ARTÍCULO 1°.- DECLARAR el día 10 de septiembre (día del natalicio de quien en vida fuera Juan Ignacio Macías), "Día del Montañista-Escalador Ushuaiense" en homenaje a su vida y trayectoria.
ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR la fecha instituida en el artículo precedente al calendario municipal de fiestas, conmemoraciones y celebraciones oficiales de la Municipalidad de Ushuaia.
ARTÍCULO 3°.- ENCOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal la realización de actividades de montañismo, escalada, senderismo, etcétera, dirigidas tanto a residentes como visitantes.
ARTÍCULO 4°.- DESIGNAR a la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de Ushuaia o a quien en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación de las actividades previstas en el artículo precedente.
ARTÍCULO 5°.- Los gastos que ocasione la aplicación de dicha ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.