Ordenanza N° 6444 SI

Datos de la ordenanza
Número
6444
Fecha de sanción
12/12/2024
Vigencia
SI
Decreto
2284/2024
Tema
Presupuesto
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- ESTIMAR en la suma de pesos ciento veintiún mil trescientos reinta y un millones novecientos setenta mil quinientos veintiocho con 62/100 ($ 121.331.970.528,62) el Cálculo de Recursos Corrientes y de Capital, destinados a atender las erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio 2025, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y la desagregación incorporada como Anexo V de la presente ordenanza. Carácter EconómIco Rubro Recursos Corrientes Recursos de Capital TOTAL Ingresos Tributarios 113.287.458.008,45 113287.458.008,45 Ingresos no Tributarios 1.352.088.213,62 1.352.088_213,62 Rentas de Propiedad 238.423.605,20 238.423.605,20 Transferencias Corrientes 510.000.000,00 510.000.000,00 Recursos propios de Capital 214.034.692,64 214.034.692,64 Transferencias de Capital 5.729.966.008,71 5.729.966.008,71 TOTAL 115.387.961.127,27 5.944.000.701,35 121.331.970.528,62

ARTÍCULO 2°.- FIJAR en la suma de pesos ciento veintiún mil trescientos treinta y un millones novedientos setenta mil quinientos veintiocho con 62/100 ($ 121.331.970.528,62) las Erogaciones Corrientes de Capital y Aplicaciones Financieras de la Administración Municipal para el Ejercicio 2025, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza. GASTOS CORRIENTES 99.727.040.109,35 Personal 46.789,666.578,00 Bienes de consumo 4.297,568.218,39 Servicios no personales 40.360.825.594,88 Transferencias 3.421.638.051,58 Servicios de la deuda 44.261.576,50 Gastos Figurativos 4.813.080.090,00 GASTOS DE CAPITAL 21.582.476.184,16 Bienes de uso 739.712.085,00 Construcciones 20.842.764.099,16 APLICACIONES FINANCIERAS 22.454.235,11 Aplicaciones financieras 22.454.235,11 TOTAL DE GASTOS A.M. 121.331.970.528,62 INSTITUCIONES TOTAL Concejo Deliberante 9.073.259.364,00 Sindicatura General 2.106.608.070,00 UISE 269.502.034,00 Ejecutivo Municipal 109.882.601.060,62 TOTAL 121.331.970.528,62

ARTÍCULO 3°.- FIJAR en la suma de pesos ciento nueve mil ochocientos ochenta y dos millones seiscientos un mil sesenta con 62/100 ($109.882.601.060,62) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2025, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 4°.- FIJAR en la suma de pesos dos mil ciento seis millones seiscientos ocho mil setenta con 00/100 ($2.106.608.070,00) las Erogaciones de la Sindicatura Municipal General para el Ejercicio 2025, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza

ARTÍCULO 5°.- FIJAR en la suma de pesos dos mil cuatrocient inta y seis millones novecientos sesenta y nueve mil novecientos ochenta y s on 00/100 ($2.436.969.986,00) las Erogaciones del Concejo Deliberante para el er icio 2025, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en el Anexo del I al IV de la presente ordenanza, y en pesos seis mil seiscientos treinta y seis millones dosciento ochenta y nueve mil trescientos setenta y ocho con 00/100 ($6.636.289.378,00) los gastos en personal, incorporados en la partida del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 6°.- FIJAR en la suma de pesos doscientos sesenta y nueve millones quinientos dos mil treinta y cuatro con 00/100 ($269.502.034,00) las Erogaciones de Ushuaia Integral Sociedad del Estado para el Ejercicio 2025, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 7°.- FIJAR en la suma de pesos cuatro mil ochocientos trece millones ochenta mil noventa con 00/100 ($4.813.080.090,00) correspondientes a las Erogaciones Figurativas para transacciones Corrientes de la Administración Municipal, quedando en consecuencia establecido el financiamiento por Contribuciones Figurativas en la misma suma.

ARTÍCULO 8°.- FIJAR en la suma pesos setecientos noventa y nueve millones seiscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres con 03/100 ($7 99.685.463,03) las Erogaciones del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas para el Ejercicio 2025, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en el Anexo VIII de la presente ordenanza, incorporados en la partida del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTICULO 9°.- FIJAR como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, el siguiente Resultado Financiero: EROGACIONES $121.331.970.528,62 RECURSOS $121.331.970.528,62 NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO $0 Título II Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Municipal

ARTÍCULO 10.- INCORPORAR el Esquema Ahorro-Inversión-Financiamiento que se adjunta a la presente como Anexo VI de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 11.- INCORPORAR el Plan de Obras Públicas Plurianual que se adjunta a la presente como Anexo VII de la presente , prde nza.

