ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER, en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, sectores exclusivos para el estacionamiento de moto vehículos en 45° (cuarenta y cinco grados).
ARTÍCULO 2°.- ESTABLECER que las siguientes intersecciones, sobre la avenida San Martín de nuestra ciudad, contarán con estacionamiento exclusivo para moto vehículos:
a) calles Onas y Patagonia;
b) calles General Manuel Belgrano y Comandante Luis Piedrabuena;
c) calles 25 de Mayo y Comodoro Augusto Lasserre;
d) calles Gobernador Pedro Godoy y Presidente Bernardino Rivadavia.
ARTÍCULO 3°.- DISPONER que los espacios designados deberán ser de un mínimo de 5 metros de largo por 1,50 metros de ancho.
ARTÍCULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la señalización y demarcación de los sectores de estacionamiento para motos, ciclomotores y similares. La señalización de los lugares indicados anteriormente consistirá en:
a) pintura amarilla del cordón en toda su extensión y demarcado del perímetro del sector determinado precedentemente;
b) cartel con la leyenda "Estacionamiento exclusivo para motos, ciclomotores y similares".
ARTÍCULO 5°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5812.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 09/12/2020.