ARTÍCULO 1°.- CREAR la plataforma virtual "Galería de Arte Digital" con el objetivo de apoyar, acompañar e incentivar el desarrollo de los y las artistas de la ciudad de Ushuaia y visibilizar las diversas expresiones culturales que creen o hayan creado.
ARTÍCULO 2°.- La plataforma establecida en el artículo precedente, funcionará en el marco del sitio oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
ARTÍCULO 3°.- Será autoridad de aplicación de la presente el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que este designe.
ARTÍCULO 4°.- La autoridad de aplicación determinará las condiciones de acceso a la "Galería de Arte Digital", manteniendo un criterio de equidad y amplitud en favor de la difusión de las obras de los y las artistas de Ushuaia, a fin de fomentar y acompañar su crecimiento y desarrollo.
ARTÍCULO 5°.- DISPONER la realización , de campañas de difusión en los distintos medios de comunicación, con el objetivo de difundir la presente ordenanza.
ARTÍCULO 6°.- INSTRUIR a la autoridad de aplicación a generar ámbitos de capacitación, a fin de brindar mayores herramientas para que artistas de las diferentes disciplinas puedan incorporar conocimientos que les faciliten la difusión, comercialización y distribución de sus obras.
ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5915.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 07/07/2021.-