar la ordenanza después, sino no tiene sentido estarla sancionando hoy. No sé si esto es posible.
Estoy intentando redactarla, habría que dejarlo como último tema para ver la redacción.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo que se trate como último tema el proyecto de
ordenanza.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Moción de Orden
40 .- Aplazamiento de tratamiento del asunto referido a solicitud de excepción a la normativa
vigente para la colocación de canastos de residuos sobre la vereda
(968/2008, expediente 117/2007)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de Policía Municipal.
Aconseja remitir a Archivo la solicitud de excepción a la normativa vigente para la colocación de
canastos de residuos sobre la vereda, efectuada por la firma Ushuaia Shopping S.R.L.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Señor presidente, recién habíamos acordado que íbamos a mandarlo a Archivo porque
se sancionó una ordenanza, en la sesión anterior, exceptuando al Shopping del cumplimiento del artículo de la
ordenanza para que no tuviera el cesto de basura en la vía pública. La excepción que hicimos fue a un artículo
entero de la ordenanza que tiene varios incisos. El Ejecutivo municipal nos hace saber, en el día de hoy, que si
lo exceptúa del cumplimiento de esa ordenanza, el Shopping, a partir de ahora, no tiene obligación de sacar la
basura en bolsas de residuos ni tiene obligación de preservar las agujas o lo que saque en bolsas, porque todo
está contenido en el mismo artículo de la ordenanza. Entonces, se veta la ordenanza para que sancionemos
una nueva donde lo exceptuemos del cumplimiento del artículo y el inciso que implica que solamente sea el
tacho de residuos en la vía pública.
Para evitar que pase más tiempo, que es nuestro compromiso asumido con el Shopping, lo que
pensábamos hacer es que con este asunto sancionemos hoy mismo la ordenanza que corresponde
exceptuándolo de ese artículo y ese inciso, específicamente.
Si los concejales están de acuerdo, lo que debemos hacer es dejarlo como último tema, traer el
proyecto de ordenanza y sancionarlo. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción presentada por la concejal Chapperón de
mandar este tema como último en el orden.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
41.- Creación del Consejo Municipal de Capacidades Diferentes – Se remite a Archivo-
(97/2009, expediente 313/1991)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza que propone la creación del Consejo Municipal de
Capacidades Diferentes de la ciudad de Ushuaia.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Como ya dije anteriormente, este proyecto de creación del Consejo Municipal de
Capacidades Diferentes ya pasó a comisión, donde será más trabajado con las organizaciones y luego poder
sancionarlo con el acompañamiento de mis pares.
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SR. PRESIDENTE (Arcando).- Se va a votar el dictamen.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Arcando).- Aprobado por unanimidad.
42.- Programa de Gestión del Paisaje Urbano y Natural – Se remite a Archivo-
(1645/2006, expediente 52/1993)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza que instituye el Programa de Gestión del Paisaje
Urbano y Natural (PGP).
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el despacho de comisión.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
43.- Servicio permanente de atención médica gratuita en instalaciones deportivas y culturales
dependientes de la Municipalidad de Ushuaia
(1276/2008, expediente 250/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
Dictamen final, en mayoría: concejales Cárdenas, Luna, De Marco.
Proyecto de ordenanza mediante el cual se establece un servicio de atención médica gratuita para
brindar asistencia de emergencia y/o traslado de personas en todas las instalaciones deportivas y culturales
dependiente de la municipalidad de Ushuaia.
Vuestra comisión permanente de Calidad de Vida y Turismo ha efectuado el análisis de las presentes
actuaciones, por lo tanto se aconseja sancionar el siguiente proyecto de ordenanza que se acompaña,
habiendo cumplido con la previa remisión del presente a la comisión de Información y Debate Ciudadano.
Fundamentos:
Esta propuesta busca brindar un servicio de atención médica primaria ante una urgencia o emergencia,
sumamente necesario para todos los usuarios que concurren o realicen actividades deportivas y/o culturales en
instalaciones municipales.
Sabemos que muchas de estas actividades implican un cierto riesgo físico, y por información recabada,
conocemos fehacientemente que ante hechos puntuales de emergencias médicas, los espacios municipales no
cuentan con ningún sistema de atención primaria.
La cobertura que se pretende es para aquella que ante una emergencia o urgencia, se requiere la
presencia de una ambulancia con servicio médico, para llevar a cabo la atención primaria, y si fuera necesario,
trasladar al paciente a un centro asistencial local.
Actualmente distintas empresas médicas del medio ofrecen la denominada Cobertura de Área Protegida
que el municipio podrá controlar o llevar adelante con personal propio, de tal modo que le brinde una mayor
seguridad y mejor servicio a todas aquellas personas y/o instituciones que utilicen instalaciones municipales en
la práctica de actividades deportivas y culturales.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Establécese un servicio permanente de atención médica gratuita, para brindar la asistencia
necesaria, emergencia y/o traslado de una persona, en todas las instalaciones deportivas y culturales
dependientes de la Municipalidad de Ushuaia.
Artículo 2º.- Las instalaciones deportivas y culturales que contarán con el citado servicio, son todos
aquellos espacios cerrados o abiertos, propiedad del municipio o contratados, para actividades deportivas o
culturales.
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Los fundamentos de este proyecto que ya ha sido discutido en la comisión de Calidad de
Vida y Turismo, se han leído por Secretaría.
Hoy conversé con la concejal Chapperón para buscar una redacción para el artículo 1º que quedaría
así: “establécese un servicio de atención médica gratuita”, se elimina la palabra “permanente”.
Esta es una herramienta muy importante para todas las personas que realizan deportes y para quienes
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estén en la Casa de la Cultura, que contarán con servicio de atención médica.
Mis asesores han charlado con la gente que trabaja en el área de Deportes, estaban totalmente de
acuerdo con el tema ya que es una herramienta fundamental para los deportistas de nuestra ciudad. Nada más,
señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Para brindar el acompañamiento al proyecto del concejal De Marco creo que en toda actividad
deportiva que realiza al municipio, sobre todo en la órbita del Polideportivo municipal tiene que tener un servicio
médico, para prevenir cualquier tipo de accidente que pueda suceder en el momento.
Desde ya felicito al concejal De Marco por hacerse eco de los problemas sobre todo de las personas
que realizan deporte. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Creo que me adelanté, tenía que esperar la lectura del dictamen de la minoría para luego sí
realizar las modificaciones. Pido disculpas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- En principio agradecer al concejal De Marco que pueda realizar esta modificación que
permitirá, a nuestro bloque, acompañar el proyecto. No será necesario la lectura del dictamen en minoría del
concejal Coria.
Solicito, si es posible, que el artículo 2º diga: “Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar
convenios con el sector público y/o privado para la implementación de lo normado en la presente ordenanza”.
Esto es lo hablábamos recién con el concejal. Es decir, tener personal médico o ambulancias afectadas a todos
los espacios deportivos y culturales de la ciudad, evidentemente, es muy difícil, muy oneroso, además que no
hay ambulancias, ni médicos, para hacerle frente a esto. Lo que puede hacerse es firmar convenios tanto con el
hospital público, como con el sistema de asistencia médica privado que puedan concurrir inmediatamente a
cualquiera de estos espacios, si así se lo requiere.
El municipio tiene seguros en los lugares propios por las contingencias que tengan las personas que allí
están, sean del establecimiento o fuera del él; lo que no tiene es un sistema de emergencia implementado.
Esto, sin duda, sería bueno que a partir de ahora se empiece a trabajar. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Quiero agradecer el acompañamiento del bloque del oficialismo y, no hay ningún
inconveniente en agregar las modificaciones introducidas por la concejal Chapperón.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza con las modificaciones
introducidas por la concejal Chapperón y el concejal De Marco.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
44.- Solicitud de aplicación de ordenanza para el control, limitación y sanción de la
contaminación visual -Se remite a Archivo-
(561/2007, expediente 1262/1998)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de comisión de Calidad de Vida y Turismo.
Aconseja remitir a Archivo el proyecto de ordenanza que instituye el marco para el control, limitación y
sanción de la contaminación visual provocada por el uso y ocupación del suelo y espacio aéreo en la vía
pública.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el dictamen de comisión.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad
Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Simplemente expresar que este asunto se está remitiendo a Archivo pero, con el concejal De
Marco, asumimos el compromiso de elaborar una nueva propuesta porque estos asuntos, como el anterior, el
1645/2006, que hacen a la calidad de vida, en cuanto al impacto ambiental que generan los servicios de tendido
público en general. Gracias.
45.- Asígnase con el nombre “Profesor Alberto Beban” e "Intendente don Vicente Padín
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
Moreira" a canchas Complejo Polideportivo Municipal "Comodoro Augusto Lasserre".
(450/2008, expediente 504/1996 y 451/2008, expediente 504/1996)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen de la comisión de Legislación e Interpretación.
Aconseja aprobar proyecto de minuta de comunicación al Ejecutivo municipal relacionado con el
reconocimiento solicitado por los ex alumnos del Colegio “José Martí” al profesor Alberto Beban.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Señor presidente, solicito la unificación de este asunto con el próximo, porque tratan
sobre el mismo tema; decidimos tratar hoy, con fecha fija, la designación de dos lugares dentro del Polideportivo
-hablo ahora y les prometo que no fundamento más-.
Según nos hizo saber el señor subsecretario del área, están disponibles la cancha 4 y la 2, que aún hoy
no tienen nombre. Si bien en uno de los casos nos pidieron hacer referencia al natatorio, tiene nombre y solo
queda la zona de las calderas o la del vestuario, no existe otra posibilidad; así que intentamos cumplir con lo
que piden los alumnos poniéndole nombre a dos de las canchas del Polideportivo. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Estoy de acuerdo en unificar estos dos asuntos pero me gustaría decir algunas palabras en
lo que corresponde al señor Beban.
Estamos realizando un reconocimiento a uno de los profesores que se ha destacado por haber
dedicado gran parte de su vida a enseñar con verdadera vocación docente en el entonces Colegio Nacional
“José Martí”. Jóvenes de varias generaciones fueron sus alumnos de educación física y muchos hoy recuerdan
que en sus casi 30 años de profesor en ese establecimiento, alentaba con gran entusiasmo a los estudiantes
para competir en los clásicos intercolegiales de aquella época.
Destaco que, en ese momento, yo estaba en la ENET (Escuela Nacional de Educación Técnica), nunca
nos pudieron ganar los del Colegio “José Martí”, pero, bueno…
- Risas.
SR. CÁRDENAS.- Año a año, se disputaban con establecimientos educativos de la ciudad de Ushuaia y de Río
Grande. También recuerdan que Alberto era aquel profesor que sus alumnos elegían, repetidamente, para que
los acompañe en el tradicional viaje de estudios, lo que nos habla a las claras del liderazgo que supo ejercer en
la docencia.
Muchos jóvenes de entonces, hoy adultos, recuerdan como Alberto, más allá de sus responsabilidades
curriculares, les enseñaba deportes sobre hielo en la Bahía de Ushuaia.
Siempre solidario, activo, emprendedor y preocupado por sostener la mejor calidad institucional de su
querido “José Martí”.
Necesitaba expresar la memoria de quien fuera una persona muy reconocida para el Ushuaia de ese
entonces.
- Aplausos.
SR. PRESIDENTE (Ganci).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Como los asuntos están unificados, permítame decir algunas palabras sobre Vicente Padín
Moreira.
También fue un verdadero autodidacta, emprendedor, creativo, trabajador, de convicciones
inclaudicables, hombre valiente que amaba profundamente a su tierra y veló toda su vida por Ushuaia. Llegó a
ser su intendente, recordado con mucho cariño por los vecinos.
Me permito leer unas palabras de Luis Benito Zamora, en su escrito, Tinta de Cuerpo y Alma, al eterno
luchador que fue don Vicente Padín Moreira, para orgullo de su familia y de todos quienes tuvimos el honor de
conocerlo.
“Como el mar, tuvo la inconmensurable edad de la memoria. Como el mar, regó las raíces de esta tierra
y desde el mar se ancló en ella para siempre. Escucharlo, apasionado como siempre, era encontrarse con la
radiante verdad aprisionada en los grandes asuntos interiores; la potencia infinita de la vida.
Parado allí, sobre la costanera de esta Ushuaia, a la que amó profundamente, anduvo por la vida como
dueño de lo que Dios nos presta por un rato: el humo azul de nuestra permanencia.
Se escapaba en la sonrisa, detestaba las frivolidades, se preocupaba simplemente por ser lo que era,
sin reverencias ni genuflexiones.
Así lo conocí a través de algunas charlas, en las que me brindó la generosidad de su memoria. Así quiero
recordarlo ahora que él vio la luz de la mañana, recorriéndose sin deslumbramientos, asombrándose de poder
mirar y de estar vivo”.
Palabras de quien fuera Luis Benito Zamora.
- Aplausos.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1°.- Asígnase con el nombre “Profesor Alberto Beban” a la denominada Cancha 4, ubicada en
las instalaciones del Gimnasio “Profesor Hugo Ítalo Favale”, del Complejo Polideportivo Municipal “Comodoro
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Augusto Lasserre”.
Artículo 2º.- Asígnase con el nombre "Intendente don Vicente Padín Moreira", a la denominada Cancha
2 ubicada en las instalaciones del Gimnasio “José Cochocho Vargas” del Complejo Polideportivo Municipal
"Comodoro Augusto Lasserre".
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área competente, procederá a la
colocación de la cartelería pertinente.
Artículo 4º.- De forma.
Moción de Orden
Cuarto Intermedio
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Solicito un cuarto intermedio.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Quiero darle la bienvenida a la secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad, que es una de
las pocas funcionarias que dedica casi todo el día al compromiso social en el trabajo diario municipal.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción de la concejal Chapperón.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
-Es la hora 15 y 57.
-A la hora 16 y 07:
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se reanuda la sesión.
Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Cuando solicité el cuarto intermedio fue porque teníamos algunas dificultades con la
designación de los nombres. El Polideportivo municipal como mencioné antes, tiene prácticamente ya
asignados nombres a casi todas sus canchas y a su natatorio. Que esté presente un subsecretario anterior
(señor Ponzo), ha allanado el camino porque nos hizo saber que cometíamos un error.
Disculpándonos por el error, no fue nuestra intención, lo que pudimos consensuar es que los salones
del Polideportivo Ítalo Favale: salón A y B puedan llevar los dos nombres que mencionamos, para que puedan
colocarse las plaquetas correspondientes. Se les avisará a los alumnos que lo han solicitado. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza con las modificaciones
introducidas por la concejal Chapperón.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
46.- Excepción a favor de la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia del artículo 5º de
la Ordenanza municipal 2025, modificada por la Ordenanza municipal 2697- En Segunda
Lectura-
(670/2008, expediente 118/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Exceptúase a la Asociación Propietarios de Taxi de Ushuaia, de los alcances del artículo 5º
de la Ordenanza municipal 2025, modificada por la Ordenanza municipal 2697.
Artículo 2º.- Exceptúase a la Asociación Propietarios de Taxi de Ushuaia, del llamado a Concurso
Público de Postulantes establecido en el artículo 32 de la Ordenanza municipal 2025, modificada por la
Ordenanza municipal 2697, para el predio identificado catastralmente como sección G, macizo 9, parcela 5 de
la ciudad de Ushuaia.
Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta a la Asociación
Propietarios de Taxi de Ushuaia, el predio identificado catastralmente como sección G, macizo 9, parcela 5 de
la ciudad de Ushuaia, con destino a la construcción de un quincho, taller mecánico, lavadero de vehículos y
playa de estacionamiento, conforme las prescripciones de la Ordenanza municipal 2025, modificada por la
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Ordenanza municipal 2697.
Artículo 4º.- Lo establecido en el artículo 3º, quedará condicionado a las siguiente obligaciones del
adjudicatario, las que deberán formar parte del Decreto de Adjudicación y de la Escritura Traslativa de Dominio:
a) En la parcela adjudicada sólo podrán realizarse actividades contempladas en los Estatutos de la
Asociación Propietarios de Taxi de Ushuaia;
b) el predio adjudicado no podrá ser objeto de subdivisión;
c) se deberá respetar la prohibición establecida en el artículo 82, inciso 4) de la Constitución Provincial.
Artículo 5º.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente ordenanza
municipal, será causal suficiente para retrotraer el título de propiedad a favor del municipio.
Artículo 6º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza en Segunda Lectura.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza en Segunda Lectura.
47.- Aprobación de convenio entre la Municipalidad y el Club Atlético El Porvenir –En Segunda
Lectura-
(729/2008, expediente 556/2007)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébanse los términos del Convenio N° 4057, de fecha 19 de septiembre de 2007,
mediante el cual la Municipalidad de Ushuaia, representada por el entonces señor intendente municipal,
ingeniero Jorge Alberto Garramuño, cede al Club Atlético “El Porvenir”, representado por los señores José
Hernán Obando y Sergio Fabián Urbani, en carácter de presidente y vicepresidente, respectivamente, la
fracción fiscal individualizada como sección F, macizo 30B, parcela 2, para uso, mantenimiento y administración
del playón deportivo instalado en el sector aludido, que fuera aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante
a través del dictado del Decreto municipal 1234/2007.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza, en Segunda Lectura.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
48.- Autorización para uso de predio a la firma Casino Club S.A. –En Segunda Lectura-
(1372/2008, expediente 137/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase a la firma Casino Club Sociedad Anónima, con domicilio en calle San Martín 638
de esta ciudad, el uso del predio contiguo a la obra ubicada en la sección A, macizo 65, parcela 2A y 3A, por el
plazo de un (1) año, y de acuerdo a lo establecido en el modelo de convenio de permuta a celebrar con el
Departamento Ejecutivo Municipal, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza, en Segunda Lectura.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
Moción
49.- Incorporación de asuntos al Orden del Día
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SR. SECRETARIO (Ganci).- Asuntos para incorporar al Orden del Día.
Asunto 205/2009, expediente 37/2009. Del bloque de la Unión Cívica Radical. Proyecto de resolución
que declara de interés el proyecto de radio del Colegio provincial “José María Sobral”, para su tratamiento sobre
tablas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Solicito que se retire este asunto porque usted presentó un proyecto igual.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Sí, es el mismo.
SR. SECRETARIO (Ganci).- Asunto 206/2009, expediente 39/2009. Proyecto de ordenanza que autoriza al
Ejecutivo municipal a dar de baja del patrimonio cuatro armarios y una computadora para ser donados a la
Escuela Especial N° 1 “Kayú Chenén”, para su tratamiento sobre tablas.
Asunto 204/2009, expediente 38/2009. Del bloque del Frente para la Victoria. Proyecto de minuta de
comunicación dirigido a la empresa de Telefónica de Argentina sobre el reclamo efectuado por la señora Nilda
Brua, para su tratamiento sobre tablas.
Asunto 207/2009, expediente 154/2004. Proyecto en conjunto entre los bloques del Partido Federal
Fueguino y Movimiento Popular Fueguino. Proyecto de resolución que solicita al Ejecutivo municipal informe
sobre antecedentes y/o trabajos realizados en los sectores denominados asentamientos, para su tratamiento
sobre tablas.
Asunto 211/2009, expediente 549/2009. Del bloque del Frente para la Victoria. Proyecto de ordenanza
que fija el precio de venta a la parcela 12, macizo 31 de la sección L, propiedad del señor Gómez, para su
tratamiento sobre tablas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Solicito que el asunto 211/2009, expediente 549/1999, pueda ser girado a la comisión de
Hacienda, Presupuesto y Cuentas para su evaluación.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción presentada por la concejal Chapperón, de
que este asunto sea girado a la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
En consideración del Cuerpo la incorporación de los asuntos mencionados con su correspondiente giro.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
50.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal de colocación de semáforo o reductor de
velocidad en Pontón Río Negro y Gobernador Paz
(259/2009, expediente 115/1997)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Proyectos presentados del bloque de la Unión Cívica Radical.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, estudie la factibilidad de colocar un semáforo
o reductor de velocidad en la intersección de las calles Pontón Río Negro y Gobernador Paz.
Artículo 2°.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
51.- Prohibición de estacionamiento vehicular sobre la margen norte del Pasaje del Indio
(160/2009, expediente 144/1994)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Establécese la prohibición de estacionamiento vehicular sobre la margen Norte del Pasaje
del Indio en toda su extensión, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 16:00 horas.
Artículo 2º.- Establécese el sentido de circulación vehicular de la calle Sargento Bombero Voluntario
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José Miguel Soto desde su intersección con la calle Arturo Coronado hasta su intersección con las calles
Transporte Villarino y Marcos Zar, que será de única mano de Oeste a Este.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá ejecutar las obras necesarias de señalización
vial vertical y horizontal, conforme a lo establecido en la presente ordenanza municipal.
Artículo 4º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Señor presidente, nos parecen muy interesantes estos dos proyectos presentados por el bloque de
la Unión Cívica Radical.
Quiero recordar que por una ordenanza sancionada en la gestión anterior se modificó el sentido de
circulación de sesenta o setenta calles; hoy hay muchas quejas de vecinos de distintos barrios por el sentido de
circulación de algunas calles que no se ajustan a esa ordenanza, será por la situación económica, por falta de
personal o tiempo que no se realizó el trabajo. Por eso pido al bloque oficialista que interceda para que se
pueda cumplir y solucionar en parte para no continuar con las quejas de los vecinos.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Tiene razón el concejal, la ordenanza tiene una prórroga nuestra por trescientos sesenta
y cinco días hábiles, que se dio por el inconveniente que tienen las dos calles más importantes, Kuanip y Doce
de Octubre.
Coincido en que muchas de las cuestiones que estamos poniendo a consideración ahora están en esa
ordenanza, y nuestro compromiso es trasmitirle al Ejecutivo para que se vaya poniendo en vigencia, de a poco,
el resto, excepto estas dos calles que necesitan obras de infraestructura. Lo que solicito es que se sancione
esta, habrá dos, pero se origina un problema en el barrio donde está el edificio municipal, los vecinos se quejan
porque se complicó el tránsito en el barrio con la llegada de la Municipalidad, no hay lugar para estacionar.
-Hablan varios concejales a la vez.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de ordenanza.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
52.- Modificación de la Cláusula 34 del Anexo I de la Ordenanza municipal 2192
(185/2009, expediente 21/1988)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifícase la Cláusula 34 del Anexo I de la Ordenanza Municipal 2192 la que quedará
redactada de la siguiente forma:
“Cláusula 34: Prohíbase la realización de nuevas inhumaciones en el Cementerio ubicado en avenida
Maipú, entre las calles Remolcador Guaraní y Onas, el que se denominará en lo sucesivo “Antiguo Cementerio
Municipal”. Sólo se autorizarán inhumaciones en panteones existentes con anterioridad a la promulgación de la
presente ordenanza, siempre y cuando exista allí espacio vacante y se trate de parientes del titular dentro del
tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad.”
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
53.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para ejecutar obras de señalización según
lo establece la Ordenanza municipal 668 en el pasaje Los Cauquenes y la calle Florentino
Ameghino
(188/2009, expediente 43/1990)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal estudie la factibilidad de ejecutar las obras
necesarias de señalización vial vertical y horizontal conforme a lo establecido en la Ordenanza municipal 668,
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en los lugares que se detallan a continuación:
a)Pasaje Los Cauquenes 1088, frente a la Escuela “Los Calafates”;
b)Florentino Ameghino 541, frente al Jardín Maternal “Rayito de Luz”.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
54.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal remita al Concejo Deliberante el listado
completo de inscriptos en el Registro Único de Demanda Habitacional
(189/2009, expediente 1118/1999)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Reiterar en todos sus términos la Resolución C.D. 320/2008, dada en sesión ordinaria de
fecha 11 de diciembre de 2008, la cual solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que remita a este Concejo
Deliberante el listado completo de los inscriptos en el Registro Único de Demanda Habitacional de forma
prelativa, detallando los datos filiatorios y puntaje de los postulantes en forma grupal de acuerdo al cupo en que
pertenecen cada postulante, conforme a la siguiente distribución relativa para los diferentes segmentos de
demanda como lo estipula la Ordenanza municipal 3178:
a) Familias numerosas, de más de cuatro (4) miembros;
b) familias tipo, de tres (3) a cuatro (4) miembros;
c) matrimonios o concubinos sin hijos;
d) solteros;
e) situaciones especiales (ex combatientes, beneficiarios PAMI o personas con capacidades diferentes);
f) casos de extrema necesidad social - económica - ambiental.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Reiteramos un pedido de informes dado que observamos que se empezó a trabajar en el sector de
Andorra. Ya lo habíamos solicitado el año pasado. La ordenanza establece cuál es el porcentaje para cada
ítem, a efectos de saber quiénes son los primeros preadjudicatarios de tierra queremos tener este listado.
Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- El listado de demanda lo tuvo el Concejo Deliberante porque estuvo publicado acá. No sé
si el concejal Pino se refiere exclusivamente a los 250 preadjudicatarios que el intendente de la ciudad
mencionó el 12 de octubre. De esos 250 preadjudicatarios aún no se terminó el listado definitivo, porque tienen
un plazo de presentación. Hay 6 u 8 que se han dado de baja, porque así lo solicitaron, y hay otros 26 que no
presentaron ninguna documentación, están corriendo los plazos legales para que puedan ser retirados del
listado y, entonces, pueda procederse a la incorporación de los que siguen en el listado para ese cumplimiento.
Probablemente, si nos referimos a este listado, este sea el motivo de la demora, todavía no está confeccionado
el listado definitivo porque está dentro de los plazos previstos para que puedan ser retirados. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Me refiero a estos 250 nombrados en el acto del 12 de octubre por el señor intendente.
Sabemos que hay más de 5.000 inscriptos, por lo menos teniendo el listado de los que tienen familia
numerosa con más de cuatro chicos, quiénes tienen discapacidades diferentes de acuerdo a lo establece la
ordenanza. El municipio debería discriminarlo a medida que se van inscribiendo. Independientemente de esto,
esperamos que nos llegue el listado de estos 250 anunciados. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución que solicita al Ejecutivo
municipal el listado completo de los inscriptos en el Régimen Único de Demanda Habitacional.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, el proyecto de resolución.
55.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre alquiler del local donde
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funciona la oficina de la Dirección de Mediación Municipal
(190/2009, expediente 221/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de solicitarle remita informe a este
Cuerpo Deliberativo, en relación al alquiler del local donde funciona la oficina de la Dirección de Mediación
Municipal, ubicado en la calle Marcos Zar 340, detallando:
a) Si al momento del alquiler del inmueble se encontraba en condiciones de habitabilidad;
b) si se debió refaccionar el inmueble, cuánto tiempo tuvo la refacción del local y monto que demandó;
c) explicar los motivos por los que este local fue inaugurado en el mes de noviembre de 2008 y
ocupado en el mes de febrero de 2009;
d) remitir copia de contratación del inmueble.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Si usted me permite, señor presidente, voy a leer la nota que la señora Gladys Ferraro presentó
ante el Tribunal de Cuentas.
“Dice así: Señores Tribunal de Cuentas. De mi mayor consideración: Me dirijo a ustedes con el objeto
de poner en vuestro conocimiento el presunto perjuicio fiscal en que habrían incurrido las autoridades del
municipio de Ushuaia en el alquiler de un local para el funcionamiento de la Dirección de Mediación Municipal.
Dicho perjuicio estaría dado por cuanto la Municipalidad de Ushuaia alquiló un local en Marcos Zar 340, que no
se encontraba en condiciones para ser habilitado como oficina pública, abonándose el alquiler desde agosto de
2008 y siendo ocupado recién en febrero del corriente año, a pesar de que el señor intendente lo inaugurara
con acto oficial en el mes de noviembre de 2008, ante la presencia de la señora presidenta del Superior
Tribunal de Justicia, doctora María del Carmen Battaini, entre otras autoridades. El perjuicio fiscal quedaría
configurado en el pago improductivo de los alquileres por un lapso prolongado de tiempo, ante la imposibilidad
de dar el uso previsto al lugar arrendado, por la falta de previsión y desidia de las autoridades correspondientes.
Sin otro particular”. Firma Gladyz Ferraro.
Esta nota fue presentada ante el Tribunal de Cuentas el 6 de marzo de 2009.
Es la primera vez que un personal de planta permanente municipal hace una presentación ante el
Tribunal de Cuentas, hablando sobre perjuicio fiscal que sorprende.
Más allá de lo que nos pueda responder el municipio, hemos realizado este pedido de informes para
que el Concejo tenga las contestaciones del municipio al Tribunal del Cuentas que acompañarán la respuesta al
pedido de informes. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Se encuentra en la sala la señora secretaria del área, que vino a dar explicaciones, por lo
que solicito si puede ingresar y ocupar una banca. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- Más allá de escuchar a la secretaria de Desarrollo me gustaría escuchar a las partes intervinientes,
en este caso tuvo participación el Tribunal de Cuentas, el área legal del municipio, sobre todo el escribano,
porque si hubo actuaciones del municipio habrán participado. Escuchamos a la secretaria ahora o cuando estén
todas las partes intervinientes.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- No tengo problemas en escuchar a la secretaria de Desarrollo, pero me gustaría contar con
un informe pormenorizado del Ejecutivo municipal en cuanto a la denuncia presentada, un documento donde
ratifique si esta denuncia tiene sustento y por qué el local que alquiló todavía no está en uso.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Como ya aprobamos la autorización para que la secretaria haga uso de la palabra, sería
conveniente invitarla a que pase.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Sí, ya se aprobó.
