Ordenanza N° 6170 —

Datos de la ordenanza
Número
6170
Fecha de sanción
30/03/2023
Vigencia
—
Tema
Deportes
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- CREAR un skatepark municipal, para pista de skate o skateboarding, bike y roller en el ámbito de la ciudad de Ushuaia.

ARTÍCULO 2°.- A los efectos de Ia presente ordenanza se entiende como skatepark al espacio destinado a la actividad deportiva, recreativa y educacional para quienes practican el skateboarding y prácticas afines como roller o bike. Son considerados usuarios y usuarias toda persona física o jurídica que utilice el skatepark ya sea de forma individual o bien en el marco de programas deportivos programados.

ARTÍCULO 3°.- La ubicación del skatepark deberá ser asignada por el Departamento Ejecutivo Municipal por el área que éste designe.

ARTÍCULO 4°.- El área que designe el Departamento Ejecutivo Municipal tendrá la facultad de disponer el cierre de las instalaciones para la realización de obras de refacción, prácticas o cursos programados u otra actividad que considere oportuno.

ARTÍCULO 5°.- Será autoridad de aplicación de la presente el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que éste designe.

ARTÍCULO 6°.- Los gastos que generen la ejecución de la presente ordenanza, deberán ser imputados conforme lo establezca el Departamento Ejecutivo Municipal. 

Asunto de origen
Asunto 146/2023
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 146/2023 — Taquigráfica N° 2/2023 — 29/03/2023
(Asunto 146/2023, expediente 104/2010)
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