artículo 11 de la Ordenanza
Municipal N..° 4694 a la "Urbanización General San Martín", ubicada en el Sector
denominado como "A", normado por el artículo 2° y delimitado por el Anexo I de la
Ordenanza Municipal N.° 5082.
ARTECULO 2°.- REGISTRAR. Pasar ai Departamento Ejecutivo Municipal para SU
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5 9 3 2
SANCIONADA EN SESION ORDINARIA 1711.7-1 FECHA 25/08/2021.-
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Las Islas Malvinas, Georgias p Scutt-h i:15' del Sur, sony serán Awntinas
Ordenanza Numero: 5932 , "
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D.L.
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Provincia dc Ticrra dcl Fucgo
Anlartida e Islas dcl Adántico Sur
—Rcpúbhca Argentina—
Municipalidad dc Ushuaia
USHIJAIA, 'dl SEP
VISTO el expediente electrónico E-9793-2021 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municípal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en la Sesión Ordinaria de fecha
25/08/2021, por medio de la cual se exceptú9 de lo establecido en el artículo 11 de la
Ordenanza Municipal N.° 4694 a la "Urbanización General San Martín", ubicada en el sector
denominado como "A", normado por el artículo 2° y delimitado por el Anexo I de la
Ordenanza Municipal N.° 5082.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad recomendado su promulgación.
Que el suscrito se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152° inciso 3), de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USIHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°5 9 3 2