ARTÍCULO 1°.- CREAR el Registro Municipal de Donación Voluntaria de Plasma Sanguíneo de Pacientes Recuperados de COVID-19 en el ámbito de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2°.- Son objetivos de la presente ordenanza:
a) la promoción de la donación de plasma sanguíneo proveniente de pacientes recuperados de COVID-19;
b) concientizar sobre la importancia de la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de COVID-19 para el tratamiento de aquellas personas que se encuentran cursando la enfermedad;
c) fomentar la capacitación a los equipos de salud sobre el procedimiento para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de COVID-19.
ARTÍCULO 3°.- DISPONER la realización de campañas de difusión en los distintos medios de comunicación, con el objetivo de difundir la presente ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- Es autoridad de aplicación de la presente el Departamento Ejecutivo Municipal a través del área correspondiente.
ARTÍCULO 5°.- RECONOCER a los pacientes recuperados de COVID-19, que sean donantes de plasma sanguíneo, como "Ciudadanas y Ciudadanos solidarios de la ciudad de Ushuaia"
ARTÍCULO 6°.- La presente será reglamentada en un plazo no mayor a sesenta (60) días, a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5771.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 01/07/2020.