ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR una superficie aproximada de dos metros y ochenta y tres centímetros cuadrados (2,83 m2 ) de la vía pública (acera), para ser incorporada a la parcela identificada en el registro del Catastro municipal de la ciudad de Ushuaia como Sección U, Macizo 10, Parcela 20, de acuerdo al plano de deslinde y amojonamiento que como Anexo I corre agregado a la presente. El coste y cargo de la mensura correrá a cargo del propietario.
ARTÍCULO 2°.- AUTORIZAR la ocupación de la vía pública, con los aleros construidos, de acuerdo al plano que como Anexos II y III corren agregados a la presente.
ARTÍCULO 3°.- EXCEPTUAR qnel cumplimiento del artículo VI.2.2 "Alturas Mínimas" del Código de Planearniento Urbano, a los locales denominados con los números 5, 8, 9, 14 y 15 de acuerdo al plano que, como Anexos II y III corren agregados a la presente.