Invito a la señora a ocupar una banca.
-La señora Carla Fulgenzi ocupa una banca.
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SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Buenas tardes, señor presidente y concejales.
En principio quiero decirle al concejal Pino y al concejal Cárdenas que, como corresponde, el pedido de
informes se responderá de la manera pertinente, que es por escrito, dando respuesta a todos los requerimientos
que allí se plantean.
En principio tengo que decir que bajo ningún punto de vista se considera que se haya incurrido en algún
perjuicio fiscal para el Ejecutivo municipal, de todos modos esto lo determinará el organismo competente; el
Tribunal de Cuentas está actuando. El día que hubo reunión de Labor Parlamentaria, me presenté
informalmente, en uso de las facultades que me son permitidas, a través de las normativas correspondientes;
hoy lo hago formalmente en sesión, para dar respuesta a cualquier inquietud que tengan más allá de lo que
plantea el concejal Pino en su pedido de informes.
Quiero manifestar que no hubo perjuicio fiscal, que este inmueble efectivamente fue alquilado por la
Municipalidad de Ushuaia desde el mes de agosto, y está en
funcionamiento desde ese momento. Efectivamente la
inauguración fue realizada en el mes de noviembre y, quien
por entonces era directora del Área de Mediación Vecinal
estuvo presente y conforme con lo que se estaba realizando
allí.
Respecto al primer punto que plantea el concejal
Pino, si al ser alquilado el inmueble estaba en condiciones de
habitabilidad, debo manifestarle que la respuesta es sí. Esto
se informará a través de los medios que corresponden. Sí se
indicó, desde el área de Obras Particulares, que debía
realizarse una modificación a la escalera de este inmueble;
cosa que se hizo.
Quiero señalar además, que mi intención era
acercarles el expediente que se generó a partir del alquiler de
este inmueble pero, fue requerido por el Tribunal de Cuentas
y está allí. Quise traerlo porque la persona que ocupaba esta
Dirección prefirió, optó, ante intentos fallidos de parte de esta Secretaría, de ofrecer distintos inmuebles; se
decidió acompañarla en la búsqueda del inmueble apropiado eligiendo el actual, según los requerimientos
técnicos necesarios basado en bibliografía que ella aportó, que estimó necesarios para que la actividad de
mediación se desarrolle en un marco de paz y armonía, y que esta técnica de resolución alternativa de
conflictos no se viera obstaculizada por algún factor que generara el propio inmueble como falta de claridad,
color de pintura de las paredes, disposición de los sanitarios; en fin estos son algunos de los motivos por los
cuales se decidió iniciar la búsqueda en forma conjunta con la ex directora del área; ella eligió este local, y
podrá dar testimonio de esto si algunos organismos competentes lo estiman necesario.
El propio titular del inmueble fue quien inició las primeras conversaciones con la ex directora.
Otro de los puntos del pedido de informes del señor concejal ¿refiere a un monto...?
SR. DE MARCO.- Si se debió refaccionar el inmueble.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- El inmueble se debió refaccionar tal como
comenté en reunión de Labor Parlamentaria donde los concejales tuvieron el gesto de escucharme. Se debió
refaccionar la escalera.
El concejal Pino en esa oportunidad me preguntó respecto al monto. Ofrecí responderle en ese
momento cuál era la cifra. En su momento el concejal manifestaba 15 mil pesos; esto distaba mucho de lo que
en realidad se pagó.
Sí creo que la información que tal vez le llegó a usted concejal, corresponde a un expediente en forma
global, donde se desglosa el pago de la escalera y otros arreglos que tienen que ver con la Secretaría de
Promoción, Desarrollo Social y Derechos Humanos, entre ellos el Paseo de los Artesanos. El expediente en su
total, llega a la cifra de 11.250 pesos pero, no es lo de la escalera. Desglosado, el valor de la escalera es de
4.500 pesos bajo todo concepto: material, mano de obra y colocación.
SR. CÁRDENAS.- ¿Esto lo paga el municipio?
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Esto lo paga el municipio, sí.
-Los señores concejales dialogan con la funcionaria.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Si van a hacer una locación para un uso, en este caso, oficina para la Administración
Pública, ¿no debieron tener en cuenta el certificado de aptitud técnica para el uso previsto para Administración
Pública? Sino luego hay que hacer reparaciones que le demandarán al municipio una erogación.
–El concejal y la funcionaria dialogan sin pedir la palabra.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Las áreas técnicas son las que darán respuesta
desde el punto de vista técnico a lo que está planteando el concejal. Lo que sí le puedo decir es que el monto
promedio para alquilar el inmueble, atento al presupuesto que se tenía y lo presupuestado para el año 2009, era
accesible, sumamente accesible, lo verán cuando llegue mayor información, el monto del alquiler es de 2.500
pesos, y no se dio bajo ningún punto de vista que una erogación por única vez, de 4.500 pesos generara
perjuicio alguno siendo que ese era el inmueble que, la por entonces directora de Mediación, había elegido. Lo
que se hizo fue dar respuesta a su requerimiento y tratar de satisfacer las necesidades de un área que, desde el
punto de vista del funcionamiento, tiene un alto nivel de complejidad. No quiero efectuar consideraciones
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subjetivas, pero...
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Lo presento desde otro punto de vista. Si quiero hacer un contrato de locación de inmueble
para un uso determinado, en este caso, oficina para Administración Pública previamente debo contar con lo que
dicta la norma: informe final de bomberos, Ordenanza 2141, certificado de aptitud técnica... para que todas las
áreas técnicas den el okey sobre el cumplimiento de las normativas.
De todas maneras, no creo que la directora haya firmado el contrato de locación de inmueble, ¿quién lo
hizo?
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- No, no lo firmó la directora, lo firmó el Ejecutivo
municipal. A los contratos los firma el intendente, previo paso por Asesoría Letrada. Las áreas técnicas han
intervenido.
De todos modos, si hubiera sabido que se me iba a preguntar sobre cuestiones técnicas... Vine a
explicar lo que solicitó el concejal por el pedido de informes.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Le agradezco a la secretaria que se haya hecho presente. Por otro lado hay un dato que no es
menor, que el expediente está en el Tribunal de Cuentas.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Sí, entiendo que es lo que tiene que hacer este
organismo de control, llega una denuncia y tiene que pedir al organismo denunciado los instrumentos que
necesita para evaluar la situación.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Más allá de eso, reitero, no es un tema menor, es la primera vez que yo veo que un personal de
planta permanente haya hecho una presentación al Tribunal de Cuentas. Más allá de la explicación que le dé al
Concejo Deliberante, el Ejecutivo municipal va a contestar al Tribunal de Cuentas.
La secretaria dijo que esto tuvo utilidad desde el mes de agosto a la fecha, no se dejó de usar.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Sí, concejal.
SR. PINO.- La verdad es que difiere mucho de la denuncia presentada ante el Tribunal de Cuentas, por lo
menos por la información extraoficial que tenemos.
¿En algún momento estuvo cerrado este local?
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- El local se abre todos los días, concejal.
Yo quiero ponerlos al tanto de otras situaciones que traje, por si acaso se generaba esta situación. Pero
quiero decirles que para lograr que la documentación de la ex directora de Mediación llegara a la actual sede de
la Dirección de Relaciones Vecinales y Asuntos Jurídicos hubieron distintas intervenciones hasta llegar con el
escribano -acá hay dos actas labradas- a pedir que por favor entregara la documentación que ella tenía sin
ningún amparo ni autorización ni normativa que alcanzara, en su domicilio particular; o sea, que esto haya
ocurrido no es vinculante con la presencia, inclusive, no solo de la subsecretaria, sino mía, en el área, hasta el
día de hoy, ¡hasta el día de hoy!
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Señora secretaria, a su entender, ¿cuáles son los motivos por los que una ex funcionaria de
esta gestión haya realizado esta denuncia?, ¿a la denuncia la hizo mientras era funcionaria o después?
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Los motivos: en octubre del año pasado se
comenzó a hacer un trabajo en conjunto con el Superior Tribunal de Justicia; ustedes saben que allí se forman
mediadores, con una entidad profesionalizada en formación de mediadores vecinales. Esa entidad es Libra. Se
comenzaron a dar charlas para poder avanzar en técnicas de prevención de conflictos, dentro de la resolución
alternativa de conflictos la mediación es una última instancia, se interviene cuando el conflicto sí está instalado.
En noviembre se recibe una nota del Colegio Público de Abogados manifestando, entre otras
cuestiones, su inquietud por el ejercicio de la mediación por parte de personas que no tuvieran título de grado,
concretamente que no fueran abogados. A partir de allí, se comenzó a trabajar en la nueva figura que es la que
actualmente existe, que es el director de Relaciones Vecinales y Asuntos Jurídicos.
Respecto de las motivaciones es algo muy subjetivo, lo que tengo que decir es que este inmueble...,
más allá de lo que plantea el concejal, que será respondido, y será el organismo competente el que dictamine si
hubo o no perjuicio fiscal; yo, desde el Ejecutivo municipal, debo decir que no porque allí hubo actividad en todo
momento. Es muy subjetivo.
Lo que sí tengo que decir es que no hubo ningún problema hasta que la directora, ex directora, bueno,
no ocupó más la Dirección a partir de estos nuevos lineamientos, de la modificatoria de la reglamentación de la
ordenanza, y que se avanza en un sentido que tiene que ver con la profesionalización, trabajar no solo en
mediación e intervenir cuando está el conflicto, sino en prevención del conflicto. Por eso se cambia la
denominación y se crea la Dirección de Relaciones Vecinales y Asuntos Jurídicos.
No sé si esto satisface su respuesta, trato de ser objetiva.
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Quiero hacerle una pregunta a la señora secretaria, ¿en qué momento, en qué fecha, fue
apartada de su cargo de directora la señora Gladys Ferraro? Porque, la verdad, más allá del pedido de informe
que en su momento será contestado y está interviniendo el Tribunal de Cuentas, yo recuerdo cuando
inaugurábamos la casa de Mediación, las manifestaciones públicas que hacía en ese momento la señora
Ferraro, muy contenta por haber logrado el lugar que ella misma buscó, acondicionado de la manera en que ella
decidió que debía hacerse. Como decía usted, hasta el color de las cortinas tenían que ver con la mediación en
ese momento.
De hecho, recuerdo haberla acompañado a la señora Gladys Ferraro ni bien iniciamos la gestión para
que ella pudiera ocupar el predio de la calle San Martín, donde hoy funciona la Casa de la Juventud; era un
lugar disponible, había cuatro oficinas, la acompañé para que pudiera hacer uso de ese lugar pero, manifestó
que ese lugar no era el apropiado según ella. ¿En que momento dejó de ser directora y, en que momento se
suscita esta denuncia?
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Fue casi simultáneamente, a los pocos días. La
verdad que conozco recién la denuncia, cuando el concejal la lee. El otro día usted me la facilitó para que la
leyera. La verdad que no es algo que no sea de interés para el Ejecutivo pero, no me pareció oportuno tomar
nota de la denuncia en ese momento. Fue a los días. O sea, esta situación se suscita cuando la ex directora es
separada del cargo de directora, valga la redundancia, en ese momento formula la denuncia.
Es cierto lo que manifiesta la concejal Chapperón, que la señora Ferraro efectuó declaraciones en los
medios, esto fue público, inclusive hubo una tendencia marcada en que esta Dirección, a pesar de haber
alquilado el inmueble que ella eligió, siguiera funcionando en su domicilio. Estando alquilado este edificio, ella
realizó un curso de capacitación, sin ninguna autorización, en su domicilio y esto generó alguna actuación.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- De acuerdo a lo que manifiesta la secretaria de Desarrollo, la señora Ferraro realizó trabajos en su
domicilio, después tuvo que actuar el escribano para recuperar las actas.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Si ustedes me permiten leo los testimonios del
escribano, al menos, uno de ellos para que ustedes puedan dimensionar cuál fue la situación.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Luna.
SR. LUNA.- En la charla nos falta gente involucrada. Por eso manifesté al inicio que me interesaba tener una
conversación con el escribano y con el asesor legal del municipio, más allá de sumar la opinión de la señora
Fulgenzi, a quien solicito nos deje la información con la que cuenta en su poder.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Dejo en Presidencia los dos testimonios del
escribano, porque aún habiendo elegido el inmueble que ella consideró apropiado para realizar su actividad, se
llegó a la instancia de tener que concurrir con un escribano para que entregara la documentación de la
Dirección. Insisto, un área con un alto nivel de complejidad.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Yo hago una discriminación. Lo pertinente al empleado municipal, porque a la directora o ex
directora, le corresponderán sanciones y demás cuestiones dentro de la Administración Pública. Creo que acá
no estamos entrando en la denuncia en sí misma. Trato de separar las responsabilidades que le pueden llegar
a caber a la empleada municipal en su accionar y en su forma, con sanciones, con instrumentos que decida el
Ejecutivo municipal; eso es una cosa. Porque me parece que estamos mezclando, que eligió el color de las
cortinas, la pintura, bueno, bienvenido sea... Al instrumento de locación del inmueble lo firmó el secretario del
área o el intendente mismo. Es decir, un director o un empleado puede pedir determinadas cosas pero no tiene
la decisión final con el instrumento que corresponde, locación de inmueble o algo por el estilo.
Deberíamos centrarnos exclusivamente...
-Interrumpe la señora secretaria.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Tengo que negarlo, concejal. ¡Tengo que
negarlo! Lo dije al principio. Porque sea la subsecretaria o, en mi caso, desde el mes de diciembre, en carácter
de secretaria, hemos estado en la sede de Relaciones Vecinales, buscando documentación, recabando
información de vecinos que se han acercado, ha ido la gente de limpieza rigurosamente, todos los días, ¡que no
haya estado la ex directora es un tema aparte!, ¡que no haya estado la documentación de la Dirección, como
usted bien dice, es un tema aparte! ¡Definitivamente tengo que negarlo porque es un tema del que me he
ocupado!
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Me parece que se debe agregar un inciso a este pedido de informes. Adhiero a lo que decía el
concejal Cárdenas, de separar situaciones, decir que la ex directora, la cortina, la pintura..., en definitiva hay
responsables. ¡Hay una denuncia! ¿Dónde funcionaba la Dirección?, ¿dónde funcionaba! Quien estaba a cargo
de esta Dirección ha sido designada por alguien: por un secretario, por un subsecretario, por algún director
general, o el propio intendente.
Quiero separar esta situación.
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
La documentación la tenía la directora, ¿dónde funcionaba la Dirección?
Para clarificar, estamos haciendo un pedido de informes porque no tenemos ninguna documentación
más que la denuncia hecha en el Tribunal de Cuentas, al margen debo reconocer que la secretaria vino y
explicó algunas situaciones. No tenemos documentación oficial de la Municipalidad.
Reitero, no es una situación común, por primera vez hay una denuncia en el Tribunal de Cuentas por
parte de un empleado municipal.
Esperaremos la respuesta del Ejecutivo municipal, estudiaremos lo que conteste el Tribunal de Cuentas
y luego analizaremos.
Como dice el concejal, ¡alquilar primero y después hacer las refacciones...!
Le agradezco a la secretaria que haya venido. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- A ver, hay cuestiones que la secretaria no tiene por qué conocer porque no son de esta
gestión, que nosotros, con el intendente y con el concejal Pino, sí conocemos porque este cargo viene de la
gestión anterior. ¿Dónde funcionaba?: en Desarrollo Social.
Cuando asume esta gestión, la señora, que prestaba servicios en el área de Desarrollo Social inicia
esta situación de querer tener un lugar privado por la actividad que desarrolla. Esta Dirección tiene una
particularidad, que la desarrolla una sola persona, en este caso, la directora llevaba adelante las mediaciones,
¿dónde?: en Desarrollo Social...
-La señora secretaria interrumpe.
SRA. CHAPPERÓN.- En el mismísimo escritorio de la señora subsecretaria de Desarrollo Social estaba
instalada la señora que llevaba adelante la Dirección, por eso se entendió razonable conseguir un lugar porque
mediaba entre vecinos, tenía que tener algún espacio donde se sienten dos personas para mediar.
Más allá de que esto será contestado, y que el concejal está en todo su derecho en pedir esta
información, la única persona que tenía que estar ahí era la mediadora con las personas con las que tenía que
mediar. Para esto se alquiló el lugar, que era el adecuado; Obras Privadas intervino, dijo que era el adecuado,
había que hacer una modificación a una escalera para poder utilizar la planta alta y la baja. La planta baja se
pudo utilizar siempre, la alta después de la modificación de la escalera.
Todo esto que aporta la señora secretaria, las actas del escribano, son porque después no usaba el
lugar porque no estaba conforme, entonces, tenía la documentación en su casa. La documentación implicaba el
trabajo. El trabajo no se llevaba adelante en el inmueble que se alquiló para que llevara adelante un trabajo.
Hoy, obviamente, el inmueble está ocupado por la gente que realiza el trabajo.
Coincido que todo esto será motivo de ser contestado. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Señores concejales, ya tenemos un panorama, podríamos dar por terminada esta
etapa, le estamos exigiendo mucha información a la señora secretaria que vendrá, seguramente, cuando
contesten el informe.
SRA. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL (Fulgenzi).- Bueno, gracias. Les dejo las actas del escribano.
-La señora secretaria entrega unas hojas al señor secretario y se retira.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Solicito agregar un inciso al pedido de informe que diga: “indicar dónde funcionaba la Dirección de
Mediación Comunitaria con anterioridad”. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de resolución con la modificación introducida por el
concejal Pino.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Moción de Orden
56.- Suspensión por noventa días de la remisión de los fondos previstos en la Ordenanza
municipal 2553 – Se gira a la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas-
(191/2009, expediente 41/2003)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Suspéndase por el término de noventa (90) días la remisión de los fondos previstos en la
Ordenanza municipal 2553.
Artículo 2º.- La totalidad de los fondos mencionados en el artículo anterior, deberán ser reintegrados en
un plazo máximo de ciento ochenta (180) días, sin ajuste de ninguna característica.
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Artículo 3º.- Por razones de urgencia, se podrá extender el plazo de devolución de los fondos por
noventa (90) días sin adicionales.
Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar al Concejo Deliberante, del 5 al 15 de
cada mes, la ejecución del presupuesto financiero, en el cual se deberá detallar: ejecución completa de todos
los ítem presupuestarios, tanto de gastos como de ingresos, y los saldos bancarios de las cuentas municipales.
Artículo 5º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Si bien es un proyecto del concejal Pino, tiene que ver con la charla mantenida con el
intendente; bueno el concejal presentó un proyecto de ordenanza.
Todavía no tuvimos la reunión con el área de Economía del municipio para contar con toda la
información del Presupuesto municipal, no solo con la posible suspensión o la no remisión de las cuentas del
Concejo Deliberante. Antes de aprobar este proyecto de ordenanza deberíamos contar con toda la información
de más de los doscientos sesenta millones de pesos que están destinados al Presupuesto municipal, para ver
cómo el Ejecutivo municipal va a llevar adelante la reducción o el ahorro financiero, gastar menos recursos por
la crisis que vivimos.
Por eso solicito que este asunto pase a la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Creo que este asunto, respetando al concejal Pino creo que es un gesto que hace el
Concejo Deliberante. Creo que el Ejecutivo municipal tiene el noventa por ciento de los recursos por los
servicios que brinda, deberíamos contar con la información acabada sobre cuáles son los planes de
contingencia que va a llevar adelante, y contar con la información adecuada para poder llevar adelante todas
las obligaciones que tiene el municipio seguramente en un contexto de dimensión de cuántos son los recursos
que mermaron en materia de coparticipación y todas las cuestiones técnicas que permitan tomar conocimiento
de la situación o, por lo menos, dimensionar en qué condiciones económicas se encuentra la Administración
municipal.
Me parece que es necesario que justamente la cartera que tiene el mayor presupuesto nos explique
todo lo que tiene que ver en materia de contención del gasto.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- La verdad ¡qué lástima, no? porque el concejal Pino había demostrado un gesto con este
proyecto de ordenanza, además, permitiendo que hoy se tratara. Es una lástima que el concejal De Marco haya
pedido que vuelva a comisión porque una cosa no quita la otra: solicitar informes al Ejecutivo municipal sobre
cómo se ejecutará el gasto del presupuesto, no quita que el Concejo Deliberante tenga el gesto también, de
manifestarse respecto a los ahorros, y en este marco nos manejábamos en la reunión que mantuvimos con el
intendente. Por eso, qué lástima que no podamos votar el proyecto de ordenanza que propuso el concejal Pino,
pero sin ninguna duda nuestro bloque acompañará el pase a comisión. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Este proyecto surge de una reunión mantenida con el señor intendente, y además de esto un cruce
en cuanto a los fondos del Concejo Deliberante. La verdad debo pedir disculpas a algunos concejales, quizá no
cuente con la información del Concejo Deliberante porque, en lo personal, mantuve una reunión con un sector
del personal del Concejo del área contable y, con alguna sorpresa, porque que el Concejo Deliberante tenga
capacidad de ahorro...
Aquí quiero recordar que en el año 2005, por los fondos que ingresaban al Concejo Deliberante se hizo
la apertura de cuentas bancarias lo que permitió que se genere un ahorro de más de un millón seiscientos,
destinados a la construcción de la sede del Concejo Deliberante.
Independientemente de esto, los ingresos mensuales del Concejo Deliberante rondan los doscientos mil
pesos mensuales, una suspensión de estas características, estimativamente alrededor de seiscientos mil pesos,
que puede colaborarse desde el Concejo Deliberante a la Municipalidad de Ushuaia. Sería inédito, quedaría
reflejado que es la primera vez en la historia de Tierra del Fuego -y me tomé el atrevimiento de ver en la ciudad
de Río Grande, en el Concejo de Tolhuin, en este Concejo Deliberante- que el Departamento Ejecutivo
municipal, si esto se aprobara, se transformaría en deudor del Concejo Deliberante.
Con el fin de aportar a las declaraciones que hizo el señor intendente sobre la crisis económica en los
niveles mundial, nacional y provincial, que se va a trasladando; lo dije desde un primer momento que no
tenemos inconveniente, de hecho, tengo que pedir también disculpas a los empleados del Concejo Deliberante
porque fue un proyecto que surgió de un momento a otro, ni siquiera tuve la posibilidad de hablar con el resto
del personal.
Pero el Concejo Deliberante tiene una capacidad de ahorro, sería interesante que también la tuviera el
municipio, que tengamos sobre la mesa cuál es la situación contable de la Municipalidad, porque se le pide al
Concejo Deliberante pero no se muestra lo de la Municipalidad. Sería interesante que el Concejo Deliberante
cuente con esa información, amén de que las últimas informaciones que tuvimos, y tengo que destacar que en
la sesión anterior cuando quise hacer un informe respecto a la situación contable del municipio, me reflejaron
una contestación que había allá por el mes de octubre, pero no tuvimos la información de este último tiempo. De
hecho se aprobó un pedido de informes de estas características. Entendemos lo que quiere el municipio.
Voy a utilizar un término del concejal Cárdenas que dice: “Con un Geniol no se cura una enfermedad
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terminal”, esto es lo que estaría haciendo el Concejo Deliberante en el caso de que se aprobara. Vemos que
hay otros gastos, recién discutimos estos alquileres que hizo la Municipalidad, esta denuncia, no vemos obras,
no vemos muchas cosas en la ciudad, y nos preocupa cuando hablamos de la situación financiera del
municipio, esta crisis que parece que “afecta a todos” y tenemos que pedir ayuda.
Esa ayuda que se le pide al Concejo Deliberante es una propuesta que se puede valorar, o no, pero si
el municipio necesita ayuda en la capacidad de ahorro, necesita ayuda económica, el Concejo estaría en
condiciones de discutir esta situación y poder ayudar al intendente que en este último tiempo reflejó muy bien la
situación económica.
Señor presidente, recientemente se aprobó un decreto por el cual el 30% va destinado a la Provincia,
tiene que ver con el fondo de la soja, que ingresaría a la Provincia, de acuerdo a lo que algunos economistas de
la Provincia y del municipio estimaron, alrededor de 70.000.000 de pesos, lo cual se va a distribuir por goteo a
los municipios porque es un ingreso nacional, ingresos mucho mayores que con los que pueda colaborar el
Concejo Deliberante.
Más allá de esta discusión que establecemos y se transforma en mediática, en esta oportunidad hay
que sincerar las cuentas del Estado municipal. Así como hemos sincerado las cuentas del Concejo Deliberante,
se pueden sincerar las cuentas de la Municipalidad porque, en su momento hablábamos de que había
25.000.000 de pesos de superávit y el otro día nos enteramos que quedan 4.000.000 de pesos depositados lo
que nos preocupó muchísimo, que solo hayan 4.000.000 de pesos depositados en una cuenta bancaria. Esto es
una información extraoficial, se dijo en una mesa, no hay ninguna información concreta.
Me gustaría saber cuáles son las cuentas bancarias que tiene el municipio -si las tiene en Banco
Cabildo, en Banco Nación o dónde los tuviera-. Cuál es el monto de cada una y el ingreso de coparticipación al
municipio, porque se dice que disminuyó –que puede ser así- pero también hay una deuda del Estado
provincial, pero desde el municipio se hace un convenio con la Provincia donde no se reclaman intereses. Hay
una serie de factores para analizar y esa información tiene que llegar al Concejo Deliberante.
Señor presidente, no tengo problemas en si esto se aprueba hoy o va a comisión, lo que queremos es
que el Ejecutivo municipal envíe los estados contables al Concejo Deliberante. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la remisión del proyecto de ordenanza a la comisión de Hacienda,
Presupuesto y Cuentas.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
57.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque cartel vial de Ceda el
Paso
(176/2009, expediente 115/1997)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Proyecto presentado del bloque del Movimiento Popular Fueguino.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través del área correspondiente, proceda
a la colocación de un (1) cartel vial de Ceda el Paso, en la intersección de las calles Provincia Grande y Doce
de Octubre de nuestra ciudad.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de resolución.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
58.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque semáforos -Se remite a
Archivo-
(177/2009, expediente 115/1997)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través del área correspondiente,
contemple la posibilidad de:
a) Colocar semáforos en la intersección de las calles Juan Domingo Perón y Fuegia Basket;
b) demarcar las sendas peatonales correspondientes.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Señor presidente, este mismo proyecto con algunas diferencias, fue presentado por el bloque
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
de la Unión Cívica Radical por lo que solicito que se envíe a Archivo.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar la moción de enviar el proyecto a Archivo.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
59.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque cartel de Ceda el Paso
(178/2009, expediente 33/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través del área correspondiente, proceda
a la colocación de un (1) cartel vial de Ceda el Paso, en la intersección de las calles Lapataia e Indios Yámanas
del barrio Gaucho Rivero de nuestra ciudad.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de resolución.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
60.- Sustitución de los artículos 1º y 4º de la Ordenanza municipal 3470
(179/2009, expediente 613/1998)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 1º de la Ordenanza municipal 3470, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 1º.- Establécese la obligatoriedad de colocar cámaras de captación de imágenes en las
confiterías bailables.”
Artículo 2º.- Sustitúyase el artículo 4º de la Ordenanza municipal 3470, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 4º.- Las confiterías bailables no podrán iniciar su actividad programada sin que los sistemas
estén en funcionamiento. En caso de que los sistemas dejen de funcionar durante el transcurso de la actividad,
los responsables están obligados a labrar un acta e informar a la autoridad competente.”
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de ordenanza.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
61.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que coloque semáforos y demarque
sendas peatonales
(180/2009, expediente 115/1997)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través del área correspondiente,
contemple la posibilidad de:
a) Colocar semáforos en la intersección de las calles Juan Domingo Perón y Fuegia Básquet;
b) demarcar las sendas peatonales correspondientes.
Artículo 2º.- De forma.
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
62.- Prohibición de denominar calles, edificios, lugares públicos, eventos culturales, artísticos
y deportivos con nombres de personas que estuvieran procesados o condenados por
crímenes de lasa humanidad
(184/2009, expediente 128/1984)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Prohíbase en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, la denominación de calles, edificios,
lugares públicos, eventos culturales, artísticos y/o deportivos (o de cualquier naturaleza), con nombres de
personas que hayan estado o estuvieran procesados y/o condenados por crímenes de lesa humanidad y/o
genocidios.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a realizar un relevamiento, a través del
área correspondiente, a efectos de detectar denominaciones que no se adecuen a la presente, con la finalidad
de informar al Concejo Deliberante para proceder a su modificación.
