ARTÍCULO 1º.- ADHERIR en todos sus términos a la Resolución N.° 146 de la Secretaria de Ambiente de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que declara las zonas aptas para la realización de fuego, las condiciones para hacer fuego y el índice de peligro de incendios forestales para la temporada 2020/2021.
ARTÍCULO 2º.- ADHERIR a la aplicación del índice de peligro elaborado por la Dirección Provincial de Manejo del Fuego y a la veda total de la realización de fuego como producto de su aplicación cuando éste lo determine.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las acciones que considere convenientes para hacer efectiva esta norma de prevención en toda su jurisdicción.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5822
SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 11/12/2020. CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA
09/12/2020.-