Ordenanza N° 685 NO

Datos de la ordenanza
Número
685
Fecha de sanción
06/06/1990
Vigencia
NO
Decreto
392
Tema
Obras y Servicios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- APROBAR el plan de cañería de Red de Gas domiciliaria, conforme

a lo establecido en la presente.

ARTICULO 2º.- Autorizar al Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría

de Obras y Servicios Públicos, celebre los Contratos correspondientes.

ARTICULO 3º.- El presente trabajo incluirá proyecto de Obra, trabajos de zanjeo,

relleno y provisión de arena, soldadura de caños, sellado, verificación, colocación de

pipeta y servicio hasta el medidor de gas o línea Municipal.

ARTICULO 4º.- La Municipalidad aportará todos los elementos para dicha

realización como su mano de obra, dirección y maquinarias.

ARTICULO 5º.- El vecino aportará la cañería necesaria para la realización de dicha

red.

ARTICULO 6º.- Cada vecino abonará a la Municipalidad una suma fija por metro de

frente en relación al costo total de la obra.

ARTICULO 7º.- Es necesario para llevar a cabo dicha tarea, contar con la

conformidad de la totalidad de los vecinos, respecto de los convenios a celebrarse.

ARTICULO 8º.- Los vecinos se comprometerán al apoyo que la Dirección de Obra

Municipal requiera para un mejor servicio.

ARTICULO 9º.- AFECTAR los fondos que ingresan a un destino específico

consistente en recuperar los gastos que demandó la Obra.

ARTICULO 10.- FACULTAR al Ejecutivo Municipal a reglamentar las condiciones

contractuales con los beneficiarios, acorde a los considerandos de la presente.

ARTICULO 11.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 685 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 06/06/1990.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 392 / 90.-

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