ARTÍCULO 1°.- DENOMINAR "Pasaje Peatonal Soberanía Nacional" a la continuidad de la traza de la calle Soberanía Nacional, perteneciente a la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, delimitada al noroeste y al noreste por el Macizo 79A, al sureste por el Macizo 79B y al suroeste por la calle Aristóbulo del Valle.
ARTÍCULO 2°.- DENOMINAR "Pasaje Peatonal José Ignacio Rucci a la continuidad de la traza de la calle José Ignacio Rucci, perteneciente a la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, delimitada al noroeste por el Macizo 79B, al noreste por el Macizo 79A, al sureste por el Macizo 79C y al suroeste por la calle Aristóbulo del Valle.
ARTÍCULO 3°.- DENOMINAR "Pasaje Peatonal Alfredo Palacios" a la continuidad de la traza de la calle Alfredo Palacios, perteneciente a la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, delimitada al noroeste por el macizo 79C, al noreste por el Macizo 79A, al sureste por el Macizo 79D y al suroeste por la calle Aristóbulo del Valle.
ARTÍCULO 4°.- DENOMINAR "Pasaje Peatonal Cipriano Reyes" a la continuidad de la traza de la calle Cipriano Reyes, perteneciente a la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, delimitada al noroeste por el Macizo 79D, al noreste y sureste por el Macizo 79A y al suroeste por la calle Aristóbulo del Valle.
ARTÍCULO 5°.- DENOMINAR "Pasaje Peatonal Arroyo Grande" a la vía de circulación perteneciente a la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, delimitada al noroeste, noreste y sureste por el Macizo 79A, y al suroeste por los Macizos 79B, 79C y 790.