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
63.- Designación de representantes del Concejo Deliberante en el Consejo Técnico del
Presupuesto Participativo
(149/2009, expediente 115/2002)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1º.- Designar, en cumplimiento a la Cláusula Transitoria Primera de la Ordenanza municipal
3352, a la señorita María Fernanda Nacano del bloque de la Unión Cívica Radical, al señor Hugo Ponzo del
bloque del Movimiento Popular Fueguino, al señor Eduardo Nicolai del bloque de Afirmación por una República
Igualitaria, al señor Aníbal Lobasso del bloque del Partido Federal Fueguino, y al señor Jorge López del bloque
del Frente para la Victoria, como representantes del Concejo Deliberante en el Consejo Técnico del
Presupuesto Participativo.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de decreto.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
- La concejal Chapperón se retira del recinto.
64.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras
Públicas la colocación de un cartel en la intersección de avenida Magallanes y Veinticinco de
Mayo
(165/2009, expediente 108/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que se contemple la posibilidad de incluir en
el Plan de Obras Públicas, la colocación de un (1) cartel de Ceda el Paso, en la intersección de la avenida
Hernando de Magallanes y la calle Veinticinco de Mayo, sobre la segunda de las arterias mencionadas.
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Artículo 2º.- De forma
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia de la concejal Chapperón.
65.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras
Públicas el relevamiento, reparación y construcción de garitas
(166/2009, expediente 237/1990)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que realice un relevamiento de las garitas
existentes y la situación en que se encuentran las mismas.
Artículo 2º.- Incluir en el Plan de Obras Públicas la reparación de las mismas y la construcción de
nuevas, en función de los recorridos existentes.
Artículo 3º.- Se estudie la posibilidad de iniciar una agresiva campaña con la finalidad de crear
conciencia en la comunidad, sobre la necesidad de cuidar el estado de las garitas ya que deben considerarse
un bien público.
Artículo 4º.- Analizar la posibilidad de entregar a escuelas y/o empresas, el padrinazgo y cuidado de las
garitas.
Artículo 5º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia de la concejal Chapperón.
66.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras
Públicas mejoras en la plaza ubicada en la calle Rivadavia perteneciente al barrio Juan
Domingo Perón
(167/2009, expediente 519/2004)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de incluir en el Plan de
Obras Públicas, la realización de una serie de mejoras en la plaza ubicada en la calle Rivadavia, del barrio Juan
Domingo Perón, las cuales se detallan a continuación:
a) Colocación del alambrado perimetral;
b) construcción y colocación de bancos;
c) construcción y colocación de cestos para basura;
d) colocación de luminarias;
e) reparación y colocación de nuevos juegos;
f) parquización del lugar.
Artículo 2º.- De forma.
-La concejal Chapperón ingresa al recinto.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
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67.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que incluya en el Plan de Obras
Públicas obras correspondientes en el barrio La Cantera
(168/2009, expediente 456/2005)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que se contemple la posibilidad de incluir en
el Plan de Obras Públicas, las obras que se detallan a continuación pertenecientes al barrio La Cantera:
a) La colocación del sistema de iluminación perimetral en la cancha de césped sintético ubicada en la
calle Soldado Sevilla entre las calles Soldado Águila y Soberanía Nacional.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
68.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre la empresa TAILEM – Se
remite a Archivo
(169/2009, expediente 237/1990)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- Solicitar al Departamento…
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Este proyecto de resolución ya se mandó por comisión de Hacienda, Presupuesto y
Cuentas.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- ¿A cuál se refiere concejal?, ¿al 169?
Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- El asunto 169/2009, este mismo proyecto, formalmente, se remitió desde la comisión de
Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Este asunto se remite…
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la remisión a Archivo del asunto 169/2009.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
69.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para incluir en el Plan de Obras Públicas, la
realización de mejoras en la plaza del barrio Kaupén
(170/2009, expediente 152/2008)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de incluir en el Plan de
Obras Públicas, la realización de una serie de mejoras en la plaza ubicada en la calle Yowen y Cilawaia del
barrio Kaupén, las cuales se detallan a continuación:
a) Colocación del alambrado perimetral;
b) construcción y colocación de bancos;
c) construcción y colocación de cestos para basura;
d) colocación de las luminarias existentes;
e) reparación y colocación de nuevos juegos.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
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Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
70.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para incluir en el Plan de Obras Públicas, la
realización de mejoras en la calle Jorge Cafrune
(171/2009, expediente 145/1997)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de incluir en el Plan de
Obras Públicas, las obras que se detallan a continuación:
a) Construcción de cordón cuneta en la calle Jorge Cafrune;
b) asfaltar la arteria mencionada en el punto anterior.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
71.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para incluir en el Plan de Obras Públicas, la
colocación de un reductor de velocidad en calle Tolhuin
(172/2009, expediente 32/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de incluir en el Plan de
Obras Públicas, la colocación de un reductor de velocidad en la calle Tolhuin entre las calles Kuanip y Puerto
Español.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución leído por Secretaría.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
72.- Solicitud a la Dirección Provincial de Energía para que proceda a la reubicación de postes
de luz
(173/2009, expediente 34/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN
Por la presente nos dirigimos al señor presidente de la Dirección Provincial de Energía, arquitecto
Leonardo Luis Lupiano, en relación de haberse recibido, en el ámbito del Concejo Deliberante, inquietudes de
los vecinos del barrio Mirador del Beagle y Judiciales. Estas quejas refieren a postes de tendido eléctrico que se
encuentran obstruyendo el paso en la calle Las Prímulas Oeste, al 200 de esta arteria.
En virtud a lo expuesto, y a los efectos de asegurar la transitabilidad y los derechos de los vecinos, es
que este Cuerpo vería con agrado que se proceda a la reubicación de los postes enunciados.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de minuta de comunicación.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
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Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
73.- Manifestación del concejal Cárdenas sobre los proyectos de su autoría
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Los proyectos de resolución leídos hasta acá corresponden a trabajos de barrios, a las
carencias que surgen en cada lugar de la ciudad.
Necesito expresar algunas cuestiones que hacen a la labor que cabe al ocupar esta banca. Con esta
premisa, tanto el pasado año como este, he presentado una serie de proyectos de ordenanza, de resolución, de
pedidos de informes, cuya única finalidad es mejorar la calidad de vida de mis conciudadanos, poniendo en
conocimiento al Ejecutivo municipal de estas circunstancias. Ese es el espíritu de estos proyectos de resolución.
Además de estos proyectos que tratan sobre trabajos barriales, estoy trabajando en verificar la calidad
de la prestación de los servicios tercerizados que prestan algunas empresas; en este marco la empresa
TAILEM solicitó hace un tiempo atrás un aumento del valor del boleto, he pedido un informe que tiene por
objeto que este Cuerpo, y por lógica consecuencia la comunidad, tome conocimiento sobre la real situación
económica financiera de esta empresa ya que luego de varios años de estar prestando servicios a la
Municipalidad nadie conoce los estados contables, por lo que resulta imposible tomar una decisión sin estos
elementos de vital importancia. Creo que el año pasado y este, hemos sido muy redundantes en materia
contable, por la falta de información de la empresa al municipio.
Otra cuestión por la que me he ocupado, y me seguiré ocupando, es sobre el cuidado y conservación
de los espacios verdes donde se realizan prácticas deportivas y de esparcimiento. Aquí quiero aclarar que días
pasados cuando el Cuerpo se reunió en Labor Parlamentaria, la concejal Chapperón consideró que algunos de
estos proyectos eran sandeces, y lo digo de esta manera porque no sé si está permitido utilizar el calificativo
que utilizó para este proyecto de resolución.
Simplemente quiero expresar a la concejal Chapperón y al bloque oficialista que no hay ningún interés,
de ningún modo, ni por ninguna circunstancia en particular, a partir de esa circunstancia uno ha tomado nota y
analizado como concejal, y la verdad es que no encontré ninguna cuestión incompatible con lo que estoy
haciendo.
Buscábamos información sobre cuál es la función de un concejal. Un concejal es una persona elegida
por el pueblo para atender los derechos de los vecinos procurándole mayores servicios con el propósito de
mejorar la calidad de vida, elevando al Ejecutivo proyectos y propuestas para que este los haga cumplir, se
preocupa por obras, servicios, cultura y educación. O también se puede decir que, como representante directo
de la ciudadanía, los miembros del Concejo Deliberante deben presentar proyectos y sancionar ordenanzas que
respondan a necesidades e inquietudes de la comunidad y que tiendan a mejorar la calidad de vida de los
habitantes del municipio.
El Cuerpo Deliberativo tiene además, la facultad de controlar las acciones encaradas por el municipio
solicitando informes y explicaciones adicionales y funcionales. Cuestiones estas que son explícitas en el artículo
125 de la Carta Orgánica Municipal, o bien resultan de lectura implícita en el mismo que, además aclara que los
deberes y atribuciones especificados son meramente enunciativos, hay muchos artículos que hablan sobre las
funciones del concejal, y no tienen carácter limitativo.
Simplemente necesitaba aclararlo a partir de una situación que viví en Labor Parlamentaria que, la
verdad, no fue de mi agrado. El objeto, más allá de que a veces se pueda llegar a caer en rencillas políticas o
en situaciones que se entiendan que pueden estar afectando los compromisos o las convicciones individuales;
pero, quien habla, no tiene ni más ni menos que el espíritu de colaborar y trataré de ser fiel a aquellas personas
que me votaron, y debo expresar al Ejecutivo municipal sus demandas. Nada más.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Le contesto concejal que siempre aprovecha esta posibilidad de hablar en el recinto
victimizándose cuando me hubiera gustado que me lo dijera en Labor Parlamentaria, porque el concejal suele
sacar las cosas de contexto. Entonces, cuando las saca de contexto y las cuenta, como lo que acaba de relatar,
cambia el sentido de lo que dijimos.
Señor presidente, usted no estaba porque no participó esta semana en las comisiones, dado que
estaba a cargo del Ejecutivo pero recuerdo que en aquella comisión hablábamos de un proyecto, si mal no
recuerdo, de la plaza del barrio Perón y decíamos que el concejal Pino agradeció públicamente al subsecretario
que hubiera ido y hubiera llevado adelante los trabajos en la plaza.
Entonces, no fui yo sino el concejal Pino el que dijo que este pedido ya lo había presentado él y,
recordamos todos que él salió a agradecer públicamente y después, el concejal manifestó: “bueno, lo escribí,
ahora lo presento”. Entonces, yo dije: “perdón, no digamos sandeces, me parece que este es un trabajo serio, si
presentamos un pedido de informe y se debe votar nada más que porque yo lo escribí, aunque se haya
ejecutado” Ahí, no obstante, el concejal Pino me contesta: “¡no!, ¡no! pero quedaron algunas cosas sin hacer,
falta...” no sé qué cosa... el banco de la plaza que no recuerdo, y faltaban las barandas de una escalera. Esto
era lo que faltaba de la plaza. Plaza que fui a ver el otro día, y le solicito al concejal Pino que nos diga cuál es la
baranda porque no pude identificarla. Realmente me preocupó que faltara una baranda porque debe ser un
lugar adecuado para que los chicos jueguen.
Entonces, este bloque acompaña absolutamente todos los informes excepto que crea que no
corresponde a ese caso hace su manifestación pública en sesión y, además, lo hace en Labor Parlamentaria;
después, acompaña absolutamente todos los pedidos de informes que hacen todos los bloques de la oposición.
Lo que me parece es que si un concejal ya lo hizo y el Ejecutivo procedió a llevar adelante el trabajo, no
corresponde que volvamos a realizar el pedido, porque cada uno de estos pedidos genera mucho tiempo de los
funcionarios, que los tenemos que tener para otra cosa, casualmente para llevar adelante los trabajos que
queremos que hagan, que tienen que ver con el bien común. Ocupemos el tiempo de los funcionarios en esto y
no en contestar informes que ya fueron hechos.
Esto fue simplemente lo que mencioné en Labor Parlamentaria; me hubiera gustado que el concejal
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Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
Cárdenas me lo hiciera saber en ese ámbito. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Clarifico la situación. En realidad sobre la plaza no hay un pedido de informes. Lo que solicitamos
hace dos años atrás, es una escalera que unifique la calle Alem con la intersección de la calle Pedro Troxler y
Gobernador Gómez. En ese sector se hizo una escalera que todavía le falta las barandas, es un paso que
utilizan los chicos que concurren a la Escuela Nº 16.
Más allá de esta situación, quiero clarificar, concejal, que fui con el subsecretario Cano a mi barrio,
estando yo a cargo de la Intendencia, en el mes de enero, cuando estaban de vacaciones el concejal Cárdenas,
y el concejal Verdile. Hicimos un recorrido, luego se cortó el pasto que media unos 40 centímetros, y se
repararon dos puentes sobre el chorrillo que atraviesa el barrio. Eso es lo único que se realizó.
No obstante, recuerda usted que también le dije que quedaba la plaza, en su conjunto, las hamacas que
tenían las cadenas cortadas, la delimitación y la vereda sobre la calle Rivadavia y otros trabajos. Lo que
agradecí públicamente es que el subsecretario de Servicios Públicos luego de ese recorrido que realizamos en
cuatro barrios mandó inmediatamente unas 20 personas para que realicen las tareas que mencioné
anteriormente. Por eso acompaño, el resto de los trabajos no están concluidos, sólo se cortó el pasto que tenía
40 centímetros altura, así como en otros barrios también; recuerdo que en Hipólito Irigoyen la cancha no tenía
alambrado y hoy sí lo tiene.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aclarado el punto. Continuamos.
Moción de Orden
74.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal sobre antecedentes de convenio entre ese
Departamento y el Club Las Águilas – Se remite a la comisión de Planeamiento y Obras
Públicas-
(283/2009, expediente 479/2002)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- Requerir al Departamento Ejecutivo Municipal remita a este Concejo Deliberante los
antecedentes disponibles relacionados con las versiones periodísticas que mencionan la existencia de un
convenio firmado entre ese Departamento y el Club Las Águilas de la ciudad de Ushuaia
Artículo 2°.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Esta es una obra considerable que se estuvo llevando adelante en el Club Las Águilas, en su
momento, no tomamos conocimiento, más allá de lo que se publicó en un portal. A partir de algunos
comentarios hechos por la secretaria de Desarrollo Urbano, habló de importes económicos, pero no sabemos
es en qué consiste el convenio, el aporte económico, qué tipo de máquinas son, o si es una erogación
presupuestaria propia del Ejecutivo municipal. Me gustaría tener un poquito más de información. Como dije
públicamente, no sería la primera vez que el Ejecutivo municipal asiste a las entidades públicas, sería lógico
contar con una información más acabada, en qué marco y con qué instrumento se llevó adelante este convenio.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- Quiero hacer una observación al concejal, dicho pedido de informes fue remitido al Legislativo el
13/03/2009, y se encuentra en el Boletín Oficial a partir del 23 de marzo de 2009. El Decreto municipal es el
036/2009, o sea que ya lo tenemos en nuestro poder.
Era para hacer esa aclaración.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- ¿Lo que no entiendo es si el concejal Cárdenas está haciendo un pedido de informes y usted está
diciendo que ya fue remitido?
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Coria.
SR. CORIA.- No. El convenio del que habla el concejal Cárdenas, sobre el Club las Águilas, ya está remitido al
Poder Legislativo, o sea a nosotros, y está también el convenio. Entiendo que no necesita ninguna aclaración.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- El asunto ingresó el día 13 de marzo, enviado por el Ejecutivo, el número de asunto no lo
recuerdo, es donde envía todas las resoluciones, los convenios, envía también este convenio. No corresponde
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
la ratificación por el Concejo Deliberante, pero como el concejal habla de los antecedentes, el convenio está en
el Concejo, para proceder a su lectura y ver cualquier observación.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Cárdenas.
SR. CÁRDENAS.- Si es así, pido disculpas, no sabía que se encuentra en el Concejo Deliberante. Mociono que
este asunto se gire a la comisión.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción presentada por el concejal Cárdenas de
que este asunto se gire a la comisión de Planeamiento y Obras Públicas.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
75 .- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre servicios tercerizados en
el municipio
(192/2009, expediente 36/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área correspondiente,
informe a este Concejo Deliberante lo siguiente:
a) Servicios que se encuentran tercerizados en todo el ámbito municipal;
b) montos de los contratos respectivos y vigencia de los mismos;
c) detalle de las tareas que se llevan adelante y las empresas y/o cooperativas responsables
de las mismas.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
76.- Solicitud al Departamento Ejecutivo municipal para que reclame a la Provincia pago de
deudas de Coparticipación Federal
(196/2009, expediente 155/2007)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN
Por la presente me dirigirme al señor intendente municipal de la ciudad de Ushuaia, don Federico
Sciurano, a efectos de requerir arbitre todos los medios disponibles a su alcance para que reclame ante las
autoridades del Gobierno provincial el pago de la deuda que este mantiene con el Municipio.
Ello en virtud de los anuncios formulados por la señora Presidente en el día de ayer que tendrá como
beneficiaria a nuestra Provincia, que verá incrementado, de manera significativa, los fondos que recibe por
Coparticipación Federal.
Asimismo, que cuando sea cancelada total o parcialmente la deuda, los fondos que ingresen al erario
municipal en este concepto, tengan una afectación específica destinada a las nuevas urbanizaciones.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de minuta de comunicación.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia del concejal Pino.
77.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre si las unidades de
colectivos de la empresa TAILEM poseen velocímetros
(201/2009, expediente 237/1990)
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SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe a este Cuerpo, si las unidades de
colectivos de la empresa TAILEM S.R.L., poseen los velocímetros en funcionamiento de acuerdo a las normas
vigentes.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Quiero aclarar que se acercaron dos personas diciendo que aparentemente, en dos o tres colectivos
no funcionaba el velocímetro, para saber sobre la veracidad de estos dichos pedimos el informe. Nada más.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de resolución.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
78.- Autorización de espacio reservado para estacionamiento entre discos a favor del señor
Héctor Carlos Mendoza
(203/2009, expediente 437/2007)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase hasta el 31 de diciembre de 2010, un espacio reservado para estacionamiento
entre discos de una (1) unidad (siete metros - 7 m), frente a la vivienda ubicada en la Tira 1 B, Planta Baja,
Departamento 1 - 300 Viviendas - del barrio Bahía Golondrina de nuestra ciudad, propiedad del señor Héctor
Carlos Mendoza, D.N.I. Nº 8.306.778, con leyenda en placa adicional: “Reservado señor Héctor Carlos
Mendoza”.
Artículo 2º.- Exceptúase al señor Héctor Carlos Mendoza del pago del arancel previsto en el inciso i),
artículo 14 de la Ordenanza municipal 1508 (Tarifaria).
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área técnica competente, procederá a la
colocación de la señalización vial correspondiente.
Artículo 4º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de ordenanza.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
79.- Declaración de interés educativo y cultural municipal del proyecto de Radio del Colegio
Provincial “Dr. José María Sobral”
(202/2009, expediente 37/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Declarar de interés educativo y cultural municipal el proyecto de Radio del Colegio
Provincial “Dr. José María Sobral”.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Voy a hacer referencia, brevemente a este proyecto.
Hay un proyecto de crear una radio en la escuela. Desde hace varios años que estamos trabajando con
apoyo de instituciones nacionales. Han conseguido ya una frecuencia para trabajar y salir al aire con
aprobación del CONFER, que tiene toda la documentación en regla y hay un muy interesante proyecto de parte
de los alumnos para poder manifestarse y salir al aire con este proyecto cultural de las escuelas, también es un
proyecto que iba a presentar el bloque oficialista.
Creemos que hay suficiente mérito en este proyecto, por lo cual solicito que se apruebe.
Se va a votar el proyecto de resolución.
-Se vota y resulta afirmativa.
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia del concejal Luna.
80.- Solicitud de autorización al Departamento Ejecutivo municipal a dar de baja y entregar a la
Escuela Especial Kayú Chénen elementos del Patrimonio Municipal
(206/2009, expediente 39/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a dar de baja del Patrimonio Municipal,
cuatro (4) armarios y una (1) computadora en desuso.
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a entregar en donación a la Escuela
Especial Nº 1 “Kayú Chénen”, los elementos detallados en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia del concejal Luna. Queda sancionada
la ordenanza.
81.- Solicitud a Telefónica de Argentina sobre reubicación de un poste implantado en
Gobernador Paz 1345
(204/2009, expediente 38/2009)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN
Por la presente nos dirigimos al señor gerente de la empresa Telefónica de Argentina, en razón de
haberse recepcionado en el ámbito del Concejo Deliberante inquietudes de la vecina Nilda Brua, DNI. Nº
16.934.802, domiciliada en la calle Gobernador Paz 1345. Este reclamo es en referencia a un poste que
corresponde a la empresa telefónica que se encuentra implantado en la entrada del Hospedaje “Paisaje Beagle”
de su propiedad.
En virtud a lo expuesto y a los efectos de resolver los inconvenientes del vecino, le solicitamos tenga a
bien reubicar el poste (se adjunta copia de los diferentes reclamos que ha realizado la señora Brua).
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de minuta de comunicación.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad, con la ausencia del concejal Luna.
82.- Solicitud de informe al Departamento Ejecutivo municipal sobre antecedentes y/o trabajos
realizados en los denominados asentamientos ubicados en nuestra ciudad
(207/2009, expediente 154/2004)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal tenga a bien informar antecedentes y/o qué
tipo de trabajos se han realizado o si se entregaron autorizaciones especiales de cualquier índole en los
denominados “asentamientos”, ubicados en el sector alto de nuestra ciudad.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Esto tiene relación con lo ocurrido hace pocos días en uno de los asentamientos.
Junto al concejal Cárdenas nos reunimos con gente que estuvo que recibió una denuncia. A su vez,
esta gente denunció algunas cuestiones que estaban ocurriendo en uno de los asentamientos; se requirió,
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
según lo que me informó la gente, la presencia de funcionarios municipales, cosa que no ocurrió.
En definitiva lo que solicitamos con este pedido es que nos informe el municipio todos los trabajos que
se desarrollaron y los que están por desarrollarse en los asentamientos. Esto le serviría a la gente para tener
información oficial. El pedido de informe contestará las inquietudes de los vecinos. Nada más.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Estoy buscando las actas que me entregó el subsecretario del área para que trajera a la
sesión, donde consta el marco sobre el que se está trabajando, firmadas en el año 2006 entre los concejales y
el Ejecutivo municipal de ese momento, y los entes, entre los cuales al municipio le tocaba mantenimiento de
los caminos y la recolección de residuos. Cada uno de los entes tenía una actividad para realizar en estos
asentamientos. El municipio está cumpliendo con la parte que le corresponde, que tiene que ver con los
caminos, no se está abriendo ningún camino nuevo, simplemente, se están mejorando permanentemente los
existentes. Esto se hace con más frecuencia, porque ustedes recordarán que el año pasado hubo una
manifestación frente a la puerta del municipio diciendo que no se cumplía con estas actas; pero los caminos se
deterioran permanentemente, y permanentemente hay que pasar la máquina para tratar de que puedan llegar
hasta los medios públicos, las ambulancias y los bomberos; más allá de que en algunos casos esto es
imposible porque la cantidad de agua imposibilita esta situación.
Pero, bueno, se contestará después como corresponde.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal De Marco.
SR. DE MARCO.- Olvidé decir que cuando se acercó esta gente, con la Policía, hicieron mención a quienes
están viviendo en los asentamientos, que había un permiso de la Municipalidad para la tala de árboles y estas
cuestiones... No digo que el municipio dio permiso, esta gente que se acercó tenía dudas, particularmente, la
señora Rosana Vélez, -que fue una de las personas con las que hablamos-, mencionó que cuando habló con la
gente de allí, con la policía, hicieron referencia a que había un permiso de Hugo Cano, que le permitió hacer
una serie de trabajos, con tala de árboles y otras cuestiones, a esto hacía referencia.
Queremos que el municipio informe, formalmente, lo que está permitido y lo que no, ya que esto generó
una denuncia penal de los vecinos asentados allá arriba, seguramente, esto va a continuar. Por supuesto, estas
actas que trajo la concejal Chapperón, son bienvenidas, si bien estábamos informados porque sabemos que en
2006 se firmaron estos convenios, esta información ayudará a la causa judicial que se presentó en el día de
ayer. Muchas gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Señor presidente, quiero dejar claro un tema. Estas actas que firmó el municipio en el año 2007,
siendo Jorge Ontivero, subsecretario de Planeamiento, y Liliana Guglielmi, también integrante de este área,
actuales funcionarios municipales, concejal Chapperón y concejal Arcando, estas actas fueron firmadas,
además, por Obras Sanitarias y la Dirección Provincial de Energía.
Estas actas que fueron tan cuestionadas en su momento y que se firmaron en plena campaña electoral,
a las que hoy se aferran los vecinos; incluso, el concejal Sciurano estaba al tanto, en el acta figura el nombre
del intendente. Algunos tuvieron reservas al respecto porque hablaba de apertura de caminos, de mejorar
escaleras, del agua.
En alguna oportunidad traje una de las actas, se firmaron dos; una tenía que ver con el barrio que
estaba asentado en el turbal. En ese entonces, ese acta en particular, hablaba de que a los vecinos que
estaban asentados en el turbal se los iba a trasladar a un sector de Andorra, y el otro acta hablaba de El
Escondido, de todos estos sectores de la montaña; es por esto que es tan polémico. Los vecinos se aferran a
esta acta.
Por otro lado, hay toda una situación con aquellos que defienden el medio ambiente, de hecho
presentaron un proyecto en el Concejo Deliberante. Es toda una situación. Hoy tenemos una presentación
judicial y creo que en el fin de semana hubo serios problemas por amenazas en ese lugar. Esperamos que esto
pueda sobrellevarse. Hay que ser claro en el mensaje porque escuché al subsecretario de Servicios Públicos en
sus declaraciones y realmente, aspiro a que sean claros en la información que dan, porque las actas dicen otras
cosas que no expresa el subsecretario. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- No sé qué quiere decir el concejal cuando dice que “estábamos en pleno proceso
electoral”. No sé que tiene que ver el proceso electoral con las actas que se firmaron.
Las actas que se firmaron en presencia del Gobierno provincial anterior, donde estaba el señor Vuotto
representando a Agua y Energía –porque la gente de Energía no estaba-, donde había varios representantes
del Gobierno provincial, del Ejecutivo municipal y del Concejo Deliberante –no recuerdo si éramos los únicos,
seguramente estábamos el concejal Arcando y yo, pero no firmamos las actas-.
Las actas en ningún momento hablan de apertura de calles, sí hablan de mantenimiento de las arterias
existentes y, respecto a lo que le atañe al municipio, sobre recolección de residuos.
Y la verdad es que creo que estamos siendo muy claros con el mensaje. Hoy escuchaba en algún
medio periodístico decir “hay que ser más claros, si se pretende que esta gente se quede instalada allí, hay que
regularizar”. La verdad es que no se pretende que estas familias queden instaladas allí, sabemos que hay sitios
donde no pueden instalarse, por esto no se regulariza.
Lo que no podemos desconocer es que las familias están allí. Allí hay más de setecientas familias con
necesidades, como las tiene el resto de la comunidad; más allá de la situación de irregularidad, tienen
necesidades y tienen un problema concreto hoy que es el estado de las calles que no permite que puedan
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llegar al lugar ni las ambulancias ni los bomberos. En los últimos meses hubo dos incendios, que también llegó
al Concejo Deliberante la documentación de los bomberos respecto a que no pueden subir al lugar.
Entonces, lo que se está haciendo es no reconocer ninguna titularidad, que probablemente muchas de
estas familias deban ser reubicadas por una cuestión medioambiental, por una cuestión de seguridad, por lo
tanto no se les da nada.
Mientras tanto como no es posible reubicar a esta cantidad de familias hoy, entonces, mientras esto
ocurre se está brindando asistencia para que estas familias, con gran cantidad de chicos, también puedan tener
lo esencial que es la llegada de los bomberos, de la ambulancia. Esto es lo que se está haciendo, en algunos
casos se hace en conjunto con los vecinos, algunos hacen escaleras.
Hay un acuerdo con el municipio de que no se incorporen nuevas familias en este sector, de que el
municipio proceda a desarmar todo aquello que queda deshabitado, o sea que cuando un vecino se muda se le
pide que desarme, tal cual hace el IPV.
Se está avanzando de a poco en una situación que lleva muchos años, que todos queremos resolver,
que es muy difícil por la gran cantidad de familias que viven en ese lugar.
De todas maneras voy a ver si encontraron las actas –que creo que son estas- y le voy a dar copia a
todos los concejales para que puedan ver qué se firmó en su momento. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Se va a votar el proyecto de resolución.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
83.- Implementación de la señal vial “ordenador de cruce vehicular”
(140/2009, expediente 144/1994)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
CLÁUSULA TRANSITORIA
El Departamento Ejecutivo Municipal deberá ejecutar lo establecido en la presente ordenanza, en dos
(2) lugares de la ciudad, que serán determinados por vía de la reglamentación, a los fines de evaluar su utilidad
durante el plazo de ciento ochenta (180) días.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Es el asunto al que le quedaba pendiente el agregado de la cláusula transitoria.
