ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo 2° de la Ordenanza
Municipal N.° 3678 (cuerpos salientes sobre la vía pública) a la Parcela 12 del
Macizo 87 de la Sección D, propiedad del señor Colque Velásquez, Santiago.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al D epartamento Ejecutívo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 60 1 4..
SANCIONADA EN SESIÓN ORD1NARIA DE FOCHA 15/12/2021.-'
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Ordenanza Numero: 6014 ,
2/2
Drezzión
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur " 2022-40° Aniversario de la GestaHeroica de Malvinas
= República Argentina=
Municipalidad de Ushuala
USHUAIA, 11 ENE 2022
VISTO el expediente E N° 1462112021 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria de fecha
15/12/2021, por medio de la cual se exceptúa de lo establecido en el artículo 2° de la
Ordenanza Municipal N° 3678 (cuerpos salientes sobre la vía pública) a la Parcela 12 del
Macizo 87 de la sección D, propiedad del señor Colque Velásquez, Santiago.
Que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 128 de la Carta Orgánica
Municipal, encontrándose la citada norma promulgada de hecho.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3), 156 y 159 punto 1)
de la Carta Orgánica Municípal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE
A/C DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 6 0 1 4 sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 15/12/2021, por
medio de la cual se exceptúa de lo establecido en el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N°
3678 (cuerpos salientes sobre la vía pública) a la Parcela 12 del Macizo 87 de la sección D,
propiedad del señor Colque Velásquez, Santiago. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRET M -5 3
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