ARTICULO 1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar, a
través de la Dirección de Relaciones Comunales, QUINIENTOS (500) subsidios de
AUSTRALES CINCUENTA MIL (A 50.000) cada uno, destinados a personas
carenciadas de esta ciudad.
ARTICULO 2º.- Los subsidios se instrumentarán a través de diez (10) chequeras
pertenecientes a la Cuenta Corriente de la Municipalidad, con el importe fijo por
cada cheque, con una inscripción o sello en el frente que indique “ORDENANZA
Nº...”, y la firma de la Tesorera y el Secretario de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 686 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 01/08/1990.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 399 / 90.-