Se va votar el texto de la cláusula transitoria correspondiente al proyecto de ordenanza presentado por
el concejal Luna.
-Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
Moción
84.- Incorporación al Orden del Día de asunto 213/2009, expediente 117/2007
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra la concejal Chapperón.
SRA. CHAPPERÓN.- Solicito incorporar el asunto 213/2009, es el veto de la ordenanza del shopping, y a partir
de esto poder dictar la resolución que lo acepta y el proyecto de ordenanza que modifica, según lo conversado
en cuarto intermedio. Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la incorporación del tema mocionado por la concejal
Chapperón.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
85.- Aceptación de veto del Departamento Ejecutivo municipal a la excepción al artículo 4º
Ordenanza municipal 484 a la empresa Ushuaia Shopping
(213/2009, expediente 117/2007)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Aceptar el veto interpuesto por el Departamento Ejecutivo a través del Decreto municipal
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321/2009 de fecha 25 de marzo de 2009, a la ordenanza municipal sancionada en sesión ordinaria de fecha 04
de marzo del año en curso, por medio de la cual se exceptúa del cumplimiento del artículo 4º de la Ordenanza
municipal 484, modificada por Ordenanza municipal 3370, a la empresa Ushuaia Shopping S.R.L.
Artículo 2º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de resolución que acepta el veto del
señor intendente.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dice así:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Exceptúase del cumplimiento del artículo 4º, inciso 3 de la Ordenanza municipal 484,
modificada por Ordenanza municipal 3370, a la empresa Ushuaia Shopping S.R.L.
Artículo 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que por intermedio de la Dirección que
corresponda realice las coordinaciones necesarias con la prestadora del servicio de recolección y con Ushuaia
Shopping S.R.L. a efectos de evitar la acumulación de residuos tanto por la calle San Martín como por la calle
Nueve de Julio y mantener las condiciones de higiene y seguridad.
Artículo 3º.- De forma.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el proyecto de ordenanza
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad. Queda sancionada la ordenanza.
86.- Solicitud de excepción a la normativa vigente para la colocación de canastos de residuos
sobre la vereda efectuada por la firma Ushuaia Shopping S.R.L. – Se remite a Archivo-
(968/2008, expediente 117/2007)
SR. SECRETARIO (Ganci).- Dictamen final de la comisión de Policía Municipal.
Aconseja remitir a Archivo la solicitud de excepción a la normativa vigentes para la colocación de
canastos de residuos sobre la vereda efectuada por la firma Ushuaia Shopping S.R.L.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo el envío a Archivo del asunto 968/2008.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobado por unanimidad.
87.- Fijación de fecha para la próxima sesión ordinaria
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Tiene la palabra el concejal Pino.
SR. PINO.- Quiero sugerir como fecha para la próxima sesión ordinaria el miércoles 22 de abril a las 11:00.
Gracias.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- En consideración del Cuerpo la moción del concejal Pino.
- Se vota y resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Aprobada por unanimidad.
88.- ARRÍO DEL PABELLÓN PROVINCIAL Y DEL NACIONAL
SR. PRESIDENTE (Verdile).- Invito al concejal De Marco a arriar el Pabellón Provincial y el Nacional, a
concejales y público presente a ponerse de pie.
- Así se hace.
- Es la hora 18 y 11.
oo0oo
Versión Taquigráfica aprobada en sesión ordinaria del 13/05/2009.-
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89.- INSERCIÓN
I.- ORDENANZAS SANCIONADAS
1.- Asunto 578/2008, expediente 84/1993
Ordenanza municipal 3511
Promulgada Decreto municipal 489/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Incorpórase al Anexo I de la Ordenanza municipal 1494, los artículos 448 al 450, inclusive,
los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Artículo 448: Denomínase Costa de los Pájaros a la calle que corre de oeste a este y adyacente al sur
de los macizos 34 y 16 de la sección J, y adyacente al norte del macizo 35 de la sección J y la línea de máxima
marea de la Bahía Golondrina”.
“Artículo 449: Denomínase Las Garzas a la calle interior del macizo 34 de la sección J adyacente a las
parcelas 6, 9, 10 y 5 del macizo 34 de la sección J”.
“Artículo 450: Denomínase Las Bandurrias a la calle que corre adyacente al macizo 34 de la sección J
al oeste y a la calle que corre adyacente al macizo 16 de la sección J al este”.
Artículo 2º.- De forma.
2.- Asunto 156/2009, expediente 469/2005
En Primera Lectura
PROYECTO DE ORDENANZA EN PRIMERA LECTURA
Artículo 1º.- Apruébanse los términos del Convenio de Comodato registrado bajo el Nº 4615, celebrado
el día 27 de enero de 2009, y aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante a través del dictado del Decreto
municipal Nº 297/2009, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor intendente
municipal, don Federico Sciurano, y la Asociación Tradicionalista de Doma y Folklore, representada por su
presidente, señor Pedro Orlando Barría Muñoz, D.N.I. 18.789.079, por el cual se cede en uso por el término de
cinco (5) años, la fracción fiscal ubicada en la sección Q, en el paraje denominado Valle del Río Pipo, de una
2
superficie aproximada de dos mil ochocientos metros cuadrados (2.800 m ), con el objeto de realizar en el
mismo actividades al aire libre y afines con los propósitos de la Asociación.
Artículo 2º.- Convocar a Audiencia Pública conforme lo establecido en el artículo 143 de la Carta
Orgánica Municipal y el Decreto C.D. 09/2002.
3.- Asunto 131/2009, expediente 592/2000
En Primera Lectura
PROYECTO DE ORDENANZA EN PRIMERA LECTURA
Artículo 1º.- Apruébanse los términos del Contrato de Comodato registrado bajo el Nº 4637, celebrado
el día veinticinco (25) de febrero de 2009, y aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante a través del
dictado del Decreto municipal Nº 194/2009, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el
señor intendente municipal, don Federico Sciurano, y la Asociación Centro Tradicionalista de Ushuaia “Virginia
Choquintel”, representada por su presidente, señora Ramona Norma Lescano, Libreta Cívica 2.794.375, por el
cual se cede en uso por el término de tres (3) años, un galpón que forma parte integrante del inmueble ubicado
en la sección N, macizo 1000, parcela 59 R (Remanente), con el objeto de realizar en el mismo actividades
culturales propias de la Asociación.
Artículo 2º.- Convocar a Audiencia Pública conforme lo establecido en el artículo 143 de la Carta
Orgánica Municipal y el Decreto C.D. 09/2002.
Artículo 3º.- De forma.
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4.- Asunto 599/2007, expediente 193/1998
Ordenanza municipal 3500
Promulgada...
Boletín Oficial Municipal
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébanse los Anexos I a XV de la presente Ordenanza Fiscal mediante los cuales se
establecen las cargas públicas municipales a abonar en concepto de Tasas, Impuestos, Contribuciones,
Derechos, Plusvalías, Retribuciones de Servicios, que perciba la Municipalidad de los contribuyentes durante el
año fiscal de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Artículo 2º.- Establecer un beneficio del diez por ciento (10%) de descuento sobre la liquidación de los
Impuestos Inmobiliario, Automotor, Tasas Generales y Tasa a la actividad Comercial e Industrial, a aquellos
contribuyentes que en el año inmediato anterior hubiesen cumplido con todas sus obligaciones en tiempo y
forma y no registren deudas tributarias. Asimismo, podrán obtener el beneficio los contribuyentes que posean
planes de pago acordados con la Municipalidad como forma de cancelación de contribuciones por mejoras o
venta de tierras fiscales, siempre que los mismos se encuentren en situación fiscal regular.
Dicho descuento se aplicará sobre los importes establecidos para cada cuota de acuerdo a la
Ordenanza Tarifaria vigente y no será acumulable a otros beneficios, salvo los establecidos en la presente.
Artículo 3º.- Para aquellos contribuyentes que, además de haber cumplido con lo establecido en el
artículo 2º de la presente, deseen abonar la totalidad del importe correspondiente al año entrante se aplicará un
descuento total del quince por ciento (15%).
Artículo 4º.- Los beneficios establecidos en la presente cesarán, sin mediar necesidad de notificación al
contribuyente, ante la primera mora que se registre en cualquiera de los tributos descriptos.
Artículo 5º.- El presente régimen entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Artículo 6º.- Abrógase la Ordenanza municipal 1507; artículos 1º, 2º y 3º de la Ordenanza municipal
1511; las Ordenanzas municipales 1518, 1594, 1641, 1648, 1697, 1706, 1736, 1748, 1793, 1806, 1823, 1836,
1856, 1955, 1965, 1966, 2023, 2036, 2083, 2110, 2120, 2219, 2238; los artículos 1º y 2º de la Ordenanza
municipal 2276; las Ordenanzas municipales 2300, 2370, 2371, 2433, 2445, 2459, 2505; los artículos 1º y 2º de
la Ordenanza municipal 2537; 2591, 2971, 3034, 3062, 3077, 3148, 3170, 3179, 3188, 3191, 3219, 3256, 3316,
3348, 3377 y 3422.
CLÁUSULA TRANSITORIA
La presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigencia a partir de la vigencia plena del nuevo texto de la
Ordenanza Tarifaria para el año 2009.
Artículo 7º.- De forma.
ANEXO I
ORDENANZA FISCAL
PARTE GENERAL
TITULO I
DE LAS OBLIGACIONES FISCALES
ARTÍCULO 1º.- Las obligaciones fiscales emergentes de Impuestos, Tasas, Derechos Contribuciones,
Plusvalías y Retribuciones de Servicios, como así también las multas, recargos, actualización e intereses que
establezca la Municipalidad de Ushuaia, se rigen por las disposiciones de esta Ordenanza Fiscal, por las
Ordenanzas Fiscales Especiales que correspondan y demás normas reglamentarias dictadas sobre la materia.
ARTÍCULO 2º.- Los tributos que originan obligaciones fiscales con la Municipalidad son los previstos en la Parte
Especial de esta Ordenanza. No obstante las denominaciones de “tasas”, “impuestos”, “gravámenes”, o
“derechos” son genéricas y comprenden a toda obligación de orden tributario que por disposición de la presente
Ordenanza u otras Ordenanzas especiales están obligadas a pagar las personas que realicen actos u
operaciones o se encuentren en situaciones que se consideren hechos imponibles.
TASAS
ARTÍCULO 3º.- Son Tasas las prestaciones pecuniarias, efectivas o potenciales, que por disposición de la
presente Ordenanza o de otras Ordenanzas especiales están obligadas a pagar a la Municipalidad las personas
por la realización de una actividad que los afecta especialmente.
IMPUESTOS
ARTÍCULO 4º.- Son Impuestos las obligaciones pecuniarias que por disposición de la presente Ordenanza o de
otras Ordenanzas especiales están obligadas a pagar a la Municipalidad las personas que realicen actos u
operaciones, o se encuentren en situaciones que la norma considera como hechos imponibles.
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CONTRIBUCIONES
ARTÍCULO 5º.- Son Contribuciones las prestaciones pecuniarias que por disposición de la presente Ordenanza
o de otras Ordenanzas especiales están obligadas a pagar a la Municipalidad las personas que obtengan
beneficios o mejoras en los bienes de su propiedad o poseídos a titulo de dueño, por obras o servicios
declarados de utilidad pública.
DERECHOS
ARTÍCULO 6º.- Son los conjuntos de obligaciones pecuniarias dispuestas como retribución de servicios
administrativos prestados, licencias, autorizaciones y permisos reglamentados por la presente Ordenanza y
aquellos tributos que por su actividad así se determinen
.
PLUSVALÍAS
ARTÍCULO 7º.- Es la prestación pecuniaria que por disposición de la presente Ordenanza o de otras
Ordenanzas especiales están obligadas a pagar a la Municipalidad, las personas que obtengan beneficios o
aumentos del valor de sus bienes, por efecto de obras de infraestructura urbana o como consecuencia del
esfuerzo público estatal.
HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 8º.- Se considera hecho imponible todo acto, operación o situación de los que la presente
Ordenanza u otras Ordenanzas especiales hagan depender el nacimiento de la obligación tributaria.
TÍTULO II
DE LA INTERPRETACIÓN DE LA ORDENANZA Y DE LAS NORMAS FISCALES
ARTÍCULO 9º.- Son admisibles todos los métodos para la interpretación de las disposiciones de esta
Ordenanza y demás Ordenanzas Fiscales.
ARTÍCULO 10.- En las situaciones que no pueden resolverse por las disposiciones pertinentes de esta
Ordenanza o de una Ordenanza Fiscal especial, se recurrirá supletoriamente a las disposiciones de las
siguientes normas, en este orden: a) Código Fiscal de la Provincia; b) Ley de Procedimiento Tributarios de la
Nación; c) Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia; d) Código Procesal Civil, Comercial, Laboral,
Rural y Minero de la Provincia; y e) Cualquier otra norma relativa a materia análoga.
Solamente en aquellos casos en que no sea posible fijar por la letra o por su espíritu, el sentido o el alcance de
las disposiciones antedichas se recurrirá a las normas, conceptos y términos del derecho privado.
ARTÍCULO 11.- Para determinar la verdadera naturaleza jurídica de los hechos imponibles, se entenderá los
actos o situaciones efectivamente realizados, con prescindencia de las formas o de los contratos de derecho
privado en que se exterioricen.
TÍTULO III
DE LAS AUTORIDADES DE APLICACIÓN: COMPETENCIA
ARTÍCULO 12.- La aplicación de las disposiciones de esta Ordenanza Fiscal, está a cargo del Departamento
Ejecutivo Municipal, quien puede delegar el ejercicio de sus funciones y facultades, de manera especial y
general, en organismos, reparticiones o funcionarios de la Municipalidad. En los casos de organismos,
reparticiones o funcionarios que ya tengan atribuida competencia, no será necesario una nueva delegación.
ARTÍCULO 13.- Todas las funciones administrativas referentes a la determinación, fiscalización, recaudación,
devolución y cobro por apremios de los tributos establecidos por esta Ordenanza u otras Ordenanzas Fiscales
especiales; así como la aplicación de sanciones, corresponderán a la Dirección General de Rentas, excepto
aquellas atribuidas especialmente a otras reparticiones.
La Dirección General de Rentas se denominará en la presente Ordenanza y otras Ordenanzas Fiscales
simplemente “Dirección o Dirección General”.
ARTÍCULO 14.- Todas las facultades y poderes atribuidos por esta Ordenanza u otras Ordenanzas Fiscales a
la Dirección, serán ejercidos por el Director General o quien lo sustituya. El Director General representará a la
Dirección frente a los poderes públicos, a los contribuyentes, responsables y a los terceros. El Director General
podrá delegar sus funciones y facultades en funcionarios dependientes.
ARTÍCULO 15.- Secundará al Director General en sus funciones un Subdirector, quien ejercerá con
competencia delegada todas las funciones inherentes a la determinación, percepción y fiscalización tributaria
que competen al organismo, con los alcances y condiciones que el Director General determine, o misiones y
funciones inherentes a esa posición orgánica y reemplazará a este en caso de ausencia o impedimento en el
ejercicio de todas sus funciones y atribuciones.
ARTÍCULO 16.- El Director General está facultado para impartir normas generales obligatorias para los
responsables y terceros en las materias de su competencia como así también tendrá la función de interpretar
con carácter general las disposiciones de esta Ordenanza y otras Ordenanzas Fiscales, cuando así lo estimase
conveniente, lo soliciten los contribuyentes, agentes de retención o percepción y demás responsables, siempre
que el pronunciamiento a dictarse ofrezca interés general. El pedido de tal pronunciamiento no suspenderá el
dictado de decisiones que los demás funcionarios de la Dirección deban adoptar en casos particulares.
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TÍTULO IV
SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
SUJETO ACTIVO
ARTÍCULO 17.- El sujeto activo de la relación jurídica tributaria es el ente público titular de la potestad
administrativa para la gestión y exigencia del tributo.
SUJETO PASIVO
ARTÍCULO 18.- El sujeto pasivo de la obligación tributaria es la persona física o jurídica que deba cumplirla,
sea en calidad de contribuyente, tercero responsable, o agente de recaudación y/o información.
DE LOS SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
ARTÍCULO 19.- Están obligados a abonar los tributos municipales y demás obligaciones fiscales, en la forma y
oportunidad que fije la Dirección, personalmente o por intermedio de sus representantes legales, los
Contribuyentes, sus herederos y sucesores, según las disposiciones del Código Civil.
Están asimismo obligadas al pago las personas que administren o dispongan de los bienes de contribuyentes y
todos aquellos designados como agentes de recaudación.
CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 20.- Son contribuyentes en tanto realicen los actos u operaciones o se hallen en las situaciones o
circunstancias que esta Ordenanza considere como hechos imponibles o que tengan beneficios o mejoras que
originen la contribución pertinente y aquellos a los que la Municipalidad preste un servicio que deba retribuirle:
1º) Las personas de existencia visible, capaces o incapaces y las sucesiones indivisas.
2º) Las personas jurídicas del Código Civil, y las sociedades, asociaciones y entidades a las que el
derecho privado reconoce la calidad de sujetos de derecho. Incluso las organizadas al amparo de la Ley 20337.
3º) Los patrimonios de afectación cuando sean considerados por las normas tributarias como unidades
económicas para la atribución del hecho imponible, las uniones transitorias de empresas, los fideicomisos
constituidos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional 24441, y las agrupaciones de colaboración
empresarias regidas por la Ley Nacional 19550 de Sociedades Comerciales y sus modificatorias, que realicen
los actos u operaciones o se hallen en las situaciones que esta Ordenanza u otras Ordenanzas Fiscales
especiales consideren como hechos imponibles.
4º) Las Reparticiones Públicas centralizadas, descentralizadas y autárquicas del Estado Nacional,
Provincial, así como las empresas estatales o mixtas, están sujetas a los tributos establecidos por esta
Ordenanza y Ordenanzas Fiscales especiales, salvo exenciones expresas de la presente.
5º) Las sociedades, asociaciones, entidades y empresas que no posean la calidad prevista en los
incisos anteriores.
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
ARTÍCULO 21.- Cuando un mismo hecho imponible sea realizado por dos o más personas, físicas y/o jurídicas,
todas se considerarán como contribuyentes por igual y estarán solidariamente obligados al pago del tributo por
la totalidad del mismo, incluyendo actualizaciones y accesorios, salvo el derecho del fisco a dividir la obligación
a cargo de cada una de ellas.
Los hechos imponibles realizados por una persona o entidad, se atribuirán también a otra persona o entidad
con la cual aquella tenga vinculaciones económicas o jurídicas, cuando de la naturaleza de esas vinculaciones
resultare que ambas personas o entidades pueden ser consideradas como constituyendo una entidad o
conjunto económico. En este caso, ambas personas o entidades se consideraran como contribuyentes
codeudores de los impuestos, tasas y contribuciones, con responsabilidad solidaria y total.
TERCEROS RESPONSABLES
ARTÍCULO 22.- Son las personas que sin tener el carácter de contribuyente deben, por disposición expresa de
la norma, cumplir las obligaciones atribuidas a estos.
ARTÍCULO 23.- Están obligados a pagar los impuestos, tasas y contribuciones en cumplimiento de la deuda
tributaria de los contribuyentes en la forma y oportunidad que rijan para aquellos o que expresamente se
establezca, las personas que administren o dispongan de los bienes de los contribuyentes, las que participen
por sus funciones públicas, o por su oficio o profesión, en la formalización de actos u operaciones que esta
Ordenanza u otras Ordenanzas Fiscales especiales consideren como hechos imponibles o servicios retribuibles
o beneficios que sean causas de contribuciones y todos aquellos designados como agentes de recaudación.
Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente en forma general, son responsables por deuda ajena los
siguientes:
1) El cónyuge que perciba o disponga de todos los ingresos propios del otro;
2) Los padres, tutores o curadores de los incapaces;
3) Los síndicos y liquidadores de las quiebras, síndicos de los concursos civiles y comerciales,
representantes de las sociedades en liquidación, los administradores legales o representantes judiciales de las
sucesiones y a falta de éstos, el cónyuge supérstite y demás herederos;
4) Los directores, gerentes, apoderados, administradores y demás representantes de las personas
jurídicas, sociedades de personas jurídicas, sociedades de personas, de capital o mixtas, sociedades y
empresas del Estado, asociaciones, entidades, empresas y patrimonio a que se refiere el artículo 20º;
5) Los agentes de recaudación que la Dirección General designe, en carácter de agentes de retención
y/o percepción;
6) Los fiduciarios en las operaciones de fideicomisos previstas en la Ley Nacional Nº 24441 y sus
modificatorias.
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ARTÍCULO 24.- Los funcionarios públicos, magistrados, escribanos y titulares de los Registros seccionales del
Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, son responsables del cumplimiento de
las obligaciones tributarias vinculadas a los actos que autoricen en el ejercicio de sus respectivas funciones.
ARTÍCULO 25.- Los responsables señalados en los artículos anteriores, responderán con todos sus bienes y
solidariamente con el contribuyente por el pago de los tributos y sus accesorios adeudados por éste, salvo que
demuestren que el mismo los haya colocado en la imposibilidad de cumplir correcta y tempestivamente con su
obligación. Igual responsabilidad corresponde, sin perjuicio de las sanciones que establezca esta Ordenanza y
otras Ordenanzas fiscales, a todos aquellos que, intencionalmente o por culpa, facilitaren u ocasionaren el
incumplimiento de la obligación fiscal del contribuyente o demás responsables.
ARTÍCULO 26.- Los sucesores a título particular en el activo y en el pasivo de empresas o explotaciones o en
bienes que constituyan el objeto de hechos imponibles o servicios retribuibles o beneficios que originen
contribuciones, responderán solidariamente con el contribuyente y demás responsables por el pago de
impuestos, tasas y contribuciones y sus accesorios.
ARTÍCULO 27.- Los convenios referidos a obligaciones tributarias realizados entre los contribuyentes y
responsables o entre éstos y terceros, no son oponibles al fisco.
ARTÍCULO 28.- Pueden actuar por cuenta de terceros en todo lo relativo a gravámenes municipales:
1.- Los apoderados que acrediten la representatividad mediante testimonio de la escritura pública
respectiva;
2.- Los autorizados, que exhiban nota en tal carácter, con la certificación de Escribano Público, Juez de
Paz o autoridad policial de las firmas correspondientes.
TÍTULO V
EL DOMICILIO FISCAL
DOMICILIO DE LAS PERSONAS FÍSICAS
ARTÍCULO 29.- A todos los efectos tributarios se presume que el domicilio de las personas físicas es:
a) Su residencia habitual;
b) El lugar donde ejerzan su comercio, industria, profesión o medio de vida;
c) Donde se encuentren sus bienes o fuentes de rentas;
d) El lugar donde ocurra el hecho generador, en caso de no existir domicilio.
DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y OTROS SUJETOS
ARTÍCULO 30.-A todos los efectos tributarios se presume que el domicilio de las personas jurídicas y otros
sujetos es:
a) El lugar donde se encuentra su dirección o administración efectiva;
b) El lugar donde se desarrollan sus actividades;
c) Donde se encuentran situados sus bienes o fuentes de renta;
d) El lugar donde ocurra el hecho generador, en caso de no existir domicilio.
PERSONAS DOMICILIADAS FUERA DEL EJIDO
ARTÍCULO 31.- Cuando algún sujeto de obligaciones tributarias se domicilia fuera del ejido municipal, y no
tenga en la misma ningún representante acreditado o no se pueda establecer el domicilio de este, se
considerará como domicilio: a) El lugar donde ejerza la explotación o actividad, o donde se encuentren situados
los bienes sujeto a tributaciones; b) El lugar de su última residencia dentro del ejido.
OBLIGACIÓN DE DECLARAR DOMICILIO E INFORMAR SU MODIFICACIÓN
ARTÍCULO 32.- Los sujetos pasivos tienen la obligación de comunicar su domicilio fiscal y de consignarlo en
todas sus actuaciones ante la administración tributaria. Toda modificación del mismo deberá ser comunicada a
la Dirección, dentro de los 10 días de producido. Sin perjuicio de las sanciones que puedan establecerse por la
infracción de esta obligación, se podrá reputar subsistente a todos los efectos fiscales, el último domicilio
mientras no se halla comunicado ningún cambio.
La administración tributaria podrá rectificar de oficio el domicilio fiscal de los sujetos pasivos mediante la
comprobación pertinente.
TÍTULO VI
DEBERES FORMALES DE LOS SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
ARTÍCULO 33.- Los contribuyentes, terceros responsables y agentes de recaudación y/o información deben
cumplir los deberes que esta Ordenanza u Ordenanzas Fiscales especiales establezcan con el fin de facilitar la
verificación, fiscalización, determinación y recaudación de los tributos y sus accesorios.
I- Sin perjuicio de lo que se establezca de manera especial, los sujetos pasivos de la obligación tributaria
quedan obligados a:
1- Inscribirse en los registros que correspondan como contribuyentes, agente de retención, percepción e
información;
2- Presentar Declaración Jurada de los hechos imponibles, cuando se establezca este procedimiento
para la determinación y recaudación de los gravámenes o cuando sea necesario para su contralor o
fiscalización;
3- Comunicar a la Dirección dentro de los diez (10) días de ocurrido cualquier cambio de situación que
pueda dar origen a nuevos hechos imponibles, modificar los existentes o extinguirlos;
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4- Contestar en término cualquier pedido de la Dirección de informes o aclaraciones con respecto a sus
Declaraciones Juradas y en general sobre las operaciones que, a juicio de la Dirección, puedan constituir
hechos imponibles;
5- Conservar por el término de la prescripción y exhibir en forma ordenada, a requerimiento de la
Dirección, libros, registros especiales y toda documentación relativa a las operaciones y situaciones que
constituyan hechos gravados o que guarden vinculación con los mismos;
6- Facilitar con todos los medios a su alcance las tareas de verificación, fiscalización y determinación
de las obligaciones;
7- Concurrir a las oficinas fiscales cuando su presencia sea requerida dentro del término que se fije y
acreditar personería cuando correspondiere;
8- Comunicar dentro del término de diez (10) días de ocurrido, todo cambio en los sujetos pasivos de
los tributos, ya sea por transferencia, transformación, cambio de nombre o denominación, etc. aunque ello no
implique una modificación del hecho imponible;
9- Permitir la realización de inspecciones a los establecimientos y lugares donde se realicen los actos o
se ejerzan actividades gravadas, se encuentren los bienes que constituyan materia imponible o se hallen los
comprobantes con ellos relacionados.
II- Sin perjuicio de lo establecido en el punto precedente y de lo que se establezca de manera especial, los
agentes de retención, percepción y/o información, están obligados a:
1- Actuar como agentes de retención, percepción o información, cuando la Dirección General lo designe
como tal;
2- Efectuar retenciones o percepciones de conformidad con las disposiciones legales vigentes;
3- Presentar las declaraciones juradas que le correspondan con la información veraz y completa;
4- Prestar la debida cooperación, a las tareas de determinación, verificación y fiscalización de sus
obligaciones conforme a las reglamentaciones vigentes emitidas por la Dirección General.
ARTÍCULO 34.- La Dirección podrá requerir a instituciones bancarias, financieras, organismos públicos o
privados, nacionales, provinciales o municipales, y además, terceros en general y estos estarán obligados a
suministrarles todos los informes que se refieran a hechos que en el ejercicio de sus actividades, hayan
contribuido a realizar o hayan debido conocer y que constituyan, modifiquen o extinguen hechos imponibles,
según las normas de esta Ordenanza u otras Ordenanzas Fiscales.
ARTÍCULO 35.- Las instituciones bancarias no podrán conceder créditos ni renovaciones de los mismos a los
contribuyentes o responsables mientras no presenten constancia expedida por la Dirección, de hallarse en
situación fiscal regular de sus obligaciones fiscales.
ARTÍCULO 36.- Con el objeto de asegurar la verificación del exacto cumplimiento de las obligaciones de los
Contribuyentes, la Municipalidad puede:
1. Requerir a los responsables y/o terceros en general, las informaciones que se refieren a hechos
comerciales, industriales, profesionales, que constituyan o modifiquen los actos imponibles, estando los
responsables como terceros obligados a suministrarlas;
2. Requerir en cualquier momento la exhibición de los libros y/o comprobantes de operaciones o actos
realizados;
3. Enviar inspecciones a los establecimientos o lugares en los que se ejerzan actividades sujetas a los
tributos municipales y requerir el auxilio de órdenes de allanamiento conforme al artículo 41º de la Constitución
Provincial, y de la fuerza pública de conformidad con las leyes vigentes que reglamenten dichos
procedimientos, para llevar a cabo las verificaciones correspondientes, cuando se obstaculice deliberadamente
y de cualquier manera la realización de las mismas.
