Ordenanza N° 5822 —

Datos de la ordenanza
Número
5822
Fecha de sanción
11/12/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- ADHERIR en todos sus términos a la Resolución N.° 146 de la Secretaria de Ambiente de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que declara las zonas aptas para la realización de fuego, las condiciones para hacer fuego y el índice de peligro de incendios forestales para la temporada 2020/2021.

ARTÍCULO 2º.- ADHERIR a la aplicación del índice de peligro elaborado por la Dirección Provincial de Manejo del Fuego y a la veda total de la realización de fuego como producto de su aplicación cuando éste lo determine.

ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las acciones que considere convenientes para hacer efectiva esta norma de prevención en toda su jurisdicción.

ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5822

SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 11/12/2020. CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA

09/12/2020.-

Asunto de origen
Asunto 647/2020
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 647/2020 — Taquigráfica N° 8/2020 — 09/12/2020
(Asunto 647/2020, expediente 94/2020)
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