ARTÍCULO 1 0 .- AUTORIZAR el uso "Estación de Servicios — Venta de combustibles líquidos, lubricantes, regalería, tienda de bebidas y comestibles con elaboración y consumo en el local" a la parcela identificada en el Catastro municipal de la ciudad de Ushuaia como Sección F, Macizo 05, Parcela 14a.
ARTÍCULO 2°.- EXCEPTUAR a la parcela enunciada en el artículo precedente, del artículo IV.1.3.4, del Código de Planeamiento Urbano, Ordenanza Municipal N.° 2139.
ARTÍCULO 3°.- CONDICIONAR la autorización de uso y la excepción enunciada en el artículo precedente, al análisis previo y aprobación de las instancias ambientales y de la documentación requerida por las áreas técnicas competentes a nivel municipal, provincial y nacional que poseen jurisdicción sobre la costa de la Bahía de Ushuaia.
ARTÍCULO 4° .- CONDICIONAR la aprobación del proyecto, a la firma previa de convenio ad referéndum del Concejo Deliberante, que contemple las siguientes consideraciones: a) restringir las edificaciones de apoyo a un solo nivel de altura; b) generar acceso público a la costa; c) desarrollo del camino costero en el contrafrente de la parcela conforme a los lineamientos que establecerá la Secretaría de Planificación e Inversión Pública y la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial; d) consolidación de la calle colectora.