ARTICULO 1°.- ESTABLECER el cambio de circulación de la calle Anuka desde - calle Leñadores hasta su intersección con calle Karukinka Norte con único sentido de circulación a mano izquierda, ingresando por Leñadores.
ARTICULO 2°.- ESTABLECER el cambio de circulación de la calle Leum desde calle Karukinka Norte hasta su intersección con calle Leñadores con único sentido de circulación a mano derecha.
ARTICULO 3°.- INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal a delimitar la zona de aplicación de la modalidad prevista en los artículos precedentes, con la correspondiente señalización.
ARTICULO 4°.- INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal a que, a través del área que corresponda, facilite la colocación de reductores de velocidad en las calles mencionadas en el artículo 1° y 2°.