ARTÍCULO 37.- Ninguna oficina pública, de cualquier categoría municipal, y los organismos autárquicos darán
curso a trámites o actuación alguna con respecto a transferencia de bienes, negocios, activos y pasivos de
personas, entidades civiles o comerciales, o cualquier otro acto de similar naturaleza si no se encuentra
acreditada la inexistencia de deudas fiscales, mediante la correspondiente certificación expedida por la
Autoridad de Aplicación.
De llevarse a cabo transferencias sin la acreditación del correspondiente certificado expedido por la Dirección,
la misma no tendrá validez a los efectos Municipales y tanto el vendedor, comprador o compradores, como los
profesionales o agentes del comercio intervinientes, serán considerados responsables solidarios con la deuda
tributaria existente.
Los escribanos autorizantes, los intermediarios intervinientes y los titulares de los registros seccionales del
Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, deberán asegurar el pago de los
gravámenes a que se refiere el párrafo anterior y los correspondientes al acto mismo.
ARTÍCULO 38.- Los Contribuyentes registrados al 31 de diciembre del año calendario anterior, responden por
las obligaciones de éste. El cese o cambio en su situación fiscal deberá ser comunicado por el contribuyente en
forma fehaciente a la Autoridad de Aplicación, debiendo acreditar la inexistencia de deuda tributaria,
correspondiendo abonar el tributo de que se trate hasta el mes, bimestre y/o trimestre que se produzca, según
el modo de liquidación de cada gravamen.
TÍTULO VII
DE LA DETERMINACIÓN DE LAS OBLIGACIONES FISCALES Y GRÁVAMENES MUNICIPALES
ARTÍCULO 39.- La determinación, ingreso y fiscalización de los gravámenes estará a cargo de los funcionarios
y agentes de las dependencias competentes, conforme a las ordenanzas respectivas y a las reglamentaciones
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que se dicten al efecto.
ARTÍCULO 40.- En los casos en que esta ordenanza y otras de carácter fiscal lo establezcan, la determinación
de las obligaciones fiscales se efectuará sobre la base de declaraciones juradas que los contribuyentes y
demás responsables deberán presentar a la Municipalidad en la forma y plazos que se determine. La
declaración jurada deberá contener todos los elementos y datos necesarios para poder conocer el hecho
imponible y el monto de la obligación fiscal correspondiente. En los demás casos, la determinación de las
obligaciones impositivas se efectuará en las formas que se indican en la Parte Especial de esta Ordenanza.
ARTÍCULO 41.- Los declarantes son responsables y quedan obligados al pago de los gravámenes que se
originen en Declaraciones Juradas u otros procedimientos, excepto cuando exista error de cálculo y sin perjuicio
de las obligaciones que finalmente determine la Municipalidad a través de sus Organismos competentes.
ARTÍCULO 42.- Cuando no se hayan presentado las Declaraciones Juradas o cuando resultaren
presuntamente inexactas por falsedad o error en los datos consignados o por errónea aplicación de las normas
vigentes, la Autoridad de Aplicación procederá a determinar de oficio la obligación impositiva.
ARTÍCULO 43.- El procedimiento de determinación de oficio se inicia con una vista al Contribuyente de las
impugnaciones o cargos que formulen, para que en el término de diez (10) días, que no son prorrogables,
conteste por escrito su descargo y ofrezca y presente las pruebas que hagan a su derecho. Transcurrido el
plazo señalado, se dicta la resolución fundada que determine el gravamen e intime su pago dentro de los
quince (15) días subsiguientes.
No será necesario dictar resolución determinando de oficio la obligación tributaria si antes de ese acto el
Contribuyente presta su conformidad a la liquidación practicada por la Municipalidad, la que tendrá entonces los
mismos efectos de una Declaración Jurada.
ARTÍCULO 44.- La determinación de oficio se practicará sobre base cierta cuando el Contribuyente o los
responsables suministren todos los elementos probatorios de las operaciones o situaciones que constituyan
hechos imponibles.
En caso contrario, la Autoridad de Aplicación practicará la determinación de oficio sobre base presunta,
considerando todos los hechos y circunstancias que, por su vinculación o conexión con las Normas Fiscales, se
conceptúen como hecho imponible y permitan deducir en el caso particular la procedencia y el monto del
gravamen.
TÍTULO VIII
INTERESES, ÍLICITOS Y SANCIONES
ARTÍCULO 45.- Toda deuda por impuestos, tasas, contribuciones u otras obligaciones fiscales, como así
también los anticipos, pagos a cuenta, retenciones, percepciones y multas, que no se abonen total o
parcialmente en los plazos establecidos al efecto, será actualizada automáticamente y sin necesidad de
interpelación alguna, mediante la aplicación del coeficiente correspondiente al período comprendido entre la
fecha de vencimiento y la de pago, computándose como enteras las fracciones del mes, sin perjuicio de los
intereses resarcitorios, punitorios y cargos que se devenguen.
A los fines del cálculo de los mencionados accesorios se tendrá en cuenta:
a) La actualización procederá sobre la base de la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor,
Nivel General, elaborado por el INDEC, producida entre el mes en que debió efectuarse el pago y el penúltimo
mes anterior a aquel en que se realice;
b) el monto de la actualización correspondiente a los anticipos, pagos a cuenta, retenciones o
percepciones no constituyen crédito a favor del contribuyente o responsable contra la deuda del tributo al
vencimiento de éste, salvo en los casos en que el mismo no fuera adeudado;
c) cuando el monto de la actualización y/o intereses resarcitorios y/o punitorios no fuera abonado al
momento de ingresar el tributo adeudado constituirá deuda fiscal y será de aplicación el presente régimen legal
desde ese momento hasta el de su efectivo pago, en la forma y plazos previstos para los tributos;
d) la actualización integrará la base para el cálculo de las sanciones e intereses resarcitorios y/o
punitorios previstos en esta ordenanza;
e) las deudas actualizadas conforme lo dispuesto en los artículos anteriores, devengarán en concepto
de interés resarcitorio el uno por ciento (1%), mensual, el cual se abonará conjuntamente con aquellas sin
necesidad de interpelación alguna. El interés resarcitorio se calculará sobre el monto de la deuda resultante
desde que se devengue la actualización hasta la fecha de pago, del pedido del plan de facilidades, de la
demanda de ejecución fiscal o de solicitud del concurso o quiebra;
f) por el período durante el cual no corresponde actualización, las deudas devengarán un interés
resarcitorio mensual que será fijado por el Departamento Ejecutivo, el que no podrá exceder del doble del que
aplique el Banco Provincia de Tierra del Fuego, para las operaciones de descuentos de documentos
comerciales a treinta (30) días. A estos efectos se aplicará para todo el período de la mora la tasa que rija el día
de pago de la deuda, del pedido del plan de facilidades, de la demanda de ejecución fiscal o de la solicitud del
concurso;
g) cuando sea necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivos los créditos y multas firmes, los
importes respectivos devengarán un interés punitorio, el cual será establecido por el Departamento Ejecutivo, el
que no podrá exceder del doble del fijado en el inciso f) computable desde la interposición de la demanda sobre
el total de la deuda ejecutada y hasta el efectivo pago;
h) por cada notificación que requiera el pago de una deuda, la presentación de declaraciones juradas o
documentación equivalente se abonará un cargo que será fijado en la ordenanza Tarifaria anual y reglamentado
por la Dirección General;
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i) Los importes de dinero percibidos por el municipio en virtud de erróneas liquidaciones de tributos,
cuotas, anticipos o ingresos a cuenta, sin que halla mediado culpa o dolo del contribuyente y/o terceros ajenos
a la municipalidad, deberán ser imputados, en primer lugar, al pago de obligaciones vencidas y de subsistir un
saldo se generará un crédito fiscal por las obligaciones a vencer. En todos los casos, la suma a favor del
contribuyente devengará un interés mensual equivalente a la tasa de interés pasiva para Caja de Ahorro
utilizada por el Banco de Tierra del Fuego, desde el origen y hasta su determinación.
j) La obligación de pagar los intereses subsiste no obstante la falta de reservas por parte de la Dirección
de recibir el pago de la deuda principal y sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por
infracciones a los deberes fiscales.
k) Durante la vigencia de la Ley Nacional Nº 23.928 de Convertibilidad se suspende la aplicación de la
actualización prevista en el inciso a) para las deudas cuyo vencimiento hubiere operado a partir del 1º de abril
de 1991. Las deudas cuyo vencimiento hubiesen operado con anterioridad a dicha fecha devengarán los
intereses y la actualización conforme al régimen descripto, consolidándose la deuda fiscal a dicha fecha y
resultándole aplicable a partir de la misma y hasta su efectivo pago el régimen de intereses previstos según
corresponda.
INFRACCIONES
ARTÍCULO 46.- El incumplimiento de toda obligación tributaria municipal, como así también toda acción u
omisión que importe violación de normas tributarias de naturaleza sustancial o formal, constituye infracción
punible en la medida y con los alcances establecidos en esta Ordenanza u otras Ordenanzas especiales.
INFRACCIÓN A LOS DEBERES FORMALES
ARTÍCULO 47.- El incumplimiento de los deberes formales establecidos en esta Ordenanza, en Ordenanzas
Fiscales especiales, en Decretos, Resoluciones o Disposiciones administrativas de la Municipalidad, constituyen
infracción que será reprimida con multas cuyos topes mínimo y máximo serán establecidos por la Ordenanza
Tarifaria anual, sin perjuicio de las multas que pudieren corresponder por otras infracciones. La infracción
contemplada en este artículo quedará configurada por el mero vencimiento de los plazos o por la constatación
de los hechos por parte de la Dirección, debiendo aplicarse las sanciones correspondientes sin necesidad de
acción administrativa previa.
OMISIÓN. MULTA
ARTÍCULO 48.- Constituirá omisión y será reprimido con una sanción de multa graduable desde un diez por
ciento ( 10%) hasta un doscientos por ciento ( 200%) del monto actualizado de la obligación fiscal omitida, el
incumplimiento culpable total o parcial del pago de las obligaciones fiscales. No incurrirá en omisión ni será
pasible de la multa, quien deje de cumplir total o parcialmente una obligación por error excusable en la
aplicación al caso concreto de las normas de esta Ordenanza o de las Ordenanzas Fiscales especiales. No
incurrirá en omisión ni será pasible de la multa establecida en el presente artículo, sin perjuicio de los recargos
que prevé esta Ordenanza; el contribuyente o responsable que se presente espontáneamente a cumplir su
obligación tributaria vencida, sin que haya mediado requerimiento o procedimiento alguno por parte de la
autoridad de aplicación o demanda judicial.
ARTÍCULO 49.- Ante la omisión de retener o percibir corresponde la aplicación de la multa establecida en el
artículo anterior, graduable desde un veinte por ciento (20%) hasta un trescientos por ciento (300 %) del importe
dejado de retener o percibir, salvo que se demuestre fehacientemente que el contribuyente ha colocado al
agente de recaudación en imposibilidad de cumplimiento.
DEFRAUDACIÓN FISCAL. MULTA
ARTÍCULO 50.- Incurrirán en defraudación fiscal y serán pasibles de multa de una (1) vez hasta diez (10) veces
el tributo en el que se defraudare el fisco, sin perjuicio de la responsabilidad criminal que pudiere corresponder,
los contribuyentes responsables o terceros, que realicen cualquier hecho, aserción, omisión, simulación,
ocultación o en general, cualquier maniobra con el propósito de producir la evasión total o parcial de las
obligaciones fiscales que les incumba a ellos o a otros sujetos. Incurrirán también en defraudación fiscal y
serán reprimidos con las mismas multas establecidas en el párrafo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad
criminal que pudiere corresponder, los agentes de retención y/o percepción que mantengan en su poder tributos
retenidos y/o percibidos después de haber vencido los plazos en que debieron hacerlos ingresar al fisco. No se
admitirá excusación basada en la falta de existencia de la retención o percepción, cuando éstas se encuentren
documentadas, registradas, contabilizadas, comprobadas o formalizadas de cualquier modo.
La defraudación fiscal se considerará como consumada cuando se haya realizado los hechos o maniobras
indicados en el párrafo precedente, aunque no haya vencido todavía el término en que se debieron cumplir las
obligaciones fiscales.
PRESUNCIONES
ARTÍCULO 51.- Se presume el propósito de procurar para sí o para otros la evasión de las obligaciones
fiscales, salvo prueba en contrario, cuando se presente cualquiera de las siguientes circunstancias u otras
análogas:
a) Contradicción evidente entre los libros, documentos o demás antecedentes, con los datos contenidos
en las declaraciones juradas;
b) Manifiesta disconformidad entre los preceptos legales y reglamentarios y la aplicación que de los
mismos hagan los contribuyentes y responsables con respecto a sus obligaciones fiscales;
c) Declaraciones Juradas que contengan datos falsos;
d )Omisión de las declaraciones juradas de bienes, actividades u operaciones que constituyan hechos
imponibles;
e) Producción de informes y comunicaciones falsas a la dirección con respecto a los hechos u
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operaciones que constituyan hechos imponibles;
f) No llevar, o no exhibir libros de contabilidad, documentos de comprobación suficiente u otras
registraciones, cuando la naturaleza o el volumen de las operaciones desarrolladas no justifiquen esa omisión,
o cuando la Dirección en carácter general, establezca la obligación para determinadas categorías de
contribuyentes o responsables de llevar libros con independencia de los exigidos por la Ley; como así también
llevar dos o más juegos de libros con distintos asientos para una misma contabilidad;
g) Extender instrumentos sin fecha y lugar de otorgamiento o adulterar la fecha de los mismos, cuando
de tales actos pueda resultar perjuicio a la renta fiscal,
h) La falta de empadronamiento dentro de los treinta (30) días corridos de producido el hecho imponible;
i) Recurrir a formas jurídicas improcedentes adoptadas para evadir gravámenes;
j) La falta de comunicación a la Dirección en tiempo y forma de cambio o modificaciones que produzca
el contribuyente o responsable respecto de su domicilio fiscal y/o todo otro proceder que obstaculice los
poderes de fiscalización y verificación de la Dirección;
k) Ejercer un ramo de comercio o industria con registro o licencia expedido a nombre de otro o para otro
ramo comercial o industrial u ocultando el verdadero comercio o industria;
l) La atestación por funcionarios, empleados públicos o depositantes de la fe pública, de haberse
satisfecho un tributo sin que ello realmente hubiera ocurrido;
m) Reincidir en infracciones fiscales;
MULTAS. APLICACIÓN DE OFICIO
ARTÍCULO 52.- Las multas por infracción a los deberes formales y/o por omisión serán impuestas de oficio por
la Dirección o la autoridad de aplicación que corresponda.
SUMARIO PREVIO A LA APLICACION DE MULTAS POR DEFRAUDACIÓN
ARTÍCULO 53.- La Dirección, antes de aplicar las multas por defraudación fiscal dispondrá la instrucción de un
sumario notificando al presunto infractor y emplazándolo para que dentro de los diez (10) días alegue su
defensa y ofrezca y/o produzca las pruebas que hagan a su derecho. Vencido este término, la Dirección podrá
disponer que se practiquen otras diligencias de prueba o cerrar el sumario y dictar Disposición. Si el sumariado,
notificado en legal forma no compareciera en el término fijado en el párrafo anterior, se procederá a seguir el
sumario en rebeldía.
ARTÍCULO 54.- Las multas por omisión y defraudación sólo serán de aplicación cuando existiera intimación,
actuaciones o expedientes en trámite, vinculados con la situación fiscal de contribuyentes o responsables, o
cuando se hubiera iniciado inspección.
REMISIÓN DE MULTAS
ARTÍCULO 55.- En los casos de infracciones a los deberes formales o de simple omisión, las multas podrán ser
reducidas total o parcialmente, mediante acto dispositivo fundado, cuando las mismas impliquen culpa leve de
los infractores.
ARTÍCULO 56.- El departamento ejecutivo podrá remitir en todo o en parte la obligación de abonar intereses y
multas establecidas en esta Ordenanza, en las siguientes condiciones:
a) Con carácter general, cuando circunstancias especiales afecten a la generalidad de los
contribuyentes;
b) La remisión podrá comprender a uno o más períodos y a uno o más gravámenes;
c) Tendrá carácter temporario;
d) En todos los casos se requerirá como condición para gozar los beneficios la regularización de los
gravámenes comprendidos en la remisión.
En las mismas condiciones de los incisos precedentes, la Dirección podrá remitir recargos y cargos por
notificaciones.
PERSONAS JURÍDICAS Y OTRAS ENTIDADES
ARTÍCULO 57.- En cualquiera de los supuestos de infracciones a los deberes formales, omisión o
defraudación, si la infracción fuera cometida por personas jurídicas regularmente constituidas, serán solidarias e
ilimitadamente responsables para el pago de las multas los integrantes de los órganos de administración.
De tratarse de personas jurídicas irregulares, simples asociaciones y demás entidades, la responsabilidad
solidaria e ilimitada corresponde a todos sus integrantes.
PUNIBILIDAD DE LAS PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS, ENTIDADES Y TERCEROS
ARTÍCULO 58.- En el caso de las infracciones a las obligaciones y deberes fiscales, de personas jurídicas,
asociaciones o entidades de existencia ideal se podrán imponer sanciones a las entidades mismas.
Sin perjuicio de la que corresponda al responsable principal serán pasible de sanción y en la graduación que
corresponda, cuando actúen con dolo:
a) Los coautores, cómplices, encubridores, considerándose como tales a los que financien, instiguen o
colaboren de cualquier manera con el autor para la realización del acto punible, según el caso;
b) Los directores, gerentes, administradores, representantes, gestores o mandatarios de entidades de
hecho o de derecho y de personas físicas;
c) Los funcionarios, profesionales o personas sin título habilitante que participen en las infracciones
previstas en la presente Ordenanza;
d)Los terceros que, aunque no tuvieran deberes tributarios a su cargo, faciliten o silencien una
infracción.
CONTRIBUYENTES QUEBRADOS O CONCURSADOS CIVILMENTE
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ARTÍCULO 59.- Los Contribuyentes o responsables a los que se les decreta la quiebra no son pasibles de las
sanciones previstas en este Título, salvo que las infracciones cometidas lo sean como consecuencia de hechos
u omisiones, realizadas luego de haberse decidido judicialmente la continuación definitiva de la explotación, o el
que el Juez interviniente, en la calificación la haya declarado culpable o fraudulenta.
MUERTE DEL INFRACTOR
ARTÍCULO 60.- Las acciones para aplicar las multas por infracciones tipificadas en este Título, así como las ya
impuestas, se extinguen por la muerte del infractor.
CLAUSURA
ARTÍCULO 61.- Sin perjuicio de las multas respectivas, el Poder Ejecutivo podrá disponer la clausura de los
establecimientos donde se hubiese comprobado el incumplimiento de los deberes formales establecidos en el
artículo 33 , incisos 1; 2; 3 y 5. en concordancia con la reglamentación que se dicte al respecto.
TÍTULO IX
DEL PAGO
FORMAS, REDONDEO, PLAZOS, LUGAR Y MEDIOS DE PAGO
ARTÍCULO 62.- El pago de las obligaciones fiscales deberá efectuarse dentro de los plazos que establezca la
Dirección en oportunidad de fijar el calendario fiscal que regirá en cada ejercicio, salvo las situaciones
especiales previstas en la presente Ordenanza.
La Dirección queda facultada a prorrogar dichos plazos cuando razones de conveniencia así lo determinen.
El pago de multas establecidas en resolución firme por la Dirección deberá efectuarse dentro de los diez (10)
días de notificada, excepto las multas que sean aplicadas en virtud de Ordenanzas que fijen un plazo específico
para su pago.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, se faculta a la Dirección a exigir, con carácter general uno o
varios anticipos o pagos a cuenta de obligaciones fiscales del año fiscal en curso o del siguiente, en la forma y
tiempo que establezca.
La Dirección podrá establecer sistemas generales de retenciones y/o percepciones en la fuente respecto de
gravámenes o hechos imponibles establecidos en esta Ordenanza u otras Ordenanzas especiales, debiendo
actuar como agentes de recaudación los responsables que a tal efecto se designen.
La Dirección estará facultada para emitir normas generales sobre redondeo de importes destinados al pago de
obligaciones fiscales, por las que se contemplen la eliminación de centavos, con o sin ajuste de la unidad
superior, según los casos.
ARTÍCULO 63.- Los Contribuyentes y demás responsables deben abonar en la forma, lugar y tiempo que
determine la autoridad de aplicación, las obligaciones fiscales en los casos que correspondan siempre que esta
Ordenanza u otra disposición no establezca una forma especial de pago.
ARTÍCULO 64.- Los plazos para el pago de las obligaciones fiscales no se interrumpen por la promoción de
reclamos, pedidos de facilidades, aclaraciones e interpretaciones, debiéndoselos satisfacer, sin perjuicio de la
devolución que se consideren con derecho los Contribuyentes o responsables.
ARTÍCULO 65.- El pago de los impuestos, tasas, derechos, contribuciones, recargos, intereses, multas y demás
obligaciones fiscales deberá efectuarse en las cajas recaudadoras dependientes de la Dirección, en las oficinas,
terceros o entidades bancarias que se encuentren autorizados a tal efecto, en efectivo, mediante usos de
tarjetas de crédito y débito autorizadas a tal fin, cheques o giros a la orden de la Municipalidad de Ushuaia, u
otras formas que establezca el Departamento Ejecutivo. En todos los casos se tomará como fecha de pago el
día en que se emita el giro postal o bancario o se remita el cheque postal con piezas certificadas, siempre que
estos valores puedan hacerse efectivos al momento de su presentación al cobro. Las demoras ocasionadas por
la Autoridad de Aplicación no son imputables al Contribuyente.
También se puede efectuar el pago mediante el uso de valores fiscales y de títulos públicos que emita el Estado
Nacional o Provincial, siempre y cuando la Ley que los cree así lo establezca, cuando por las características del
tributo corresponda y en lo casos que el Departamento Ejecutivo Municipal así lo determine.
IMPUTACIÓN
ARTÍCULO 66.- Los contribuyentes o responsables deberán consignar, al efectuar los pagos, a qué deudas
deben imputarse. Cuando así no lo hicieren y las circunstancias del caso no permitiesen establecer la deuda a
que se refieren, la Dirección procurará imputarlos comenzando por las deudas correspondientes a las
obligaciones fiscales más remotas. Dentro de cada año fiscal se cancelarán en primer término las multas,
intereses, cargos y actualizaciones si correspondiera, en ese orden y el excedente, si lo hubiera, al tributo.
ARTÍCULO 67.- Los importes abonados respecto de anticipos y pagos a cuenta constituyen créditos a favor del
Contribuyente o responsable y serán deducidos del importe total del gravamen.
FACILIDADES DE PAGO
ARTÍCULO 68.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer planes de facilidades de pago con carácter
general, para una o más obligaciones fiscales, por períodos determinados, como así también regímenes
especiales de facilidades de pago, que contemplen los beneficios del artículo 56 de la presente.
Las facilidades para el pago no regirán para los agentes de recaudación.
COMPENSACIÓN
ARTÍCULO 69.- La Autoridad de Aplicación podrá compensar de oficio o a pedido de los propios
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contribuyentes o responsables, los saldos acreedores provenientes de pagos hechos por error, en demasía o
sin causa, con las deudas o saldos de tributos declarados por éstos o determinados por aquella, comenzando
por los más remotos, salvo excepción de prescripción y aunque se refieran a distintas obligaciones tributarias,
previo a lo cual deberá actualizarse cuando así correspondiere, débitos y créditos fiscales según las
disposiciones vigentes en la materia.
Cuando el contribuyente o responsable fuere acreedor de la Municipalidad por cualquier otro motivo, podrá
solicitar al Departamento Ejecutivo la compensación de su crédito con las obligaciones fiscales que adeude en
la forma que establezca la reglamentación.
ARTÍCULO 70.- El Departamento Ejecutivo puede firmar convenios con las Empresas y Organismos
alcanzados por la Ley Nº 22.016, compensando los gravámenes que éstos deban abonar, con las tarifas de los
servicios que presten a la Municipalidad.
ARTÍCULO 71.- El Departamento Ejecutivo podrá realizar Convenios de Compensación de tributos municipales
con contribuyentes que puedan ofrecer bienes, servicios, equipos viales, contratos de obra pública o inmuebles
en propiedad, uso o usufructo de la Municipalidad. Podrán realizarse los convenios siempre que respondan a
una previa necesidad del Departamento Ejecutivo.
PAGO DE REAJUSTES- RETROACTIVIDAD
ARTÍCULO 72.- Cuando el Departamento Ejecutivo reliquida o reajusta una obligación tributaria, como
consecuencia de hechos imputables al Contribuyente o responsable o por haber mediado error en su
liquidación original, ya sea imputable al propio Contribuyente o a la Municipalidad, no cabe considerar
extinguida la obligación por el pago que se hubiera efectuado. En tales casos, los Contribuyentes o
responsables continúan obligados al pago de las obligaciones reliquidadas o reajustadas más sus intereses y
actualización calculados desde el vencimiento original, salvo que el error sea atribuido a la Municipalidad, en
cuyo caso no resultan exigibles la actualización y los intereses devengados hasta la fecha de determinación del
reajuste, cuyo vencimiento operará dentro de los 30 (treinta) días, debiendo en ese plazo notificar al
contribuyente del ajuste efectuado.
DE LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
ARTÍCULO 73.- La obligación solamente se considera extinguida cuando se ingrese la totalidad del tributo
adeudado más su actualización, intereses, multas y costos si correspondiere.
ARTÍCULO 74.- El pago parcial de las obligaciones derivadas de un tributo, aun cuando la Autoridad de
Aplicación no efectúe reserva alguna, no constituye presunción de extinción de obligaciones anteriores del
mismo tributo, de intereses, multas o actualizaciones.
TÍTULO X
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 75.- El Concejo Deliberante puede determinar por sí o a petición del Departamento Ejecutivo
Municipal, que otros contribuyentes no incluidos en la presente Ordenanza, estén exentos del pago de los
tributos correspondientes.
ARTÍCULO 76.- Las Empresas y Organismos alcanzados por la Ley Nº 22.016 deben abonar todas las
obligaciones fiscales emergentes de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 77.- El Departamento Ejecutivo deberá llevar un registro actualizado de las personas o entidades
exentas del pago de los tributos municipales.
ARTÍCULO 78.- Las personas o entidades exentas por las disposiciones del presente Título están obligadas a
declarar dentro de los veinte (20) días de producido cualquier cambio que signifique variar las condiciones que
dan lugar a la exención. La omisión de la declaración establecida precedentemente hace pasible al responsable
de una multa por incumplimiento de los deberes formales, sin prejuicio de las sanciones que correspondan por
evasión y el pago de los gravámenes e intereses adeudados.
ARTÍCULO 79.- Para ser beneficiarios de las exenciones de los tributos contemplados en la presente
Ordenanza, se deberá manifestar expresamente la voluntad de acogerse a la misma, debiendo presentar la
solicitud de exención, la cual regirá de corresponder desde la fecha de presentación de la misma.
TÍTULO XI
DE LOS RECURSOS
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
ARTÍCULO 80.- Contra las disposiciones o resoluciones que determinen obligaciones, impongan multas por
infracciones o denieguen exenciones, los contribuyentes y responsables podrán interponer recurso de
reconsideración dentro de los diez días de su notificación.
En el recurso deberán exponerse todos los argumentos contra la resolución impugnada y acompañarse u
ofrecerse todas las pruebas de que pretendan valerse, no admitiéndose posteriormente otros ofrecimientos,
excepto de los hechos posteriores.
Las pruebas documentales deberán acompañarse con el escrito de presentación y cuando no pudieran
presentarse en ese acto, deberán indicarse los motivos, el lugar donde se encuentran y la presentación no
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excederá los diez días.
ARTÍCULO 81.- La autoridad de Aplicación deberá sustanciar las pruebas que considere conducentes y
rechazar las manifiestamente improcedentes y disponer las verificaciones que crea necesarias para establecer
la real situación de hecho y dictará disposición o resolución dentro de los noventa días de la interposición del
recurso, notificándola al recurrente. El plazo determinado en el párrafo anterior podrá ser prorrogado en el caso
de que el recurrente, para la producción de la prueba a su cargo y fundado en la naturaleza de la misma,
hubiere solicitado y obtenido y un plazo de mas de treinta (30) días.
ARTÍCULO 82.- Cuando la disconformidad respecto de las disposiciones o resoluciones dictadas se limite a
errores de cálculo, se resolverá sin sustanciación.
ARTÍCULO 83.- La interposición del recurso de reconsideración suspende la obligación de pago de los importes
o conceptos cuestionados, pero no interrumpe la aplicación del régimen de actualización de deudas ni de los
intereses que devenguen. A tal efecto será requisito para interponer el recurso de reconsideración que el
contribuyente o responsable regularice su situación fiscal en cuanto a los importes que se le reclaman y
respecto de los cuales presente conformidad.
