Ordenanza N° 6505 —

Datos de la ordenanza
Número
6505
Fecha de sanción
26/06/2025
Vigencia
—
Decreto
1263
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- Objeto. CREAR los "Espacios comunes municipales", destinados a que trabajadores y trabajadoras independientes y emprendedoras y emprendedores, realicen actividades de oficina inherentes a sus desempeños y a que estudiantes tengan un espacio de estudio, en ambos casos tanto individual como colaborativamente.

ARTÍCULO 2°.- Objetivos. Son objetivos de la presente ordenanza: a) brindar espacios de trabajo para el desarrollo de trabajadores y trabajadoras y de emprendedores y emprendedoras; b) brindar espacios adecuados de estudio para estudiantes; c) facilitar la sinergia, a la vez que el conocimiento y el trabajo colaborativo, d) reducir costos de mantenimiento de oficina; e) brindar espacios de tranquilidad y ambiente adecuado para el desarrollo de las tareas laborales y educativas; y f) brindar flexibilidad horaria.

ARTÍCULO 3°.- Requisitos de los Espacios. Los espacios comunes municipales deben, como mínimo, contar con: a) una computadora, con conexión a internet; b) aislación/cerramiento respecto de las actividades propias municipales del espacio donde estén emplazadas; c) acceso a baños, que pueden ser compartidos con agentes municipales y/o público en general; d) mesa de trabajo y sillas; y disponibilidad de enchufes.

ARTÍCULO 4°.- Convivencia. Para permanecer en los espacios comunes municipales es requisito ineludible acatar las normas de convivencia que se dicten para los espacios. Los agentes y las agentes municipales que trabajan en cada espacio donde se emplace un espacio común municipal velan pOr el cumplimiento.

ARTÍCULO 5°.- Espacios Físicos. El Departamento Ejecutivo Municipal establece y acondiciona los espacios comunes de trabajo municipal priorizando la distribución por todá la ciudad y flexibilidad horaria de funcionamiento.

ARTÍCULO 6°.- Difusión. El Departamento Ejecutivo Municipal establece una campaña de difusión de los espacios creados según las estrategias que el área de prensa considere pertinentes.

ARTÍCULO 7°.- Normas de Funcionamiento y Convivencia. El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la o las áreas que considere, establece las pautas de funcionamiento y uso del espacio así como las condiciones de seguridad informática, para evitar el acceso a sitios de apuestas y de contenido para adultos, entre otros que considere.

Asunto de origen
Asunto 518/2025
Aconseja Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 518/2025 — Taquigráfica N° 4/2025 — 26/06/2025
- XXXVI - CREACIÓN DE LOS "ESPACIOS COMUNES MUNICIPALES" (Asunto 518/2025,
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