ARTÍCULO 1°.- Autorización. AUTORIZAR el uso "1-5. Tiro, Polígono acústicamente aislado (instalaciones cubiertas)", del artículo "IV. Cultura, Culto y Esparcimiento. IV.1. Deportivas", de la tabla de Usos del Código de Planeamiento Urbano, para la parcela identificada en el catastro municipal de la ciudad de Ushuaia como Sección C, Macizo 72d, Parcela 01, propiedad del Centro de Residentes Formoseños en Tierra del Fuego.
ARTÍCULO 2°.- Renovación. El artículo precedente tendrá una vigencia de tres (3) años, siendo de renovación automática, siempre y cuando no existan molestias denunciadas por terceros.
ARTÍCULO 3°.- Condicionamiento. CONDICIONAR el uso enunciado en el artículo 1°, a la práctica de tiro en la modalidad "Aire Comprimido", exclusivamente.
ARTÍCULO 4°.- Condicionamiento. CONDICIONAR la ejecución de las construcciones necesarias para el uso enunciado en el artículo 1°, al análisis previo y aprobación de la documentación requerida por las áreas técnicas competentes, a nivel municipal, provincial y nacional.