ARTÍCULO 1°.- CREAR el Paseo Público Municipal "Paseo Literario Fueguino", el que se emplazará en reconocimiento y homenaje a las y los escritores de nuestra región, Julio Leite, Niní Bernardello, Anahi Lazzaroni y José María Castiñeira de Dios.
ARTÍCULO 2°.- El presente proyecto tiene el objetivo de destacar y poner en valor las obras literarias de nuestra región y reconocer el legado que han dejado a la comunidad artistas y escritores, ayudando a cimentar nuestra identidad cultural y sentido de pertenencia regional.
ARTÍCULO 3°.- El Paseo mencionado en el artículo 1° será emplazado en la Plaza de las Artes ubicada entre las calles Goleta Florencia, Olegario Andrade y Gobernador Paz, frente a la Escuela N.°13 Almirante Guillermo Brown, que corre como Anexo II de la presente.
ARTÍCULO 4°.- A los fines del cumplimiento de la presente ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá incorporar en el formato que considere oportuno una breve biografía de cada autor y autora, la cual se encuentra presente en el Anexo I de la presente. Asimismo, podrá ser incorporado un QR donde cada persona que visite el paseo podrá escuchar diversos poemas de las y los poetas, leídos por artistas locales para conocer mejor sus obras. El Departamento Ejecutivo Municipal incorporará otros autores locales y regionales, si lo considera pertinente, así como también promoverá actividades culturales diversas, articuladas con bibliotecas y con la comunidad educativa de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 5°.- Los gastos qué generen la ejecución de la presente ordenanza, deberán ser imputados a las partidas presupuestarias que el Departamento Ejecutivo Municipal considere pertinente.
ARTICULO 6°.- Será autoridad de aplicación de lapresente el Departamento Ejecutivo Municipal a través del área que éste designe.