ARTÍCULO 1°.- DISPONER espacios reservados para ascenso y descenso de personas, en el frente de los inmuebles donde funciona las respectivas instituciones Jardín de Infantes Pastorcito de Don Bosco, ubicado en calle Juan Manuel de Rosas N.° 30 y Juan Manuel de Rosas 54 donde funciona el Colegio Salesiano Don Bosco de nuestra ciudad.
ARTICULO 2°.- INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la colocación de la cartelería vial correspondiente a la disposición emanada del artículo 1° de la presente, en un plazo no mayor de treinta (30) días desde su promulgación.
ARTÍCULO 3°.- EXCEPTUAR al frentista indicado en el artículo 1° de la presente, como contribuyente del pago de la tasa mensual por espacio reservado en la vía pública, estipulado en la Parte Especial, Anexo II, artículo 1°, inciso D.1., Ordenanza Tarifaria (Ordenanza Municipal 5069).
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5805
SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 28/10/2020,
CORRESPONDIENTE A LA SEXTA SESION ORDINARIA DE FECHA 21/10/2020.-