Ordenanza N° 6144 NO

Datos de la ordenanza
Número
6144
Fecha de sanción
15/12/2022
Vigencia
NO
Tema
Desarrollo Social
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir al Fondo Fiduciario Público, denominado "Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar" (PRO.CRE.AR ), creado por Decreto N.° 902/2012, el dominio de los bienes inmuebles identificados catastralmente como: Sección J, Macizo 188, Parcela 3, a los fines de dar cumplimiento al Convenio registrado bajo el N.° 17925, suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Asociación Mutual Círculo de Oficiales de la Policía de Tierra del Fuego.

ARTÍCULO 2°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo a suscribir los instrumentos necesarios que posibiliten la transferencia de los inmuebles detallados en el artículo 1° y toda otra documentación complementaria para la implementación del Programa.

ARTÍCULO 3°.- La presente transferencia se realiza con el cargo que en dichos inmuebles sean ejecutadas viviendas de acuerdo al plan urbanístico que en conjunto sea aprobado entre el Comité Ejecutivo de PRO.CRE.AR y la Municipalidad de Ushuaia.

ARTÍCULO 4°.- De no cumplirse en el término de cinco (5) años a partir de la sanción de la presente ordenanza, con el cargo previsto en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo estará facultado de pleno derecho a dejar sin efecto la transferencia, previa intimación fehaciente, sin que ninguna de las partes pueda reclamar indemnización por concepto alguno.

ARTÍCULO 5°.- EXIMIR del pago de todos los tributos municipales vigentes en materia de construcción a las edificaciones que se efectúen en el marco del "Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar" (PRO.CRE.AR ).

ARTÍCULO 6°.- EXIMIR al Fideicomiso y a todo aquel documento, instrumento y/o acto relacionado con el desarrollo del Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Únia Familiar (PRO.CRE.AR) de cualquier tributo municipal que pudiera ser aplicable a a fecha del presente y hasta la extinción del fideicomiso.

ARTÍCULO 7°.- RATIFICAR el Decreto Municipal N.° 2145/2022.

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 711/2022
remite proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 711/2022 — Taquigráfica N° 7/2022 — 15/12/2022
(Asunto 711/2022, expediente 270/2012)
Ir al debate (pág. 25)
Salta al debate del asunto que dio origen a la ordenanza.