RECURSO JERÁRQUICO
ARTÍCULO 84.- La disposición o resolución recaída en recurso de reconsideración, quedará firme a los diez
(10) días de notificada, salvo que dentro de este término el recurrente interponga recurso jerárquico fundado
ante el superior inmediato que dictó el acto.
ARTÍCULO 85.- En los recursos jerárquicos, los recurrentes no podrán presentar o proponer nuevas pruebas,
excepto de los hechos posteriores o documentos que no pudieron presentarse al interponer el recurso de
reconsideración.
ARTÍCULO 86.- La interposición del recurso jerárquico suspende la obligación de pago, en las condiciones
previstas en el artículo 83º; el superior inmediato dictará su decisión dentro de los sesenta (60) días de la fecha
de interposición del recurso, notificándola al recurrente con todos sus fundamentos.
ARTÍCULO 87.- Contra las decisiones definitivas del superior jerárquico, los contribuyentes o responsables
podrán interponer demanda judicial, sólo después de efectuado el pago de los importes cuestionados, con
excepción de las multas, pudiendo exigirse el afianzamiento de su importe.
ARTÍCULO 88.- Los contribuyentes o responsables podrán interponer ante la Autoridad de Aplicación recurso o
acción de repetición de los impuestos, tasas, contribuciones y sus accesorios, cuando consideren que el pago
hubiese sido indebido o sin causa. En caso en que la acción o el recurso fuere promovido por agentes de
recaudación, estos deberán presentar nómina de contribuyentes a quienes la Autoridad de Aplicación efectuará
la devolución de los importes cuestionados, salvo que acrediten la debida autorización para su cobro.
La Autoridad de Aplicación, previa sustanciación de las pruebas ofrecidas o de las otras medidas que considere
oponer, deberá dictar disposición o resolución dentro de los ciento ochenta (180) días de la fecha de
interposición de la acción o recurso de repetición con todos los recaudos formales que establezca la
reglamentación. Si la parte interesada para la producción de la prueba a su cargo y fundado en la naturaleza de
la misma, hubiere solicitado y obtenido un plazo de mas de treinta (30) días, el término para dictar disposición o
resolución se considerará prorrogado en lo que excediese de dicho plazo. La disposición o resolución deberá
ser notificada al demandante con todos sus fundamentos.
ARTÍCULO 89.- La disposición o resolución recaída sobre el recurso o acción de repetición tendrá todos los
efectos de la resolución del recurso de reconsideración y podrá ser objeto del recurso jerárquico ante el superior
inmediato, en las condiciones y términos previstos en los artículos 84º a 88º de la presente. Este recurso será
requisito necesario para recurrir ante la justicia. En los casos en que los contribuyentes o responsables
solicitaren la devolución, acreditación o compensación de importes abonados indebidamente o en exceso, si el
reclamo fuere procedente se reconocerá la actualización y/o intereses desde la fecha del pedido y hasta su
determinación.
TÍTULO XII
DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO JUDICIAL
ARTÍCULO 90.- Cuando fuese necesario iniciar acciones judiciales para hacer efectivo el cobro de los tributos,
recargos, intereses, multas firmes y demás obligaciones fiscales los importes respectivos devengarán el interés
fijado en el artículo 45º de esta Ordenanza Fiscal.
ARTÍCULO 91.- El cobro de los tributos, intereses, recargos, y de las multas firmes, se hará por vía de
ejecución fiscal, sirviendo de suficiente título a tal efecto, la constancia de deuda extendida por la Municipalidad,
en todo aquello que no esté contemplado en esta Ordenanza Fiscal, es de aplicación lo dispuesto por la
legislación especial vigente sobre el tema.
ARTÍCULO 92.- En los casos de sentencias dictadas en los juicios de ejecución fiscal por cobro de los tributos,
la acción de repetición sólo puede deducirse una vez abonados los importes, sus accesorias y costas.
El cobro de los tributos por vía de ejecución fiscal se tramitará independientemente del curso sumario a que dé
origen la falta de pago de los mismos.
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ARTÍCULO 93.- En los casos de presentaciones de Declaraciones Juradas fuera de los períodos fiscales en
que correspondiera hacerlo, la prescripción correrá en los plazos del artículo anterior, a partir del 1º de enero
siguiente al año de dicha presentación.
ARTÍCULO 94.- Las Acciones y Poderes del Municipio para determinar y exigir el pago de los tributos, recargos,
intereses y multas y regidos por esta Ordenanza Fiscal y otras Ordenanzas Especiales, prescriben:
a) A los cinco (5) años para obligaciones devengadas con posterioridad al 1º de abril de 2006. La acción
de repetición de los tributos municipales, prescribe también dentro del mismo plazo.
b) A los diez (10) años para obligaciones devengadas hasta el 31 de marzo de 2006. La acción de
repetición de los tributos municipales, prescribe también dentro del mismo plazo.
Comenzará a correr el término de prescripción del Municipio para determinar y exigir el pago y del
Contribuyente para repetir, desde el 1º de enero siguiente al año que se produzca el vencimiento de los plazos
generales para la presentación de la Declaración Jurada o el documento que la sustituya e ingresos de tributo.
ARTÍCULO 95.- En los casos en que el Contribuyente regularice la deuda en ejecución Judicial, el Municipio
mantendrá las medidas precautorias, paralizando la acción Judicial hasta el momento en que se hayan pagado
los importes reclamados. Esta medida precautoria no será levantada hasta que no se conforme la totalidad del
pago reclamado, pero pueden ser sustituidas por el aval suficiente a opción de la Municipalidad-.
ARTÍCULO 96.- La prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar obligaciones y
exigir el pago de los gravámenes y de la acción para el cobro Judicial de los mismos, se interrumpe:
1.- Por el conocimiento y/o reconocimiento expreso que haga el deudor de sus obligaciones;
2.- Por los actos judiciales que la Municipalidad ejecute en procuración de pago;
3.- Por renuncia del Contribuyente al término corrido de la prescripción, corre a partir del 1º de enero
siguiente al año en que las circunstancias mencionadas ocurran.
ARTÍCULO 97.- La prescripción de la acción de repetición del Contribuyente o representante se interrumpe por
la presentación del pedido de repetición hecho administrativamente o deducción de la demanda.
ARTÍCULO 98.- El diligenciamiento de los mandamientos de ejecución y embargo y las notificaciones en las
causas en las que es parte la Municipalidad de Ushuaia, podrán estar a cargo de empleados de la Asesoría
Letrada Municipal, cuando ésta lo requiera. En éstos casos el Juez designará al agente propuesto como oficial
de Justicia ad-hoc, a la mayor brevedad. El costo que demande la realización de las diligencias será soportado
por la parte condenada en costas. El servicio jurídico permanente podrá igualmente, proponer martillero para
efectuar la subasta, debiendo en tal caso el Juez que entiende en la causa designar al propuesto.
ARTÍCULO 99.- El Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para desistir de los juicios en trámite o no
iniciar las respectivas acciones judiciales tendientes al cobro de deudas tributarias cuando el monto reclamable
fuere igual o inferior al equivalente a un mil quinientas U.F.A. (1.500) de capital nominal, conforme a pautas de
viabilidad en el cobro, el interés municipal, y las condiciones fácticas así lo aconsejen.
TÍTULO XIII
DISPOSICIONES VARIAS
DÍAS HÁBILES
ARTÍCULO 100.- Todos los términos señalados en días por esta Ordenanza Fiscal u otras Ordenanzas
Especiales, se refieren a días hábiles, salvo disposición expresa en contrario.
SECRETO FISCAL
ARTÍCULO 101.- Las Declaraciones Juradas, Comunicaciones, Informes y escritos que los contribuyentes,
responsables o terceros, presenten ante la Dirección son secretos, en cuanto consignen informaciones
referente a su situación u operaciones económicas o de las de sus familiares.
No están alcanzados por la disposición precedente los datos referidos a la falta de presentación de
declaraciones juradas y a la falta de pago de las obligaciones tributarias exigibles, quedando facultado el
Departamento Ejecutivo para dar a publicidad dicha información, en la oportunidad y condiciones que el mismo
establezca.
Los magistrados, funcionarios, empleados de la municipalidad están obligados a mantener en la mas estricta
reserva todo lo que llegue a su conocimiento en el ejercicio de sus funciones sin poder comunicarlo a nadie,
salvo a sus superiores jerárquicos ó, si lo estimara oportuno a solicitud de los interesados.
El deber del secreto no alcanza a la utilización de las informaciones por la Municipalidad para la fiscalización de
obligaciones emergentes de gravámenes municipales idénticos, similares o diferentes de aquellos para los que
fueron obtenidos, ni subsisten frente a los pedidos de informes de la Justicia, del Fisco Nacional, Provincial, o
de otras Municipalidades, siempre que haya reciprocidad en este caso.
FONDO ESTÍMULO
ARTÍCULO 102.- Créase el fondo estímulo para los empleados que presten servicio efectivo en la Dirección
General de Rentas, de conformidad con las condiciones que determine el Departamento Ejecutivo.
CITACIONES Y NOTIFICACIONES
ARTÍCULO 103.- Las citaciones, notificaciones e intimaciones de pago y demás, serán practicadas en
cualesquiera de las siguientes formas:
a) Por carta certificada con aviso especial de retorno; el aviso de retorno servirá de suficiente prueba de
notificación siempre que la carta haya sido entregada en el domicilio del contribuyente aunque aparezca
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recibida por un tercero;
b) personalmente, por medio de un agente de la administración, quien dejará constancia de la
diligencia practicada y del día y hora en que se efectuó, exigiendo la firma del interesado. Si este no supiese, no
pudiere o se negare a firmar, se dejará igualmente constancia de ello.
Si no hubiere persona dispuesta a recibir la notificación o si el responsable se negara a firmar, procederán a fijar
en la puerta de su domicilio el instrumento de que se hace mención en el párrafo que antecede.
Las notificaciones efectuadas por los agentes de la administración darán fe mientras no se demuestre su
falsedad;
c) Por nota o esquela numerada, con firma facsimilar del funcionario autorizado remitida con aviso de
retorno y en las condiciones que determine la Dirección para su emisión y demás recaudos;
d) Por cédula, por medio de los empleados que designe el Director, quienes en las diligencias deberán
observar las normas que sobre la materia establece el Código Procesal, Civil, Comercial, Rural y Minero de la
Provincia;
e) Por telegrama colacionado u otro medio de comunicación de similares características;
f) Si no pudieran practicarse las diligencias en la forma antedicha, se hará por publicación por medio de
edictos en algún diario del ámbito local, durante dos (2) días, sin perjuicio de que también se practique la
diligencia en el lugar donde se presume que puede residir el contribuyente.
TÍTULO EJECUTIVO
ARTÍCULO 104.- Las liquidaciones y/o determinaciones administrativas expedidas por la Autoridad de
Aplicación, de conformidad con las normas establecidas en la presente Ordenanza, por medio de sistemas de
computación constituirán título suficiente a los efectos de la notificación, intimación y apremio judicial.
ARTÍCULO 105.- Si el interesado en un expediente en trámite, no concurre a notificarse de la última resolución
recaída, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de la última citación, aquel será enviado a
archivo si no correspondiere otro trámite.
CONSTITUCIÓN DE DEPÓSITOS EN GARANTÍA
ARTÍCULO 106.- El Departamento Ejecutivo está facultado para exigir, a concesionarios y permisionarios
municipales, en los casos y con las modalidades que estime pertinentes, la constitución de depósitos en
garantía que correspondan por el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
PERMISIONARIOS - CONCESIONARIOS
ARTÍCULO 107.- Los permisionarios o concesionarios de la Municipalidad de Ushuaia, no deben adeudar a
esta suma alguna en concepto de Tasas, Derechos e Impuestos para el goce del permiso de concesión.
Si el contribuyente registra un plan de pagos en concepto de Contribución por Mejoras o Venta de Tierras
Fiscales, el mismo deberá encontrarse en situación fiscal regular.
Si los permisionarios o concesionarios adeudaren algún importe a la Municipalidad por los conceptos
indicados, implicará automáticamente, y de pleno derecho, la caducidad del permiso de concesión, sin que ello
dé lugar a reparación o indemnización de ninguna naturaleza.
De regularizar el permisionario o concesionario su situación fiscal con posterioridad a este evento, el
Departamento Ejecutivo podrá revalidar el permiso o concesión, en la medida en que sean satisfechos los
intereses municipales y no se hubieran otorgado derechos a terceros.
CERTIFICADOS
ARTÍCULO 108.- Todos los Contribuyentes que soliciten la baja, cese o transferencia deben simultáneamente
obtener un Certificado expedido por la Dirección General, que indique expresamente la inexistencia de deudas.
Cuando el Contribuyente entorpeciera la labor del Municipio, no aportando los elementos que le fueran
requeridos, se hará pasible inmediatamente de las sanciones previstas en esta Ordenanza Fiscal, sin perjuicio
de las que correspondieren en el supuesto en que haya determinación de tributo con intervención fiscal.
Este certificado tiene carácter específico vinculante con el trámite por el cual se lo requiera, comprendiendo
cada especie de obligación fiscal de los Contribuyentes o responsables frente al Municipio, respectivamente.
El Contribuyente puede solicitar este Certificado, el que se expedirá en las condiciones precedentes.
ARTÍCULO 109.- La autorización de transferencia sólo se otorga previo pago de los tributos que correspondan.
ARTÍCULO 110.- El Departamento Ejecutivo podrá requerir para determinados trámites a los contribuyentes, la
presentación de certificados expedidos por la Dirección General que demuestren situación fiscal regular por
todos sus bienes; actividades y/u obligaciones fiscales.
PARTE ESPECIAL
ANEXO II
DERECHOS DE OFICINA
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º .- Por los servicios y/o actos administrativos realizados, a requerimiento de los interesados o de
oficio, por esta Municipalidad.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Por estos servicios y/o trámites se abonarán los montos que para cada caso establecerá la
Ordenanza Tarifaria.
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DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Están obligados al pago de estos derechos, los peticionantes o beneficiarios y destinatarios de
toda actividad, acto, trámite y/o servicio de la administración.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- Los derechos se abonan en la forma y oportunidad que establezca el Departamento Ejecutivo.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 5º.- Están exentos del pago de los derechos:
1) El Estado Nacional, los Estados Provinciales, las Municipalidades, sus dependencias y sus entes
autárquicos;
2) Las instituciones religiosas reconocidas, las mutuales con personería jurídica y las entidades de bien
público sin fines de lucro;
3) Las notas consultas sobre obligaciones fiscales, solicitudes de exenciones y demás actuaciones
vinculadas con el cumplimiento voluntario de las Tasas, derechos y contribuciones;
4) Las actuaciones que promuevan los agentes de la Municipalidad relacionadas con su servicio;
5) Las cotizaciones a pedido de la Municipalidad y la tramitación de créditos a proveedores y
contratistas;
6)Las prestaciones y peticiones promovidas por entidades vecinales reconocidas.
DEL DESESTIMIENTO DEL TRÁMITE
ARTÍCULO 6º.- El desestimiento por parte del solicitante en cualquier estado del trámite o por resolución
contraria al pedido, no dan lugar a la devolución de los derechos pagados, ni exime del pago de los que
pudieran adeudarse.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 7º.- En caso de servicios prestados por el Municipio para la práctica de deportes en los Complejos
Municipales, a los fines de su arancelamiento, se tendrán en consideración las siguientes pautas:
a) En los horarios reservados para clubes, Instituciones o Asociaciones sin fines de lucro, debidamente
reconocidas, el acceso y la práctica de deportes, será permitido a sus miembros asociados con la sola
presentación del carnet o documento que acredite su condición de tal.
b) La debida constancia de revisación médica actualizada y expedida por el área competente del
Municipio.
PARTE ESPECIAL
ANEXO III
TÍTULO I
TASA A LAS ACTIVIDADES COMERCIALES E INDUSTRIALES
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- El Municipio realiza la fiscalización del cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en
los locales y/o establecimientos, en los que se llevan a cabo actividades de índole comercial e industrial
productora de bienes y/o servicios, en la jurisdicción de la Municipalidad de Ushuaia, en salvaguarda de los
consumidores, constituyendo el desarrollo de dichas actividades, el hecho imponible gravado por la Tasa a las
Actividades Comerciales e Industriales.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- El costo de los servicios de fiscalización que brinda el Municipio a través de sus áreas técnicas
competentes, en las proporciones que establezcan en la Ordenanza Tarifaria sobre las asignaciones
presupuestarias respectivas, constituirá la BASE IMPONIBLE del tributo denominado Tasa a las Actividades
Comerciales e Industriales.
ARTÍCULO 3º.- Por Ordenanza Tarifaria se formulará un Clasificador de las Actividades Económicas de
Ushuaia (CAEU). Dicho Clasificador se ordenará por SECTORES de la actividad económica, identificados con
una letra, cada sector a su vez se desagrega en RAMAS, identificadas por los dígitos a continuación de la letra
y las ramas a su vez se desagregan en ACTIVIDADES, identificadas por dos dígitos. Asimismo se asignarán las
alícuotas correspondientes a cada actividad incluida en la tabla clasificadora, que deberá aplicarse para el
cálculo del tributo.
ARTÍCULO 4º.- Para la distribución de la base imponible entre los contribuyentes sujetos al gravamen, se
observarán las siguientes pautas:
a) En primer lugar se integrará el monto total anual de la base imponible conforme lo indica el Artículo 2º, a
partir de los valores presupuestados, incluidas sus modificaciones posteriores, del ejercicio fiscal inmediato
anterior;
b) Luego se efectuará el reempadronamiento de las actividades comerciales e industriales de la ciudad, con
arreglo al CAEU, referido en el artículo precedente;
c) Cumplido estos pasos, se procede al cálculo del tributo correspondiente a cada contribuyente
multiplicando la alícuota asignada a cada categoría del CAEU, por el monto de la Base Imponible en la
proporción que deba realizarse según lo indique la Ordenanza Tarifaria;
d) Al monto obtenido mediante la operación indicada en el inciso anterior, deberá adicionarse un incremento
de un DIEZ POR CIENTO (10%), en concepto de contribución de la actividad privada al financiamiento de la
Confederación Ushuaia Bureau, o la denominación que en el futuro se establezca, ente mixto destinado a
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promover el desarrollo económico de la ciudad;
e) El Departamento Ejecutivo, debe reglamentar la liquidación de la alícuota referida en el inciso anterior, y
la transferencia a la Confederación Ushuaia Bureau, de los montos resultantes;
f) Aquellas actividades cuya clasificación según el CAEU corresponda a más de un rubro, serán clasificadas
y tributan de acuerdo con el rubro de mayor alícuota;
g) Cuando alguna actividad comercial sea habilitada y su rubro no se encuentre específicamente incluido en
el CAEU, el Departamento Ejecutivo, a través del área técnica competente deberá calificarla en alguna posición
equivalente dentro del clasificador. Entendiendo por equivalente los criterios referidos al rubro y a la capacidad
contributiva del contribuyente, este procedimiento tendrá un carácter provisional, hasta tanto el Departamento
Ejecutivo envíe el proyecto anual de Ordenanza Tarifaria pertinente incluyendo las nuevas posiciones, en
concordancia con lo especificado en el siguiente Inciso.
h) Asimismo el Departamento Ejecutivo registrará debidamente las actividades innovativas o no
especificadas en el clasificador y las incluirá a futuro en cada actualización que se realice del mismo.
DE LOS CONTRIBUYENTES RESPONSABLES
ARTÍCULO 5º.- Son contribuyentes responsables del pago de la Tasa a las Actividades Comerciales e
Industriales de la ciudad de Ushuaia, todas las personas físicas o jurídicas, que fueren titulares de algún
comercio, industria, transporte o servicio radicado en el ámbito jurisdiccional Municipal, tanto sea en la zona
urbana y suburbana, y aún aquellas de fuera de la jurisdicción de la Ciudad, que por convenio con la autoridad
jurisdiccional competente, fueren anexadas para el control y fiscalización municipal.
DEL PAGO
ARTÍCULO 6º.- El monto anual del tributo resultante del procedimiento indicado en el Artículo 4º, será liquidado
en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas, estando obligados los contribuyentes responsables a su
cancelación en los plazos que determine el Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 7º.- Con relación al pago del tributo se tendrán en cuenta las siguientes particularidades:
a) Aquellos Contribuyentes que inicien sus actividades, abonarán solamente las cuotas partes de la tasa
anual, correspondientes a los meses subsiguientes al de su habilitación;
b) Los Contribuyentes responsables de Comercios y/o Industrias deberán abonar la Tasa que resulte
adeudar al momento de requerir la baja de su actividad, debiendo cancelarse la cuota correspondiente al mes
en que se produzca;
c) Aquellos contribuyentes que habiendo iniciado una actividad económica, abonando los derechos
correspondientes y la tasa del presente capítulo, y que por cualquier causa desistiera de continuar la actividad,
no podrá reclamar devolución alguna por lo abonado, y quedará firme cualquier compromiso tributario
adquirido.
ARTÍCULO 8º.- El desarrollo de una actividad comercial hecho u objeto imponible, requerirá la obtención previa
de la habilitación correspondiente para ser ejercida y previo pago de la tributación que corresponda.
Los permisos precarios o provisorios tendrán validez hasta su fecha de vencimiento debiéndose proceder de
inmediato a exigir la tramitación y obtención de una nueva habilitación.
La iniciación de trámites o pagos de tributos que correspondan, no autorizan el funcionamiento de la actividad.
Los responsables que la realicen sin contar con la debida habilitación municipal, se constituirán inmediatamente
en infractores y con la intervención de la Municipalidad se liquidarán los tributos que correspondan desde la
fecha cierta de la iniciación de las actividades, con los recargos o sanciones que establezca la presente
Ordenanza u Ordenanzas especiales y sin perjuicio de la clausura del local o locales donde se ejerciera
ilegalmente el hecho imponible.
Todas las habilitaciones comerciales, inclusive las definitivas, quedarán sin efecto al incurrir los titulares de la
misma en el no pago de cuatro cuotas de la Tasa a la Actividad Comercial e Industrial consecutivas o seis
alternadas, durante la vigencia de las mismas. Una vez regularizada su situación fiscal, el área técnica
correspondiente procederá a revalidar la habilitación, conforme la reglamentación que a tal efecto se dicte.
Queda establecido que no se dará curso a ningún reclamo o reconsideración si los responsables no regularizan
previamente su situación con la Municipalidad, sin perjuicio de una posterior repetición o reclamo a la que se
consideren con derecho.
La responsabilidad y obligaciones previas de estos infractores respecto de los tributos, proceden
simultáneamente con relación a los recargos, multas, intereses y demás accesorios de los mismos.
ARTÍCULO 9º.- Ninguna persona podrá iniciar sus actividades, sean éstas con o sin fines de lucro, o instalarse
dentro del ejido municipal sin haber previamente solicitado y obtenido la correspondiente habilitación municipal
y pagado los tributos correspondientes. La autoridad de aplicación deberá fiscalizar el control de los
Certificados de Habilitación Municipal de los locales destinados a industrias, comercios y servicios.
En los casos que se detecte el ejercicio de tales actividades sin la correspondiente Habilitación Municipal, la
Autoridad de Aplicación procederá a la clausura inmediata de los mismos.
ARTÍCULO 10º.- Aquellos contribuyentes que inicien sus actividades, abonarán en concepto de Derecho de
Habilitación un importe igual al pago que por su posición y categoría en el clasificador le correspondería abonar
en dos meses.
TÍTULO II
DERECHO POR VENTA AMBULANTE
DEL HECHO IMPONIBLE
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ARTÍCULO 11.- Por la comercialización de artículos, productos o la oferta de servicios en la vía pública, se
deberán, abonar los importes que en forma expresa y con carácter general fija la Ordenanza Tarifaria.
ARTÍCULO 12.- No se encuentra comprendida en el concepto de Venta Ambulante sujeto al presente Derecho,
la distribución de mercadería a comercializar.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 13.- Los valores se establecerán en relación con el tiempo de ejercicio de la actividad.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 14.- Estarán obligados al pago las personas a las que la Municipalidad autorice a ejercer la
actividad.
DEL PAGO
ARTÍCULO 15.- Los derechos se harán efectivos al solicitar la autorización.
TÍTULO III
DERECHOS DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 16.- Por la publicidad y propaganda con fines comerciales, hecha en la vía pública o visible en ésta,
se abonarán los derechos que fija la Ordenanza Tarifaria.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 17.- La base imponible será determinada por la Ordenanza Tarifaria en función del tiempo,
superficie, forma, ubicación u otras particularidades según el tipo de propaganda o publicidad, de acuerdo a la
reglamentación vigente.
ARTÍCULO 18.- Los derechos se graduarán de acuerdo con la unidad que se establezca para cada tipo o clase
de publicidad o propaganda.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 19.- Estarán obligados al pago de estos derechos:
a) Los permisionarios y agencias de publicidad;
b) Los comerciantes y/o industriales comprendidos en el artículo 16º, cuando se realicen directamente.
DE LOS RESPONSABLES
ARTÍCULO 20.- Son Contribuyentes y/o responsables de este tributo solidariamente los responsables de la
actividad, producto o establecimiento en que se realice o a quienes beneficie la publicidad. Igualmente lo son
aquellos que se dediquen o intervengan en la gestión o actividad publicitaria por cuenta y contratación de
terceros. No se tributará por este concepto cuando:
a) Los anuncios cuya colocación obedezca a una exigencia reglamentaria;
b) La publicidad impresa o grabada en las mercaderías vinculadas a la actividad del negocio;
c)La publicidad pintada en las fachadas de los comercios y/o mediante carteles colocados en las
fachadas de los comercios y paralelos a éstas, hasta quince centímetros (15 cm) de la superficie en la que se
encuentre adosada.
DEL PAGO
ARTÍCULO 21.- El monto anual del tributo será liquidado en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas,
estando obligados los contribuyentes responsables a su cancelación en los plazos que determine el
Departamento Ejecutivo.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 22.- Los permisos renovables, cuyos derechos no sean satisfechos, se considerarán desistidos sin
necesidad de comunicación alguna; no obstante, subsistirá la obligación de los responsables de completar el
pago hasta que los mismos sean satisfechos, incluso si la publicidad o propaganda fuese retirada o borrada.
ARTÍCULO 23.- No se dará curso a pedido de restitución de elementos retirados por la Municipalidad sin que se
acredite previamente el pago de los derechos, sus accesorios y otros gastos ocasionados por retiro o depósito.
TÍTULO IV
DERECHOS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 24.- Por la realización de espectáculos públicos se abonarán los derechos que fije la Ordenanza
Tarifaria.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 25.- El monto de los derechos se determinará tomando como base las características y rubro del
local, sala o estadio donde se realice el espectáculo, y serán fijados por sala, función, entretenimiento, precio
unitario de la entrada o recaudación total, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Tarifaria.
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DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 26.- Son contribuyentes de estos derechos, los espectadores que concurren a presenciar los
espectáculos y los empresarios en aquellos casos en que se establezcan derechos fijos por espectáculos.
DE LOS RESPONSABLES
ARTÍCULO 27.- Los empresarios u organizadores actuarán como agentes de percepción en forma solidaria de
los derechos que correspondan a los espectadores, quienes deberán efectuar un depósito a cuenta del
derecho, en los casos, formas y condiciones que establezca el Departamento Ejecutivo.
DEL PAGO
ARTÍCULO 28.- El pago de los derechos deberá efectuarse en las formas y condiciones que establezca el
Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 29.- Cuando los derechos sean establecidos sobre el valor de la entrada, serán abonados por los
espectadores conjuntamente con el valor neto de la misma. Serán responsables como agentes de percepción,
solidariamente, los empresarios y organizadores.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 30.- Quedan exceptuados de este derecho los espectáculos culturales y sociales organizados por
cooperadoras, entidades deportivas o culturales sin fines de lucro, siempre que en su organización no
intervengan terceros ajenos a las comisiones directivas pertinentes.
PARTE ESPECIAL
ANEXO IV
IMPUESTO INMOBILIARIO
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Por los inmuebles situados dentro del Ejido Urbano de la Ciudad de Ushuaia, se pagará
anualmente el impuesto que se establece en la Ordenanza Tarifaria. Las unidades funcionales a construir, que
cuenten con planos de mensura aprobados, serán considerados inmuebles a los fines del presente tributo.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- El monto del impuesto será fijado por la Ordenanza Tarifaria mediante alícuotas que se
aplicarán sobre la valuación fiscal actualizada que determine el Catastro Municipal para el Departamento de
Ushuaia.
DE LA VALUACIÓN INMOBILIARIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 3º.- Quedan sujetos a las disposiciones del presente Anexo, los procedimientos para la valuación
de los inmuebles dentro de la jurisdicción del municipio de la ciudad de Ushuaia, con el objeto de determinar la
base imponible del Impuesto Inmobiliario Municipal.
DENOMINACIÓN
ARTÍCULO 4º.- Se denominará en adelante a la Valuación Inmobiliaria Municipal por sus siglas, “VIM”.