ARTÍCULO 12.- FIJAR en un mil setecientóssite (1707) el número total de cargos del Departamento Ejecutivo Municipal y en noventa y nueve mil trescientos noventa y siete (99.397) horas reloj correspondientes al personal técnico para el presente presupuesto. La cifra correspondiente a los cargos se compone según el siguiente detalle: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL: PLANTA PERMANENTE 1263 cargos PERSONAL NO PERMANENTE 444 cargos Autoridades Superiores 18 cargos Gabinete 120 cargos Gabinete de C.O.P.A.R.L. 16 cargos Personal Temporario 290 cargos

ARTÍCULO 13.- FIJAR en treinta y nueve (39) el número total de cargos de la Sindicatura General Municipal para el presente presupuesto. Esta cifra se compone de la siguiente manera: SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL: PERSONAL PERMANENTE 24 cargos PERSONAL NO PERMANENTE 15 cargos Autoridades Superiores 3 cargos Personal de Gabinete 12 cargos

ARTÍCULO 14.- FIJAR en doscientos treinta y tres (233) el número total de cargos del Departamento Legislativo. Esta cifra se compone de la siguiente manera: DEPARTAMENTO LEGISLATIVO: PERSONAL PERMANENTE 67 cargos PERSONAL NO PERMANENTE 166 cargos Autoridades Superiores 34 cargos Gabinete 132 cargos

ARTÍCULO 15.- Se deja establecido que el presente presupuesto contempla únicamente como pauta salarial general el crecimiento vegetativo.

TITULO III Presupuesto de Recursos y Gastos de "Ushuaia Integral Sociedad De Estado"

ARTÍCULO 16.- ESTIMA a el Ejercicio Fiscal 2025, el total de Recursos en pesos nueve mil setecientos setenta y seis millones trescientos noventa y nueve mil novecientos once con 71/100 ($9.776.399.911,71), según Anexo IX.

ARTÍCULO 17.- FIJAR para el Ejercicio Fiscal 2025, el total de Gastos en pesos diez mil seiscientos treinta y un millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y ocho con 26/100 ($ 10.631.229.478,26), según Anexo IX. Título IV Disposiciones Complementarias

ARTÍCULO 18.- El Departamento Ejecutivo Municipal distribuirá los créditos aprobados de la presente ordenanza, conforme a la Matriz de Gastos correspondiente, según el artículo 175 de la Carta Orgánica Municipal. Asimismo, podrá reestructurar los créditos correspondientes al inciso "Personal" según surja de su distribución; en función de la recomposición de los salarios, aportes y contribuciones. Los créditos presupuestarios asignados a dicho inciso serán de carácter limitativo no pudiendo transferir créditos hacia otros incisos.

ARTÍCULO 19.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a producir r eestructuraciones orgánicas, así como a transferir y/o suprimir vacantes de la planta de personal aprobada por la presente ordenanza.

ARTÍCULO 20.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a reestructurar los créditos de "Personal". El resto de los Incisos serán de carácter indicativo, por lo que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá efectuar modificaciones presupuestarias a través de transferencias entre estos Incisos, excepto las decisiones que impliquen incrementar los Gastos Corrientes en detrimento de los Gastos de Capital o de las aplicaciones financieras y las que impliquen un cambio en la distribución de las finalidades.

ARTÍCULO 21.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar recursos provenientes del orden nacional, provincial y/o privado, que estén destinados al financiamiento específico de algún concepto, incorporando en este caso las respectivas partidas de erogaciones al momento en que se produzcan nuevos recursos, o el Concejo Deliberante haya aprobado los convenios respectivos.

ARTÍCULO 22.- FACULTAR: al Deparlamento Ejecutivo Municipal a incorporar los recursos provenientes de exedentes financieros correspondientes a ejercicios fiscales anteriores.

Asunto de origen
Asunto 1363/2024
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Tratado en sesión
Asunto 1363/2024 — Taquigráfica N° 10/2024 — 12/12/2024
(Asuntos 1363/2024 y 120912024, expediente 114/2024)
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