ARTÍCULO 1°.- ADHERIR a la Campaña Mares Limpios de Naciones Unidas, con el fin de generar sinergías entre distintos actores con el objetivo de reducir la basura marina y su consiguiente impacto sobre los ecosistemas y la salud humana.
ARTÍCULO 2°.- ENCOMENDAR al señor Intendente Municipal la suscripción con la correspondiente "carta de adhesión", y demás trámites administrativos pertinentes, con el objeto de hacer efectiva la adhesión aludida en el artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Dentro de los ciento ochenta (180) días de promulgada la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal debe desarrollar e implementar un plan de reducción de uso de descartables en el ámbito de la Municipalidad de Ushuaia y sus dependencias.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5851
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 10/03/2021