ARTÍCULO 5º.- Entiéndase por “Valuación” al acto administrativo de atribuir un determinado valor económico,
apreciado en moneda de curso legal, a los bienes inmuebles situados en el ejido Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
DEL PROCEDIMIENTO DEL CÁLCULO
ARTÍCULO 6º.- Hasta tanto el Concejo Deliberante sancione la Ordenanza que establezca el procedimiento
para el cálculo de la Valuación Inmobiliaria Municipal, el Departamento Ejecutivo Municipal utilizará para
calcular el mismo, tanto en lo que hace al coeficiente de forma y coeficiente topográfico utilizados para el
cálculo de la tierra libre de mejoras como a la valuación de las mejoras y obras accesorias, los mismos
mecanismos, criterios y procedimientos instituidos por Ley Territorial Nº 118, sus modificaciones y
reglamentación, con la expresa reserva de la autoridad de aplicación que será ejercida por el Departamento
Ejecutivo Municipal a través del área técnica competente.
DE LA DEFINICIÓN DE VALORES BÁSICOS
ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se establezcan nuevos Valores Unitarios Básicos para la tierra libre de mejoras y
para las mejoras y sus obras accesorias, se utilizarán para el cálculo de la Valuación Inmobiliaria Municipal, los
mismos valores vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego al momento de promulgarse el presente Anexo.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 8º.- Son Contribuyentes de este impuesto:
a) Los titulares del dominio de los inmuebles, con la exclusión de los nudos propietarios;
b) Los usufructuarios;
c) Los poseedores a título de dueño, solidariamente con los titulares del dominio;
d)Los adjudicatarios, inclusive los de viviendas otorgadas por las Instituciones Públicas o Privadas que
financien construcciones, que revisten el carácter de tenedores precarios.
ARTÍCULO 9º.- Los obligados al pago del presente Impuesto, responderán por las deudas impositivas que
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registre cada inmueble, aún por las anteriores a la fecha de su escrituración, en función de las siguientes
consideraciones:
En las adjudicaciones efectuadas por el estado (Provincial o Municipal) y sus entes autárquicos, sobre
inmuebles libres de ocupantes, no se podrá trasladar la deuda impositiva que registre el inmueble en cuestión,
como obligación a los nuevos adjudicatarios;
La deuda que registren aquellos inmuebles que sean adjudicados a nuevos beneficiarios por aplicación
del inciso 1) deberán ser transferidas por la Dirección General al ocupante anterior o al titular del inmueble,
liberando de toda deuda a la parcela sometida a nueva adjudicación.
3) En las adjudicaciones que correspondan a regularizaciones dominiales de inmuebles ocupados por
los mismos beneficiarios de la adjudicación, no se podrá cobrar deuda anterior a la fecha de ocupación,
acreditada mediante todo Decreto, Convenio, Declaración Jurada, Permiso, Acta o Constancia Escrita,
extendida por organismo del Ex-Territorio o la Provincia, la Comisión Municipal de Tierras o el Departamento
Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente;
4) Los registros de altas de contribuyentes deberán contar con la previa identificación catastral del
inmueble por parte del área técnica municipal responsable del catastro;
5) En aquellos casos en que no existiera nomenclatura catastral definitiva, el área técnica municipal
responsable del catastro deberá informar a la Dirección y asignar un alta provisoria del inmueble, con la
nomenclatura catastral que conste en la mensura en trámite y se procederá a la liquidación de los valores
mínimos establecidos en cada caso, desde la fecha de ocupación.
6) En los casos en que las edificaciones hayan sido realizadas y adjudicadas por el Instituto Provincial
de la Vivienda o el ente que en el futuro pudiera reemplazarlo, se procederá a solicitar a dicho ente el padrón de
adjudicatarios u ocupantes, procediendo de acuerdo a lo establecido en Inciso anterior.
7) Una vez realizada y registrada la mensura, se procederá a establecer los valores definitivos y se
realizará el reajuste correspondiente entre esos valores y los montos mínimos liquidados desde la fecha de
ocupación de la misma.
8) La Dirección pondrá en conocimiento de los contribuyentes los montos determinados en los Incisos
5) y 7), los cuales podrán ser abonados a través de planes de pago conforme la reglamentación vigente, los
cuales no devengarán intereses por financiación ni por mora.
BALDÍOS
ARTÍCULO 10.- Se considerarán baldíos aquellos inmuebles urbanos o suburbanos que no tengan valor
mejoras o que ésta, en su valor, no supere el veinte por ciento (20%) del valor fiscal de la tierra.
Quedan exentos de lo prescrito en el presente artículo:
a) Aquellos inmuebles urbanos, cuyos edificios representen por su antigüedad, el patrimonio histórico de
la ciudad, y se hallen en condiciones de conservación acordes a las normas municipales y mantengan su
arquitectura, sea cual fuere el uso que se da al edificio;
b) Todos aquellos Contribuyentes que posean un solo inmueble destinado exclusivamente a vivienda
propia y permanente y que su condición económica sea tal que le impida efectuar las mejoras necesarias. Estos
casos serán evaluados por la Autoridad de Aplicación, a solicitud de los interesados, y regirá a partir de la
aceptación expresa de la misma.
c) Todos aquellos inmuebles en los que se hayan iniciado la construcción de edificios, unidades
funcionales o mejoras con planos debidamente aprobados. A fin de considerar esta situación, el Contribuyente
deberá presentar a la Dirección General el Certificado de Inicio de Obra, el que podrá ser revalidado
anualmente hasta un máximo de TRES (3) períodos, excepto los que correspondan a vivienda propia, única y
se encuentre deshabitada, los que podrán ser renovados por más períodos. Transcurrido el período
consignado, si la relación mejoras valor de la tierra permanece sin alteraciones, el Contribuyente deberá abonar
el tributo con la alícuota prevista para baldío y el recargo previsto en el artículo 3º del presente Anexo, por todo
el período de suspensión, con sus adicionales por mora.
d)Aquellos inmuebles urbanos o suburbanos que no cuenten con apertura de calle y con las redes de luz,
agua y cloaca.
RECARGOS
ARTÍCULO 11.- Los propietarios de inmuebles considerados baldíos según lo dispuesto en el Artículo 10º del
presente Anexo, estarán obligados a abonar por los mismos un recargo establecido en CUATRO (4) veces el
monto del Impuesto Inmobiliario, que se incrementará en forma progresiva a los fines de promover la
incorporación de suelo vacante al desarrollo urbano de la Ciudad.
ARTÍCULO 12.- No se aplicará el recargo a los inmuebles que constituyan una superficie anexa a otra
edificación principal de un mismo propietario, por uno o varios títulos, siempre que conjuntamente constituyan
una sola unidad para uso de sus ocupantes y cuenten con las mejoras para darle carácter de funcionalidad
conjunta (parquizados, con instalaciones complementarias del edificio principal o mejoras semejantes). Dichos
inmuebles serán gravados con la alícuota establecida para inmuebles baldíos.
DEL PAGO
ARTÍCULO 13.- El monto anual del tributo será abonado en la forma y plazos que determine el Poder Ejecutivo.
DE LOS CERTIFICADOS
ARTÍCULO 14.- En los Actos y Contratos sobre inmuebles, los Escribanos autorizantes deberán exigir al titular
del dominio o adjudicatario del inmueble, según corresponda, la acreditación del Certificado de Libre Deuda
expedido por la Dirección General, al momento de otorgarse el acto referente al inmueble objeto del mismo.
DE LAS TRANSFERENCIAS
ARTÍCULO 15º.- Cuando se verifiquen transferencias de inmuebles de un sujeto EXENTO a otro gravado o
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viceversa, la obligación comenzará a regir desde la fecha de transferencia, y para la exención comenzará a
regir desde la fecha de solicitud, una vez concluidos los trámites administrativos correspondientes.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 16º.- Estarán EXENTOS del impuesto establecido en el presente Anexo:
1) Los inmuebles de titularidad de la Municipalidad de Ushuaia.
2) Los inmuebles de las corporaciones religiosas, los templos destinados al culto y sus dependencias
oficialmente reconocidas;
3) Los inmuebles de propiedad o en uso de usufructo gratuito, de las comisiones vecinales oficialmente
reconocidas y de las asociaciones o sociedades con personería jurídica que tengan fines de asistencia social o
educación pública y gratuita;
4) Los jubilados o pensionados radicados en la Provincia que posean, un solo inmueble con una única
vivienda cuyo destino sea exclusivamente casa-habitación del beneficiario titular y cuyos ingresos no superen
por todo concepto el doble del monto máximo establecido para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada
por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia, correspondiente al mes de Diciembre del año anterior
al que se solicita el beneficio y que no posean grupo familiar conviviente cuyos ingresos conjuntos superen
dicho monto, a partir de su solicitud expresa y aceptación de la misma;
5) Los inmuebles que sean utilizados exclusivamente para los siguientes fines, siempre que el
propietario los ceda a terceras personas físicas o jurídicas a título gratuito:
a)Escuelas, colegios, bibliotecas públicas, universidades, instituciones educacionales y de
investigación científica;
b) las asociaciones mutualistas, sindicatos de obreros, todos con personería jurídica y de los
partidos políticos reconocidos como tales por las autoridades competentes;
6) Los ex combatientes que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur,
entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, que posean un solo inmueble cuyo destino sea exclusivamente
casa-habitación del beneficiario titular y cuyos ingresos no superen por todo concepto el doble del monto
máximo establecido para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada por la Dirección de Estadísticas y
Censos de la Provincia, correspondiente al mes de Diciembre del año anterior al que se solicita el beneficio,
siempre que no posean bienes muebles registrados ante la Dirección General de Rentas como así tampoco
registren actividad comercial o industrial a su nombre, a partir de su solicitud expresa y aceptación de la misma.
7) Las Asociaciones Deportivas y Culturales con Personería Jurídica que hayan suscrito con el
Municipio Convenios de Contraprestación a título gratuito.
8) Los inmuebles de dominio de la Nación, de la Municipalidad o de Privados declarados monumentos
históricos por autoridad competente, siempre que se mantengan conservados o restaurados de acuerdo a las
normas urbanísticas.
9) Las personas de cualidades especiales, disminuidas físicamente o psíquicamente que a causa de su
invalidez sean incapaces de desempeñar un trabajo que les permita afrontar dignamente su subsistencia, que
posean un solo inmueble cuyo destino sea exclusivamente casa-habitación del beneficiario titular y que los
ingresos del grupo familiar conviviente no superen por todo concepto el doble del monto máximo establecido
para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia,
correspondiente al mes de Diciembre del año anterior al que se solicita el beneficio.
PARTE ESPECIAL
ANEXO V
CONTRIBUCIÓN POR MEJORAS
ARTÍCULO 1º.- Por el beneficio en mejoras y/o mayor valor que adquieran los inmuebles ubicados en la zona
de influencia de las obras, instalaciones o servicios públicos, se abonará en concepto de contribución por
mejoras el importe que en cada caso se establezca conforme el presente Anexo y la Ordenanza específica que
para cada obra se dictare.
ARTÍCULO 2º.- La contribución total por cada obra, instalación o servicio, no podrá exceder el cien por ciento
(100%) de su costo total a valores actualizados al momento de su puesta al cobro y en ningún caso superará el
cien por ciento (100%) del mayor valor adquirido por los inmuebles beneficiados.
ARTÍCULO 3º.- La aplicación de las contribuciones se dispondrá con las siguientes especificaciones:
1) Identificación de la obra, instalación o servicio y su costo preventivo o presupuesto;
2) Sistemas de contribución y forma de adhesión u oposición al sistema;
3) Determinación de la zona y lotes beneficiados;
4) Forma del prorrateo entre los inmuebles beneficiados;
5) Exenciones y bonificaciones;
6) Procedimiento de la contratación de las obras;
7) Designación de los contribuyentes;
8) Monto de la contribución;
9) Forma, tiempo y condiciones de pago;
10) Designación de los Organismos responsables de la liquidación, rendición de cuentas a los
contribuyentes, y recaudación de este tributo;
11) Normas referidas a la aplicación de la parte general de esta Ordenanza en materia de
procedimientos, recursos e infracciones.
PARTE ESPECIAL
ANEXO VI
TASA GENERAL POR SERVICIOS MUNICIPALES
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DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Por la prestación de los servicios de barrido, limpieza, recolección de residuos domiciliarios,
provisión de contenedores, inspecciones no previstas en otros tributos, mantenimiento de la vía pública,
espacios verdes en general, barrido de nieve, limpieza de chorrillos, riego de césped y flores en los espacios
públicos, se abonará mensualmente el importe que al efecto establece la Ordenanza Tarifaria Anual.
ARTÍCULO 2º.- Están sujetos al pago de la presente Tasa todos los inmuebles, edificados o baldíos, habitables
o no, inclusive las unidades funcionales construidas o a construir, ubicadas en el ejido Municipal.
ARTÍCULO 3º.- Las obligaciones tributarias se generan a partir de la disponibilidad de la prestación de los
servicios, aunque no sean todos ellos. En el caso que no hubiera calle abierta, pasaje o escalera pública no se
cobrará la presente Tasa.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 4º.- La Base Imponible se fijará en función de los metros lineales linderos con la vía pública de cada
inmueble, de acuerdo a los importes que en función de zonas y categorías establezca la Ordenanza Tarifaria.
ARTÍCULO 5º- Se entenderá por vía pública: las calles, pasajes o escaleras públicas.
DE LAS QUITAS Y BENEFICIOS
ARTÍCULO 6º.- Sobre los inmuebles ubicados en esquinas, como así también linderos a dos o más calles que
cuenten en ambos casos con la apertura al tránsito vehicular, y a aquellos inmuebles linderos a una calle y un
pasaje o escalera pública, se efectuará una quita del cuarenta por ciento (40%) del total de los metros lineales
linderos a la vía pública.
ARTÍCULO 7º.- Los inmuebles destinados al uso turístico con más de doscientos cincuenta (250) metros
lineales de frente linderos con la vía pública, recibirán el beneficio de un descuento de promoción turística
equivalente al cincuenta por ciento (50%) del total de los metros lineales linderos a la vía pública, una vez
efectuada la quita establecida en el artículo anterior si así correspondiese.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 8º.- Son Contribuyentes de las Tasas mencionadas en el presente Título:
a) Los titulares de dominio de los inmuebles, con exclusión de los nudos propietarios;
b) Los usufructuarios;
c) Los poseedores a título de dueño, solidariamente con los titulares del dominio;
d) Los adjudicatarios, inclusive los de viviendas otorgadas por las Instituciones Públicas o Privadas que
financien construcciones, que revisten el carácter de tenedores precarios.
ARTÍCULO 9º.- Los obligados al pago de la presente Tasa responden por las deudas retributivas que registre
cada inmueble, aun por las anteriores a la fecha de su escrituración, en función de las siguientes
consideraciones:
1) En las adjudicaciones efectuadas por el estado (Provincial o Municipal) y sus entes autárquicos,
sobre inmuebles libres de ocupantes, no se podrá trasladar la deuda tributaria que registre el inmueble en
cuestión, como obligación a los nuevos adjudicatarios;
2) La deuda que registren aquellos inmuebles que sean adjudicados a nuevos beneficiarios por
aplicación del inciso 1) deberán ser transferidas por la Dirección General al ocupante anterior o al titular del
inmueble, liberando de toda deuda a la parcela sometida a nueva adjudicación.
3) En las adjudicaciones que correspondan a regularizaciones dominiales de inmuebles ocupados por
los mismos beneficiarios de la adjudicación, no se podrá cobrar deuda anterior a la fecha de ocupación,
acreditada mediante todo Decreto, Convenio, Declaración Jurada, Permiso, Acta o Constancia Escrita,
extendida por organismo del Ex-Territorio o la Provincia, la Comisión Municipal de Tierras o el Departamento
Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente;
4) Los registros de altas de contribuyentes deberán contar con la previa identificación catastral del
inmueble por parte del área técnica municipal responsable del catastro;
5) En aquellos casos en que no existiera nomenclatura catastral definitiva, el área técnica municipal
responsable del catastro deberá informar a la Dirección y asignar un alta provisoria del inmueble, con la
nomenclatura catastral que conste en la mensura en trámite y se procederá a la liquidación de los valores
mínimos establecidos en cada caso, desde la fecha de ocupación.
6) En los casos de que las edificaciones hayan sido realizadas y adjudicadas por el Instituto Provincial
de la Vivienda o el ente que en el futuro pudiera reemplazarlo, se procederá a solicitar a dicho ente el padrón de
adjudicatarios u ocupantes, procediendo de acuerdo a lo establecido en Inciso anterior.
7) Una vez realizada y registrada la mensura, se procederá a establecer los valores definitivos y se
realizará el reajuste correspondiente entre esos valores y los montos mínimos liquidados desde la fecha de
ocupación de la misma.
8) La Dirección pondrá en conocimiento de los contribuyentes los montos determinados en los Incisos
5) y 7), los cuales podrán ser abonados a través de planes de pago conforme la reglamentación vigente, los
cuales no devengarán intereses por financiación ni por mora.
ARTÍCULO 10.- Las liquidaciones que se expidan para el pago de las Tasas, no constituyen determinaciones
impositivas, salvo que en la liquidación se deje establecido ese carácter.
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DEL PAGO
ARTÍCULO 11.- El monto anual del tributo será abonado en la forma y plazos que determine el Poder Ejecutivo.
DE LOS CERTIFICADOS
ARTÍCULO 12º.- En los Actos y Contratos sobre inmuebles, los Escribanos autorizantes deberán exigir al titular
del dominio o adjudicatario del inmueble, según corresponda, la acreditación del Certificado de Libre Deuda
expedido por la Dirección General, al momento de otorgarse el acto referente al inmueble objeto del mismo.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 13º.- Están exentos del pago de la Tasa:
a) Las asociaciones de beneficencia o bien público, con personería jurídica;
b) Las propiedades de dominio de la Municipalidad de Ushuaia;
c) Las asociaciones deportivas o culturales, con personería jurídica;
d) Los jubilados o pensionados radicados en la Provincia que posean, un solo inmueble con una única
vivienda cuyo destino sea exclusivamente casa-habitación del beneficiario titular y cuyos ingresos no superen
por todo concepto el doble del monto máximo establecido para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada
por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia, correspondiente al mes de Diciembre del año anterior
al que se solicita el beneficio y que no posean grupo familiar conviviente cuyos ingresos conjuntos superen
dicho monto, a partir de su solicitud expresa y aceptación de la misma;
e) Los ex combatientes que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur,
entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, que posean un solo inmueble cuyo destino sea exclusivamente
casa-habitación del beneficiario titular y cuyos ingresos no superen por todo concepto el doble del monto
máximo establecido para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada por la Dirección de Estadísticas y
Censos de la Provincia, correspondiente al mes de Diciembre del año anterior al que se solicita el beneficio,
siempre que no posean bienes muebles registrados ante la Dirección General de Rentas como así tampoco
registren actividad comercial o industrial a su nombre, a partir de su solicitud expresa y aceptación de la misma.
f) Las personas de cualidades especiales, disminuidas físicamente o psíquicamente que a causa de su
invalidez sean incapaces de desempeñar un trabajo que les permita afrontar dignamente su subsistencia, que
posean un solo inmueble cuyo destino sea exclusivamente casa-habitación del beneficiario titular y que los
ingresos del grupo familiar conviviente no superen por todo concepto el doble del monto máximo establecido
para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia,
correspondiente al mes de Diciembre del año anterior al que se solicita el beneficio.
PARTE ESPECIAL
ANEXO VII
DEL IMPUESTO AUTOMOTOR
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Todo vehículo automotor radicado en la jurisdicción del municipio de Ushuaia, identificado en
los respectivos Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, se constituye en hecho imponible, sujeto
al gravamen denominado impuesto automotor.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Se establece como base imponible, la valuación consignada para cada modelo, tipo y marca
automotriz, publicada por la Dirección Nacional de Registro de Propiedad Automotor (DNRPA), adoptando para
el cálculo del impuesto pertinente, la tabla provista por este organismo, de valores vigentes al mes de diciembre
del año inmediato anterior al de su liquidación, desafectados del impuesto nacional al valor agregado.
ARTÍCULO 3º.- Para la liquidación del impuesto automotor se tomará el valor indicado para cada tipo, modelo
año, y marca automotriz según consigna la tabla DNRPA, y se multiplicará por la alícuota que para cada
modelo y año establezca la Ordenanza Tarifaria.
ARTÍCULO 4º.- Las alícuotas se fijarán por Ordenanza Tarifaria, acorde a la tipología y destino del rodado.
ARTÍCULO 5º.- Cuando no se encuentre incluido en la tabla un valor para un período determinado, se tomará el
valor mas antiguo consignado en la tabla, aplicando una depreciación del cinco por ciento (5%) por cada año de
antigüedad.
ARTÍCULO 6º.- Para los vehículos nuevos, denominados “cero kilómetro”, cuyo modelo año corresponde al
ejercicio fiscal vigente, se procederá a liquidar aplicando la alícuota asignada por la Ordenanza Tarifaria, al
valor de la primer factura emitida en esta jurisdicción, presentada por un contribuyente ante la Dirección General
de Rentas para el mismo modelo, sin computar eventuales bonificaciones que esta tuviere.
Para el alta de los vehículos considerados “cero kilómetro” provenientes de otras jurisdicciones y sobre los
cuales no se posea valor factura, se tomará el monto consignado en la tabla vigente al momento del alta del
vehículo.
ARTÍCULO 7º.- Para los vehículos no incluidos específicamente en la Tabla de la DNRPA, la Autoridad de
aplicación deberá liquidar en base a algún modelo automotor equivalente, priorizando para definir la
equivalencia, el modelo año, la marca y la tipología.
ARTÍCULO 8º.- Para el caso de los vehículos que en virtud de lo dispuesto en el Digesto de Normas Técnico
Registrables del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, se haya consignado en su documentación
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registral correspondiente, como modelo/año el del año siguiente al del despacho a plaza, y que para dicho
modelo no conste en la tabla de referencia valuación para el año del vehículo, se utilizará la valuación del año
inmediato anterior.
ARTÍCULO 9º.- Para los vehículos nuevos, cuya radicación en esta jurisdicción se efectúe en el 2º, 3º y 4º
trimestre, el impuesto será reducido en una cuarta parte, en la mitad o en tres cuartas partes respectivamente
según corresponda.
ARTÍCULO 10.- Los vehículos utilizados de manera que sus acciones se complementen recíprocamente,
constituyen una unidad de las denominadas “semiremolque” y se clasificarán como DOS (2) vehículos
separados, debiendo considerarse el automotor como “vehículo de tracción” y el vehículo trasero como
“acoplado”.
ARTÍCULO 11.- En los casos de vehículos provenientes de otras jurisdicciones, cualquiera fuese la fecha de
radicación en la ciudad de Ushuaia, el origen de la obligación fiscal se considerará:
A partir de la notificación oficial de alta del vehículo comunicada por cualquiera de las seccionales del Registro
Nacional de Propiedad del Automotor de la ciudad de Ushuaia.
A partir del año siguiente, siempre que justifiquen el pago anual del impuesto en jurisdicción de origen,
correspondiente al año en que se opere el cambio de radicación. En caso de los vehículos importados usados,
deberán iniciar su tributación a partir de la fecha del Certificado de Importación.
En los casos que, como consecuencia de la baja hubiere pagado una fracción del impuesto de la jurisdicción de
origen, corresponderá exigir el pago del gravamen por el período restante.
DE LA BAJA DEL IMPUESTO
ARTÍCULO 12.- La baja se producirá por los siguientes conceptos:
a)Por cambio de radicación a otra jurisdicción: se producirá a partir del traslado definitivo a la nueva
jurisdicción, se tendrá como fecha de traslado la informada por el Registro de la Propiedad del Automotor y
Créditos prendarios y/o la asentada en el Título de Propiedad del Automotor y procederá al pago del impuesto
en proporción y de acuerdo al trimestre en que se produzca.
b) La baja por destrucción, desarme, robo o hurto del vehículo: se otorgará una vez inscripta en el
Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios y procederá al pago del impuesto devengado
hasta el momento del siniestro y en proporción y de acuerdo al trimestre del año en que se produzca,
acreditando tal situación con la denuncia policial y/o ante la compañía aseguradora y/o autoridades
administrativas, según corresponda.
c) Los contribuyentes responsables en los términos de los Artículos 14º Y 15º de la presente Ordenanza,
podrán limitar su responsabilidad tributaria mediante denuncia Impositiva de Venta ante la Dirección General de
Rentas del Municipio. Serán requisitos para efectuar dicha denuncia:
1) No registrar, a la fecha de la misma, deudas referidas al gravamen y sus accesorios.
2) Haber formulado denuncia de venta ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y de
Créditos Prendarios.
3) Identificar fehacientemente - con carácter de Declaración Jurada - al adquirente, y
4) Acompañar la documentación que a estos efectos determine la Autoridad de Aplicación, quien queda
facultada para reglamentarlo.
DE LA FALSEDAD O ERROR EN LA DENUNCIA
ARTÍCULO 13.- La comprobación de falsedad en la Declaración Jurada a que refiere el Inciso c) del Artículo
12º y/o de los documentos que se acompañen, inhibirá la limitación de responsabilidades.
En caso de error imputable al denunciante que imposibilite la notificación al nuevo responsable, la denuncia no
tendrá efectos mientras este no sea salvado.
DE LOS CONTRIBUYENTES RESPONSABLES
ARTÍCULO 14.- Son sujetos obligados al pago del impuesto automotor:
a) Los propietarios registrales, titulares de dominio de vehículos,
b) Los poseedores, tenedores, y/o adquirentes que no hubieren registrado la pertinente transferencia de
dominio;
c) Los vendedores o consignatarios de vehículos nuevos o usados.
ARTÍCULO 15.- Los representantes, consignatarios o agencias autorizadas para la venta de vehículos
automotores y acoplados nuevos, estarán obligados a asegurar la inscripción y el pago del impuesto respectivo
por parte del adquirente, suministrando la documentación necesaria al efecto. Dichos responsables deberán
exigir a los compradores de cada vehículo, la presentación de la Declaración Jurada y los comprobantes de
pago del impuesto, antes de hacerles entrega de las unidades vendidas, considerándole en caso contrario,
deudores solidarios por la suma que resulte del incumplimiento de las obligaciones establecidas
precedentemente. Asimismo, el adquirente está obligado a acreditar los recaudos exigibles de carácter
impositivo para la inscripción de cada vehículo.
DEL PAGO
ARTÍCULO 16.- El monto anual del tributo será abonado en la forma y plazos que determine el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 17.- El pago de este impuesto es requisito previo para la libre circulación y el origen de la obligación
es la fecha de inscripción en el Registro Nacional de Propiedad del Automotor.
DE LAS EXENCIONES
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ARTÍCULO 18º.- Están exentos del pago del presente impuesto:
a) Los vehículos automotores de propiedad del Estado Nacional, Provincial y la Municipalidad de
Ushuaia, sus dependencias y reparticiones autárquicas.
b) Los vehículos automotores de propiedad del Cuerpo de Bomberos y las instituciones de beneficencia
pública, siempre que tengan Personería Jurídica, y las instituciones religiosas de cultos
reconocidos oficialmente.
c) Los vehículos automotores de propiedad del cuerpo consular y diplomático extranjero, acreditado en
nuestro país, y de los Estados en los cuales exista reciprocidad y al servicio de sus funciones.
d) Los vehículos patentados en otros países. La circulación de estos vehículos se permitirá conforme a
lo previsto en la Ley Nacional 12.153, sobre adhesión a la Convención Internacional de París del año 1926.
e) Los vehículos automotores que acrediten el pago del impuesto análogo en jurisdicción nacional o de
otras provincias o de otras Municipalidades y que circulen en jurisdicción de la ciudad de Ushuaia, siempre que
su propietario no tenga su domicilio efectivo en ésta.
f) Los vehículos automotores cuyo fin específico no sea el transporte de personas y cosas, aunque a
veces deban circular por la vía pública (máquinas de uso agrícola, aplanadoras, grúas, tractores o similares).
Esta franquicia no alcanza a los camiones en cuyos chasis se hubieren instalado mezcladoras de materiales de
construcción, que realizan su trabajo en el trayecto de depósito de obra y de los tractores que utilizan
habitualmente la vía pública, ya sea solos o arrastrando acoplados para el transporte de mercaderías y/o
productos en general.
g) Los vehículos de propiedad de personas lisiadas y para su uso exclusivo.
h) Los vehículos automotores que tengan una antigüedad de más de veinte (20) años desde su
fabricación.
i) Los vehículos automotores importados que hallan ingresado en condición de usados y no puedan ser
radicados en otra parte del País, que no sea la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
y que tengan una antigüedad mayor o igual a diez (10) años.
j) Los vehículos de propiedad de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a
lo establecido en la Ordenanza Nº 2660.
