ARTÍCULO 1°.- FIJAR en la suma de pesos sesenta y un mil quinientos sesenta millones veinte mil ochocientos sesenta y dos con 00/100 ($ 61.560.020.862), las Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio 2024, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2°.- FIJAR en la suma de pesos cincuenta y ocho un mil cuatrocientos treinta millones quinientos un mil trescientos cuarenta y seis con 00/100 ($ 58.430.501.346) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2024, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- FIJAR en la suma de pesos seiscientos noventa y un millones quinientos diecinueve mil quinientos dieciséis ($691.519.516.-) las Erogaciones de la Sindicatura Municipal General para el Ejercicio 2024, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en el Anexo VI de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- FIJAR en la suma de pesos dos mil trescientos cuatro millones ($ 2.304.000.000), las Erogaciones del Concejo Deliberante para el Ejercicio 2024, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos del I al VI de la presente ordenanza, y en pesos mil novecientos veintiocho millones novecientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y dos con 20/100 ($ 1.928.964.262,20) los gastos en personal, incorporados en la partida del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 5°.- FIJAR en la suma de pesos ciento treinta y cuatro millones con 00/100 ----($ 134.000.000) las Erogaciones de Ushuaia Integral Sociedad del Estado para el Ejercicio 2024, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Anexos I al IV de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 6°.- ESTIMAR en la suma de pesos sesenta y un mil quinientos sesenta millones veinte mil ochocientos sesenta y dos ($ 61.560.020.862) el Cálculo de Recursos destinados a atender las Erogaciones fijadas en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente ordenanza, conforme a la desagregación incorporada como Anexo V de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 7°.- FIJAR en la suma de pesos tres mil ciento veintinueve millones quinientos diecinueve mil quinientos dieciséis con 00/100 ($ 3.129.519.516) correspondientes a las Erogaciones Figurativas para transacciones Corrientes y de Capital de la Administración Municipal, quedando en consecuencia establecido el financiamiento por Contribuciones Figurativas en la misma suma.
ARTÍCULO 8°.- FIJAR como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, el siguiente Resultado Financiero: EROGACIONES $ 61.560.020.862 RECURSOS $ 61.560.020.862 NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO Título Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Municipal
ARTÍCULO 9°.- INCORPORAR el Esquema Ahorro-Inversión-Financiamiento que se adjunta a la presente como Anexo VI de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 10.- INCORPORAR el Plan de Obras Públicas Plurianual que se adjunta a la presente como Anexo VII de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 11.- FIJAR en mil setecientos tres (1703) el número total de cargos del Departamento Ejecutivo Municipal y en noventa y nueve mil trescientos noventa y siete (99.397) horas reloj correspondientes al personal técnico para el presente presupuesto. La cifra correspondiente a los cargos se compone según el siguiente detalle: DEPARTAMETO EJECUTIVO MUNICIPAL: PLANTA PERMANENTE 1263 cargos PERSONAL NO PERMANENTE 440 cargos Autoridades Superiores 16 cargos Gabinete 110 cargos Gabinete de COPARL 24 cargos Personal Temporario 290 cargos
ARTÍCULO 12.- FIJAR en veinticinco (25) el número total de cargos de la Sindicatura General Municipal para el presente presupuesto. Esta cifra se compone de la siguiente manera: SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL: PERSONAL PERMANENTE 10 cargos PERSONAL NO PERMANENTE 15 cargos Autoridades Superiores 3 cargos Personal de Gabinete 12 cargos
ARTÍCULO 13.- FIJAR en doscientos noventa (290) el número total de cargos del Departamento Legislativo. Esta cifra se compone de la siguiente manera: DEPARTAMENTO LEGISLATIVO PERSONAL PERMANENTE 82 cargos Autoridades superiores 2 cargos Legislación y Administración 80 cargos PERSONAL NO PERMANENTE 208 cargos Autoridades Superiores 33 cargos Gabinete 175 cargos
ARTÍCULO 14.- Se deja establecido que el presente presupuesto contempla únicamente como pauta salarial general el crecimiento vegetativo. Título III Presupuesto de Recursos y Gastos de "Ushuaia Integral Sociedad de Estado"
ARTÍCULO 15.- ESTIMAR para el Ejercicio Fiscal 2024, el total de Recursos en pesos cinco mil quinientos ochenta y nueve millones doscientos cuarenta y seis mil - cuátrocientos diecisiete ($5.589.246.417.-).
ARTÍCULO 16.- FIJAR para el Ejercicio Fiscal 2024, el total de Gastos en pesos cinco mil quinientos ochenta y nueve millones doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos diecisiete ($5.589.246.417.-). Título IV Disposiciones Complementarias
ARTÍCULO 17.- El Departamento Ejecutivo Municipal distribuirá los créditos aprobados de la presente ordenanza, conforme a la Matriz de Gastos correspondiente, según el artículo 175 de la Carta Orgánica Municipal. Asimismo, podrá reestructurar los créditos correspondientes al inciso "Personal" según surja de su distribución; en función de la recomposición de los salarios, aportes y contribuciones. Los créditos presupuestarios asignados a dicho inciso serán de carácter limitativo no pudiendo transferir créditos hacia otros incisos.
ARTÍCULO 18.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a producir reestructuraciones orgánicas, así como a transferir y/o suprimir vacantes de la planta de personal aprobada por la presente ordenanza.
ARTÍCULO 19.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a reestructurar los créditos de "Personal". El resto de los Incisos serán de carácter indicativo, por lo que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá efectuar modificaciones presupuestarias a través de transferencias entre estos incisos, excepto las decisiones que impliquen incrementar los Gastos Corrientes en detrimento de los Gastos de Capital o de las aplicaciones financieras y las que impliquen un cambio en la distribución de las finalidades.
ARTÍCULO 20.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar recursos provenientes del orden nacional, provincial y/o privado, que estén destinados al financiamiento específico de algún concepto, incorporando en este caso las respectivas partidas de erogaciones al momento en que se produzcan nuevos recursos, o el Concejo Deliberante haya aprobado los convenios respectivos.
ARTÍCULO 21.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar los recursos provenientes de excedentes financieros correspondientes a ejercicios fiscales anteriores.