ARTÍCULO 1°.- ADHERIR al Día Internacional de las Mujeres y las Niñas en la Ciencia, el que se conmemora el 11 de febrero de cada año.
ARTÍCULO 2°.- INSTITUIR el Día de las Mujeres y Niñas en la Ciencia y Tecnología en la Antártida, cada 7 de noviembre en homenaje y reconocimiento a Las Cuatro de Melchior, primeras mujeres argentinas que realizaron una campaña científica en la Antártida.
ARTÍCULO 3°.- INCORPORAR las fechas instituidas por los artículos precedentes al calendario municipal de fiestas, conmemoraciones y celebraciones oficiales de la Municipalidad de Ushuaia, como parte de una misma actividad que puede tener continuidad en dos momentos del año.
ARTÍCULO 4°.- ENCOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal, la realización de una agenda de actividades diversas, dirigida tanto a residentes como a visitantes, para difundir, sensibilizar y celebrar lo siguiente: a) reconocer el papel clave que desempeñan las mujeres en la comunidad académica, científica y tecnológica; b) incentivar a las niñas desde la escuela a participar en los ámbitos académicos, científicos y tecnológicos; c) poner en valor la importancia que tiene el desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en la Antártida para Ushuaia, el país y el mundo, d) destacar el aporte que realiza nuestro país como signatario del Tratado Antártico, para la ciencia antártica desde hace 120 años en forma ininterrumpida; e) exaltar el carácter pionero de Argentina en el continente blanco, y f) transmitir el rol de Ushuaia como Puerto y Puerta de Entrada a la Antártida.
ARTÍCULO 5°.- DESIGNAR a la Secretaría de la Mujer de la Municipalidad como autoridad de aplicación de las actividades previstas en el artículo precedente. ARTÍCULP 6° FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a articular acciones con las entidades como:Instituto Antártico Argentino, Instituto Fueguino de Turismo, Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Universidad Tecnológica Nacional, Centro Austral de Investigaciones Científicas del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Instituto Provincial de Educación Superior "Florentino Ameghino", Confederación Agencia de Desarrollo Ushuaia, Cámara de Turismo de Ushuaia, Cámara Hotelera y Gastronómica de Ushuaia, Cámara de Comercio, Museos públicos y privados de la ciudad, y demás instituciones que elijan participar de la organización, para dar a la conmemoración un carácter representativo de la ubicación estratégica de Ushuaia hacia la Antártida.
ARTICULO 7°.- ASIGNAR al financiamiento de las actividades previstas en esta celebración una parte suficiente de la partida presupuestaria correspondiente a la Secretaría de la Mujer.
ARTÍCULO 8°.- COMUNICAR la presente ordenanza al Poder Ejecutivo de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; al Poder Legislativo Provincial, al Poder Ejecutivo Nacional; y a las Cámaras de Senadores y de Diputados de la Nación.