PARTE ESPECIAL
ANEXO VIII
TÍTULO I
DERECHO DE EXPLOTACIÓN DE MINAS DE TERCERA CATEGORÍA
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Comprende los derechos de extracción de áridos de cualquier calidad en canteras ubicadas en
predios de dominio público o privados de la Municipalidad, en su carácter de propietaria de las mismas en virtud
de lo dispuesto por el Código de Minería de la Nación.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- La base imponible se fijará en función del valor promedio para el mercado local del volumen
extraído de acuerdo al porcentaje que se establezca en la Ordenanza Tarifaria y la reglamentación que a tal
efecto se dicte.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Son contribuyentes de este derecho los concesionarios autorizados.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- Estos derechos se abonarán en la forma y plazos que establezca el Departamento Ejecutivo.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal debe reglamentar el régimen administrativo de concesión
y control de volúmenes extraídos en canteras ubicadas en tierras fiscales municipales.
TÍTULO II
TASA DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 6º.- Por la fiscalización ambiental de la actividad de explotación de minas de tercera categoría
ubicadas dentro del Ejido Urbano Municipal, por aplicación local del Título Complementario del Código de
Minería de la Nación correspondiente a la protección ambiental para la actividad minera.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 7º.- La base imponible se fijará en función del valor promedio para el mercado local del volumen
extraído de acuerdo al porcentaje que se establezca en la Ordenanza Tarifaria y la reglamentación que a tal
efecto se dicte.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 8º.- Son contribuyentes de esta tasa los concesionarios autorizados.
DEL PAGO
ARTÍCULO 9º.- Estos derechos se abonarán en la forma y plazos que establezca el Departamento Ejecutivo.
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DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 10.-El Departamento Ejecutivo Municipal debe reglamentar las normas de presentación y
contenidos mínimos de los informes de impacto ambiental que se adecuen a la actividad, en el marco de los
principios rectores establecidos en el artículo 17º del Título Complementario del Código de Minería de la Nación
correspondiente a la protección ambiental para la actividad minera.
PARTE ESPECIAL
ANEXO IX
TASA DE SERVICIOS ESPECIALES DE LIMPIEZA E HIGIENE
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Comprende los servicios de desinfecciones y otros procedimientos de higiene en viviendas
particulares, comercios o establecimientos industriales, desratización, utilización del relleno sanitario, retiro de
escombros, conexiones de cloacas, desmalezamientos, limpiezas de predios y todo otro servicio especial que
preste el Municipio de oficio o a pedido de los beneficiarios.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Los servicios comprendidos en el presente Anexo son retribuidos conforme a las bases y tarifas
que para cada uno, en forma expresa y con carácter general, fije la Ordenanza Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Son responsables del pago del presente, los productores de residuos, los solicitantes del
servicio o en caso de tratarse de acciones de oficio por parte de la Municipalidad, los titulares de dominio de los
inmuebles, los usufructuarios, los poseedores a título de dueño o los adjudicatarios según corresponda.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- El pago se hará efectivo al solicitarse el servicio en los casos de efectuarse voluntariamente, y
en los casos que este deba efectuarse de oficio en los plazos que establezca el Departamento Ejecutivo.
PARTE ESPECIAL
ANEXO X
DERECHOS DE OCUPACIÓN Y/O USO DE ESPACIOS PÚBLICOS
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Por la ocupación o uso del subsuelo, superficie y espacio aéreo en vía pública, se abonarán
derechos que en forma expresa y con carácter general fije la Ordenanza Tarifaria.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Por estos derechos se abonarán las tarifas que para cada caso establecerá la Ordenanza
Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Son contribuyentes de estos derechos los peticionantes, beneficiarios, permisionarios,
locatarios, usufructuarios, comodatarios o usuarios a cualquier título.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- Los derechos se harán efectivos en forma y oportunidad que establezca el Departamento
Ejecutivo.
ARTÍCULO 5º.- El pago de los derechos no modifica las condiciones de otorgamiento de los permisos, no
revalida renovaciones, concepción o transferencia, ni legitima su ocupación o uso.
PARTE ESPECIAL
ANEXO XI
TÍTULO I
DERECHOS DE CONSTRUCCIONES Y VERIFICACIÓN DE OBRAS
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Los derechos establecidos en este título comprenden el estudio de planos y su aprobación,
permisos, delineación, niveles, inspecciones y habilitaciones de obras, como así también los demás servicios
técnicos, administrativos o especiales que conciernen a la construcción y a las demoliciones como ser:
certificaciones catastrales, tramitaciones, estudios técnicos sobre instalaciones complementarias y otros.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- El derecho a que se refiere el presente título se liquida sobre la base del valor estimado de las
obras. Dicho valor se establece en los casos de nuevos edificios o ampliación o renovación de los ya existentes,
se percibirá por metro cuadrado de superficie cubierta y semicubierta de acuerdo con la aprobación pertinente.
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DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Están obligados al pago de este Derecho:
a) Los titulares del dominio de los inmuebles, con la exclusión de los nudos propietarios;
b) los usufructuarios;
c) los poseedores a título de dueños, solidariamente con los titulares del dominio;
d) solidariamente los Directores de Obra.
ARTÍCULO 4º.- Los sucesores a título singular o universal responderán por las deudas que registre cada
inmueble aún por las anteriores a la fecha de escrituración.
ARTÍCULO 5º.- Para el caso de Obras que tengan financiamiento del Estado Nacional, Provincial o Municipal
son responsables del Derecho los contratistas de obras, comitentes y terceros responsables de la ejecución de
los trabajos.
DEL PAGO
ARTÍCULO 6º.- Es requisito previo para la ejecución y/o demolición de toda obra, abonar los derechos
correspondientes y obtener el permiso Municipal respectivo.
ARTÍCULO 7º.- Previo al otorgamiento de la inspección final se procederá al reajuste de los derechos
correspondientes si se hubiere producido variante en el proyecto que modifique el valor declarado, abonándose
las diferencias establecidas en más, como condición previa al otorgamiento del Certificado de inspección final.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 8º.- Quedan exentos del pago de los derechos establecidos en este título:
1) El Estado Nacional, Provincial y Municipal para obras destinadas a su propio uso;
2) Los establecimientos educacionales, oficiales o privados donde se imparta enseñanza gratuita;
3) Los inmuebles declarados monumentos históricos según lista oficial de la Comisión Nacional de
Museos, Monumentos y Lugares Históricos;
4) Las obras en bóvedas, nichos o panteones del Cementerio Municipal;
5)Las entidades religiosas debidamente registradas en el organismo nacional competente;
6) Las entidades vecinales o cooperadoras escolares o de ayuda a la acción hospitalaria;
7) Las asociaciones profesionales de trabajadores y los partidos políticos legalmente constituidos;
8) Los inmuebles que determinen Ordenanzas Especiales;
9) Los jubilados o pensionados radicados en la Provincia que posean, un solo inmueble con una única
vivienda cuyo destino sea exclusivamente casa-habitación del beneficiario titular y cuyos ingresos no superen
por todo concepto el doble del monto máximo establecido para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada
por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia, correspondiente al mes de Diciembre del año anterior
al que se solicita el beneficio y que no posean grupo familiar conviviente cuyos ingresos conjuntos superen
dicho monto, a partir de su solicitud expresa y aceptación de la misma;
ARTÍCULO 9º.- Cuando se verifique transferencias de inmuebles de un sujeto EXENTO o beneficiado con
desgravación a otro gravado o viceversa la obligación o el beneficio respectivamente, comenzará a regir a partir
del año siguiente a la fecha del otorgamiento del acta de dominio.
Cuando uno de los sujetos fuera el Estado, la obligación o EXENCION comenzará al año siguiente al de la toma
de posesión. Cuando se enajenen bienes correspondientes a herencias reputadas vacantes no corresponde el
pago de Tasas Municipales a cargo de la parte vendedora. Si posteriormente se presentaran herederos con
derecho al importe de los bienes vendidos, este Derecho se deducirá de ese importe.
DE LOS CERTIFICADOS
ARTÍCULO 10.- En los Actos y Contratos sobre inmuebles, los Escribanos autorizantes deberán exigir al titular
del dominio o adjudicatario del inmueble, según corresponda, la acreditación del Certificado de Libre Deuda
expedido por la Dirección General, al momento de otorgarse el acto referente al inmueble objeto del mismo.
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 11.- La valuación general de los inmuebles sufrirá modificaciones en los casos que se indican a
continuación:
1) Modificación de cada parcela por su división o por reunión cuando dicha modificación se encuentre
aprobada por los organismos oficiales pertinentes;
2) Acción o supresión de mejoras. Las modificaciones no afectarán al valor de la tierra, a las cuales se
agregan las mejoras existentes agregando o suprimiendo de acuerdo a su carácter, las nuevas modificaciones.
ARTÍCULO 12.- La subdivisión y/o unificación de partidas deberá ser solicitada por los propietarios y se
efectuará en base a los planos aprobados por la Dirección de Catastro de la Provincia. Las nuevas partidas
resultantes de la subdivisión o modificación, del inciso 1 del artículo anterior regirá a partir del año siguiente a la
fecha de la solicitud siempre que se cumplimenten los requisitos necesarios antes del 30 de noviembre de cada
año.
En todos los casos, no deberán registrar deudas las partidas de origen, hasta el año inmediato anterior al de la
solicitud.
ARTÍCULO 13.- La Oficina de Catastro sólo podrá empadronar edificios o modificaciones de los mismos, en
base a sus respectivos expedientes de construcción. La oficina de Habilitación comunicará a Catastro, la fecha
de habilitación de negocios e industrias que se instalan.
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ARTÍCULO 14º.- En los supuestos de transmisión de dominios, construcción de derechos reales o cualquier
acto relativo a inmuebles con subdivisión y/o unificación de partidas sin actualizar, conjuntamente con los
Certificados de Libre Deuda, el peticionante deberá presentar como condición para la tramitación del mismo, la
solicitud de subdivisión y/o unificación de cuenta.
TÍTULO II
TASA A LAS ACTIVIDADES DE LABORATORIO DE SUELOS, HORMIGÓN Y ASFALTO
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 15.- Comprenden los ensayos y estudios de materiales relacionados con la construcción y demás
servicios tipificados en la Ordenanza Tarifaria.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 16.- La tasa a que se refiere el presente título se liquida conforme las unidades de medida
determinadas en la Ordenanza Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 17º.- Son obligados al pago de la presente tasa los contribuyentes o responsables que por el
desarrollo de su actividad y/o a requerimiento de los mismos hagan uso de los mencionados servicios.
DEL PAGO
ARTÍCULO 18.- El pago del gravamen a que se refiere el presente título deberá efectuarse en forma previa a la
prestación del mismo.
PARTE ESPECIAL
ANEXO XII
DERECHOS DE CEMENTERIO
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Comprenden la prestación de servicios de inhumación, exhumación, reducción, depósitos,
traslados internos o externos, concesión de terrenos para bóvedas o panteones o sepulturas de enterratorios,
arrendamiento de nichos, sus renovaciones, transferencias, excepto cuando se realicen por sucesión hereditaria
y por todo otro servicio o permiso que se efectivice dentro del perímetro del cementerio Municipal.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Por estos derechos se abonarán las tarifas que para cada caso establecerá la Ordenanza
Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Son contribuyentes de los derechos establecidos en el presente título, las personas a las que
se les acuerden las concesiones o permisos o los solicitantes de los servicios mencionados en el artículo 1º.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- Los derechos se harán efectivos en la forma y tiempo que establezca el Departamento
Ejecutivo.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 5º.- Los jubilados o pensionados radicados en la Provincia, cuyos ingresos no superen por todo
concepto el doble del monto máximo establecido para la Canasta Básica Alimentaria (CBA), elaborada por la
Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia, correspondiente al mes de Diciembre del año anterior al que
se solicita el beneficio y que no posean grupo familiar conviviente cuyos ingresos conjuntos superen dicho
monto, a partir de su solicitud expresa y aceptación de la misma.
PARTE ESPECIAL
ANEXO XIII
TASA POR SERVICIO DE INSPECCIÓN VETERINARIA
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Constituyen hechos imponibles los servicios que a continuación se detallan:
1.- La inspección y/o habilitación de vehículos automotores que transporten productos alimenticios y
mercaderías en general.
2.- La determinación bacteriológica, análisis y entrega de certificados.-
3.- La Inspección Veterinaria de carnes en carnicerías, establecimientos rurales, mataderos, frigoríficos
y fábricas de chacinados que no cuenten con inspección veterinaria nacional o provincial.
4.- La Inspección Veterinaria de aves, huevos, pescados, mariscos, grasas y chacinados provenientes
del Municipio o de otras jurisdicciones, si carecieran de certificados sanitarios que lo amparen o sujeto a
vencimiento.
5.- La reinspección veterinaria de carnes trozadas, menudencias, pescados, mariscos y grasas,
amparados por certificados sanitarios de otras jurisdicciones.
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6.- El visado de certificados sanitarios de otras jurisdicciones, que amparen aves, huevos y carnes
bovinas, ovinas, caprinas o porcinas, en media res, destinados al consumo local.
7.- Internación de canes e Implantación de transponders.
8.- Servicios Varios de Inspección.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Por estos servicios se abonarán las tarifas que para cada caso establecerá la Ordenanza
Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Son obligados al pago de la presente tasa los contribuyentes o responsables que por el
desarrollo de su actividad y/o a requerimiento de los mismos, hagan uso de los mencionados servicios.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- El pago del gravamen a que se refiere este Anexo deberá efectuarse en forma previa a la
prestación del mismo.
PARTE ESPECIAL
ANEXO XIV
TASA POR BUSQUEDA Y RESCATE
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Comprende los servicios de búsqueda y rescate de personas.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Por estos servicios se abonarán las tarifas que para cada caso establecerá la Ordenanza
Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Se encuentran obligados al pago de la presente Tasa, las personas físicas rescatadas con
recursos provenientes del Fondo de Búsqueda y Rescate creado por Ordenanza Especial, así como las
personas jurídicas, familiares y/o tutores responsables de las mismas.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- La presente Tasa se hará efectiva una vez finalizadas las tareas y/u operativos puestos en
marcha.
DE LAS EXENCIONES
ARTÍCULO 5º.- Quedan exceptuados del pago, aquellas personas que tengan residencia permanente en la
ciudad de Ushuaia.
PARTE ESPECIAL
ANEXO XV
DERECHO DE USO Y SERVICIO DEL MATADERO MUNICIPAL
DEL HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 1º.- Comprende el uso del Matadero Municipal y los servicios que se presten en el mismo.
DE LA BASE IMPONIBLE
ARTÍCULO 2º.- Por estos derechos se abonarán las tarifas que para cada caso establecerá la Ordenanza
Tarifaria.
DE LOS CONTRIBUYENTES
ARTÍCULO 3º.- Están obligados al pago los usuarios de los permisos o servicios.
DEL PAGO
ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo fijará la forma y oportunidad para el pago de las tarifas.
5.- Asunto 1173/2008, expediente 792/2004
Ordenanza municipal 3515
Promulgada Decreto municipal 540/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Exceptuar del Código de Planeamiento Urbano, artículos IV.1.2.; IV.1.2.1. y IV.1.4.
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4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
Artículo 2º.- Autorizar al Ejecutivo municipal a realizar el proyecto y cesión de la calle para generar el
frente a las parcelas subdivididas originadas en el lote identificado catastralmente como quinta 3, macizo 1000,
sección O.
Artículo 3º.- Autorizar al Ejecutivo municipal a realizar la visación del plano de mensura con la
subdivisión propuesta.
Artículo 4º.- De forma.
6.- Asunto 140/2008, expediente 144/1994
Ordenanza municipal...
Promulgada
Boletín Oficial Municipal
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Impleméntase dentro de ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, la señal vial de “ordenador
de cruce vehicular”, la cual será de obligatoria señalización horizontal en calles pavimentadas donde ocurra la
intersección de dos (2) calles de doble mano de circulación; y/o una (1) calle de doble mano con otra de mano
única.
Artículo 2º.- DEFINICIÓN: la señal de “ordenador de cruce vehicular” define la señalización que en un
cruce de calles donde una, como mínimo, sea de doble mano de circulación indica el radio de giro que el
conductor de un vehículo debe seguir para retomar en la otra calle el carril que le corresponde circular.
Artículo 3º.- OBJETIVO: la señal indicada, presenta el objetivo de lograr que los conductores
vehiculares al doblar en un cruce de calles con al menos una de doble mano, lo hagan por el carril de
circulación que corresponde.
Artículo 4º.- DE LA SEÑAL: la señal consiste en un círculo que tendrá como centro en la intersección de
la línea imaginaria que indica el centro de cada calzada y que en las calles de doble mano son la divisoria de
los carriles de uno y otro sentido de circulación. La dimensión mínima del diámetro de la señal se fija en un (1)
metro; por vía de reglamentación correspondiente a la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá
resolver diámetros mayores en arterias que por sus dimensiones así lo permitan.
Artículo 5º.- DE LA SEÑALIZACIÓN: la demarcación en la vía pública que corresponda de la señal
definida en el artículo anterior, lo será en la calzada horizontalmente y, como mínimo, pintada en color amarillo
con una línea de no menos de diez (10) centímetros de ancho. Por vía de reglamentación de la presente, el
Departamento Ejecutivo Municipal podrá resolver otras formas de señalización, como ser la utilización de
cordones u otros que se definirán en función de los anchos de las calzadas que se intercepten.
Artículo 6º.- DIFUSIÓN: el Departamento Ejecutivo Municipal deberá instrumentar una campaña de difusión
masiva de carácter preventivo, destinada a la concientización de los conductores de vehículos sobre el
adecuado uso de la señal determinada por el artículo 4º de la presente ordenanza.
Artículo 7º.- REGLAMENTACIÓN: el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar la
presente ordenanza, dentro de los treinta (30) días de su promulgación.
Artículo 8º.- SEÑALIZACIÓN VERTICAL: el Departamento Ejecutivo Municipal podrá implementar
señalización adicional al tipo vertical, mediante la cual se oriente al conductor sobre el sentido de circulación
durante el giro.
Artículo 9º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: será autoridad de aplicación de la presente ordenanza, la
Dirección de Tránsito y Transporte del Municipio, o la dependencia municipal que en el futuro la reemplace.
Artículo 10.- INSTRUMENTACIÓN: establézcase un tiempo de concientización en la aplicación de la
presente ordenanza, cuya duración será establecida en la reglamentación que al efecto realice el Departamento
Ejecutivo Municipal; durante ese lapso de tiempo los inspectores municipales de Tránsito sólo labrarán actas de
constatación de la falta cometida.
Artículo 11.- PENALIDADES: una vez finalizado el período señalado en el artículo anterior, las
penalidades por infringir la presente ordenanza será el equivalente a cincuenta (50) UFA, con las modalidades,
agravantes y atenuantes que se establecen en el Código Municipal de Penalidades y Normas Complementarias
aplicadas por el Juzgado Administrativo Municipal de Faltas.
Artículo 12.- De forma.
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Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
CLÁUSULA TRANSITORIA
El Departamento Ejecutivo Municipal deberá ejecutar lo establecido en la presente ordenanza, en dos
(2) lugares de la ciudad, que serán determinados por vía de la reglamentación, a los fines de evaluar su utilidad
durante el plazo de ciento ochenta (180) días.
7.- Asunto 1276/2008, expediente 250/2008
Ordenanza municipal
Promulgada
Ver veto
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Establécese un servicio de atención médica gratuita, para brindar la asistencia necesaria,
emergencia y/o traslado de una persona, en todas las instalaciones deportivas y culturales dependientes de la
Municipalidad de Ushuaia.
Artículo 2º.- Las instalaciones deportivas y culturales que contarán con el citado servicio, son todos
aquellos espacios cerrados o abiertos, propiedad del municipio o contratados, para actividades deportivas o
culturales. Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios con el sector público y/o privado
para la implementación de lo normado en la presente ordenanza.
Artículo 3º.- De forma.
8.- Asunto 450/2008 y 451/2008, expediente 504/1996
Ordenanza municipal 3512
Promulgada Decreto municipal 490
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1°.- Asígnase con el nombre “Profesor Alberto Beban” al denominado Salón A, ubicado en las
instalaciones del Gimnasio “Profesor Hugo Ítalo Favale”, del Complejo Polideportivo Municipal “Comodoro
Augusto Lasserre”.
Artículo 2º.- Asígnase con el nombre "Intendente don Vicente Padín Moreira", al denominado Salón B
ubicado en las instalaciones del Gimnasio “Profesor Ítalo Favale”, del Complejo Polideportivo Municipal
"Comodoro Augusto Lasserre".
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área competente, procederá a la
colocación de la cartelería pertinente.
Artículo 4º.- De forma.
9.- Asunto 670/2008, expediente 118/2008
En Segunda Lectura
Sancionada en Primera Lectura.....
Ordenanza municipal 3513
Promulgada Decreto municipal 491/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Exceptúase a la Asociación Propietarios de Taxi de Ushuaia, de los alcances del artículo 5º
de la Ordenanza municipal 2025, modificada por la Ordenanza municipal 2697.
Artículo 2º.- Exceptúase a la Asociación Propietarios de Taxi de Ushuaia, del llamado a Concurso
Público de Postulantes establecido en el artículo 32 de la Ordenanza municipal 2025, modificada por la
103
Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
Ordenanza municipal 2697, para el predio identificado catastralmente como sección G, macizo 9, parcela 5 de
la ciudad de Ushuaia.
Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta a la Asociación
Propietarios de Taxi de Ushuaia, el predio identificado catastralmente como sección G, macizo 9, parcela 5 de
la ciudad de Ushuaia, con destino a la construcción de un quincho, taller mecánico, lavadero de vehículos y
playa de estacionamiento, conforme las prescripciones de la Ordenanza municipal 2025, modificada por la
Ordenanza municipal 2697.
Artículo 4º.- Lo establecido en el artículo 3º, quedará condicionado a las siguiente obligaciones del
adjudicatario, las que deberán formar parte del Decreto de Adjudicación y de la Escritura Traslativa de Dominio:
a) En la parcela adjudicada sólo podrán realizarse actividades contempladas en los Estatutos de la
Asociación Propietarios de Taxi de Ushuaia;
b) el predio adjudicado no podrá ser objeto de subdivisión;
c) se deberá respetar la prohibición establecida en el artículo 82, inciso 4) de la Constitución Provincial.
Artículo 5º.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente ordenanza
municipal, será causal suficiente para retrotraer el título de propiedad a favor del municipio.
Artículo 6º.- De forma.
10.- Asunto 729/2008, expediente 556/2007
En Segunda Lectura
Sancionada en Primera Lectura...
Ordenanza municipal 3506
Promulgada Decreto municipal 484/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébanse los términos del Convenio N° 4057, de fecha 19 de septiembre de 2007,
mediante el cual la Municipalidad de Ushuaia, representada por el entonces señor intendente municipal,
ingeniero Jorge Alberto Garramuño, cede al Club Atlético “El Porvenir”, representado por los señores José
Hernán Obando y Sergio Fabián Urbani, en carácter de presidente y vicepresidente, respectivamente, la
fracción fiscal individualizada como sección F, macizo 30B, parcela 2, para uso, mantenimiento y administración
del playón deportivo instalado en el sector aludido, que fuera aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante
a través del dictado del Decreto municipal 1234/2007.
Artículo 2º.- De forma.
11.- Asunto 1372/2008, expediente 137/2008
En Segunda Lectura
Sancionada en Primera Lectura...
Ordenanza municipal 3507
Promulgada Decreto municipal 485/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase a la firma Casino Club Sociedad Anónima, con domicilio en calle San Martín 638
de esta ciudad, el uso del predio contiguo a la obra ubicada en la sección A, macizo 65, parcela 2A y 3A, por el
plazo de un (1) año, y de acuerdo a lo establecido en el modelo de convenio de permuta a celebrar con el
Departamento Ejecutivo Municipal, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º.- De forma.
104
Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
12.- Asunto 160/2009, expediente 144/1994
Ordenanza municipal 3514
Promulgada Decreto municipal 492/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Establécese la prohibición de estacionamiento vehicular sobre la margen Norte del Pasaje
del Indio en toda su extensión, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 16:00 horas.
Artículo 2º.- Establécese el sentido de circulación vehicular de la calle Sargento Bombero Voluntario
José Miguel Soto desde su intersección con la calle Arturo Coronado hasta su intersección con las calles
Transporte Villarino y Marcos Zar, que será de única mano de Oeste a Este.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá ejecutar las obras necesarias de señalización
vial vertical y horizontal, conforme a lo establecido en la presente ordenanza municipal.
Artículo 4º.- De forma.
13.- Asunto 185/2009, expediente 21/1988
Ordenanza municipal 3509
Promulgada Decreto municipal 486/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifícase la Cláusula 34 del Anexo I de la Ordenanza municipal 2192 la que quedará
redactada de la siguiente forma:
“Cláusula 34: Prohíbase la realización de nuevas inhumaciones en el Cementerio ubicado en avenida
Maipú, entre las calles Remolcador Guaraní y Onas, el que se denominará en lo sucesivo “Antiguo Cementerio
Municipal”. Sólo se autorizarán inhumaciones en panteones existentes con anterioridad a la promulgación de la
presente ordenanza, siempre y cuando exista allí espacio vacante y se trate de parientes del titular dentro del
tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad.”
Artículo 2º.- De forma.
14.- Asunto 179/2009, expediente 613/1998
Ordenanza municipal 3508
Promulgada Decreto municipal 487/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 1º de la Ordenanza municipal 3470, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 1º.- Establécese la obligatoriedad de colocar cámaras de captación de imágenes en las
confiterías bailables.”
Artículo 2º.- Sustitúyase el artículo 4º de la Ordenanza municipal 3470, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 4º.- Las confiterías bailables no podrán iniciar su actividad programada sin que los sistemas
estén en funcionamiento. En caso de que los sistemas dejen de funcionar durante el transcurso de la actividad,
los responsables están obligados a labrar un acta e informar a la autoridad competente.”
Artículo 3º.- De forma.
105
Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
15.- Asunto 184/2009, expediente 128/1984
Ordenanza municipal 3510
Promulgada Decreto municipal 488/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Prohíbase en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, la denominación de calles, edificios,
lugares públicos, eventos culturales, artísticos y/o deportivos (o de cualquier naturaleza), con nombres de
personas que hayan estado o estuvieran procesados y/o condenados por crímenes de lesa humanidad y/o
genocidios.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a realizar un relevamiento, a través del
área correspondiente, a efectos de detectar denominaciones que no se adecuen a la presente, con la finalidad
de informar al Concejo Deliberante para proceder a su modificación.
Artículo 3º.- De forma.
16.- Asunto 203/2009, expediente 437/2007
Ordenanza municipal 3504
Promulgada Decreto municipal 482/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase hasta el 31 de diciembre de 2010, un espacio reservado para estacionamiento
entre discos de una (1) unidad (siete metros - 7 m), frente a la vivienda ubicada en la Tira 1 B, Planta Baja,
Departamento 1 - 300 Viviendas - del barrio Bahía Golondrina de nuestra ciudad, propiedad del señor Héctor
Carlos Mendoza, D.N.I. Nº 8.306.778, con leyenda en placa adicional: “Reservado señor Héctor Carlos
Mendoza”.
Artículo 2º.- Exceptúase al señor Héctor Carlos Mendoza del pago del arancel previsto en el inciso i),
artículo 14 de la Ordenanza municipal 1508 (Tarifaria).
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área técnica competente, procederá a la
colocación de la señalización vial correspondiente.
Artículo 4º.- De forma.
17.- Asunto 206/2009, expediente 39/2009
Ordenanza municipal 3505
Promulgada Decreto municipal 483/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a dar de baja del Patrimonio Municipal,
cuatro (4) armarios y una (1) computadora en desuso.
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a entregar en donación a la Escuela
Especial Nº 1 “Kayú Chénen”, los elementos detallados en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3º.- De forma.
106
Cuerpo de Taquígrafos
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia
4ª Reunión – 3ª sesión ordinaria – 25 de marzo de 2009 – XXVI Período legislativo
18.- Asunto 213/2009, expediente 117/2007
Ordenanza municipal 3503
Promulgada Decreto municipal Nº 481/2009
Boletín Oficial Municipal Nº 5/2009, 30 de abril de 2009
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Exceptúase del cumplimiento del artículo 4º, inciso 3 de la Ordenanza municipal 484,
modificada por Ordenanza municipal 3370, a la empresa Ushuaia Shopping S.R.L.
Artículo 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que por intermedio de la Dirección que
corresponda realice las coordinaciones necesarias con la prestadora del servicio de recolección y con Ushuaia
Shopping S.R.L. a efectos de evitar la acumulación de residuos tanto por la calle San Martín como por la calle
Nueve de Julio y mantener las condiciones de higiene y seguridad.
Artículo 3º.- De forma.
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Cuerpo de Taquígrafos
Datos
N° Archivo
3
Año
2009
Observaciones
3° Sesión Ordinaria 25-03-09
Auditoría
Cargado por: Cynthia Ortega
03/08/2026 14:31