ARTÍCULO 1°.- Creación. CREAR el Registro Voluntario Municipal de Alquileres destinados a vivienda permanente en el ámbito de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2°.- Objeto. El Registro tiene por objeto servir de herramienta al Departamento Ejecutivo Municipal para poder establecer beneficios a quienes se encuentren inscriptos, con el objeto de promover la oferta de alquileres destinados a vivienda permanente. A su vez, el presente registro y el listado de inmobiliarias debidamente habilitadas podrán ser difundidos a modo de información para quienes se encuentren en búsqueda de alquileres, sirviendo a su vez de herramienta para las vecinas y vecinos de la ciudad.
ARTÍCULO 3°.- La autoridad de aplicación podrá establecer beneficios a aquellos propietarios que se inscriban en el presente registro.
ARTÍCULO 4°.- Requisitos. La autoridad de aplicación deberá establecer las condiciones y requisitos que deberán cumplir quienes ouieran integrar el registro voluntario, como así también los plazos de renovación.
ARTÍCULO 5°.- Gratuidad. La inscripción en el presente registro será voluntaria y gratuita.