ARTÍCULO 1°.- CREAR el Fondo Ciudad Olímpica, cuyo objetivo es permitir ingresar a la ciudad al circuito de Ciudades Olímpicas en las disciplinas sobre hielo, de acuerdo a la normativa vigente.
ARTÍCULO 2°.- El fondo de asignación específica Ciudad Olímpica funcionará como cuenta especial en la jurisdicción infraestructura y se destinará al financiamiento del techado y refacción de la Pista de Patinaje "Tachuela Oyarzún" a efectos de adecuarla como pista olímpica, acorde lo exigen las normas internacionales.
ARTÍCULO 3°.- El fondo de asignación específica Ciudad Olímpica estará constituido de la siguiente manera:
a) aportes de las áreas deportivas y del turismo, municipales, provinciales, nacionales, regionales e internacionales; fundaciones, asociaciones, Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD), Comité Olímpico Argentino; Fondos provenientes de la Coparticipación para Fines Deportivos y Turismo provenientes de las finanzas del Gobierno provincial, nacional; Consejo Federal de Inversiones (CFI); Fondos del International Skating Unión (ISU), Federación Argentina de Patinaje sobre Hielo (FAPH) y Unión de Patinadores de Velocidad sobre Hielo (UVEPA), Federación Internacional de Hockey Hielo (IIHF), Asociación Argentina de Hockey sobre Hielo y en Línea (AAHHL); Federación Argentina de Hockey sobre Hielo (FAHH); Cámaras de Comercio, Hotelera y Gastronómica de Ushuaia; Organizaciones No Gubernamentales nacionales y/o internacionales involucradas con las disciplinas de hielo creadas y/o por crearse;
b) montos que se fijen anualmente en el presupuesto municipal;
c) montos que se deriven de las leyes provinciales creadas y/o a crearse;
d) convenios con patrocinadores;
e) subvenciones de entes públicos o privados vinculados al deporte y a turismo;
f) donaciones y legados nacionales y/o extranjeros;
g) otros fondos que sean computables por las atribuciones constitucionales del Estado y cualquier otra contribución que surja de disposiciones creadas o por crearse.
ARTÍCULO 4°.- FACULTAR al señor o señora intendente y/o al área designada para controlar que los fondos recaudados en la Cuenta Especia con asignación específica creada en la presente sean invertidos en el techado y refacción de la pista de patinaje sobre hielo "Tachuela Oyarzún", de acuerdo a lo que establece el artículo 77 de la Carta Orgánica Municipal.
ARTÍCULO 5°.- INSTRUIR al señor intendente o señora intendenta a la apertura de una cuenta especial denominada "Ciudad Olímpica" en el banco de Tierra del Fuego, cuyos recursos serán destinados al cumplimiento de los fines enumerados en la presente.
ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5797.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 16/09/2020.