Ordenanza N° 5942 —

Datos de la ordenanza
Número
5942
Fecha de sanción
07/07/2021
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- Excepción. EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo IV 1.3.3 del Código de Planeamiento Urbano vigente (Ordenanza Municipal N.° 2139) a la parcela identificada catastralmente como G-09-31.

ARTÍCULO 2°.- Condicionamiento. CONDICIONAR a dicha parcela con un ancho mínimo de 15,00 m desde la líneá de ribera del curso de agua, de acuerdo al croquis que corno Anexo I corre agregado a la presente.

ARTÍCULO 30•- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín OfigabMurIcipal.para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N.° 4 SANCIONADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 07/07/2021.-

Asunto de origen
Asunto 403/2021
solicitud de la sra pastoriza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 403/2021 — Taquigráfica N° 6/2021 — 07/07/2021
(Asunto 403/2021, expediente 125/1992)
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