ARTICULO 1°.- MODIFICAR el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N.° 5913, el
que quedará redactado de la síguiente manera:
"
ARTICULO 2°.- SUSTITUIR el Anexo IX de la Ordenanza Municipal N.° 4053,
por el Anexo I que forma parte integral de la presente."
ARTICULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5 9 8 7
SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNÁDA DEL DÍA 25/1112021,
CORRESPONDIENTE A LA NOVENA SESION ORDINARIA DE FECHA
24/11/2021.-
co
IRIART SEBASTIAN lrIos PINO
Sectetario LegistatWo Peolildente--»*
Concep Duldierenie de Ushimia
Concejo Debberante Ushuala
1.as Islas Makinas, Geniasy Sudwicb del Sar, sally sercia Awafinas
Ordenanza Numero: 5987 COPIA FIEL DEL ORI NAL
2/2
Anto
Provincia de Tierra del Fuege
Antártida e Islas del Atlántieo Sur Admin'stf-
República Argentina= D.L.T.
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 28 D 1 D 2821
VISTO el expediente E N° 13830/2021 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en la Segunda Jornada del día
25/11/2021 correspondiente a la novena sesión ordinaria de fecha 24/11/2021, por medio de
la cual se modifica el artículo 20 de la ordenanza Municipal N°5913.
Que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 128 de la Carta Orgánica
Municipal, encontrándose la citada norma promulgada de hecho.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
5 9 8 7 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaía en la Segunda Jornada del día 25/11/2021
correspondiente a la novena sesión ordinaria de fecha 24/11/2021, por medio de la cual se
medio de la cual se modifica el artículo 2° de la ordenanza Municipal N°5913. Ello, en virtud
de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 2072 /2021.
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ablo García Ushuaia
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Mu lidad-deláhuaia
"Las Isla alvinas, Georgias y Sandwich del Su